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RESOLUCIÓN 6408 DE 2016

(diciembre 26)

Diario Oficial No. 50.100 de 28 de diciembre de 2016

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017>

Por la cual se modifica el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC).

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas por el artículo 154 de la Ley 100 de 1993, los numerales 32 y 33 del artículo 2o del Decreto-ley 4107 de 2011, modificado por el artículo 2o del Decreto número 2562 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad entre otros, con los artículos 2o, 44, 46, 48 y 49 de la Constitución Política, en consonancia con el artículo 2o de la Ley 1438 de 2011, corresponde al Estado garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud a todos los residentes en el territorio colombiano;

Que de acuerdo con el artículo 2o del Decreto-ley 4107 de 2011, modificado por el artículo 2o del Decreto número 2562 de 2012, a este Ministerio le corresponde modificar el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC) y definir y revisar como mínimo una vez al año el listado de medicamentos esenciales y genéricos que harán parte de dicho plan, a cuyo cumplimiento estricto instó la Corte Constitucional en la orden décimo octava de la Sentencia T-760 de 2008.;

Que el artículo 15 de la Ley 1751 de 2015, contempla el deber del Estado de garantizar el derecho fundamental a la salud, mediante la prestación de servicios y tecnologías estructurados sobre una concepción integral de la salud, que como tal, incluya su promoción, prevención, paliación, atención de la enfermedad y rehabilitación de las secuelas, presupuestos bajo los cuales se estructura la modificación del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC a que refiere el presente acto administrativo y cuya consolidación de la concepción de integralidad a que allí se alude, se complementará con la regulación que en el marco del procedimiento técnico científico, defina las exclusiones, en pro de garantizar el mandato contenido en el precitado artículo;

Que conforme con lo expuesto, se hace necesario modificar el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, a que tienen derecho todos los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), actualizado integralmente mediante la Resolución número 5592 de 2015;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

TÍTULO I.

GENERALIDADES.

ARTÍCULO 1o. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> La presente resolución tiene como objeto modificar el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC y establecer las coberturas de los servicios y tecnologías en salud que deberán ser garantizadas por las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, a los afiliados al SGSSS en el territorio nacional en las condiciones de calidad establecidas por la normatividad vigente.

Las disposiciones contenidas en esta resolución aplican a todos los actores y agentes que intervienen en el SGSSS.

ARTÍCULO 2o. ESTRUCTURA Y NATURALEZA DEL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC es el conjunto de servicios y tecnologías en salud descritas en el presente acto administrativo, estructurados sobre una concepción integral de la salud, que incluye la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad y que se constituye en un mecanismo de protección al derecho fundamental a la salud para que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, garanticen el acceso a los servicios y tecnologías en salud bajo las condiciones previstas en esta resolución.

ARTÍCULO 3o. PRINCIPIOS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DEL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD CON CARGO A LA UPC. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Los principios generales para la aplicación del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, son:

1. Integralidad. Toda tecnología en salud contenida en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC para la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad, debe incluir lo necesario para su realización de tal forma que se cumpla con la finalidad del servicio, según lo prescrito por el profesional tratante.

2. Territorialidad. Toda tecnología en salud contenida en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC está cubierta para ser realizada dentro del territorio nacional.

3. Complementariedad. Las acciones contenidas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC deben proveerse de manera articulada con las acciones individuales o colectivas o con programas del SGSSS, financiados con otras fuentes de financiación, así como de sectores distintos al de la salud.

4. Transparencia. Los agentes y actores del SGSSS que participen en la aplicación, seguimiento y evaluación del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, deben actuar de manera íntegra y ética, reportando con calidad y oportunidad la información correspondiente de acuerdo con la normatividad vigente y dando a conocer a los usuarios los contenidos del citado plan, conforme a lo previsto en el presente acto administrativo.

5. Competencia. Para la aplicación del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, el profesional de la salud tratante es el competente para determinar lo que necesita un afiliado al SGSSS, en las fases de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad, sustentado en la autonomía profesional con autorregulación y soportado en la evidencia científica.

6. Corresponsabilidad. El usuario debe ser responsable de seguir las instrucciones y recomendaciones del profesional tratante y demás miembros del equipo de salud. La corresponsabilidad implica su autocuidado, el cuidado de la salud de su familia y de la comunidad y propender por un ambiente sano, el uso racional y adecuado de los recursos del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, para coadyuvar en los resultados obtenidos con la aplicación del mismo.

De cualquier manera, la inobservancia de las recomendaciones del tratamiento prescrito no será condicionante del acceso posterior a los servicios de salud.

7. Calidad. La provisión de las tecnologías en salud a los afiliados al SGSSS se debe realizar cumpliendo los estándares de calidad de conformidad con la normatividad vigente, relativa al Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud y demás normas relacionadas. La provisión de estas tecnologías en salud se debe prestar en servicios habilitados por la autoridad competente, cumpliendo con los estándares de accesibilidad, oportunidad, seguridad, pertinencia, integralidad, calidad técnica, gerencia del riesgo, satisfacción del usuario, establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud.

8. Universalidad Los residentes en el territorio colombiano gozarán efectivamente del derecho fundamental a la salud en todas las etapas de la vida.

PARÁGRAFO. Los principios enunciados en el presente artículo se entienden como complementarios a los definidos para el Sistema de Seguridad Social Integral (SSSI), para el SGSSS y a los contenidos en la Constitución Política y la ley.

ARTÍCULO 4o. REFERENTES DE INCLUSIÓN. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las tecnologías en salud que se incluyen en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, requieren de procesos como Evaluación de Tecnologías en Salud (ETES), análisis de grupos terapéuticos o del mercado, análisis de tecnologías derivadas de recomendaciones de Guías de Práctica Clínica (GPC) adoptadas por este Ministerio, otros análisis y la toma de decisión por parte de la autoridad competente. Por lo tanto, la mención de tecnologías en GPC, Guías de Atención Integral (GAI), Normas Técnicas y protocolos no implica cobertura en este plan de beneficios, hasta tanto se surta el respectivo proceso de evaluación y su inclusión explícita realizada por la autoridad competente.

ARTÍCULO 5o. ANEXOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> La presente resolución contiene tres (3) anexos que hacen parte integral de la misma, cuya aplicación es de carácter obligatorio, así: Anexo 1 “Listado de Medicamentos del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC”; Anexo 2 “Listado de Procedimientos en Salud del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC” y Anexo 3 “Listado de Procedimientos de Laboratorio Clínico del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC”.

ARTÍCULO 6o. DESCRIPCIÓN DE LA COBERTURA DE LOS SERVICIOS Y PROCEDIMIENTOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> La cobertura de procedimientos y servicios del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, se describe en términos de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud (CUPS) y se consideran cubiertas todas las tecnologías en salud (servicios y procedimientos) descritas en el articulado y los Anexos 2 y 3 del presente acto administrativo. Se consideran cubiertas todas las subcategorías que conforman cada una de las categorías descritas en el Anexo 2 “Listado de Procedimientos en Salud del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC” del presente acto administrativo, salvo aquellas referidas como no cubiertas en la nota aclaratoria y las que corresponden a un ámbito diferente al de salud.

PARÁGRAFO. La cobertura del “Listado de Procedimientos de Laboratorio Clínico del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC”, se describe en subcategorías de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud (CUPS). Las subcategorías cubiertas son las que están indicadas en el Anexo 3 que hace parte integral del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 7o. TERMINOLOGÍA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para efectos de facilitar la aplicación del presente acto administrativo y conforme con los lineamientos de la interoperabilidad y estandarización de datos, se toman como referencia los siguientes estándares de terminología para identificar los servicios y tecnologías en salud, sin que estos se constituyan en coberturas o ampliación de las mismas dentro del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, así:

1. La Clasificación Única de Procedimientos en Salud (CUPS), de acuerdo con lo dispuesto por la normativa vigente y las demás normas que la modifiquen, adicionen, complementen o sustituyan.

Para establecer las coberturas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, los servicios descritos con otra nomenclatura como: “programas”, “clínicas” o “paquetes” y “conjuntos de atención”, entre otros, deben ser discriminados de acuerdo con la codificación CUPS para compararlos con los contenidos del presente acto administrativo y sus anexos que hacen parte integral de esta resolución.

2. El Sistema de Clasificación Anatómica, Terapéutica y Química (ATC), de la Organización Mundial de la Salud para medicamentos.

3. La Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud, Décima Revisión CIE-10 de la Organización Mundial de la Salud y sus respectivas modificaciones y actualizaciones.

ARTÍCULO 8o. GLOSARIO. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para efectos de facilitar la aplicación y dar claridad al presente acto administrativo, se toman como referencia las siguientes definiciones, sin que estas se constituyan en coberturas o ampliación de las mismas dentro del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, así:

1. Actividad de salud: Conjunto de acciones, operaciones o tareas que especifican un procedimiento de salud, en las cuales se utilizan recursos físicos, humanos o tecnológicos.

2. Aparato Ortopédico: Es un dispositivo médico fabricado específicamente siguiendo la prescripción escrita de un profesional de la salud, para ser utilizado por un paciente afectado por una disfunción o discapacidad del sistema neuromuscular o esquelético. Puede ser una ayuda técnica como prótesis u órtesis, para reemplazar, mejorar o complementar la capacidad fisiológica o física del sistema u órgano afectado.

3. Atención ambulatoria: Modalidad de prestación de servicios de salud, en la cual toda tecnología en salud se realiza sin necesidad de internar u hospitalizar al paciente. Esta modalidad incluye la consulta por cualquier profesional de la salud, competente y debidamente acreditado que permite la definición de un diagnóstico y conducta terapéutica para el mantenimiento o mejoramiento de la salud del paciente. También cubre la realización de procedimientos y tratamientos conforme a la normatividad de calidad vigente.

4. Atención con internación: Modalidad de prestación de servicios de salud con permanencia superior a 24 horas continúas en una institución prestadora de servicios de salud. Cuando la duración sea inferior a este lapso se considerará atención ambulatoria, salvo en los casos de urgencia u hospital día. Para la utilización de este servicio deberá existir la respectiva remisión u orden del profesional tratante.

5. Atención de urgencias: Modalidad de prestación de servicios de salud, que busca preservar la vida y prevenir las consecuencias críticas, permanentes o futuras, mediante el uso de tecnologías en salud para la atención de usuarios que presenten alteración de la integridad física, funcional o mental, por cualquier causa y con cualquier grado de severidad que comprometan su vida o funcionalidad.

6. Atención domiciliaria: Modalidad de prestación de servicios de salud extra hospitalaria que busca brindar una solución a los problemas de salud en el domicilio o residencia y que cuenta con el apoyo de profesionales, técnicos o auxiliares del área de la salud y la participación de la familia.

7. Cirugía plástica estética, cosmética o de embellecimiento: Procedimiento quirúrgico que se realiza con el fin de mejorar o modificar la apariencia o el aspecto del paciente sin efectos funcionales u orgánicos.

8. Cirugía plástica reparadora o funcional: Procedimiento quirúrgico que se practica sobre órganos o tejidos con la finalidad de mejorar, restaurar o restablecer la función de los mismos, o para evitar alteraciones orgánicas o funcionales. Incluye reconstrucciones, reparación de ciertas estructuras de cobertura y soporte, manejo de malformaciones congénitas y secuelas de procesos adquiridos por traumatismos y tumoraciones de cualquier parte del cuerpo.

9. Combinación de Dosis Fijas (CDF): Medicamento que contiene 2 o más principios activos en concentraciones específicas.

10. Complicación: Alteración o resultado clínico no deseado, que sobreviene en el curso de una enfermedad o condición clínica, agravando la condición clínica del paciente y que puede provenir de los riesgos propios de la atención en salud, de la enfermedad misma o de las condiciones particulares del paciente.

11. Concentración: Cantidad de principio activo contenido en una forma farmacéutica medida en diferentes unidades (mg, g, UI, entre otras).

12. Consulta médica: Es la valoración y orientación brindada por un médico en ejercicio de su profesión a los problemas relacionados con la salud. La valoración es realizada según los principios de la ética médica y las disposiciones de práctica clínica vigentes en el país, y comprende anamnesis, toma de signos vitales, examen físico, análisis, definición de impresión diagnóstica, plan de tratamiento. La consulta puede ser programada o de urgencia según la temporalidad; general o especializada, según la complejidad; intramural o ambulatoria según el sitio de realización.

13. Consulta odontológica: Valoración y orientación brindada por un odontólogo a las situaciones relacionadas con la salud oral. Comprende anamnesis, examen clínico, análisis, definición de impresión diagnóstica, plan de tratamiento. La consulta puede ser programada o de urgencia según la temporalidad; general o especializada, según la complejidad; intramural o ambulatoria según el sitio de realización.

14. Consulta psicológica: Es una valoración y orientación realizada por un profesional en psicología que consta de: anamnesis, evaluación general del estado emocional, socio afectivo y comportamental, incluyendo en caso, de ser necesario, la aplicación de test o pruebas psicológicas, así como la definición de un plan de tratamiento.

15. Cuidados Paliativos: Son los cuidados apropiados para el paciente con una enfermedad terminal, crónica, degenerativa e irreversible donde el control del dolor y otros síntomas, requieren además del apoyo médico, social y espiritual, de apoyo psicológico y familiar, durante la enfermedad y el duelo. El objetivo de los cuidados paliativos es lograr la mejor calidad de vida posible para el paciente y su familia. La medicina paliativa afirma la vida y considera el morir como un proceso normal.

16. Dispositivo médico para uso humano: Cualquier instrumento, aparato, máquina, software, equipo biomédico u otro artículo similar o relacionado, utilizado sólo o en combinación, incluyendo sus componentes, partes, accesorios y programas informáticos que intervengan en su correcta aplicación, propuesta por el fabricante para su uso en:

a) Diagnóstico, prevención, supervisión, tratamiento o alivio de una enfermedad;

b) Diagnóstico, prevención, supervisión, tratamiento, alivio o compensación de una lesión o de una deficiencia;

c) Investigación, sustitución, modificación o soporte de la estructura anatómica o de un proceso fisiológico;

d) Diagnóstico del embarazo y control de la concepción;

e) Cuidado durante el embarazo, el nacimiento o después del mismo, incluyendo el cuidado del recién nacido;

f) Productos para desinfección y/o esterilización de dispositivos médicos.

17. Enantiómero: Los enantiómeros son un tipo particular de estereoisómeros que dependiendo de la disposición espacial de los átomos se denominan “S” o “R” y según hacia donde rota el plano de la luz polarizada, se denominan “dextro” (d) si es hacia la derecha o “levo” (l) si es hacia la izquierda.

18. Enfermedad crónica degenerativa e irreversible de alto impacto en la calidad de vida: Es aquella que es de larga duración, ocasiona grave pérdida de la calidad de vida, demuestra un carácter progresivo e irreversible que impide esperar su resolución definitiva o curación y es diagnosticada por un médico experto.

19. Enfermo en fase terminal: Aquel que es portador de una enfermedad o condición patológica grave, que ha sido diagnosticada en forma precisa por un médico experto, que demuestra un carácter progresivo e irreversible, con pronóstico fatal próximo o en plazo relativamente breve, que no sea susceptible de un tratamiento curativo y de eficacia comprobada que permita modificar el pronóstico de muerte próxima o para la cual los recursos terapéuticos utilizados con fines curativos han dejado de ser eficaces.

20. Equipo biomédico: Dispositivo médico operacional y funcional que reúne sistemas y subsistemas eléctricos, electrónicos o hidráulicos, incluidos los programas informáticos que intervengan en su buen funcionamiento, destinado por el fabricante a ser usado en seres humanos con fines de prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación. No constituyen equipo biomédico aquellos dispositivos médicos implantados en el ser humano o aquellos destinados para un solo uso.

21. Esteroisómero: Es una molécula que puede presentarse en diferentes posiciones espaciales teniendo la misma fórmula química.

22. Forma farmacéutica: Preparación farmacéutica que caracteriza a un medicamento terminado para facilitar su administración. Se consideran como formas farmacéuticas entre otras: jarabes, tabletas, cápsulas, ungüentos, cremas, soluciones inyectables, óvulos, tabletas de liberación controlada y parches transdérmicos.

23. Hospital Día: Modalidad de prestación de servicios de salud en internación parcial, entendida como la atención intramural o institucional por un plazo inferior a doce (12) horas, con la intervención de un grupo interdisciplinario integrando distintas actividades terapéuticas, con el objetivo de conseguir la autonomía del paciente sin separarlo de su entorno familiar.

24. Interconsulta: Es la solicitud expedida por el profesional de la salud responsable de la atención de un paciente a otros profesionales de la salud, quienes emiten juicios, orientaciones y recomendaciones técnico-científicas sobre la conducta a seguir con el paciente.

25. Intervención en salud: Conjunto de procedimientos realizados para un mismo fin, dentro del proceso de atención en salud.

26. Margen terapéutico: Intervalo de concentraciones de un fármaco dentro del cual existe alta probabilidad de conseguir la eficacia terapéutica, con mínima toxicidad.

27. Material de curación: Dispositivos y medicamentos que se utilizan en el lavado, irrigación, desinfección, antisepsia y protección de lesiones, cualquiera que sea el tipo de elementos o insumos empleados.

28. Medicamento: Es aquel preparado farmacéutico, obtenido a partir de principios activos, con o sin sustancias auxiliares, presentado bajo forma farmacéutica a una concentración dada y que se utiliza para la prevención, alivio, diagnóstico, tratamiento, curación, rehabilitación o paliación de la enfermedad. Los envases, rótulos, etiquetas y empaques hacen parte integral del medicamento, por cuanto éstos garantizan su calidad, estabilidad y uso adecuado.

29. Medicinas y terapias alternativas: Son aquellas técnicas, prácticas, procedimientos, enfoques o conocimientos que utilizan la estimulación del funcionamiento de las leyes naturales para la autorregulación del ser humano con el objeto de promover, prevenir, tratar, rehabilitar la salud y cuidados paliativos de la población desde un enfoque holístico.

30. Mezcla Racémica: Es un compuesto que tiene igual proporción de cada enantiómero simple.

31. Órtesis: Dispositivo médico aplicado de forma externa, usado para modificar la estructura y características funcionales del sistema neuromuscular y esquelético.

32. Principio activo: Cualquier compuesto o mezcla de compuestos destinada a proporcionar una actividad farmacológica u otro efecto directo en el diagnóstico, tratamiento o prevención de enfermedades; o a actuar sobre la estructura o función de un organismo humano por medios farmacológicos. Un medicamento puede contener más de un principio activo.

33. Procedimiento: Acciones que suelen realizarse de la misma forma, con una serie común de pasos claramente definidos y una secuencia lógica de un conjunto de actividades realizadas dentro de un proceso de promoción y fomento de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o paliación.

34. Prótesis: Dispositivos médicos que sustituyen total o parcialmente una estructura corporal o una función fisiológica.

35. Psicoterapia: De acuerdo con la definición de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la psicoterapia comprende intervenciones planificadas y estructuradas que tienen el objetivo de influir sobre el comportamiento, el humor y patrones emocionales de reacción a diversos estímulos, a través de medios psicológicos, verbales y no verbales. La psicoterapia no incluye el uso de ningún medio bioquímico o biológico. Es realizada por psicólogo clínico o médico especialista competente; puede ser de carácter individual, de pareja, familiar o grupal, según criterio del profesional tratante.

36. Referencia y Contrarreferencia: Conjunto de procesos, procedimientos y actividades técnico-administrativas que permiten prestar adecuadamente los servicios de salud a los pacientes, garantizando la calidad, accesibilidad, oportunidad, continuidad, integralidad de los servicios, en función de la organización de la red de prestación de servicios definida por la entidad responsable del pago.

36.1. La referencia es el envío del paciente o elementos de ayuda diagnóstica por parte de un prestador de servicios de salud a otro prestador, para atención en salud o complementación diagnóstica que, de acuerdo con el nivel de resolución, dé respuesta a las necesidades en salud del usuario.

36.2. La contrarreferencia es la respuesta que el prestador de servicios en salud receptor de la referencia, da al prestador que remitió. La respuesta puede ser la contra remisión del paciente con las debidas indicaciones a seguir o simplemente la información sobre la atención prestada al paciente en la institución receptora, o el resultado de las solicitudes de ayuda diagnóstica.

37. Subgrupo de referencia: Son agrupaciones de medicamentos que se realizan teniendo en cuenta características específicas como la codificación internacional ATC a nivel de principio activo, estructura química, efecto farmacológico y terapéutico o similaridad de características como indicaciones o patología. Las agrupaciones en ningún momento pretenden establecer criterios de intercambiabilidad terapéutica, son la expresión de cobertura de un plan implícito.

En cuanto a subgrupos de referencia, el plan de beneficios podrá definir un Valor Máximo de Reconocimiento para el Cálculo de la Prima por Subgrupo o expresar únicamente la cobertura para el subgrupo de referencia sin establecer dicho valor.

38. Tecnología en salud: Actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios y procedimientos usados en la prestación de servicios de salud, así como los sistemas organizativos y de soporte con los que se presta esta atención en salud.

39. Telemedicina: Es la provisión de servicios de salud a distancia, en los componentes de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación, por profesionales de la salud que utilizan tecnologías de la información y la comunicación, que les permiten intercambiar datos con el propósito de facilitar el acceso de la población a los servicios que presenten limitaciones de oferta o de acceso a los servicios en su área geográfica.

40. Valor Máximo de Reconocimiento (VMR): Es el valor máximo que sirve para definir la orientación de la financiación pública hacia un valor de referencia a reconocer por cualquier medicamento del grupo que se conforme. El valor máximo de reconocimiento se calcula considerando el valor promedio ponderado anual, estadísticas de posición de los valores y frecuencias reportadas en el Sistema de Información de Precios de Medicamentos (Sismed); dicho valor se ajusta teniendo en cuenta, de ser necesario, por dosis promedio de prescripción y manteniendo las frecuencias reportadas en la base de prestación de servicios de salud que se utiliza para el cálculo de la UPC. La expresión del valor puede establecerse bien sea como un total o una expresión per cápita según el número de expuestos.

El Valor Máximo de Reconocimiento no se constituye en una regulación o fijación de precios del mercado, ni en un valor de facturación o tarifa única, por tanto no debe utilizarse como reconocimiento de valores de tratamientos entre actores.

PARÁGRAFO. Algunas de las definiciones contenidas en el glosario corresponden a las consagradas en otras normas vigentes que rigen para el SGSSS.

TÍTULO II.

CONDICIONES DE ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD.

ARTÍCULO 9o. GARANTÍA DE ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, deberán garantizar a los afiliados al SGSSS el acceso efectivo a los servicios y tecnologías en salud para el cumplimiento de la necesidad y finalidad del servicio, a través de su red de prestadores de servicios de salud. De conformidad con la Ley 1751 de 2015, en caso de atención de urgencias y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de este acto administrativo, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, deberán garantizarla en todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) habilitadas para tal fin en el territorio nacional.

ARTÍCULO 10. PUERTA DE ENTRADA AL SISTEMA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El acceso primario a los servicios del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC se hará en forma directa a través de urgencias o por consulta médica u odontológica general. Podrán acceder en forma directa a las consultas especializadas de pediatría, obstetricia o medicina familiar según corresponda y sin requerir remisión por parte del médico general, las personas menores de 18 años de edad y las pacientes obstétricas durante todo el embarazo y puerperio, cuando la oferta disponible así lo permita.

ARTÍCULO 11. ADSCRIPCIÓN A UNA IPS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Toda persona después de la afiliación a una Entidad Promotora de Salud (EPS) o a la entidad que haga sus veces, deberá adscribirse según su elección, para la atención ambulatoria en alguna de las IPS de la red de prestadores conformada por las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o la entidad que haga sus veces, para que de esta manera se pueda beneficiar de todas las actividades de promoción de la salud, prevención de riesgos y recuperación de la salud, sin perjuicio de lo dispuesto en las normas que regulan la Portabilidad Nacional, la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS). El afiliado podrá solicitar cambio de adscripción a la IPS cuando lo requiera y las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, deberán darle trámite y atender su solicitud dentro de su red de prestadores.

PARÁGRAFO. En el momento de la adscripción, las personas deberán suministrar la información necesaria sobre su estado de salud y los riesgos a que estén expuestos, con el objeto de que la IPS y las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que en este último caso, hagan sus veces, puedan organizar programas y acciones que garanticen su mejor atención. Tales datos estarán sujetos a la confidencialidad establecida para la historia clínica y no podrán ser utilizados para selección de riesgo por parte de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces.

ARTÍCULO 12. ACCESO A SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE SALUD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la atención de todas las especialidades médico quirúrgicas aprobadas para su prestación en el país, incluida la medicina familiar.

Para acceder a los servicios especializados de salud es indispensable la remisión por medicina general, odontología general o por cualquiera de las especialidades definidas como puerta de entrada al sistema en el artículo 10 de este acto administrativo, conforme a la normatividad vigente sobre referencia y contrarreferencia, sin que ello se constituya en barrera para limitar el acceso a la atención por médico general, cuando el recurso especializado no sea accesible por condiciones geográficas o de ausencia de oferta en el municipio de residencia.

Si el caso amerita interconsulta al especialista, el usuario debe continuar siendo atendido por el profesional general, a menos que el especialista recomiende lo contrario en su respuesta. Cuando la persona ha sido diagnosticada y requiere periódicamente de servicios especializados, puede acceder directamente a dicha consulta especializada sin necesidad de remisión por el médico u odontólogo general.

Cuando en el municipio de residencia del paciente no se cuente con el servicio requerido, será remitido al municipio más cercano o de más fácil acceso que cuente con dicho servicio.

ARTÍCULO 13. TELEMEDICINA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Con el fin de facilitar el acceso oportuno a los beneficios definidos en el presente acto administrativo y de conformidad con las normas de calidad vigentes en el país, el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC incluye la modalidad de telemedicina cuando esta se encuentre disponible y permita la finalidad de la prestación del servicio o garantice mayor oportunidad en caso de que la atención presencial esté limitada por barreras de acceso geográfico o baja disponibilidad de oferta.

ARTÍCULO 14. GARANTÍA DE SERVICIOS EN EL MUNICIPIO DE RESIDENCIA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para permitir el acceso efectivo a los beneficios en salud incluidos en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, deberán garantizar que sus afiliados tengan acceso en su municipio de residencia a por lo menos los servicios señalados en el artículo 10 del presente acto administrativo, como puerta de entrada al SGSSS, así como a los procedimientos que pueden ser ejecutados en servicios de baja complejidad por personal no especializado, de acuerdo con la oferta disponible, las normas de calidad vigentes y las relacionadas con integración vertical.

TÍTULO III.

COBERTURA DEL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD CON CARGO A LA UPC.

ARTÍCULO 15. BENEFICIOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Los beneficios en salud descritos en el presente acto administrativo, deberán ser garantizados por las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, con cargo a los recursos que reciben para tal fin, en todas las fases de la atención, para todas las enfermedades y condiciones clínicas, sin que trámites de carácter administrativo se conviertan en barreras para el acceso efectivo al derecho a la salud.

CAPÍTULO I.

PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD.

ARTÍCULO 16. COBERTURA DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, deberán identificar los riesgos en salud de su población de afiliados para que de conformidad con la estrategia de Atención Primaria en Salud (APS), la Política de Atención Integral en Salud (PAIS) y el Modelo Integral de Atención en Salud (MIAS), puedan establecer acciones eficientes y efectivas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad. Para tal fin, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, podrán usar la información generada durante la adscripción a una IPS de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del presente acto administrativo, así como estrategias de tamizaje con las tecnologías de diagnóstico cubiertas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC o encuestas específicas por tipo de riesgo y uso de bases de datos, atendiendo la normatividad vigente relacionada con el uso de datos personales.

ARTÍCULO 17. PROMOCIÓN DE LA SALUD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> En el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC está cubierta toda actividad de información, educación, capacitación y comunicación a los afiliados de todo grupo de edad y género, de manera preferencial para la población infantil y adolescente, población de mujeres gestantes y lactantes, la población en edad reproductiva y el adulto mayor, para fomento de factores protectores, la inducción a estilos de vida saludables y para control de enfermedades crónicas no transmisibles, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 18. PROTECCIÓN ESPECÍFICA Y DETECCIÓN TEMPRANA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre todas las tecnologías en salud descritas en el presente acto administrativo para la protección específica y detección temprana según las normas técnicas vigentes, incluyendo la identificación y canalización de las personas de toda edad y género para tales efectos, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 19. PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre las tecnologías en salud para prevención de la enfermedad incluidas en el presente acto administrativo. Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, deben apoyar la vigilancia de su cumplimiento a través de los indicadores de protección específica y detección temprana definidos con ese propósito, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 20. CONDÓN MASCULINO. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre el condón masculino de látex para la prevención de Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH/SIDA) y planificación familiar. Su cobertura está sujeta a prescripción en consulta de planificación familiar o consejería, de conformidad con las normas que reglamentan la materia.

ARTÍCULO 21. APLICACIÓN DE VACUNAS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la aplicación de los biológicos del Plan Ampliado de Inmunizaciones -PAI-, así como aquellos descritos en el presente acto administrativo para casos especiales. Es responsabilidad de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces garantizar el acceso y la administración de los biológicos del PAI, suministrados por el Ministerio de Salud y Protección Social y según las normas técnicas aplicables.

CAPÍTULO II.

RECUPERACIÓN DE LA SALUD.

ARTÍCULO 22. ACCIONES PARA LA RECUPERACIÓN DE LA SALUD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre las tecnologías en salud contempladas en el presente acto administrativo para el diagnóstico, tratamiento, rehabilitación de todas las enfermedades, condiciones clínicas y problemas relacionados con la salud de los afiliados de cualquier edad o género, articulado con el enfoque de Atención Primaria en Salud (APS), según los lineamientos del Modelo Integral de Atención en Salud (MIAS) y la Política de Atención Integral en Salud (PAIS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 23. ATENCIÓN DE URGENCIAS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre las tecnologías en salud contenidas en el presente acto administrativo, necesarias para la atención de urgencias del paciente, incluyendo la observación en servicios debidamente habilitados para tal fin, la oportuna y adecuada remisión cuando no cuente con el nivel de resolución para dar respuesta a las necesidades de salud, según la normatividad vigente.

ARTÍCULO 24. ATENCIÓN AMBULATORIA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las tecnologías en salud cubiertas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC según lo dispuesto en el presente acto administrativo, serán prestadas en la modalidad ambulatoria cuando el profesional tratante lo considere pertinente, de conformidad con las normas de calidad vigentes y en servicios debidamente habilitados para tal fin.

ARTÍCULO 25. ATENCIÓN CON INTERNACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la atención en salud con internación cuando sea prescrita por el profesional de la salud tratante, en los servicios y unidades habilitadas para tal fin, según la normatividad vigente.

PARÁGRAFO 1o. El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC) cubre la internación en habitación compartida, salvo que por criterio del profesional tratante esté indicado el aislamiento.

PARÁGRAFO 2o. Para la realización o utilización de las tecnologías en salud cubiertas por este plan de beneficios no existen limitaciones ni restricciones en cuanto al período de permanencia del paciente en cualquiera de los servicios de internación, siempre y cuando se acoja al criterio del profesional tratante. La cobertura de internación en salud mental corresponde a lo señalado en el capítulo y artículos que la describen en el presente acto administrativo.

PARÁGRAFO 3o. El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la internación en las unidades de cuidados intensivos, intermedios y de quemados, de conformidad con el criterio del médico responsable de la unidad o del médico tratante.

PARÁGRAFO 4o. No se cubre con cargo a la UPC la atención en los servicios de internación en las unidades de cuidados intensivos, intermedios o quemados de pacientes en estado terminal de cualquier etiología, según criterio del profesional de salud tratante, ni pacientes con diagnóstico de muerte cerebral, salvo proceso en curso de donación de sus órganos, que estará a cargo de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, responsable del receptor.

ARTÍCULO 26. ATENCIÓN DOMICILIARIA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> La atención en la modalidad domiciliaria como alternativa a la atención hospitalaria institucional está cubierta en los casos que considere pertinente el profesional tratante, bajo las normas de calidad vigentes. Esta cobertura está dada sólo para el ámbito de la salud.

PARÁGRAFO. En sustitución de la hospitalización institucional, conforme a la recomendación médica, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, serán responsables de garantizar que las condiciones en el domicilio para esta modalidad de atención, sean las adecuadas según lo dispuesto en las normas vigentes.

ARTÍCULO 27. ATENCIÓN INTEGRAL DEL PROCESO DE GESTACIÓN, PARTO Y PUERPERIO. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> En el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC para la atención integral de la gestación, parto y puerperio se encuentran cubiertas todas las tecnologías en salud, descritas en el presente acto administrativo para las atenciones en salud ambulatorias y con internación, por la especialidad médica que sea necesaria, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 28. MEDICINA Y TERAPIAS ALTERNATIVAS Y COMPLEMENTARIAS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces podrán incluir la utilización de medicinas y terapias alternativas o complementarias por parte de los prestadores que hagan parte de su red de servicios, siempre y cuando estas se encuentren autorizadas y reglamentadas debidamente para su ejercicio de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente sobre la materia.

CAPÍTULO III.

PROCEDIMIENTOS.

ARTÍCULO 29. ANALGESIA, ANESTESIA Y SEDACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la analgesia, anestesia y sedación, cuando se requieran para la realización de las tecnologías en salud descritas en el presente acto administrativo, incluida la atención del parto.

ARTÍCULO 30. COMBINACIONES DE TECNOLOGÍAS EN SALUD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre las tecnologías en salud del presente acto administrativo cuando también se realicen de manera combinada, simultánea o complementaria entre ellas.

PARÁGRAFO. Si dentro de la combinación de tecnologías en salud se requiere una tecnología en salud sin cobertura en este plan de beneficios, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, garantizarán con cargo a la UPC lo cubierto según lo definido en el presente acto administrativo.

ARTÍCULO 31. TRASPLANTES. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para la realización de los trasplantes cubiertos en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC la cobertura incluye las tecnologías en salud complementarias, necesarias y descritas en el presente acto administrativo. La prestación comprende:

1. Estudios previos y obtención del órgano, tejido o células del donante identificado como efectivo.

2. Atención del donante vivo hasta su recuperación, cuya atención integral estará a cargo de la Entidad Promotora de Salud (EPS) o la entidad que haga sus veces, responsable del receptor.

3. Procesamiento, transporte y conservación adecuados del órgano, tejido o células a trasplantar, según tecnología disponible en el país.

4. El trasplante propiamente dicho en el paciente.

5. Preparación del paciente y atención o control pos trasplante.

6. Tecnologías en salud necesarias durante el trasplante.

7. Los medicamentos serán cubiertos conforme a lo dispuesto en el presente acto administrativo.

PARÁGRAFO 1o. Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces no están obligadas a asumir el valor de los estudios realizados en donantes no efectivos, con cargo a la UPC.

PARÁGRAFO 2o. No se cubre con cargo a la UPC trasplante de órganos diferentes a los descritos en el presente acto administrativo.

ARTÍCULO 32. INJERTOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre los injertos necesarios para los procedimientos descritos en el presente acto administrativo, bien sean autoinjertos, aloinjertos o injertos heterólogos u homólogos. La cobertura también incluye los procedimientos de toma de tejido del mismo paciente o de un donante.

ARTÍCULO 33. SUMINISTRO DE SANGRE TOTAL O DE PRODUCTOS HEMODERIVADOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre los productos de banco de sangre listados en el presente acto administrativo, de conformidad con las normas que regulan la materia.

PARÁGRAFO. Cuando el usuario requiera cualquiera de las tecnologías en salud correspondientes al banco de sangre, las instituciones prestadoras de servicios de salud –IPS- y las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o quienes hagan sus veces, no podrán exigir al afiliado el suministro en especie de sangre o de productos hemoderivados, como contraprestación a una atención en salud.

ARTÍCULO 34. ATENCIÓN EN SALUD ORAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre las tecnologías en salud oral descritas en el presente acto administrativo.

PARÁGRAFO 1o. Cuando se trate de procedimientos odontológicos en pacientes en condiciones especiales que ameriten anestesia general o sedación asistida, de acuerdo con el criterio del profesional tratante, esta se encuentra incluida en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC.

PARÁGRAFO 2o. El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre las obturaciones, independientemente del número de superficies a obturar que sean necesarias a criterio del profesional tratante; así como los materiales de obturación como resinas de fotocurado, ionómero de vidrio y amalgama.

ARTÍCULO 35. PRÓTESIS DENTALES. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre las prótesis dentales mucosoportadas totales, de acuerdo con la indicación clínica determinada por el odontólogo tratante.

PARÁGRAFO. Para obtener la cobertura con cargo a la UPC, los cotizantes y sus beneficiarios afiliados al Régimen Contributivo deben tener un ingreso base de cotización igual o inferior a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes. En el Régimen Subsidiado la cobertura es para todos los afiliados.

ARTÍCULO 36. TRATAMIENTOS RECONSTRUCTIVOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> En el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC están cubiertos los tratamientos reconstructivos definidos en el Anexo 2 “Listado de Procedimientos en Salud del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC”, que hace parte integral de este acto administrativo, en tanto tengan una finalidad funcional de conformidad con el criterio del profesional en salud tratante.

ARTÍCULO 37. REINTERVENCIONES. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la realización de una segunda intervención que esté relacionada con la primera, conforme a la prescripción del profesional tratante, sin trámites adicionales, en las siguientes condiciones:

1. Que el procedimiento inicial o primario haga parte del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, y

2. Que la segunda intervención esté incluida en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC.

CAPÍTULO IV.

MEDICAMENTOS.

ARTÍCULO 38. COBERTURA DE MEDICAMENTOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> La cobertura de un medicamento en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC está determinada por las siguientes condiciones: principio activo, concentración, forma farmacéutica y uso específico en los casos en que se encuentre descrito en el listado de medicamentos del Anexo 1 que hace parte integral de este acto administrativo. Para la cobertura deben coincidir todas estas condiciones según como se encuentren descritas en el listado.

Los medicamentos descritos en el Anexo 1, al igual que otros que también se consideren con cargo a la UPC, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 134 de la presente resolución, deben ser garantizados de manera efectiva y oportuna por las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces. Para efectos de facilitar la aplicación de este acto administrativo y a título de ejemplo se presenta en el artículo 42 del presente acto administrativo la clasificación de formas farmacéuticas, vía de administración, estado y forma de liberación del principio activo, para que sean tenidas en cuenta en las coberturas definidas en el listado de medicamentos incluidos y cubiertos por la UPC, a que refiere el Anexo 1 que hace parte integral de la presente resolución.

PARÁGRAFO 1o. Los medicamentos descritos en el Anexo 1 que hace parte integral de este acto administrativo se consideran cubiertos con la UPC, cualquiera que sea el origen, forma de fabricación, el mecanismo de producción del principio activo, salvo especificaciones descritas en este acto administrativo.

En cuanto a estereoisómeros de principios activos que se encuentran incluidos en el listado de medicamentos del Anexo 1 que hace parte integral de este acto administrativo, se consideran cubiertos por la UPC siempre y cuando compartan el mismo efecto farmacológico de la mezcla racémica del principio activo del cual se extraen.

Si el estereoisómero hace parte de un subgrupo de referencia cubierto, el valor máximo de reconocimiento para cálculo en la prima será el establecido para el principio activo del cual se extrae.

PARÁGRAFO 2o. Entiéndase por Valor Máximo de Reconocimiento para cálculo de la prima por subgrupo el descrito en el numeral 40 del artículo 8o del presente acto administrativo.

PARÁGRAFO 3o. En los casos en que la descripción del medicamento incluido en el listado de medicamentos con cargo a la UPC, de que trata el Anexo 1 que hace parte integral del presente acto administrativo, contenga una sal o un éster determinados, la cobertura es específica para dicha composición y no otras que existan en el mercado.

ARTÍCULO 39. PRESCRIPCIÓN. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> La prescripción se realizará siempre utilizando la Denominación Común Internacional, exclusivamente. Al paciente se le deberá suministrar cualquiera de los medicamentos (de marca o genéricos), autorizados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) que cumplan las condiciones descritas en este acto administrativo.

PARÁGRAFO. En el caso de los medicamentos anticonvulsivantes, anticoagulantes orales y otros de estrecho margen terapéutico definidos de forma periódica por el Invima, no deberá cambiarse el producto ni el fabricante una vez iniciado el tratamiento. Si excepcionalmente fuere necesario, se realizará el ajuste de dosificación y régimen de administración con el monitoreo clínico y paraclínico necesarios.

ARTÍCULO 40. INDICACIONES AUTORIZADAS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> La cobertura en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, de los medicamentos descritos en el Anexo 1 que hace parte integral de esta resolución, es para las indicaciones autorizadas por el Invima, excepto para aquellos casos en que el listado normativo describa especificaciones expresas que limiten la cobertura.

PARÁGRAFO 1o. Cuando en la columna de aclaración del Anexo 1 del “Listado de Medicamentos del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC”, no se indique un uso específico, se consideran cubiertas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC todas las indicaciones autorizadas por el Invima en el registro sanitario para todos los medicamentos de un mismo principio activo y forma farmacéutica, así como las preparaciones derivadas del ajuste y adecuación de concentraciones o de la adecuación de los mismos en preparaciones extemporáneas o formulaciones magistrales, independientemente del nombre comercial del medicamento.

PARÁGRAFO 2o. Las indicaciones aprobadas por el Invima para un medicamento en diferentes registros sanitarios se consideran cubiertas por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC y armonizadas en su cobertura, en cuanto a que si en un solo registro sanitario se define una indicación específica, la misma se considerará cubierta por la Unidad de Pago por Capitación para todos los medicamentos con diferente registro sanitario y que presenten igual principio activo, concentración y forma farmacéutica.

ARTÍCULO 41. COMBINACIONES DE DOSIS FIJAS (CDF). <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Con el ánimo de simplificar los esquemas de medicación y mejorar la adherencia de los pacientes a ciertos tratamientos farmacológicos, el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC considera cubiertos los medicamentos en Combinaciones de Dosis Fijas de la siguiente forma:

1. Cuando todos los principios activos que hacen parte del medicamento en CDF se encuentren descritos en el listado de medicamentos cubiertos por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC a que refiere el Anexo 1 que hace parte integral del presente acto administrativo, manteniendo su misma forma farmacéutica, y

2. Cuando el costo del tratamiento con el medicamento combinado sea igual o menor a la sumatoria del costo de cada uno de los medicamentos si se utilizara como mono fármaco por separado. Si alguno de los principios activos que hacen parte de la CDF se encuentra en un grupo de cobertura, será el valor máximo de reconocimiento definido para dicho grupo el que se deba aplicar para ese principio activo que compone la combinación.

El cumplimiento de estas dos condiciones de forma simultánea es obligatorio para considerar la CDF cubierta por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación.

PARÁGRAFO. Será el médico tratante quien en su autonomía profesional evalúe la relación riesgo/beneficio y pertinencia para cada paciente, en hacer uso de estas CDF frente a utilizar los medicamentos con cada principio activo por separado.

ARTÍCULO 42. PRESENTACIONES COMERCIALES Y EQUIVALENCIAS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> La cobertura de los medicamentos del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC es independiente de la forma de comercialización, empaque, envase o presentación comercial del medicamento (jeringa prellenada, cartucho, entre otras) y no debe confundirse con la misma. Para efectos de facilitar la aplicación de este acto administrativo y a título de ejemplo se presenta la siguiente de clasificación de formas farmacéuticas, vía de administración, estado y forma de liberación del principio activo, para que sean tenidas en cuenta en las coberturas definidas en el listado de medicamentos incluidos y cubiertos por la UPC:

ARTÍCULO 43. REGISTRO SANITARIO. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El tipo de registro sanitario otorgado por el Invima a un producto no establece por sí mismo la cobertura de los medicamentos con cargo a la UPC, puesto que esta se da con el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente acto administrativo.

ARTÍCULO 44. ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las formas de almacenamiento, transporte, dispensación, distribución o suministro de medicamentos no determinan ni limitan las coberturas del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC.

PARÁGRAFO. El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre el suministro del oxígeno gas, independientemente de las formas de almacenamiento, producción, transporte, dispensación o aplicación, tales como balas, concentrador o recargas, entre otras bajo el principio de integralidad.

ARTÍCULO 45. ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para el acceso efectivo a los medicamentos cubiertos por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, está incluida toda forma de administración de los mismos conforme con la prescripción del médico tratante.

PARÁGRAFO. El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre todo equipo o dispositivo médico para toda forma de administración, como infusión, parenteral o enteral, controlada o regulada, entre otras, de medicamentos descritos en el Anexo 1 que hace parte integral del presente acto administrativo, por ejemplo, las bombas de insulina, jeringas pre llenadas, cartuchos o plumas precargadas, de acuerdo con la prescripción médica, ejemplos que no son taxativos, sino enunciativos.

ARTÍCULO 46. FÓRMULAS MAGISTRALES. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las formulaciones magistrales preparadas a partir de los medicamentos incluidos en el Anexo 1 que hace parte integral del presente acto administrativo , se consideran cubiertas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC y deberán ser garantizadas por las Entidades Promotoras de Salud o por las entidades que hagan sus veces.

ARTÍCULO 47. GARANTÍA DE CONTINUIDAD EN EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, deberán garantizar el acceso a los medicamentos cubiertos con cargo a la UPC de forma ininterrumpida y continua, tanto al paciente hospitalizado, como al ambulatorio, de conformidad con el criterio del profesional tratante y las normas vigentes.

ARTÍCULO 48. MEDICAMENTOS DE PROGRAMAS ESPECIALES. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Es responsabilidad de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o de las entidades que hagan sus veces, garantizar el acceso y la administración de los medicamentos de Programas Especiales descritos en el Anexo 1 que hace parte integral del presente acto administrativo y suministrados por el Ministerio de Salud y Protección Social, según las normas técnicas y guías de atención para las enfermedades de interés en salud pública.

ARTÍCULO 49. RADIOFÁRMACOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Estos medicamentos se consideran cubiertos en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cuando son necesarios e insustituibles para la realización de los procedimientos de medicina nuclear cubiertos por dicho plan y no requieren estar descritos explícitamente en el listado de medicamentos.

ARTÍCULO 50. MEDIOS DE CONTRASTE. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las Entidades Promotoras de Salud o las entidades que hagan sus veces, garantizarán los medios de contraste correspondientes a los descritos explícitamente en el listado de medicamentos con cargo a la UPC de que trata el Anexo 1 que hace parte integral de este acto administrativo.

ARTÍCULO 51. MEDIOS DIAGNÓSTICOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Los medicamentos y soluciones o sustancias diferentes a medios de contraste que se encuentren descritos en el listado de medicamentos contenidos en el Anexo 1 que hace parte integral de este acto administrativo, también serán cubiertos con cargo a la UPC, cuando son usados para realizar pruebas farmacológicas diagnósticas y otros procedimientos diagnósticos incluidos en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC.

ARTÍCULO 52. SOLUCIONES Y DILUYENTES. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre las soluciones de uso médico, aunque no estén descritas en el listado de medicamentos contenido en el Anexo 1 que hace parte integral del presente acto administrativo, por considerarse insustituibles para la realización de algún procedimiento cubierto con cargo a la UPC, en los siguientes casos:

SOLUCIÓNPROCEDIMIENTO
CardiopléjicaPerfusión intracardiaca
Conservantes de órganosPerfusión y lavado de órganos en Trasplantes
ViscoelásticaOftalmológicos
Liquido embólicoEmbolizaciones
Líquidos de gran volumenProcedimientos que requieren líquidos para el arrastre, lavado o irrigación de las diferentes cavidades y estructuras del organismo (vejiga, peritoneo, articulaciones, entre otras)

Igualmente el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre los diluyentes necesarios, sin importar el volumen, para reconstitución de medicamentos y preparados de nutrición parenteral.

ARTÍCULO 53. SERVICIOS FARMACÉUTICOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces son responsables de garantizar que el manejo, conservación y dispensación de medicamentos cubiertos con cargo a la UPC, se realice en servicios debidamente habilitados o autorizados y vigilados por la autoridad competente para tal fin.

ARTÍCULO 54. SUSTANCIAS Y MEDICAMENTOS PARA NUTRICIÓN. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las coberturas de sustancias nutricionales en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC son las siguientes:

1. Aminoácidos esenciales con o sin electrolitos utilizados para alimentación enteral.

2. Medicamentos descritos en el listado de medicamentos con cargo a la UPC de este acto administrativo, utilizados para los preparados de alimentación parenteral.

3. La fórmula láctea se encuentra cubierta exclusivamente para las personas menores de 12 meses de edad que son hijos de madres con diagnóstico de infección por el VIH/SIDA, según posología del médico o nutricionista tratante.

4. Alimento en polvo con vitaminas, hierro y zinc, según guía OMS (Uso de micronutrientes en polvo para la fortificación domiciliaria de los alimentos consumidos por lactantes y niños) para personas menores entre seis (6) y veinticuatro (24) meses de edad.

PARÁGRAFO. No se cubren con cargo a la UPC las nutriciones enterales u otros productos como suplementos o complementos vitamínicos, nutricionales o nutracéuticos para nutrición, edulcorantes o sustitutos de la sal y cualquier otro diferente a lo dispuesto en el presente artículo.

ARTÍCULO 55. COBERTURA DE SUBGRUPOS DE REFERENCIA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Cuando el listado de medicamentos del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, se refiere a un subgrupo de referencia, según la clasificación internacional ATC, se deben considerar cubiertos todos los medicamentos que contengan los principios activos pertenecientes a dicho subgrupo, en las concentraciones y formas farmacéuticas que se definen para ellos en el listado de medicamentos de este acto administrativo.

ARTÍCULO 56. PRESCRIPCIÓN DE ACUERDO A GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> La prescripción de medicamentos deberá tener en cuenta en lo posible y según criterio del médico tratante las recomendaciones realizadas por documentos emitidos por este Ministerio, como Guías de Práctica Clínica (GPC), Guías de Atención Integral (GAI), protocolos o cualquier otro documento oficialmente adoptado para una patología en particular, sin que lo anterior se establezca como una restricción a la autonomía médica, sino como apoyo al proceso de buena práctica en la prescripción.

CAPÍTULO V.

DISPOSITIVOS.

ARTÍCULO 57. DISPOSITIVOS MÉDICOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> En desarrollo del principio de integralidad establecido en el numeral 1 del artículo 3o del presente acto administrativo, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, deben garantizar los insumos, suministros y materiales, incluyendo el material de sutura, osteosíntesis y de curación, y en general, los dispositivos médicos o quirúrgicos, sin excepción, necesarios e insustituibles para la realización o utilización de las tecnologías en salud cubiertas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, en el campo de la atención de urgencias, atención ambulatoria o atención con internación, salvo que exista excepción expresa para ellas en este acto administrativo.

PARÁGRAFO. Es cobertura con cargo a la UPC la GELATINA ABSORBIBLE ESTÉRIL, la cual se encuentra con descripción ATC como GELATINA ABSORBENTE, ESPONJA y el VENDAJE CON GELATINA DE ZINC con descripción de ATC ZINC, VENDAJES SIN SUPLEMENTOS, por tratarse de un dispositivo y no de un medicamento.

ARTÍCULO 58. LENTES EXTERNOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> En el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC se cubren los lentes correctores externos en vidrio o plástico (incluye policarbonato) en las siguientes condiciones:

1. En Régimen Contributivo:

Se cubren una (1) vez cada año en las personas de doce (12) años de edad o menos y una vez cada cinco (5) años en los mayores de doce (12) años de edad, por prescripción médica o por optometría y para defectos que disminuyan la agudeza visual. La cobertura incluye la adaptación del lente formulado a la montura; el valor de la montura es asumido por el usuario.

2. En Régimen Subsidiado:

a) Para personas menores de 21 años y mayores de 60 años de edad, se cubren una vez al año, por prescripción médica o por optometría y para defectos que disminuyan la agudeza visual. La cobertura incluye el suministro de la montura hasta por un valor equivalente al 10% del salario mínimo legal mensual vigente;

b) Para las personas mayores de 21 y menores de 60 años de edad se cubren los lentes externos una vez cada cinco años por prescripción médica o por optometría para defectos que disminuyan la agudeza visual. La cobertura incluye la adaptación del lente formulado a la montura; el valor de la montura es asumido por el usuario.

PARÁGRAFO. No se cubren con cargo a la UPC filtros o colores, películas especiales, lentes de contacto ni líquidos para lentes.

ARTÍCULO 59. KIT DE GLUCOMETRÍA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre el kit de glucometría, para pacientes diabéticos que se encuentren en manejo con insulina a los cuales se entregarán cada año un (1) glucómetro, así como tirillas y lancetas mensuales, de conformidad con lo que el médico tratante determine y de acuerdo con las Guías de Práctica Clínica.

ARTÍCULO 60. KIT DE OSTOMÍA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre hasta ciento cuatro (104) kits de ostomía anuales para los pacientes con diagnóstico de cáncer de colon y recto y según la indicación del médico tratante. Cada kit está constituido por: barrera (galleta o caralla), bolsa, cemento (pegante) y gancho (pinza).

ARTÍCULO 61. AYUDAS TÉCNICAS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre las siguientes ayudas técnicas:

1. Prótesis ortopédicas internas (endoprótesis ortopédicas) para los procedimientos quirúrgicos incluidos en este Plan de Beneficios.

2. Prótesis ortopédicas externas (exoprótesis) para miembros inferiores y superiores, incluyendo su adaptación, así como el recambio por razones de desgaste normal, crecimiento o modificaciones morfológicas del paciente, cuando así lo determine el profesional tratante.

3. Prótesis de otros tipos (válvulas, lentes intraoculares, audífonos, entre otros) para los procedimientos incluidos en este Plan de Beneficios.

4. Órtesis ortopédicas (incluye corsés que no tengan finalidad estética).

PARÁGRAFO 1o. Están cubiertas con cargo a la UPC las siguientes estructuras de soporte para caminar: muletas, caminadores y bastones, las cuales se darán en calidad de préstamo en los casos en que aplique (incluye entrenamiento de uso), con compromiso de devolverlos en buen estado, salvo el deterioro normal. En caso contrario, deberán restituirse en dinero a su valor comercial.

PARÁGRAFO 2o. No se cubren con cargo a la UPC sillas de ruedas, plantillas y zapatos ortopédicos.

ARTÍCULO 62. COBERTURA DE STENT CORONARIO. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, cubre tanto el stent coronario convencional o no recubierto para todos los casos según recomendación del médico tratante, como el stent coronario recubierto o medicado para los casos de pacientes con vasos pequeños (menor a 3 mm de diámetro) o en lesiones largas (mayor a 15 mm).

CAPÍTULO VI.

SALUD MENTAL.

ARTÍCULO 63. ATENCIÓN DE URGENCIAS EN SALUD MENTAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la atención de urgencias en servicios debidamente habilitados, del paciente con trastorno o enfermedad mental, incluyendo la observación en urgencias.

ARTÍCULO 64. PSICOTERAPIA AMBULATORIA PARA LA POBLACIÓN GENERAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, cubre la atención ambulatoria con psicoterapia individual, grupal, familiar y de pareja; independientemente de la etiología o la fase en que se encuentra la enfermedad, así:

1. Hasta treinta (30) sesiones de psicoterapia individual en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

2. Hasta treinta (30) terapias grupales, familiares y de pareja en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

PARÁGRAFO 1o. No se cubre con cargo a la UPC el tratamiento de psicoanálisis para ningún grupo poblacional.

PARÁGRAFO 2o. Las coberturas especiales para personas menores de 18 años de edad están descritas en el título IV del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 65. PSICOTERAPIA AMBULATORIA PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para las mujeres víctimas de violencia física, sexual o psicológica, cuando ello sea pertinente a criterio del profesional tratante, en sustitución de lo dispuesto en el artículo 64 de este acto administrativo, la cobertura con cargo a la UPC será así:

1. Hasta sesenta (60) sesiones de psicoterapia individual en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

2. Hasta sesenta (60) terapias grupales, familiares y de pareja en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

ARTÍCULO 66. ATENCIÓN CON INTERNACIÓN EN SALUD MENTAL PARA LA POBLACIÓN GENERAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la internación de pacientes con trastorno o enfermedad mental de cualquier tipo durante la fase aguda de su enfermedad o en caso de que esta ponga en peligro su vida o integridad, la de sus familiares o la comunidad.

En la fase aguda, la cobertura de la hospitalización podrá extenderse hasta 90 días, continuos o discontinuos por año calendario.

En caso de que el trastorno o enfermedad mental ponga en peligro la vida o integridad del paciente, la de sus familiares o la comunidad, la cobertura de la internación será durante el período que considere necesario el o los profesionales tratantes.

Según criterio del profesional tratante en salud mental, estos pacientes se manejarán de preferencia en el programa de internación parcial u hospital día, según la normatividad vigente y en servicios debidamente habilitados para tal fin.

PARÁGRAFO 1o. Para el caso de internación por salud mental, la atención mediante internación total o parcial comprende además de los servicios básicos, la psicoterapia y atención médica especializada, así como las demás terapias y tecnologías en salud incluidas en este Plan de Beneficios, de acuerdo con la prescripción del profesional tratante. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en las coberturas para el ámbito ambulatorio.

PARÁGRAFO 2o. Las coberturas especiales para personas menores de 18 años de edad están descritas en el título IV del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 67. ATENCIÓN CON INTERNACIÓN EN SALUD MENTAL PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para las mujeres víctimas de violencia física, sexual o psicológica, cuando ello sea pertinente a criterio del médico tratante, en sustitución de lo dispuesto en el artículo 66 de este acto administrativo, la cobertura con cargo a la UPC será así:

En la fase aguda, la cobertura de la hospitalización podrá extenderse hasta 180 días, continuos o discontinuos por año calendario.

En caso de que el trastorno o enfermedad mental ponga en peligro la vida o integridad del paciente, la de sus familiares o la comunidad, la cobertura de la internación será durante el periodo que considere necesario el o los profesionales tratantes.

Según criterio del profesional tratante en salud mental, estos pacientes se manejarán de preferencia en el programa de internación parcial u hospital día, según la normatividad vigente y en servicios debidamente habilitados para tal fin.

CAPÍTULO VII.

ATENCIÓN PALIATIVA.

ARTÍCULO 68. ATENCIÓN PALIATIVA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, cubre los cuidados paliativos en la modalidad ambulatoria, con internación o atención domiciliaria del enfermo en fase terminal y de pacientes con enfermedad crónica, degenerativa e irreversible de alto impacto en la calidad de vida, de conformidad con lo establecido en la Ley 1733 de 2014, con las tecnologías en salud contenidas en este Plan de Beneficios,  según criterio del profesional tratante, salvo lo dispuesto en el parágrafo 4o del artículo 25 del presente acto administrativo.

TÍTULO IV.

COBERTURAS PREFERENTES Y DIFERENCIALES AGRUPADAS POR CICLOS VITALES PARA PERSONAS MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD.

ARTÍCULO 69. COBERTURA DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, deberán identificar los riesgos de salud de su población afiliada menor de 18 años de edad, para que de conformidad con la estrategia de Atención Primaria en Salud (APS), la Política de Atención Integral en Salud (PAIS) y el Modelo Integral de Atención en Salud (MIAS), puedan establecer acciones eficientes y efectivas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad. Para tal fin, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces podrán usar la información generada durante la adscripción a una IPS, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del presente acto administrativo. Igualmente, podrán utilizar estrategias de tamizaje con las tecnologías de diagnóstico cubiertas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC o encuestas específicas por tipo de riesgo y uso de bases de datos, atendiendo la normatividad vigente relacionada con el uso de datos personales.

ARTÍCULO 70. PROMOCIÓN DE LA SALUD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> En el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, está cubierta toda actividad de información, educación, capacitación y comunicación a los afiliados infantes y adolescentes, para fomento de factores protectores, la inducción a estilos de vida saludables y para control de enfermedades crónicas no transmisibles, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 71. PROTECCIÓN ESPECÍFICA Y DETECCIÓN TEMPRANA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, cubre todas las actividades o tecnologías en salud descritas en el presente acto administrativo para la protección específica y detección temprana según las normas técnicas vigentes, incluyendo la identificación y canalización de las personas menores de dieciocho (18) años de edad para tales efectos, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 72. PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, cubre las acciones y tecnologías incluidas en el presente acto administrativo para prevención de la enfermedad en población infantil y adolescentes. Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, deben apoyar en la vigilancia a través de los indicadores de protección específica y detección temprana, definidos con ese propósito, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 73. ATENCIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA SALUD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, contiene las coberturas preferentes y diferenciales descritas en el presente acto administrativo, necesarias para la recuperación de la salud de las personas menores de dieciocho (18) años de edad, además de las previstas para la población en general.

ARTÍCULO 74. RESTABLECIMIENTO DE LA SALUD A LA POBLACIÓN MENOR DE 18 AÑOS DE EDAD, CUYOS DERECHOS HAN SIDO VULNERADOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre de manera gratuita las tecnologías en salud contenidas en el presente acto administrativo, requeridas para la rehabilitación física y mental de los niños, niñas y adolescentes, víctimas de violencia física o sexual y todas las formas de maltrato, hasta que se certifique médicamente la recuperación de las víctimas; de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 1438 de 2011. Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, deberán diseñar e implementar programas para garantizar la atención integral en cada caso.

CAPÍTULO I.

ATENCIÓN A PERSONAS DESDE LA ETAPA PRENATAL A MENORES DE 6 AÑOS DE EDAD.

ARTÍCULO 75. ATENCIÓN PRENATAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre las tecnologías en salud descritas en el presente acto administrativo, que se requieran para cualquier atención en salud ambulatoria o con internación, por la especialidad médica que sea necesaria, durante el proceso de gestación, parto y puerperio en las fases de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad. Ello incluye las afecciones relacionadas, las complicaciones y las enfermedades que pongan en riesgo el desarrollo y culminación normal de la gestación y parto, o que signifiquen un riesgo para la viabilidad del producto o la supervivencia y salud del recién nacido, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 76. PROGRAMAS DE DETECCIÓN TEMPRANA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la atención mediante programas para la detección temprana de alteraciones de la agudeza visual, auditiva y alteraciones del embarazo con las tecnologías en salud descritas en el presente acto administrativo y de acuerdo con lo definido por las normas técnicas vigentes adoptadas por el Ministerio de Salud y Protección Social con el fin de favorecer la identificación oportuna de la enfermedad, el diagnóstico precoz, el tratamiento adecuado y la reducción de los daños en salud causados por eventos no detectados oportunamente, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 77. PROGRAMAS DE PROTECCIÓN ESPECÍFICA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la atención preventiva en salud bucal y la aplicación del biológico según el esquema del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI), en concordancia con las normas técnicas vigentes adoptadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, con el fin de reducir la incidencia y mortalidad por enfermedades inmunoprevenibles y disminuir factores de riesgo para la aparición de caries y enfermedad periodontal. Igualmente, cubre la topicación con barniz de flúor, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 78. ATENCIÓN DE LA MORBILIDAD NEONATAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El recién nacido tiene derecho a la cobertura de todas las tecnologías definidas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, desde el momento del nacimiento y hasta el mes de nacido, con el fin de atender integralmente cualquier contingencia de salud, incluyendo lo necesario para su realización de tal forma que se cumpla con la finalidad del servicio y según el criterio del médico tratante. Incluye las atenciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, establecidas en las normas técnicas de protección específica para la atención del parto (adaptación neonatal y complicaciones del recién nacido) y la atención del recién nacido, de acuerdo con lo definido por la normatividad vigente, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 79. ATENCIÓN A HIJOS DE MADRES CON DIAGNÓSTICO DE INFECCIÓN POR EL VIH/SIDA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Los hijos de madres con diagnóstico de infección por VIH/SIDA tienen derecho a las tecnologías contenidas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, para la atención en las diferentes fases de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación, aún si el diagnóstico de infección por VIH/SIDA es presuntivo y no ha sido confirmado, con sujeción a lo establecido por la Guía de Práctica Clínica para el manejo de la infección por VIH/SIDA vigente, adoptada por el Ministerio de Salud y Protección Social.

ARTÍCULO 80. COMPLEMENTOS NUTRICIONALES. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre en este ciclo vital lo siguiente:

1. Fórmula láctea para niños lactantes hasta los doce (12) meses de edad que sean hijos de madres con diagnóstico de infección por VIH/SIDA, según el criterio del médico o nutricionista tratante.

2. Alimento en polvo con vitaminas, hierro y zinc, según guía OMS (Uso de micronutrientes en polvo para la fortificación domiciliaria de los alimentos consumidos por lactantes y niños) para personas menores entre seis (6) y veinticuatro (24) meses de edad.

ARTÍCULO 81. ATENCIÓN DE URGENCIAS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre las tecnologías en salud contenidas en el presente acto administrativo, necesarias para la atención de urgencias del paciente, incluyendo la observación en servicios debidamente habilitados para tal fin, la oportuna y adecuada remisión cuando no cuente con el nivel de resolución para dar respuesta a las necesidades de salud, según la normatividad vigente.

ARTÍCULO 82. ATENCIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA SALUD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre los servicios y tecnologías para el diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o paliación, requeridas en la atención de cualquier contingencia de salud que se presente, en la modalidad ambulatoria, hospitalaria o domiciliaria, según el criterio del profesional tratante, articulado con el enfoque de Atención Primaria en Salud (APS), según los lineamientos del Modelo Integral de Atención en Salud (MIAS) y la Política de Atención Integral en Salud (PAIS).

Asimismo, tienen acceso a los servicios de pediatría y medicina familiar cubiertos en este Plan de Beneficios, de forma directa, es decir, sin previa remisión del médico general, sin que ello se constituya en limitación de acceso a la atención por médico general cuando el recurso especializado no sea accesible por condiciones geográficas o de ausencia de oferta en el municipio de residencia.

ARTÍCULO 83. ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR O ABUSO SEXUAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para la atención de personas menores de 6 años de edad víctimas de violencia intrafamiliar o abuso sexual presuntivo o confirmado, se cubren las evaluaciones y atenciones interdisciplinarias y especializadas pertinentes y todas las tecnologías en salud incluidas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC.

ARTÍCULO 84. ATENCIÓN A PERSONAS MENORES DE 6 AÑOS DE EDAD CON TRASTORNOS ALIMENTARIOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para las personas con trastornos alimentarios se cubren las evaluaciones, atenciones interdisciplinarias y especializadas pertinentes, así como todas las tecnologías en salud incluidas en este plan de beneficios.

ARTÍCULO 85. ATENCIÓN A PERSONAS MENORES CON DISCAPACIDAD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> La atención a las personas desde la etapa prenatal a menores de 6 años de edad con discapacidad física, sensorial o cognitiva, conlleva el derecho a las evaluaciones, atenciones interdisciplinarias y especializadas pertinentes realizadas por profesionales de la salud, así como todas las tecnologías en salud incluidas en el presente acto administrativo.

PARÁGRAFO. Será el profesional tratante quien determine el plan de tratamiento a seguir, de conformidad con la discapacidad motivo de intervención.

ARTÍCULO 86. COBERTURA DE IMPLANTE COCLEAR. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> En este ciclo vital se cubre el implante coclear, la sustitución de la prótesis coclear y la rehabilitación post implante, para las personas menores de tres (3) años de edad, con sordera prelocutoria o poslocutoria profunda bilateral.

ARTÍCULO 87. COBERTURA DE LENTES EXTERNOS Y MONTURAS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Los lentes externos se cubren una (1) vez cada año, siempre por prescripción médica o por optometría y para defectos que disminuyan la agudeza visual, incluyendo la adaptación del lente formulado en plástico (incluye policarbonato) o vidrio, sin filtros ni películas.

En el Régimen Subsidiado se cubre además la montura, hasta por un valor equivalente al 10% del salario mínimo legal mensual vigente.

PARÁGRAFO. No se cubren con cargo a la UPC filtros o colores, películas especiales, lentes de contacto ni líquidos para lentes.

ARTÍCULO 88. ATENCIÓN EN CÁNCER. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las personas desde la etapa prenatal a menores de 6 años de edad tienen derecho a la cobertura para la atención del cáncer, de todas las tecnologías contenidas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC. Incluye las tecnologías en salud para la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos, en servicios debidamente habilitados de conformidad con la normatividad vigente.

Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, deberán garantizar el acceso efectivo, oportuno y continuo a tecnologías en salud cubiertas en este Plan de Beneficios, para atender los casos de niños y niñas con cáncer o con presunción de cáncer, en cumplimiento de lo ordenado en la Ley 1388 de 2010.

ARTÍCULO 89. ATENCIÓN PALIATIVA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las personas desde la etapa prenatal a personas menores de 6 años de edad tienen derecho a la cobertura de cuidados paliativos en la modalidad ambulatoria, internación o domiciliaria del enfermo en fase terminal, y de pacientes con enfermedad crónica, degenerativa e irreversible de alto impacto en la calidad de vida, de conformidad con lo establecido en la Ley 1733 de 2014, con las tecnologías contenidas en este Plan de Beneficios, según criterio del profesional tratante, salvo lo dispuesto en el parágrafo 4o del artículo 25 del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 90. CARIOTIPO. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre el cariotipo con fragilidad cromosómica para las personas desde la etapa prenatal a menores de 6 años de edad con diagnóstico de anemia aplásica congénita pediátrica.

ARTÍCULO 91. ATENCIÓN EN SALUD MENTAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Se cubren todas las tecnologías del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, incluyendo la internación total o parcial (hospital día) para las personas menores de 6 años de edad que lo requieran, a criterio del profesional tratante.

En la fase aguda, la cobertura de la hospitalización podrá extenderse hasta 90 días, continuos o discontinuos por año calendario.

En caso de que el trastorno o enfermedad mental ponga en peligro la vida o integridad del paciente, la de sus familiares o la comunidad, la cobertura de la internación será durante el periodo que considere necesario el o los profesionales tratantes.

Según criterio del profesional tratante en salud mental, estos pacientes se manejarán de preferencia en el programa de internación parcial u hospital día, según la normatividad vigente y en servicios debidamente habilitados para tal fin.

La atención ambulatoria con psicoterapia individual o grupal, independientemente de la fase en que se encuentra la enfermedad, tiene la siguiente cobertura:

1. Hasta treinta (30) sesiones de psicoterapia individual en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

2. Hasta treinta (30) terapias grupales y familiares en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

ARTÍCULO 92. PSICOTERAPIA AMBULATORIA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para las personas menores de 6 años de edad víctimas de violencia intrafamiliar, abuso sexual, trastornos alimentarios, consumo de sustancias psicoactivas (incluye alcohol), así como personas con discapacidad, la cobertura del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, será así:

1. Hasta sesenta (60) sesiones de psicoterapia individual en total, por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

2. Hasta sesenta (60) terapias grupales, familiares y de pareja, en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

ARTÍCULO 93. ATENCIÓN CON INTERNACIÓN EN SALUD MENTAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, cubre la internación de personas menores de 6 años de edad víctimas de violencia intrafamiliar, abuso sexual, con trastornos alimentarios, consumo de sustancias psicoactivas (incluye alcohol), así como personas con discapacidad. La cobertura de este plan de beneficios será así:

En la fase aguda, la cobertura de la hospitalización podrá extenderse hasta 180 días, continuos o discontinuos por año calendario.

En caso de que el trastorno o enfermedad mental ponga en peligro la vida o integridad del paciente, la de sus familiares o la comunidad, la cobertura de la internación será durante el periodo que considere necesario el o los profesionales tratantes.

Según criterio del profesional tratante en salud mental, estos pacientes se manejarán de preferencia en el programa de internación parcial u hospital día, según la normatividad vigente y en servicios debidamente habilitados para tal fin.

CAPÍTULO II.

ATENCIÓN A PERSONAS DE 6 AÑOS A MENORES DE 14 AÑOS DE EDAD.

ARTÍCULO 94. PROGRAMAS DE DETECCIÓN TEMPRANA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la atención en programas para la detección temprana de alteraciones del crecimiento y desarrollo hasta los 10 años de edad, la agudeza visual, auditiva y alteraciones del embarazo con las tecnologías en salud, descritas en el presente acto administrativo y de acuerdo con lo definido por las normas técnicas vigentes adoptadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, con el fin de favorecer la identificación oportuna de la enfermedad, el diagnóstico precoz, el tratamiento adecuado y la reducción de los daños en salud causados por eventos no detectados oportunamente, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 95. PROGRAMAS DE PROTECCIÓN ESPECÍFICA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la atención preventiva en salud bucal y la aplicación de biológico según el esquema del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI), atención en planificación familiar, en concordancia con las normas técnicas vigentes adoptadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, con el fin de reducir la incidencia y mortalidad por enfermedades inmunoprevenibles y disminuir el embarazo adolescente, los factores de riesgo para la aparición de caries y enfermedad periodontal. Igualmente, cubre la topicación con barniz de flúor, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 96. ATENCIÓN DE URGENCIAS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre las tecnologías en salud contenidas en el presente acto administrativo, necesarias para la atención de urgencias del paciente, incluyendo la observación en servicios debidamente habilitados para tal fin, la oportuna y adecuada remisión cuando no cuente con el nivel de resolución para dar respuesta a las necesidades de salud, según la normatividad vigente.

ARTÍCULO 97. ATENCIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA SALUD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre los servicios y tecnologías para el diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o paliación, requeridas en la atención de cualquier contingencia de salud que se presente, en la modalidad ambulatoria, hospitalaria o domiciliaria, según el criterio del profesional tratante, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

Asimismo, tienen acceso a los servicios de pediatría, obstetricia y medicina familiar cubiertos en este Plan de Beneficios, de forma directa, es decir, sin previa remisión del médico general, sin que ello se constituya en limitación de acceso a la atención por médico general cuando el recurso especializado no sea accesible por condiciones geográficas o de ausencia de oferta en el municipio de residencia.

ARTÍCULO 98. ATENCIÓN DEL EMBARAZO. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> En el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC se encuentra cubierta la atención integral de la gestación, parto y puerperio con las tecnologías en salud descritas en el presente acto administrativo, atenciones en salud ambulatoria o con internación por la especialidad médica que sea necesaria. Se incluye la atención de las afecciones relacionadas, las complicaciones y las enfermedades que pongan en riesgo el desarrollo y culminación normal de la gestación, parto y puerperio, o que signifiquen un riesgo para la vida de la madre, la viabilidad del producto o la supervivencia del recién nacido.

Asimismo, las niñas embarazadas deben tener especial relevancia dentro de los programas de promoción y prevención, garantizándoles todas las tecnologías descritas en el presente acto administrativo para la detección temprana de las alteraciones del embarazo, parto y recién nacido, la protección específica y la atención de eventos en salud pública, acorde a las normas técnicas vigentes adoptadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

Se cubre el acceso directo a la atención especializada obstétrica, es decir, sin remisión del médico general, sin que ello se constituya en limitación de acceso a la atención por médico general, cuando el recurso especializado no sea accesible por condiciones geográficas o de ausencia de oferta de servicios especializados en el municipio de residencia.

ARTÍCULO 99. ATENCIÓN A PERSONAS MENORES CON DIAGNÓSTICO DE INFECCIÓN POR EL VIH/SIDA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la atención de los pacientes de 6 años a menores de 14 años de edad con diagnóstico de infección por VIH/SIDA, con las tecnologías en salud descritas en el presente acto administrativo en las diferentes fases de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación, aún si el diagnóstico de infección por VIH/SIDA es presuntivo y no ha sido confirmado, con sujeción a lo establecido por la Guía de Práctica Clínica para el manejo de la infección por VIH/SIDA, adoptada por el Ministerio de Salud y Protección Social.

ARTÍCULO 100. ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR O ABUSO SEXUAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para la atención de personas de 6 años a menores de 14 años de edad víctimas de violencia intrafamiliar o abuso sexual presuntivo o confirmado, se cubren las evaluaciones, atenciones interdisciplinarias y especializadas pertinentes, así como todas las tecnologías en salud incluidas en este plan de beneficios.

ARTÍCULO 101. ATENCIÓN A PERSONAS DE 6 AÑOS A MENORES DE 14 AÑOS DE EDAD CON TRASTORNOS ALIMENTARIOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para las personas con trastornos alimentarios se cubren las evaluaciones, atenciones interdisciplinarias y especializadas pertinentes, así como todas las tecnologías en salud incluidas en este Plan de Beneficios.

ARTÍCULO 102. ATENCIÓN A PERSONAS MENORES CON DISCAPACIDAD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las personas de 6 años a menores de 14 años de edad con discapacidad física, sensorial o cognitiva, conlleva el derecho a las evaluaciones, atenciones interdisciplinarias y especializadas pertinentes realizadas por profesionales de la salud, así como todas las tecnologías en salud incluidas en el presente acto administrativo.

PARÁGRAFO. Será el profesional tratante quien determine el plan de tratamiento a seguir, de conformidad con la discapacidad motivo de intervención.

ARTÍCULO 103. COBERTURA DE LENTES Y MONTURAS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Los lentes externos se cubren siempre por prescripción médica o por optometría y para defectos que disminuyan la agudeza visual, incluyendo la adaptación del lente formulado en plástico (incluye policarbonato) o vidrio, sin filtros ni películas, así:

1. Para el Régimen Contributivo una (1) vez cada año para las personas de 12 años de edad o menos y una vez cada cinco años para mayores de 12 años de edad.

2. Para los afiliados al Régimen Subsidiado en este ciclo vital, se cubre una (1) vez cada año. La cobertura incluye la adaptación del lente formulado y la montura hasta por un valor equivalente al 10% del salario mínimo legal mensual vigente.

PARÁGRAFO. No se cubren con cargo a la UPC filtros o colores, películas especiales, lentes de contacto ni líquidos para lentes.

ARTÍCULO 104. ATENCIÓN EN CÁNCER. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las personas desde la etapa de 6 años a menores de 14 años de edad, tienen derecho a la cobertura para la atención del cáncer, de todas las tecnologías contenidas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC. Incluye las tecnologías en salud para la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos; en servicios debidamente habilitados de conformidad con la normatividad vigente.

Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, deberán garantizar el acceso efectivo, oportuno y continuo a tecnologías en salud cubiertas en este plan de beneficios, para atender los casos de niños y niñas con cáncer o con diagnóstico presuntivo de cáncer, en cumplimiento de lo ordenado en la Ley 1388 de 2010.

ARTÍCULO 105. ATENCIÓN PALIATIVA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las personas desde la etapa de 6 años a menores de 14 años de edad tienen derecho a la cobertura de cuidados paliativos en la modalidad ambulatoria, con internación o domiciliaria, del enfermo en fase terminal y de pacientes con enfermedad crónica, degenerativa e irreversible de alto impacto en la calidad de vida, de conformidad con lo establecido en la Ley 1733 de 2014, con las tecnologías contenidas en este Plan de Beneficios, según criterio del profesional tratante, salvo lo dispuesto en el parágrafo 4o del artículo 25 del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 106. CARIOTIPO. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre el cariotipo con fragilidad cromosómica para las personas de 6 años a menores de 14 años de edad con diagnóstico de anemia aplásica congénita pediátrica.

ARTÍCULO 107. ATENCIÓN EN SALUD MENTAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Se cubren todas las tecnologías del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, incluyendo la internación total o parcial (hospital día) para las personas menores de 6 años a menores de 14 años de edad que lo requieran, a criterio del profesional tratante.

En la fase aguda, la cobertura de la hospitalización podrá extenderse hasta 90 días, continuos o discontinuos por año calendario.

En caso de que el trastorno o enfermedad mental ponga en peligro la vida o integridad del paciente, la de sus familiares o la comunidad, la cobertura de la internación será durante el periodo que considere necesario el o los profesionales tratantes.

Según el criterio del profesional tratante en salud mental, estos pacientes se manejarán de preferencia en el programa de internación parcial u hospital día, según la normatividad vigente y en servicios debidamente habilitados para tal fin.

La atención ambulatoria con psicoterapia individual o grupal, independientemente de la fase en que se encuentra la enfermedad, tiene la siguiente cobertura:

1. Hasta treinta (30) sesiones de psicoterapia individual en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

2. Hasta treinta (30) terapias grupales, familiares y de pareja en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

ARTÍCULO 108. PSICOTERAPIA AMBULATORIA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para las personas de 6 años a menores de 14 años de edad víctimas de violencia intrafamiliar, abuso sexual, con trastornos alimentarios, consumo de sustancias psicoactivas (incluye alcohol) así como personas con discapacidad, la cobertura de este Plan de Beneficios será así:

1. Hasta sesenta (60) sesiones de psicoterapia individual, en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

2. Hasta sesenta (60) terapias grupales, familiares y de pareja, en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

ARTÍCULO 109. ATENCIÓN CON INTERNACIÓN EN SALUD MENTAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para las personas de 6 años a menores de 14 años de edad víctimas de violencia intrafamiliar, abuso sexual, con trastornos alimentarios, consumo de sustancias psicoactivas (incluye alcohol), así como personas con discapacidad, la cobertura de este Plan de Beneficios, será así:

En la fase aguda, la cobertura de la hospitalización podrá extenderse hasta 180 días, continuos o discontinuos por año calendario.

En caso de que el trastorno o enfermedad mental ponga en peligro la vida o integridad del paciente, la de sus familiares o la comunidad, la cobertura de la internación será durante el periodo que considere necesario el o los profesionales tratantes.

Según el criterio del profesional tratante en salud mental, estos pacientes se manejarán de preferencia en el programa de internación parcial u hospital día, según la normatividad vigente y en servicios debidamente habilitados para tal fin.

CAPÍTULO III.

ATENCIÓN PARA PERSONAS DE 14 AÑOS A MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD.

ARTÍCULO 110. PROGRAMAS DE DETECCIÓN TEMPRANA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la atención mediante programas para la detección temprana de alteraciones de la agudeza visual, auditiva y alteraciones del embarazo con las tecnologías descritas en el presente acto administrativo y de acuerdo con lo definido por las normas técnicas vigentes adoptadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, con el fin de favorecer la identificación oportuna de la enfermedad, el diagnóstico precoz, el tratamiento adecuado y la reducción de los daños en salud causados por eventos no detectados oportunamente, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 111. PROGRAMAS DE PROTECCIÓN ESPECÍFICA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre la atención preventiva en salud bucal y la aplicación de biológico según el esquema del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) y atención en planificación familiar, en concordancia con las normas técnicas vigentes adoptadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, con el fin de reducir la incidencia y mortalidad por enfermedades inmunoprevenibles, embarazo adolescente y disminuir factores de riesgo para la aparición de caries y enfermedad periodontal. Igualmente, cubre la topicación con barniz de flúor, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

ARTÍCULO 112. ATENCIÓN DE URGENCIAS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre las tecnologías en salud contenidas en el presente acto administrativo, necesarias para la atención de urgencias del paciente, incluyendo la observación en servicios debidamente habilitados para tal fin, la oportuna y adecuada remisión cuando no cuente con el nivel de resolución para dar respuesta a las necesidades de salud, según la normatividad vigente.

ARTÍCULO 113. ATENCIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA SALUD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre las tecnologías en salud para el diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o paliación requeridas en la atención de cualquier contingencia de salud que se presente, en la modalidad ambulatoria, hospitalaria o domiciliaria, según el criterio del profesional tratante, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

Asimismo, tienen acceso a los servicios de pediatría, obstetricia o medicina familiar cubiertos por este Plan de Beneficios en Salud, de forma directa, es decir, sin previa remisión del médico general, sin que ello se constituya en limitación de acceso a la atención por médico general cuando el recurso especializado no sea accesible por condiciones geográficas o de ausencia de oferta en el municipio de residencia.

ARTÍCULO 114. EMBARAZO EN ADOLESCENTES. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> En el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, se encuentra cubierta la atención integral de la gestación, parto y puerperio con las tecnologías en salud, descritas en el presente acto administrativo, atenciones en salud ambulatoria o con internación, por la especialidad médica que sea necesaria. Se incluye la atención de las afecciones relacionadas, las complicaciones y las enfermedades que pongan en riesgo el desarrollo y culminación normal de la gestación, parto y puerperio, o que signifiquen un riesgo para la vida de la madre, la viabilidad del producto o la supervivencia del recién nacido.

Asimismo, las adolescentes embarazadas deben tener especial relevancia dentro de los programas de promoción y prevención, garantizándoles todas las tecnologías descritas en el presente acto administrativo para la detección temprana de las alteraciones del embarazo, parto y recién nacido, la protección específica y la atención de eventos en salud pública, acorde con las normas técnicas vigentes adoptadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, articulado con lo dispuesto en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), Modelo de Atención Integral en Salud (MIAS) y la Regulación Integral de Rutas de Atención en Salud (RIAS).

Se cubre el acceso directo a la atención especializada obstétrica, es decir, sin remisión del médico general, sin que ello se constituya en limitación de acceso a la atención por médico general, cuando el recurso especializado no sea accesible por condiciones geográficas o de ausencia de oferta de servicios especializados en el municipio de residencia.

ARTÍCULO 115. ATENCIÓN A PERSONAS DE CATORCE (14) AÑOS A MENORES DE DIECIOCHO (18) AÑOS DE EDAD CON DIAGNÓSTICO DE INFECCIÓN POR VIH/SIDA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, cubre la atención de los pacientes de 14 años a menores de 18 años de edad con diagnóstico de infección por VIH/SIDA, con las tecnologías en salud descritas en el presente acto administrativo en las diferentes fases de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación, aún si el diagnóstico de la infección por VIH/SIDA es presuntivo y no ha sido confirmado, con sujeción a lo establecido por la Guía de Práctica Clínica para el manejo de la infección por VIH/SIDA vigente, adoptada por el Ministerio de Salud y Protección Social.

ARTÍCULO 116. ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR O ABUSO SEXUAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para la atención de personas de 14 años a menores de 18 años de edad víctimas de violencia intrafamiliar o abuso sexual presuntivo o confirmado, se cubren las evaluaciones, atenciones interdisciplinarias y especializadas pertinentes, así como todas las tecnologías en salud incluidas en este Plan de Beneficios.

ARTÍCULO 117. ATENCIÓN A PERSONAS DE 14 AÑOS A MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD CON TRASTORNOS ALIMENTARIOS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para las personas con trastornos alimentarios se cubren las evaluaciones, atenciones interdisciplinarias y especializadas pertinentes, así como todas las tecnologías en salud incluidas en este plan de beneficios.

ARTÍCULO 118. ATENCIÓN A PERSONAS DE 14 AÑOS A MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD CON DISCAPACIDAD. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las personas de 14 años a menores de 18 años de edad con discapacidad física, sensorial o cognitiva, tienen derecho a las evaluaciones, atenciones interdisciplinarias y especializadas pertinentes realizadas por profesionales de la salud y a todas las tecnologías en salud incluidas en el presente acto administrativo.

PARÁGRAFO. Será el profesional tratante quien determine el plan de tratamiento a seguir, de conformidad con la discapacidad motivo de intervención.

ARTÍCULO 119. COBERTURA DE LENTES Y MONTURAS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Los lentes externos se cubren siempre por prescripción médica o por optometría y para defectos que disminuyan la agudeza visual, incluyendo la adaptación del lente formulado en plástico (incluye policarbonato) o vidrio, así:

1. Para el Régimen Contributivo una (1) vez cada cinco años.

2. Para los afiliados al Régimen Subsidiado en este ciclo vital, se cubre una (1) vez cada año. La cobertura incluye la adaptación del lente formulado y la montura hasta por un valor equivalente al 10% del salario mínimo legal mensual vigente.

PARÁGRAFO. No se cubren con cargo a la UPC filtros o colores, películas especiales, lentes de contacto ni líquidos para lentes.

ARTÍCULO 120. ATENCIÓN EN CÁNCER. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las personas de 14 años a menores de 18 años de edad tienen derecho a la cobertura para la atención del cáncer, de todas las tecnologías contenidas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC. Incluye las tecnologías en salud para la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos, en servicios debidamente habilitados de conformidad con la normatividad vigente.

Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces, deberán garantizar el acceso efectivo, oportuno y continuo a tecnologías en salud cubiertas en este plan de beneficios, para atender los casos de niños y niñas con cáncer o con diagnóstico presuntivo de cáncer, en cumplimiento de lo ordenado en la Ley 1388 de 2010.

ARTÍCULO 121. ATENCIÓN PALIATIVA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Las personas de 14 años a menores de 18 años de edad tienen derecho a la cobertura de cuidados paliativos en la modalidad ambulatoria, con internación o domiciliaria, del enfermo en fase terminal y de pacientes con enfermedad crónica, degenerativa e irreversible de alto impacto en la calidad de vida, de conformidad con lo establecido en la Ley 1733 de 2014, con las tecnologías contenidas en este plan de beneficios, según criterio del profesional tratante, salvo lo dispuesto en el parágrafo 4o del artículo 25 del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 122. CARIOTIPO. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre el cariotipo con fragilidad cromosómica para las personas de 14 años a menores de 18 años de edad con diagnóstico de anemia aplásica congénita pediátrica.

ARTÍCULO 123. ATENCIÓN EN SALUD MENTAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Se cubren todas las tecnologías del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, incluyendo la internación total o parcial (hospital día) para las personas menores de 14 años a menores de 18 años de edad que lo requieran, a criterio del profesional tratante.

En la fase aguda, la cobertura de la hospitalización podrá extenderse hasta 90 días, continuos o discontinuos por año calendario.

En caso de que el trastorno o enfermedad mental ponga en peligro la vida o integridad del paciente, la de sus familiares o la comunidad, la cobertura de la internación será durante el periodo que considere necesario el o los profesionales tratantes.

Según el criterio del profesional tratante, estos pacientes se manejarán de preferencia en el programa de internación parcial u hospital día, según la normatividad vigente y en servicios debidamente habilitados para tal fin.

La atención ambulatoria con psicoterapia individual o grupal, independientemente de la fase en que se encuentra la enfermedad, tiene la siguiente cobertura:

1. Hasta treinta (30) sesiones de psicoterapia individual en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

2. Hasta treinta (30) terapias grupales, familiares y de pareja en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

ARTÍCULO 124. PSICOTERAPIA AMBULATORIA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para las personas de 14 años a menores de 18 años de edad víctimas de violencia intrafamiliar, abuso sexual, trastornos alimentarios, con consumo de sustancias psicoactivas (incluye alcohol), así como personas con discapacidad, la cobertura de este plan de beneficios será así:

1. Hasta sesenta (60) sesiones de psicoterapia individual, en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

2. Hasta sesenta (60) terapias grupales, familiares y de pareja, en total por psicólogo y médico especialista competentes, durante el año calendario.

ARTÍCULO 125. ATENCIÓN CON INTERNACIÓN EN SALUD MENTAL. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para las personas de 14 años a menores de 18 años de edad víctimas de violencia intrafamiliar, abuso sexual, con trastornos alimentarios, consumo de sustancias psicoactivas (incluye alcohol) así como personas con discapacidad, la cobertura de este plan de beneficios será así:

En la fase aguda, la cobertura de la hospitalización podrá extenderse hasta 180 días, continuos o discontinuos por año calendario.

En caso de que el trastorno o enfermedad mental ponga en peligro la vida o integridad del paciente, la de sus familiares o la comunidad, la cobertura de la internación será durante el periodo que considere necesario el o los profesionales tratantes.

Según el criterio del profesional tratante, estos pacientes se manejarán de preferencia en el programa de internación parcial u hospital día, según la normatividad vigente y en servicios debidamente habilitados para tal fin.

TÍTULO V.

TRANSPORTE O TRASLADOS DE PACIENTES.

ARTÍCULO 126. TRANSPORTE O TRASLADOS DE PACIENTES. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cubre el traslado acuático, aéreo y terrestre (en ambulancia básica o medicalizada) en los siguientes casos:

1. Movilización de pacientes con patología de urgencias desde el sitio de ocurrencia de la misma hasta una institución hospitalaria, incluyendo el servicio prehospitalario y de apoyo terapéutico en unidades móviles.

2. Entre IPS dentro del territorio nacional de los pacientes remitidos, teniendo en cuenta las limitaciones en la oferta de servicios de la institución en donde están siendo atendidos, que requieran de atención en un servicio no disponible en la institución remisora. Igualmente para estos casos está cubierto el traslado en ambulancia en caso de contrarreferencia.

El servicio de traslado cubrirá el medio de transporte disponible en el sitio geográfico donde se encuentre el paciente, con base en su estado de salud, el concepto del médico tratante y el destino de la remisión, de conformidad con la normatividad vigente.

Asimismo, se cubre el traslado en ambulancia del paciente remitido para atención domiciliaria si el médico así lo prescribe.

ARTÍCULO 127. TRANSPORTE DEL PACIENTE AMBULATORIO. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El servicio de transporte en un medio diferente a la ambulancia, para acceder a una atención incluida en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, no disponible en el lugar de residencia del afiliado, será cubierto en los municipios o corregimientos con cargo a la prima adicional para zona especial por dispersión geográfica.

PARÁGRAFO. Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces igualmente deberán pagar el transporte del paciente ambulatorio cuando el usuario debe trasladarse a un municipio distinto a su residencia para recibir los servicios mencionados en el artículo 10 de este acto administrativo, cuando existiendo estos en su municipio de residencia la Entidad Promotora de Salud (EPS) o la entidad que haga sus veces no los hubiere tenido en cuenta para la conformación de su red de servicios. Esto aplica independientemente de si en el municipio la Entidad Promotora de Salud (EPS) o la entidad que haga sus veces recibe o no una UPC diferencial.

ARTÍCULO 128. TRANSPORTE DE CADÁVERES. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El transporte o traslado de cadáveres así como los servicios funerarios no serán cubiertos con cargo a la UPC.

TÍTULO VI.

EVENTOS Y SERVICIOS DE ALTO COSTO.

ARTÍCULO 129. ALTO COSTO. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Sin implicar modificaciones en la cobertura del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, entiéndase para efectos del no cobro de copago los siguientes eventos y servicios como de alto costo:

A. Alto Costo Régimen Contributivo:

1. Trasplante renal, corazón, hígado, médula ósea y córnea.

2. Diálisis peritoneal y hemodiálisis.

3. Manejo quirúrgico para enfermedades del corazón.

4. Manejo quirúrgico para enfermedades del sistema nervioso central.

5. Reemplazos articulares.

6. Manejo médico quirúrgico del paciente gran quemado.

7. Manejo del trauma mayor.

8. Diagnóstico y manejo del paciente infectado por VIH/SIDA.

9. Quimioterapia y radioterapia para el cáncer.

10. Manejo de pacientes en Unidad de Cuidados Intensivos.

11. Manejo quirúrgico de enfermedades congénitas.

B. Alto Costo Régimen Subsidiado:

1. Trasplante renal, corazón, hígado, médula ósea y córnea.

2. Manejo quirúrgico de enfermedades cardiacas, de aorta torácica y abdominal, vena cava, vasos pulmonares y renales, incluyendo las tecnologías en salud de cardiología y hemodinamia para diagnóstico, control y tratamiento, así como la atención hospitalaria de los casos de infarto agudo de miocardio.

3. Manejo quirúrgico para afecciones del sistema nervioso central, incluyendo las operaciones plásticas en cráneo necesarias para estos casos, así como las tecnologías en salud de medicina física y rehabilitación que se requieran, asimismo, los casos de trauma que afectan la columna vertebral y/o el canal raquídeo siempre que involucren daño o probable daño de médula y que requiera atención quirúrgica, bien sea por neurocirugía o por ortopedia y traumatología.

4. Corrección quirúrgica de la hernia de núcleo pulposo incluyendo las tecnologías en salud de medicina física y rehabilitación que se requieran.

5. Atención de insuficiencia renal aguda o crónica, con tecnologías en salud para su atención y/o las complicaciones inherentes a la misma en el ámbito ambulatorio y hospitalario.

6. Atención integral del gran quemado. Incluye las intervenciones de cirugía plástica reconstructiva o funcional para el tratamiento de las secuelas, la internación, fisiatría y terapia física.

7. Pacientes infectados por VIH/SIDA.

8. Pacientes con cáncer.

9. Reemplazos articulares.

10. Internación en Unidad de Cuidados Intensivos.

11. Manejo quirúrgico de enfermedades congénitas.

12. Manejo del trauma mayor.

ARTÍCULO 130. GRAN QUEMADO. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para efectos del presente título, se entiende como gran quemado al paciente con alguno de los siguientes tipos de lesiones:

1. Quemaduras de 2o y 3o grado en más del 20% de la superficie corporal.

2. Quemaduras del grosor total o profundo, en cualquier extensión, que afectan a manos, cara, ojos, oídos, pies y perineo o zona ano genital.

3. Quemaduras complicadas por lesión por aspiración.

4. Quemaduras profundas y de mucosas, eléctricas y/o químicas.

5. Quemaduras complicadas con fracturas y otros traumatismos importantes.

6. Quemaduras en pacientes de alto riesgo por ser menores de 5 años y mayores de 60 años de edad o complicadas por enfermedades intercurrentes moderadas, severas o estado crítico previo.

ARTÍCULO 131. TRAUMA MAYOR. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para efectos del presente título, se entiende por trauma mayor, el caso de paciente con lesión o lesiones graves provocadas por violencia exterior, que para su manejo médico-quirúrgico requiera la realización de procedimientos o intervenciones terapéuticas múltiples y que cualquiera de ellos se efectúe en un servicio de alta complejidad.

TÍTULO VII.

CONDICIONES DE NO COBERTURA DE TECNOLOGÍAS CON CARGO A LA UNIDAD DE PAGO POR CAPITACIÓN.

ARTÍCULO 132. TECNOLOGÍAS NO FINANCIADAS CON CARGO A LA UPC. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Sin perjuicio de las aclaraciones de cobertura del presente acto administrativo, en el contexto del Plan de Beneficios con cargo a la UPC deben entenderse como no financiadas con la Unidad de Pago por Capitación, aquellas tecnologías que cumplan las siguientes condiciones:

1. Tecnologías cuya finalidad no sea la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o paliación de la enfermedad.

2. Tecnologías de carácter educativo, instructivo o de capacitación, que no corresponden al ámbito de la salud aunque sean realizadas por personal del área de la salud.

3. Servicios no habilitados en el sistema de salud, así como la internación en instituciones educativas, entidades de asistencia o protección social tipo hogar geriátrico, hogar sustituto, orfanato, hospicio, guardería o granja protegida, entre otros.

4. Cambios de lugar de residencia o traslados por condiciones de salud, así sean prescritas por el médico tratante.

5. Servicios y tecnologías en salud conexos, así como las complicaciones que surjan de las atenciones en los eventos y servicios que cumplan los criterios de no financiación con recursos del SGSSS señalados en el artículo 154 de la Ley 1450 de 2011.

TÍTULO VIII.

DISPOSICIONES VARIAS.

ARTÍCULO 133. COBERTURAS ESPECIALES PARA COMUNIDADES INDÍGENAS. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> La población indígena afiliada al SGSSS a través de las Entidades Promotoras de Salud Indígenas (EPSI), a las cuales se les ha reconocido una Unidad de Pago por Capitación Diferencial Indígena (UPCDI) tendrá cobertura con los servicios y tecnologías en salud previstas en el presente acto administrativo y en forma adicional, con los servicios diferenciales indígenas descritos en el Anexo 2 que hace parte integral del presente acto administrativo. Una vez se defina el Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural (SISPI), este será utilizado como uno de los insumos de referencia para determinar los beneficios que les serán proporcionados.

ARTÍCULO 134. RECONOCIMIENTO DE TECNOLOGÍAS NO INCLUIDAS EN EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD CON CARGO A LA UPC. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> En el evento en que se prescriban tecnologías en salud, tratamientos, o servicios que sean alternativos a los cubiertos en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, cuyo costo por evento o per cápita sea menor o igual al costo por evento o per cápita de lo incluido en este Plan de Beneficios, dichas tecnologías, tratamientos o servicios serán suministrados con cargo a la Unidad de Pago por Capitación, siempre y cuando cumplan con los estándares de calidad y habilitación vigentes y se encuentren, de ser el caso, debidamente certificados por el Invima o la respectiva autoridad competente.

ARTÍCULO 135. COBERTURA DE TECNOLOGÍAS EN SALUD DEL PLAN DE BENEFICIOS CON CARGO A LA UPC ORDENADOS POR FUERA DE LA RED. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Cuando un paciente solicite la cobertura de alguna tecnología en salud incluida en el presente plan de beneficios con cargo a la UPC, prescrita por un profesional que no haga parte de la red de la Entidad Promotora de Salud (EPS) o la entidad que haga sus veces, esta podrá someter el caso a una evaluación médico científica por personal de dicha red, para efectos de establecer la pertinencia del servicio y la viabilidad de la cobertura sin perjuicio de la debida oportunidad y efectividad en la atención.

ARTÍCULO 136. CONCURRENCIA DE BENEFICIOS A CARGO DE OTRAS FUENTES DE FINANCIACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Cuando el prestador del servicio identifique casos de cobertura parcial o total, por Accidentes de Trabajo y Enfermedad Laboral, Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito, Plan de Salud de Intervenciones Colectivas y en general, con los contenidos de cobertura de riesgos a cargo de otras fuentes de financiación, la tecnología en salud deberá ser asumida por dichas fuentes de financiación de conformidad con la normatividad vigente.

TÍTULO IX.

DISPOSICIONES FINALES.

ARTÍCULO 137. DEBER DE INFORMACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> Para efectos de la actualización del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, o análisis y cálculos de la Unidad de Pago por Capitación, los usuarios, pacientes, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) o las entidades que hagan sus veces y las IPS, deberán suministrar la información veraz, completa, con la estructura, nivel de detalle, calidad y oportunidad que la Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud de este Ministerio, requiera.

PARÁGRAFO 1o. La descripción establecida para la cobertura de procedimientos por categorías de CUPS, señalada en este acto administrativo no restringe o limita el nivel de detalle de la información que se solicite por las autoridades competentes.

PARÁGRAFO 2o. Para el caso específico de medicamentos, la información deberá ser suministrada de conformidad con la normatividad vigente.

ARTÍCULO 138. VIGENCIA Y DEROGATORIA. <Resolución derogada por el artículo 132 de la Resolución 5269 de 2017> El presente acto administrativo rige a partir del 1o de enero de 2017 y deroga las Resoluciones números 5592 de 2015, 001 de 2016 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de diciembre de 2016.

El Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.

ANEXO NÚMERO 1.

“LISTADO DE MEDICAMENTOS DEL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD CON CARGO A LA UPC “.

A1. COBERTURA POR MEDICAMENTO

MEDICAMENTOS CON LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS DESCRITAS A CONTINUACIÓN:

a) Los medicamentos con los principios activos, concentraciones y formas farmacéuticas descritas como incluidas en este Plan de Beneficios se financian con cargo a los recursos del aseguramiento en salud individual (a través de afiliación, mediante contribución propia o subsidio).

b) Los medicamentos no incluidos en este plan de beneficios, también se cubren si cumplen lo dispuesto en el artículo 134 del presente acto administrativo.

NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
1J05AF06ABACAVIRINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
2L04AA24ABATACEPTINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN ARTRITIS REUMATOIDE REFRACTARIA A TRATAMIENTO CON FÁRMACOS ANTI-REUMÁTICOS MODIFICADORES DE LA ENFERMEDAD (FARME) NO BIOLÓGICOS
3A06AB05ACEITE DE RICINOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
4N02BE01ACETAMINOFÉNINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERAL O FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFIQUEN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
5S01EC01ACETAZOLAMIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
6B01AC06, N02BA01ACETÍL SALICÍLICO ÁCIDOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO O FORMAS FARMACÉUTICAS EFERVESCENTES
7R05CB01, V03AB23ACETILCISTEÍNAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
8J05AB01, S01AD03ACICLOVIRINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS (O PARA RECONSTITUIR A LÍQUIDAS) PARA ADMINISTRACIÓN ORAL O FORMAS FARMACÉUTICAS PARA ADMINISTRACIÓN TÓPICA O VAGINAL
9B05BA02ÁCIDOS GRASOSINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
10L04AB04ADALIMUMABINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN ARTRITIS REUMATOIDE REFRACTARIA A TRATAMIENTO CON FÁRMACOS ANTI-REUMÁTICOS MODIFICADORES DE LA ENFERMEDAD (FARME) NO BIOLÓGICOS
11V07ABAGUA ESTÉRIL PARA INYECCIÓNINCLUYE TODOS LOS VOLÚMENES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
12P02CA03ALBENDAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
13B05AA01ALBÚMINA HUMANA NORMALINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
14V03AB16ALCOHOL ETÍLICOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN TÓPICAPREPARACIÓN MAGISTRAL
15M05BA04ALENDRÓNICO ÁCIDOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASUSO EXCLUSIVO PACIENTES POST MENOPÁUSICAS PARA PREVENCIÓN SECUNDARIA DE FRACTURAS
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
16M05BB03ALENDRÓNICO ÁCIDO + COLECALCIFEROL (VIT. D3)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASUSO EXCLUSIVO PACIENTES POST MENOPÁUSICAS PARA PREVENCIÓN SECUNDARIA DE FRACTURAS
17C02AB01ALFAMETILDOPAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
18M04AA01ALOPURINOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
19N05BA12ALPRAZOLAMINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
20B01AD02ALTEPLASAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASUSO EN TROMBOLISIS ENDOVENOSA DE EVENTO CEREBROVASCULAR
21D02AXALUMINIO ACETATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS, SEMISÓLIDAS O EMULSIONES DE ADMINISTRACIÓN TÓPICA
22A02AB01ALUMINIO HIDRÓXIDOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
23A02AB10ALUMINIO HIDRÓXIDO + MAGNESIO HIDRÓXIDO CON O SIN SIMETICONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: TABLETAS MASTICABLES. DE IGUAL FORMA SE CUBREN LOS PRINCIPIOS ACTIVOS COMO MONOFÁRMACO
24N04BB01AMANTADINA SULFATO O CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERAL
25J01GB06AMIKACINA (SULFATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
26V06DD, B05BA01AMINOÁCIDOS ESENCIALES O NO ESENCIALES CON O SIN ELECTROLITOSINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS SÓLIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
27R03DA05AMINOFILINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
28C01BD01AMIODARONA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
29N06AA09AMITRIPTILINA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
30J01CA04AMOXICILINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: TABLETAS MASTICABLES
31J01CR02AMOXICILINA - CLAVULANATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCOBERTURA PARA EL TRATAMIENTO DE NEUMONÍA
32J01CA01AMPICILINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
33J01CA51AMPICILINA SÓDICA + SULBACTAM SÓDICOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS SÓLIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
34L02BG03ANASTROZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN MUJERES POSTMENOPÁUSICAS CON CÁNCER DE MAMA METASTÁSICO, RECEPTOR HORMONAL POSITIVO
35J02AA01ANFOTERICINA BINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
36N05AX12ARIPIPRAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN TRASTORNO AFECTIVO BIPOLAR
37A11GA01ASCÓRBICO ÁCIDOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
38L01XX02ASPARAGINASAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
39J05AE08ATAZANAVIRINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
40A03BA01, S01FA01ATROPINA SULFATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
41L04AX01AZATIOPRINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
42J01FA10AZITROMICINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERALCOBERTURA PARA EL TRATAMIENTO DE NEUMONÍA
43J01DF01AZTREONAMINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
44V03AB17AZUL DE METILENOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASPREPARACIÓN MAGISTRAL
45V08BA01BARIO SULFATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
46R01AD01, R03BA01BECLOMETASONA DIPROPIONATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
47P03AX01BENCILO BENZOATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
48H02AB01, D07AC01BETAMETASONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL O LAS FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN OFTÁLMICA
49H02AB01BETAMETASONA FOSFATO + BETAMETASONA ACETATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
50C01AA08BETAMETIL DIGOXINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
51L01XC07BEVACIZUMABINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN TRATAMIENTO DE PRIMERA Y SEGUNDA LÍNEA DE CÁNCER COLORECTAL
52L02BB03BICALUTAMIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN TERAPIA HORMONAL ADYUVANTE EN PACIENTES CON CÁNCER DE PRÓSTATA LOCAL Y LOCALMENTE AVANZADO
53N04AA02<Texto tachado eliminado por la Resolución 374 de 2017> BIPERIDENO  CLORHIDRATO
INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
54A06AB02BISACODILOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN RECTAL
55L01DC01BLEOMICINA (SULFATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
56C02KX01BOSENTÁNINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
57S01EA05BRIMONIDINA TARTRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN TÓPICA
58G02CB01, N04BC01BROMOCRIPTINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
59N01BB01, N01BB51BUPIVACAÍNA CLORHIDRATO (CON O SIN DEXTROSA Y CON O SIN EPINEFRINA)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
60L01AB01BUSULFANINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
61A12AA20CALCIO + VITAMINA DINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: TABLETAS MASTICABLES O FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS (O SÓLIDAS PARA RECONSTITUIR A LÍQUIDAS) DE ADMINISTRACIÓN ORAL
62A12AA04CALCIO CARBONATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS (O SÓLIDAS PARA RECONSTITUIR A LÍQUIDAS) DE ADMINISTRACIÓN ORAL
63A12AA03CALCIO GLUCONATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
64A11CC04CALCITRIOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
65L01BC06CAPECITABINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER DE ESTÓMAGO Y DEL CÁNCER DE MAMA METASTÁSICO RECURRENTE
66N03AF01CARBAMAZEPINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS

FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
67A07BA01CARBÓN ACTIVADOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES DE LA FORMA FARMACÉUTICA POLVO
68L01XA02CARBOPLATINOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
69C07AG02CARVEDILOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA EL TRATAMIENTO DE LA HIPERTENSIÓN ARTERIAL E INSUFICIENCIA CARDIACA CONGESTIVA
70J02AX04CASPOFUNGINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
71J01DB01CEFALEXINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
72J01DB03CEFALOTINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
73J01DB04CEFAZOLINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
74J01DE01CEFEPIMAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
75J01DB09CEFRADINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS (O SÓLIDAS PARA RECONSTITUIR A LÍQUIDAS) DE ADMINISTRACIÓN ORAL
76J01DD04CEFTRIAXONA (SAL SÓDICA)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
77J01DC02CEFUROXIMAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCOBERTURA PARA EL TRATAMIENTO DE NEUMONÍA
78L04AB05CERTOLIZUMAB PEGOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN ARTRITIS REUMATOIDE REFRACTARIA A TRATAMIENTO CON FÁRMACOS ANTI-REUMÁTICOS MODIFICADORES DE LA ENFERMEDAD (FARME) NO BIOLÓGICOS
79B03BA01CIANOCOBALAMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
80L01AA01CICLOFOSFAMIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
81L04AD01CICLOSPORINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN OFTÁLMICA
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
82J01MA02CIPROFLOXACINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES EN FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERAL Y FORMAS FARMACÉUTICAS SÓLIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL QUE NO MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO SALVO LA SUSPENSIÓN ORAL.
83G03HA01CIPROTERONA ACETATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
84L01XA01CISPLATINOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
85L01BC01CITARABINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
86J01FA09CLARITROMICINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVOCOBERTURA PARA EL TRATAMIENTO DE NEUMONÍA
87J01FA09CLARITROMICINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERAL
88J01FF01CLINDAMICINA (FOSFATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERAL
89M05BA02CLODRONATO DISÓDICOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
90N03AE01CLONAZEPAMINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERAL
91C02AC01CLONIDINA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
92B01AC04CLOPIDOGRELINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTA PARA EL TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD CORONARIA, EN TERAPIA COMBINADA CON ASA
93L01AA02CLORAMBUCILOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
94J01BA01, S01AA01CLORANFENICOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
95R06AB04CLORFENIRAMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
96D01AC01, G01AF02CLOTRIMAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
97N05AH02CLOZAPINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
98M04AC01COLCHICINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
99C10AC01COLESTIRAMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
100S02CA03COLISTINA + CORTICOIDE + NEOMICINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
101S03CA01CORTICOIDE + NEOMICINA + POLIMIXINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
102C05AA01CORTICOIDE CON O SIN ANESTÉSICOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN RECTAL O USO PROCTOLÓGICO
103S01GX01, R01AC01 CROMOGLICATO DE SODIOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
104D04AXCROTAMITÓNINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
105L01AX04DACARBAZINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
106G03XA01DANAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
107V03AC01DEFEROXAMINA MESILATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
108H01BA02DESMOPRESINA ACETATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL O NASAL
109H02AB02DEXAMETASONA (ACETATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL O IMPLANTE INTRAVÍTREO
110H02AB02DEXAMETASONA (FOSFATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL O TÓPICA O IMPLANTE INTRAVÍTREO
111B05BB02DEXTROSA + SODIO CLORUROINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
112B05BA03DEXTROSA EN AGUA DESTILADAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
113N05BA01DIAZEPAMINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
114C02DA01DIAZÓXIDOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
115M01AB05DICLOFENACO SÓDICOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN TÓPICA, RECTAL, OFTÁLMICA, LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL, O AQUELLAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
116J01CF01DICLOXACILINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
117J05AF02DIDANOSINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
118R06AA02DIFENHIDRAMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
119N02AA08DIHIDROCODEÍNA BITARTRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS SÓLIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
120N02CA01DIHIDROERGOTOXINA MESILATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
121C08DB01DILTIAZEMINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
122N07CADIMENHIDRINATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
123G02AD02DINOPROSTONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA INICIAR O CONTINUAR LA MADURACIÓN DEL CUELLO UTERINO EN PACIENTES CON EMBARAZO A TÉRMINO
124N02BB02DIPIRONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
125C01CA07DOBUTAMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
126L01CD02DOCETAXELINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN CÁNCER DE PRÓSTATA AVANZADO HORMONO-REFRACTARIO
127C01CA04DOPAMINA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
128C02CA04DOXAZOSINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVOCOMO ALTERNATIVA EN EL TRATAMIENTO DE LA HIPERTENSIÓN ARTERIAL
129J01AA02DOXICICLINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
130L01DB01DOXORRUBICINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LIPOSOMALES PARA ADMINISTRACIÓN PARENTERAL
131V03AB03EDETATO DE SODIO Y CALCIOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
132J05AG03EFAVIRENZINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
133C09BA02ENALAPRIL + HIDROCLOROTIAZIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
134N01AB04ENFLURANOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
135N04BA03ENTACAPONA / CARBIDOPA / LEVODOPAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA EL TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD DE PARKINSON MODERADA O SEVERA SIN RESPUESTA A TRATAMIENTOS EN FASES INICIALES O CON SÍNTOMAS DE FIN DE DOSIS
136C01CA24EPINEFRINA (TARTRATO O CLORHIDRATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
137L01DB03EPIRUBICINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN TRATAMIENTO DE PACIENTES CON CÁNCER GÁSTRICO RESECABLE
138N02CA52ERGOTAMINA + CAFEÍNAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
139J01FA01ERITROMICINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN TÓPICA O OFTÁLMICA
140B03XA01ERITROPOYETINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
141N06AB10ESCITALOPRAMINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN DEPRESIÓN MODERADA Y SEVERA
142A02BC05ESOMEPRAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: GRÁNULOS DE LIBERACIÓN MODIFICADAPARA FORMAS FARMACÉUTICAS SÓLIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL APLICAR LO DISPUESTO EN EL ÍTEM 430
143J01FA02ESPIRAMICINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA EL TRATAMIENTO DE LA TOXOPLASMOSIS
144C03DA01ESPIRONOLACTONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
145J05AF04ESTAVUDINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
146G03CA03ESTRADIOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES DE SISTEMA TRANSDÉRMICOCUBIERTO PARA PACIENTES QUE NO TOLERAN EL ESTRADIOL VÍA ORAL
147G03CA03ESTRADIOL VALERATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS SEMISÓLIDAS DE ADMINISTRACIÓN TÓPICA O VAGINAL
148B01AD01ESTREPTOQUINASAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
149G03CA57ESTRÓGENOS CONJUGADOSINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
150L04AB01ETANERCEPTINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA EL TRATAMIENTO DE LA ARTRITIS REUMATOIDEA MODERADA A SEVERA
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
151L01CB01ETOPÓSIDOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
152N03AD01ETOSUXIMIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
153L02BG06EXEMESTANOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN MUJERES POSTMENOPÁUSICAS CON CÁNCER DE MAMA METASTÁSICO, RECEPTOR HORMONAL POSITIVO
154B02BD04FACTOR IX DE LA COAGULACIÓNINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
155B02BD02FACTOR VIII DE LA COAGULACIÓNINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
156N03AB02FENITOÍNAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL FÁRMACO.
157N03AA02FENOBARBITALINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
158N01AH01FENTANILO CITRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL, NASAL O TRANSDÉRMICA
159C04AB01FENTOLAMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
160L04AA27FINGOLIMODINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN PREVENCIÓN DE LA PROGRESIÓN DE LA DISCAPACIDAD EN PACIENTES ADULTOS CON DIAGNÓSTICO DE ESCLEROSIS MÚLTIPLE DE TIPO RECAÍDA-REMISIÓN O SECUNDARIA PROGRESIVA
161V03AB19FISOSTIGMINA SALICILATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
162B02BA01FITOMENADIONA (VITAMINA K1)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
163J02AC01FLUCONAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
164S01JA01FLUORESCEÍNA SÓDICAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
165L01BC02FLUOROURACILOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
166N06AB03FLUOXETINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
167N06AB08FLUVOXAMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN DEPRESIÓN MODERADA Y SEVERA
168B03BB01FÓLICO ÁCIDOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERAL
169V03AF03FOLINATO DE CALCIOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
170B01AX05FONDAPARINUXINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN SÍNDROME CORONARIO AGUDO (SCA)
171J05AE07FOSAMPRENAVIRINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS (O SÓLIDAS PARA RECONSTITUIR A LÍQUIDAS) DE ADMINISTRACIÓN ORAL
172B05AA02FRACCIÓN PROTEICA DEL PLASMA HUMANO (INCLUYE LAS SOLUCIONES COLOIDALES COMO EXPANSORES DE PLASMA)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
173L02BA03FULVESTRANTINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN MUJERES POSMENOPÁUSICAS CON CÁNCER DE MAMA METASTÁSICO O RECURRENTE, RECEPTOR HORMONAL POSITIVO, CON FALLA A LA TERAPIA HORMONAL CON INHIBIDORES DE AROMATASA
174G01AX06FURAZOLIDONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
175C03CA01FUROSEMIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
176L01BC05GEMCITABINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER DE PULMÓN
177C10AB04GEMFIBROZILINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
178J01GB03, S01AA11GENTAMICINA (SULFATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN TÓPICA
179L03AX13GLATIRÁMERO ACETATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN PREVENCIÓN DE LA PROGRESIÓN DE LA DISCAPACIDAD EN PACIENTES ADULTOS CON DIAGNÓSTICO DE ESCLEROSIS MÚLTIPLE DE TIPO RECAÍDA-REMISIÓN O SECUNDARIA PROGRESIVA
180A10BB01GLIBENCLAMIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
181A06AX01GLICERINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN OFTÁLMICA
182H04AA01GLUCAGÓNINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA EL TRATAMIENTO DE LAS CRISIS HIPOGLICÉMICAS EN PACIENTES CON DIAGNÓSTICO DE DIABETES TIPO I
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
183A12BA05GLUCONATO DE POTASIOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
184L04AB06GOLIMUMABINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN ARTRITIS REUMATOIDE REFRACTARIA A TRATAMIENTO CON FÁRMACOS ANTI-REUMÁTICOS MODIFICADORES DE LA ENFERMEDAD (FARME) NO BIOLÓGICOS
185G03GA01GONADOTROPINA CORIÓNICAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
186N05AD01HALOPERIDOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
187N01AB01HALOTANOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
188C02DB02HIDRALAZINA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERAL
189C03AA03HIDROCLOROTIAZIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
190D07AA02, H02AB09HIDROCORTISONA (ACETATO O SUCCINATO SÓDICO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
191N02AA03HIDROMORFONA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
192N05BB01HIDROXICINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
193B03BA03HIDROXICOBALAMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
194G03DA03HIDROXIPROGESTERONA CAPROATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
195B03AA07HIERRO (FERROSO) SULFATO ANHIDROINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
196B03ACHIERRO PARENTERALINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
197A03BB01HIOSCINA N-BUTIL BROMUROINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
198A03DB04HIOSCINA N-BUTIL BROMURO + DIPIRONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
199M05BA06IBANDRÓNICO ÁCIDOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
200C01CA16IBOPAMINA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
201M01AE01IBUPROFENOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN TÓPICA O LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL O PARENTERAL
202L01XE01IMATINIBINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA EL TRATAMIENTO DE LA LEUCEMIA MIELOIDE CRÓNICA (PH+)
203J01DH51IMIPENEM + CILASTATINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
204N06AA02IMIPRAMINA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
205J05AE02INDINAVIRINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
206L04AB02INFLIXIMABINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN ARTRITIS REUMATOIDE REFRACTARIA A TRATAMIENTO CON FÁRMACOS ANTI-REUMÁTICOS MODIFICADORES DE LA ENFERMEDAD (FARME) NO BIOLÓGICOS
207J06BB01INMUNOGLOBULINA ANTI RHINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
208L03AB04INTERFERÓN ALFA-2AINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
209L03AB05INTERFERÓN ALFA-2BINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
210L03AB07INTERFERÓN BETA-1AINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO 30 MCG (POLVO ESTÉRIL) Y 30 MCG /0,5 ML (SOLUCIÓN INYECTABLE) CUBIERTO PARA USO EN PREVENCIÓN DE LA PROGRESIÓN DE LA DISCAPACIDAD EN PACIENTES ADULTOS CON DIAGNÓSTICO DE ESCLEROSIS MÚLTIPLE DE TIPO RECAÍDA-REMISIÓN O SECUNDARIA PROGRESIVA
211L03AB08INTERFERÓN BETA-1BINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN PREVENCIÓN DE LA PROGRESIÓN DE LA DISCAPACIDAD EN PACIENTES ADULTOS CON DIAGNÓSTICO DE ESCLEROSIS MÚLTIPLE DE TIPO RECAÍDA-REMISIÓN O SECUNDARIA PROGRESIVA
212D08AG02IODOPOVIDONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN OFTÁLMICA, ORAL O VAGINAL
213V08AB02IOHEXOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
214V08AB04IOPAMIDOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
215V08AB05IOPROMIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
216V08AA04IOTALAMATO DE MEGLUMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
217V08AB07IOVERSOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
218R01AX03IPRATROPIO BROMUROINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
219N01AB06ISOFLURANOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
220C01DA08ISOSORBIDE DINITRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
221N01AX03KETAMINA (CLORHIDRATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
222J02AB02KETOCONAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN TÓPICA
223R06AX17KETOTIFENOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN OFTÁLMICA
224C07AG01LABETALOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA EL TRATAMIENTO DE LA HIPERTENSIÓN INDUCIDA POR EMBARAZO
225N03AX18LACOSAMIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN EPILEPSIA REFRACTARIA A OTROS ANTIEPILÉPTICOS
226B05XA30LACTATO RINGER (SOLUCIÓN HARTMANN)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
227J05AF05LAMIVUDINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
228J05AR01LAMIVUDINA + ZIDOVUDINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
229N03AX09LAMOTRIGINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: TABLETAS DISPERSABLESCUBIERTO PARA EL TRATAMIENTO DE LA EPILEPSIA REFRACTARIA
230S01EE01LATANOPROSTINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
231L04AA13LEFLUNOMIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA EL TRATAMIENTO DE LA ARTRITIS REUMATOIDEA MODERADA A SEVERA
232L02BG04LETROZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN MUJERES POSTMENOPÁUSICAS CON CÁNCER DE MAMA METASTÁSICO, RECEPTOR HORMONAL POSITIVO
233N03AX14LEVETIRACETAMINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN EPILEPSIA REFRACTARIA A OTROS ANTIEPILÉPTICOS
234N04BA02LEVODOPA + CARBIDOPAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL FÁRMACO
235J01MA12LEVOFLOXACINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN NEUMONÍA EN ADULTOS ADQUIRIDA EN LA COMUNIDAD
236N05AA02LEVOMEPROMAZINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
237G03AC03LEVONORGESTRELINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASLOS DISPOSITIVOS INTRAUTERINOS SE CUBREN EXCLUSIVAMENTE PARA EL TRATAMIENTO DE MENORRAGIA IDIOPÁTICA AJUSTADA A LOS CRITERIOS DEFINIDOS POR LA FIGO (FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE GINECOLOGÍA Y OBSTETRICIA), ES DECIR, DONDE EL AUMENTO DEL SANGRADO MENSTRUAL SEA SUPERIOR A 80 ML POR CICLO EN UN PERIODO NO INFERIOR A 6 MESES Y EN EL QUE SE DESCARTE EMBARAZO Y LESIONES FÍSICAS COMO PÓLIPO, ADENOMIOSIS, LEIOMIOMAS, HIPERPLASIA Y SOBRE TODO CÁNCER
238G03AA07LEVONORGESTREL + ETINILESTRADIOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
239H03AA01LEVOTIROXINA SÓDICAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
240H03AA03LEVOTIROXINA SÓDICA + LIOTIRONINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
241N01BB02LIDOCAÍNA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN TRANSDÉRMICA
242N01BB52LIDOCAINA CLORHIDRATO + DEXTROSA (PESADA)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
243N01BB52LIDOCAÍNA CLORHIDRATO CON EPINEFRINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
244N05AN01LITIO CARBONATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
245A07DA03LOPERAMIDA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
246J05AR10LOPINAVIR + RITONAVIRINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
247R06AX13LORATADINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: TABLETAS DISPERSABLES
248N05BA06LORAZEPAMINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
249C09CA01LOSARTÁN POTÁSICOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
250C09DA01LOSARTÁN POTÁSICO - HIDROCLOROTIAZIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
251A02AA04MAGNESIO HIDRÓXIDOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
252B05XA05MAGNESIO SULFATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
253B05BC01MANITOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
254P02CA01MEBENDAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
255G03AA08MEDROXIPROGESTERONA + ESTRADIOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
256G03AC06MEDROXIPROGESTERONA ACETATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
257V08AA01MEGLUMINA DIATRIZOATO (MEGLUMINA AMIDOTRIAZOATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
258L01AA03MELFALÁNINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERAL
259N02AB02MEPERIDINA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
260L01BB02MERCAPTOPURINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
261J01DH02MEROPENEMINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
262A07EC02MESALAZINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: GRÁNULOS DE LIBERACIÓN MODIFICADA
263N02AC52METADONA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
264A10BA02METFORMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL O SÓLIDAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
265G02AB01METILERGOMETRINA MALEATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
266N06BA04METILFENIDATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
267H02AB04METILPREDNISOLONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL O TÓPICA
268H03BB02METIMAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
269M03BA03METOCARBAMOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERAL
270A03FA01METOCLOPRAMIDA (CLORHIDRATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
271A03FA01METOCLOPRAMIDA + SIMETICONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
272C07AB02METOPROLOL SUCCINATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN PACIENTES CON ANTECEDENTE DE SÍNDROME CORONARIO AGUDO
273C07AB02METOPROLOL TARTRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
274L01BA01METOTREXATO SÓDICOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERAL EN CONCENTRACIONES EQUIVALENTES A 5MG/0,1 ML
275D05BA02METOXALENOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
276
<Texto subrayado adicionado por la Resolución 374 de 2017> G01AF01,
J01XD01,
P01AB01
METRONIDAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS SEMISÓLIDAS DE ADMINISTRACIÓN VAGINAL
277L04AA06MICOFENOLATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO EN EL TRASPLANTE DE HÍGADO, CORAZÓN Y RIÑÓN
278B05BA10MICRONUTRIENTES INORGÁNICOS ESENCIALES - ELEMENTOS TRAZAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERAL
279B05BA10MICRONUTRIENTES ORGÁNICOS ESENCIALES – MULTIVITAMINASINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERAL
280N05CD08MIDAZOLAMINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
281C01CE02MILRINONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
282C02DC01MINOXIDILINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASUSO CUBIERTO COMO ANTIHIPERTENSOR SEGÚN LAS “GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA PARA LA PREVENCIÓN, DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DE PACIENTES CON ENFERMEDAD RENAL CRÓNICA”
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
283G02AD06MISOPROSTOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO EN CASOS DE FETO MUERTO SI ESTE SE PRESENTA EN EL SEGUNDO Y TERCER TRIMESTRE DEL EMBARAZO; EN CASOS DE EVACUACIÓN DE CAVIDAD UTERINA POR FALLO TEMPRANO DEL EMBARAZO CON EDAD GESTACIONAL MENOR DE 22 SEMANAS; PARA EVACUACIÓN DE CAVIDAD UTERINA EN INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO CUANDO A) LA CONTINUACIÓN CONSTITUYA PELIGRO PARA LA VIDA O LA SALUD DE LA MUJER, CERTIFICADO POR UN MÉDICO, B) EXISTA GRAVE MALFORMACIÓN DEL FETO QUE HAGA INVIABLE SU VIDA CERTIFICADA POR UN MÉDICO, C) EL EMBARAZO SEA RESULTADO DE UNA CONDUCTA, DEBIDAMENTE DENUNCIADA CONSTITUTIVA DE ACCESO CARNAL O ACTO SEXUAL SIN CONSENTIMIENTO, ABUSIVO O DE INSEMINACIÓN ARTIFICIAL O DE TRANSFERENCIA DE ÓVULO FECUNDADO NO CONSENTIDAS O DE INCESTO
284N02AA01MORFINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
285J01MA14MOXIFLOXACINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN NEUMONÍA EN ADULTOS ADQUIRIDA EN LA COMUNIDAD
286V03AB15NALOXONA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
287M01AE02NAPROXENOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO O FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN TÓPICA
288L04AA23NATALIZUMABINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN PREVENCIÓN DE LA PROGRESIÓN DE LA DISCAPACIDAD EN PACIENTES ADULTOS CON DIAGNÓSTICO DE ESCLEROSIS MÚLTIPLE DE TIPO RECAÍDA-REMISIÓN O SECUNDARIA PROGRESIVA
289J05AE04NELFINAVIRINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
290N07AA01NEOSTIGMINA METILSULFATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
291J05AG01NEVIRAPINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
292C08CA06NIMODIPINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASPARA FORMAS FARMACÉUTICAS SÓLIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL APLICAR LO DISPUESTO EN EL ÍTEM 429
293D01AA01NISTATINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
294G01AA51NISTATINA + METRONIDAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
295J01XE01NITROFURANTOÍNAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO O FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
296C01DA02NITROGLICERINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
297C01CA03NOREPINEFRINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
298G03FA01NORETINDRONA + ETINILESTRADIOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
299J01MA06NORFLOXACINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
300H01CB02OCTREOTIDEINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN CONTROL DE LA HEMORRAGIA DE VÍAS DIGESTIVAS ALTAS EN ADULTOS CON VÁRICES ESOFÁGICAS
301N05AH03OLANZAPINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN TRASTORNO AFECTIVO BIPOLAR EN TERAPIA COMBINADA CON ESTABILIZADORES DEL ÁNIMO
302N05AH03OLANZAPINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERAL O TABLETAS ORODISPERSABLESCUBIERTO PARA EL TRATAMIENTO DE LA ESQUIZOFRENIA
303A02BC01OMEPRAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASPARA FORMAS FARMACÉUTICAS SÓLIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL APLICAR LO DISPUESTO EN EL ÍTEM 430
304A04AA01ONDANSETRONINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: TABLETAS ORODISPERSABLESCUBIERTO EN QUIMIOTERAPIA ANTINEOPLÁSICA
305J01CF04OXACILINA (SAL SÓDICA)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
306N03AF02OXCARBAZEPINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN EPILEPSIA REFRACTARIA A OTROS ANTIEPILÉPTICOS
307N02AA05OXICODONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
308V03AN01OXÍGENOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
309R01AA05OXIMETAZOLINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN OFTÁLMICA
310H01BB02OXITOCINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
311L01CD01PACLITAXELINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
312J06BB16PALIVIZUMABINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN REDUCCIÓN DE RIESGO DE INFECCIÓN RESPIRATORIA POR VIRUS SINCITIAL RESPIRATORIO (VSR) EN EL RECIÉN NACIDO PREMATURO
313M05BA03PAMIDRONATO DISÓDICOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
314M03AC01PANCURONIO BROMUROINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
315N06AB05PAROXETINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN DEPRESIÓN MODERADA Y SEVERA
316L03AA13PEGFILGRASTIMINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA LA PROFILAXIS Y TRATAMIENTO DE LA NEUTROPENIA FEBRIL PARA PACIENTES QUE RECIBEN QUIMIOTERAPIA CITOTÓXICA PARA EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER (TUMORES SÓLIDOS Y LINFOMAS)
317M01CC01PENICILAMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
318J01CE02PENICILINA FENOXIMETÍLICA (Y SALES)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
319J01CE08PENICILINA G BENZATÍNICAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
320J01CE09PENICILINA G PROCAÍNICAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
321J01CE01PENICILINA G SÓDICA O POTÁSICA CRISTALINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
322J01CE30PENICILINA G PROCAINICA+PENICILINA G POTASICA CRISTALINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
323S01EB01PILOCARPINA CLORHIDRATO O NITRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
324J01CR05PIPERACILINA/TAZOBACTAMINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
325P02CB01PIPERAZINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
326N05AC04PIPOTIAZINA PALMITATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
327P02CC01PIRANTEL (EMBONATO O PAMOATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
328N07AA02PIRIDOSTIGMINA BROMUROINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
329A11HA02PIRIDOXINA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
330B05AX03PLASMA HUMANOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
331D06BA01PLATA SULFADIAZINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS SÓLIDAS O LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN TÓPICA
332D06BB04PODOFILINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
333V03AE01POLIESTIRENO, SULFONATO DEINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
334B05XA01POTASIO CLORUROINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
335B05XA06POTASIO FOSFATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
336V03AB04PRALIDOXIMAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
337B01AC22PRASUGRELINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN SÍNDROME CORONARIO AGUDO (SCA)
338P02BA01PRAZIQUANTELINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
339C02CA01PRAZOSINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
340H02AB06PREDNISOLONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
341S01BB02PREDNISOLONA + FENILEFRINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
342H02AB07PREDNISONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
343N03AA03PRIMIDONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
344L01XB01PROCARBAZINA (CLORHIDRATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
345S01HA04PROPARACAÍNA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
346H03BA02PROPILTIOURACILOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
347V03AB14PROTAMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
348N05AH04QUETIAPINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN TRASTORNO AFECTIVO BIPOLAR EN TERAPIA COMBINADA CON ESTABILIZADORES DEL ÁNIMO
349A02BA02RANITIDINA (CLORHIDRATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORALPARA FORMAS FARMACÉUTICAS SÓLIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL APLICAR LO DISPUESTO EN EL ÍTEM 428
350D10AD02RETINOICO ÁCIDOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
351B05XA30RINGERINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
352N05AX08RISPERIDONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN TRASTORNO AFECTIVO BIPOLAR EN TERAPIA COMBINADA CON ESTABILIZADORES DEL ÁNIMO
353N05AX08RISPERIDONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: TABLETAS ORODISPERSABLESCUBIERTO PARA EL TRATAMIENTO DE LA ESQUIZOFRENIA
354J05AE03RITONAVIRINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
355L01XC02RITUXIMABINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA EL TRATAMIENTO DE ARTRITIS REUMATOIDEA MODERADA A SEVERA Y EN TRATAMIENTO DE LINFOMA NO HODKING
356N06DA03RIVASTIGMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORALCUBIERTO EN EL MANEJO DE LA DEMENCIA
357R03CC02SALBUTAMOL (SULFATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
358J05AE01SAQUINAVIRINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
359N06AB06SERTRALINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
360V03AE02SEVELAMER CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
361B05XA02SODIO BICARBONATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS SÓLIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
362B05XA03SODIO CLORUROINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS (INCLUYE SOLUCIONES PARENTERALES DE PEQUEÑO Y GRAN VOLUMEN) SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN NASAL O FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN RECTAL
363V08AA01SODIO DIATRIZOATO + MEGLUMINA DIATRIZOATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
364A01AA01SODIO FLUORURO ACIDULADOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
365V03AB06SODIO HIPOSULFITOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
366V03AB08SODIO NITRITOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
367C02DD01SODIO NITROPRUSIATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
368V08CASOLUCIONES QUE CONTENGAN GADOLINIOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
369H01CB01SOMATOSTATINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN CONTROL DE LA HEMORRAGIA DE VÍAS DIGESTIVAS ALTAS EN ADULTOS CON VÁRICES ESOFÁGICAS
370H01AC01SOMATROPINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN RETARDO DEL CRECIMIENTO EN MENORES DE 18 AÑOS CON INSUFICIENCIA RENAL CRÓNICA (IRC)
371M03AB01SUCCINILCOLINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
372A02BX02SUCRALFATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: TABLETAS MASTICABLES
373J06AA03SUERO ANTIOFÍDICO MONOVALENTE (BOTHROPS)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
374J06AA03SUERO ANTIOFÍDICO POLIVALENTEINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
375J06AA06SUERO ANTIRRÁBICOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
376S01AB04SULFACETAMIDA SÓDICAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
377A07EC01SULFASALAZINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
378R07AA02SURFACTANTE PULMONAR (FOSFOLÍPIDOS)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
379L04AD02TACROLIMUSINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN INMUNOSUPRESIÓN PRIMARIA EN RECEPTORES DE TRASPLANTE RENAL
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
380L02BA01TAMOXIFENO (CITRATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
381P01AC04TECLOZÁNINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS LÍQUIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
382J05AR03TENOFOVIR+EMTRICITABINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
383R03DA04TEOFILINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
384R03CC03TERBUTALINA SULFATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
385H01BA04TERLIPRESINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN CONTROL DE LA HEMORRAGIA DE VÍAS DIGESTIVAS ALTAS EN ADULTOS CON VÁRICES ESOFÁGICAS
386G03BA03TESTOSTERONA ÉSTERINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL O TÓPICA
387S01HA03TETRACAÍNA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
388J01AA07TETRACICLINA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
389A11DA01TIAMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
390S01ED01TIMOLOL MALEATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
391P01AB02TINIDAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
392L01BB03TIOGUANINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
393N01AF03TIOPENTAL SÓDICOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
394N05AC02TIORIDAZINA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
395B01AC17TIROFIBÁNINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO EN EL TRATAMIENTO DEL EVENTO CORONARIO AGUDO
396L04AC07TOCILIZUMABINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN ARTRITIS REUMATOIDE REFRACTARIA A TRATAMIENTO CON FÁRMACOS ANTI-REUMÁTICOS MODIFICADORES DE LA ENFERMEDAD (FARME) NO BIOLÓGICOS
397N03AX11TOPIRAMATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN EPILEPSIA REFRACTARIA A OTROS ANTIEPILÉPTICOS
398J07AM01TOXOIDE TETÁNICOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
399N02AX02TRAMADOL CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS SÓLIDAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
400B02AA02TRANEXÁMICO ÁCIDOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
401L01XC03TRASTUZUMABINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO EN EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER DE MAMA TEMPRANO CON SOBRE EXPRESIÓN DE HER2+ Y CÁNCER DE MAMA METASTÁSICO CON SOBREEXPRESIÓN DE HER2+, PREVIA CONFIRMACIÓN DEL ESTADO HER 2+
402N06AX05TRAZODONA CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO
403J01EE01TRIMETOPRIM + SULFAMETOXAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
404S01FA06TROPICAMIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
405J07BG01VACUNA ANTIRRÁBICAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
406J07BC01VACUNA CONTRA HEPATITIS BINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS <Texto adicionado por la Resolución 374 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:> SEGÚN LAS “GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA PARA LA PREVENCIÓN, DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DE PACIENTES CON VIH/ SIDA”
407J07AL01VACUNA CONTRA NEUMOCOCOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASSEGÚN LAS “GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA PARA LA PREVENCIÓN, DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DE PACIENTES CON VIH/SIDA”
408J05AB11VALACICLOVIRINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO EN EL TRATAMIENTO DE INFECCIONES POR HERPES VIRUS EN PACIENTE INMUNOCOMPROMETIDO
409N03AG01VALPROICO ÁCIDOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL FÁRMACO
410J01XA01VANCOMICINA (CLORHIDRATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN ORAL
411M03AC03VECURONIO BROMUROINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
412C08DA01VERAPAMILO CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL FÁRMACO
413N03AG04VIGABATRINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASCUBIERTO PARA USO EN EPILEPSIA REFRACTARIA A OTROS ANTIEPILÉPTICOS
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
414L01CA01VINBLASTINA SULFATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
415L01CA02VINCRISTINA SULFATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
416A11CA01VITAMINA A (ACETATO O PALMITATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
417B01AA03WARFARINA SÓDICAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
418J05AF01ZIDOVUDINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL FÁRMACO
419A12CB01ZINC SULFATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS SALVO: FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN PARENTERALPARA EL TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD DIARREICA AGUDA Y PERSISTENTE EN NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE CINCO AÑOS
420M05BA08ZOLEDRÓNICO ÁCIDOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS

A2. COBERTURA POR SUBGRUPO SIN VALOR MÁXIMO DE RECONOCIMIENTO PARA CÁLCULO EN LA PRIMA POR SUBGRUPO.

MEDICAMENTOS CON LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS DESCRITAS A CONTINUACIÓN:

a) Los medicamentos con los principios activos, concentraciones y formas farmacéuticas descritas como incluidas en este plan de beneficios se financian con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC);

b) Los medicamentos no incluidos en este plan de beneficios, también se cubren si cumplen lo dispuesto en el artículo 134 del presente acto administrativo.

NoCódigo ATC del subgrupoPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
421B05ZAINCLUYE TODOS LOS PRINCIPIOS ACTIVOS PERTENECIENTES AL SUBGRUPO DE REFERENCIA ATC B05ZA SOLUCIONES PARA HEMODIÁLISISINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS UTILIZADAS EN HEMODIÁLISIS
422B05DINCLUYE TODOS LOS PRINCIPIOS ACTIVOS PERTENECIENTES AL SUBGRUPO DE REFERENCIA ATC B05D SOLUCIONES PARA DIÁLISIS PERITONEALINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS
423B01ABINCLUYE TODOS LOS PRINCIPIOS ACTIVOS PERTENECIENTES AL SUBGRUPO DE REFERENCIA ATC B01AB - GRUPO DE LAS HEPARINAS, MONOFÁRMACOS (NO SE CUBREN COMBINACIONES CON MEDICAMENTOS NO POS)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASDetalle de principios activos por subgrupo ATC disponible en: http://www.whocc.no/atc_ddd_index/

A3. COBERTURA POR SUBGRUPO CON VALOR MÁXIMO DE RECONOCIMIENTO PARA CÁLCULO EN LA PRIMA POR SUBGRUPO.

Detalle de Valores Máximos de Reconocimiento para cálculo en la prima por Subgrupo, disponible en el documento: “Estudio de la suficiencia y de los mecanismos de ajuste de riesgo para el cálculo de la Unidad de Pago por Capitación para garantizar el Plan de Beneficios en Salud en el año 2017”

MEDICAMENTOS CON LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS DESCRITAS A CONTINUACIÓN:

a) Los medicamentos con los principios activos, concentraciones y formas farmacéuticas descritas como incluidas en este plan de beneficios se financian con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC);

b) Los medicamentos no incluidos en este plan de beneficios, también se cubren si cumplen lo dispuesto en el artículo 134 del presente acto administrativo.

NoCódigo ATC del subgrupoPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
424S01BAINCLUYE TODOS LOS PRINCIPIOS ACTIVOS PERTENECIENTES AL SUBGRUPO DE REFERENCIA ATC S01BA-CORTICOSTEROIDES, MONOFÁRMACOS INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS DE ADMINISTRACIÓN OFTÁLMICADetalle de principios activos por subgrupo ATC disponible en: http://www.whocc.no/atc_ddd_index/
425A10AINCLUYE TODOS LOS PRINCIPIOS ACTIVOS PERTENECIENTES AL SUBGRUPO DE REFERENCIA ATC A10A- INSULINAS Y ANÁLOGOSINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASDetalle de principios activos por subgrupo ATC disponible en: http://www.whocc.no/atc_ddd_index/
NoCódigo ATC del subgrupoPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
426A07CAINCLUYE TODOS LOS PRINCIPIOS ACTIVOS PERTENECIENTES AL SUBGRUPO DE REFERENCIA ATC A07CA SALES DE REHIDRATACIÓN ORAL.INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES EN FORMA FARMACÉUTICA POLVO
427C07AAINCLUYE TODOS LOS PRINCIPIOS ACTIVOS PERTENECIENTES AL SUBGRUPO DE REFERENCIA ATC C07AA -AGENTES BETA BLOQUEANTES NO SELECTIVOSINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES PARA TABLETAS CON O SIN RECUBRIMIENTO QUE NO MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO O CÁPSULASDetalle de principios activos por subgrupo ATC disponible en: http://www.whocc.no/atc_ddd_index/
428A02BAINCLUYE TODOS LOS PRINCIPIOS ACTIVOS PERTENECIENTES AL SUBGRUPO DE REFERENCIA ATC A02BA - ANTAGONISTAS DEL RECEPTOR H2 (NO SE CUBREN COMBINACIONES CON MEDICAMENTOS NO POS)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES PARA TABLETAS CON O SIN RECUBRIMIENTO QUE NO MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO O CÁPSULASDetalle de principios activos por subgrupo ATC disponible en: http://www.whocc.no/atc_ddd_index/
429C08CINCLUYE TODOS LOS PRINCIPIOS ACTIVOS PERTENECIENTES AL SUBGRUPO DE REFERENCIA ATC C08C - BLOQUEANTES SELECTIVOS DE CANALES DE CALCIO CON EFECTOS PRINCIPALMENTE VASCULARES <Texto subrayado adicionado por la Resolución 374 de 2017> INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES PARA TABLETAS CON O SIN RECUBRIMIENTO QUE NO MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO O CÁPSULAS Y TABLETAS O CÁPSULAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL FÁRMACO Detalle de principios activos por subgrupo ATC disponible en: http://www.whocc.no/atc_ddd_index/
430A02BCTODOS LOS PRINCIPIOS ACTIVOS PERTENECIENTES AL SUBGRUPO ATC A02BC - INHIBIDORES DE BOMBA DE PROTONES, MONOFÁRMACOS (NO SE CUBREN COMBINACIONES CON MEDICAMENTOS NO POS)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES PARA TABLETAS CON O SIN RECUBRIMIENTO QUE NO MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL PRINCIPIO ACTIVO O CÁPSULAS Y TABLETAS O CÁPSULAS QUE MODIFICAN LA LIBERACIÓN DEL FÁRMACODetalle de principios activos por subgrupo ATC disponible en: http://www.whocc.no/atc_ddd_index/
431C09AAINCLUYE TODOS LOS PRINCIPIOS ACTIVOS PERTENECIENTES AL SUBGRUPO DE REFERENCIA ATC C09AA - INHIBIDORES DE LA ECA, MONOFÁRMACOS.INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASDetalle de principios activos por subgrupo ATC disponible en: http://www.whocc.no/atc_ddd_index/
NoCódigo ATC del subgrupoPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
432C10AAINCLUYE TODOS LOS PRINCIPIOS ACTIVOS PERTENECIENTES AL SUBGRUPO DE REFERENCIA ATC C10AA -INHIBIDORES DE LA HMG COA REDUCTASAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICASDetalle de principios activos por subgrupo ATC disponible en: http://www.whocc.no/atc_ddd_index/

B. LISTADO DE MEDICAMENTOS PARA PROGRAMAS ESPECIALES EN SALUD PÚBLICA.

LOS MEDICAMENTOS DESCRITOS A CONTINUACIÓN SON SUMINISTRADOS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, SEGÚN LAS NORMAS TÉCNICAS Y GUÍAS DE ATENCIÓN PARA LAS ENFERMEDADES DE INTERÉS EN SALUD PÚBLICA.

NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
433P01BF01ARTEMETER + LUMENFANTRINEINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
434P01BE03ARTESUNATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
435P01CA02BENZONIDAZOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
436J04BA01CLOFAZIMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
437P01BA01CLOROQUINA (DIFOSFATO O SULFATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
438J04BA02DAPSONAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
439J07CA01VACUNA CONTRA LA DIFTERIA, TÉTANO Y TOS FERINA (D.P.T)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
440P01CB02ESTIBOGLUCONATO DE SODIOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
441J01GA01ESTREPTOMICINA (SULFATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
442J04AK02ETAMBUTOL CLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
443J04AD03ETIONAMIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
444J07BL01VACUNA ANTIAMARÍLICAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
445J07AG01VACUNA CONTRA HAEMOPHILUS INFLUENZAEINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
446J04AC01ISONIAZIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
447P01BC02MEFLOQUINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
448P01CB01MEGLUMINA ANTIMONIATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
449L01XX09MILTEFOSINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
450J07AL01VACUNA CONTRA STREPTOCOCO PNEUMONIAEINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMAUSO EN POBLACIÓN MENOR DE 2 AÑOS DE ALTO RIESGO
451P01CC01NIFURTIMOXINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
452P01CX01PENTAMIDINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
453J04AK01PIRAZINAMIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
454P01BD01PIRIMETAMINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
455P01BD51PIRIMETAMINA + SULFADOXINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
456J07BF02VACUNA ANTIPOLIOMIELÍTICAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
457P01BA03PRIMAQUINA (FOSFATO)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
458P01BC01QUININA DICLORHIDRATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
459P01BC01QUININA SULFATOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
460J04AB04RIFABUTINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
461J04AB02RIFAMPICINAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
462J04AM02RIFAMPICINA + ISONIAZIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
463J04AM05RIFAMPICINA + ISONIAZIDA + PIRAZINAMIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
464J04AM06RIFAMPICINA + ISONIAZIDA + PIRAZINAMIDA + ETAMBUTOLINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
465J07BH01VACUNA CONTRA ROTAVIRUSINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
466J07BD52SARAMPIÓN, RUBÉOLA, PAPERAS (SRP)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
467L04AX02TALIDOMIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
468J07AM51TOXOIDE DIFTÉRICO-TETÁNICOINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
469J04AM04TIOACETAZONA + ISONIAZIDAINCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA
470L03AX03VACUNA CONTRA LA TUBERCULOSIS (B.C.G)INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES Y FORMAS FARMACÉUTICAS CONSIDERADAS NECESARIAS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA CADA PROGRAMA

C. VARIOS CON CARGO A LA UPC

PARA LOS PRODUCTOS DESCRITOS A CONTINUACIÓN:

a) Los definidos como incluidos en este plan de beneficios se financian con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC);

b) Los no incluidos en este plan de beneficios, también se cubren si cumplen lo dispuesto en el artículo 134 del presente acto administrativo.

NoCódigo ATCPRINCIPIO ACTIVOCOBERTURAACLARACIÓN
471V06CFÓRMULA LÁCTEA INCLUYE TODAS LAS CONCENTRACIONES EN FORMA FARMACÉUTICA POLVOCUBIERTO PARA NIÑOS LACTANTES HASTA LOS DOCE (12) MESES DE EDAD QUE SEAN HIJOS DE MADRES CON DIAGNÓSTICO DE INFECCIÓN POR VIH/SIDA, SEGÚN EL CRITERIO DEL MÉDICO O NUTRICIONISTA TRATANTE
472V06DXALIMENTO EN POLVO CON VITAMINAS, HIERRO Y ZINCCOMPOSICIÓN POR GRAMO: HIERRO: 12,5 MG COMO HIERRO ELEMENTAL, PREFERIBLEMENTE ENCAPSULADO COMO FUMARATO FERROSO; VITAMINA A (RETINOL): 300 MCG; ZINC: 5 MG PREFERIBLEMENTE COMO GLUCONATO DE ZINC ADICIONALMENTE PUEDE CONTENER OTRAS VITAMINAS Y MINERALES.SEGÚN GUÍA OMS “USO DE MICRONUTRIENTES EN POLVO PARA LA FORTIFICACIÓN DOMICILIARIA DE LOS ALIMENTOS CONSUMIDOS POR LACTANTES Y NIÑOS” PARA MENORES ENTRE (6) Y VEINTICUATRO (24) MESES

ANEXO NUMERO 2.

“LISTADO DE PROCEDIMIENTOS EN SALUD DEL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD CON CARGO A LA UPC”.

<Anexo sustituido por el artículo 1 de la Resolución 1687 de 2017. Consultar el nuevo texto directamente en el Anexo incluido en la Resolución 1687 de 2017>

<El texto original es el siguiente:>

CÓDIGODESCRIPCIÓN
01.0.1.PUNCIONES EN CISTERNA
01.0.2.PUNCIONES (ASPIRACIÓN DE LÍQUIDO) EN VENTRÍCULOS
01.0.9.PUNCIÓN CRANEAL
01.1.1.BIOPSIA EN CRÁNEO
01.1.2.BIOPSIAS DE MENINGE CEREBRAL
01.1.3.BIOPSIAS DE CEREBRO
01.2.1.INCISIÓN O DRENAJE O DESFUNCIONALIZACIÓN DE SENO FRONTAL
01.2.2.EXTRACCIÓN DE NEUROESTIMULADOR INTRACRANEAL
01.2.3.REAPERTURA DE CRANEOTOMÍA
01.2.4.OTRAS CRANEOTOMÍAS (DESCOMPRESIVAS O EXPLORATORIAS)
01.2.5.OTRAS CRANIECTOMÍAS
01.3.1.INCISIONES DE MENINGES CEREBRALES
01.3.2.LOBOTOMÍA Y TRACTOTOMÍA (LESIONES PARA CIRUGÍA FUNCIONAL)
01.4.1.PROCEDIMIENTOS EN TÁLAMO
01.4.2.PROCEDIMIENTOS EN GLOBO PÁLIDO
01.5.1.ESCISIONES DE LESIÓN CRANEAL
01.5.2.RESECCIONES DE TUMORES DE LA BASE DEL CRÁNEO, FOSA ANTERIOR
01.5.3.RESECCIONES DE TUMORES DE LA BASE DEL CRÁNEO, FOSA MEDIA
01.5.4.RESECCIONES DE TUMORES DE LA BASE DEL CRÁNEO, FOSA POSTERIOR
01.5.5.RESECCIONES DE TEJIDO CRANEAL
01.6.1.RESECCIONES DE TUMORES EN MENINGES CEREBRALES
01.6.2.RESECCIONES TUMORES DE LA HOZ
01.6.3.RESECCIONES TUMORES DEL TENTORIO
01.6.4.RESECCIÓN DE OTRAS LESIONES DE MENINGE CEREBRAL
01.7.0.DRENAJES DE COLECCIONES INTRACEREBRALES
01.7.2.RESECCIONES DE TUMORES SUPRATENTORIALES HEMISFÉRICOS
01.7.3.RESECCIONES TUMORES INFRATENTORIALES HEMISFÉRICOS
01.7.4.RESECCIONES DE TUMORES DE LÍNEA MEDIA SUPRATENTORIALES
01.7.5.RESECCIONES DE TUMORES DE LÍNEA MEDIA INFRATENTORIALES
01.7.6.RESECCIONES DE LESIONES VENTRICULARES SUPRATENTORIALES
01.7.7.RESECCIONES DE LESIONES VENTRICULARES INFRATENTORIALES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (01.7.7.), salvo la Subcategoría:

01.7.7.02 Resección de lesiones ventriculares infratentoriales, por endoscopia

01.7.8.RESECCIONES DE LESIONES INTRAVENTICULARES DE LÍNEA MEDIA
01.8.1.HEMISFERECTOMIAS CEREBRALES
01.8.2.HEMISFERECTOMIAS CEREBELOSAS
01.9.1.LOBECTOMÍA POR CRANEOTOMÍA
01.9.2.LOBECTOMÍA POR CRANIECTOMÍA
02.0.1.APERTURAS DE SUTURAS CRANEALES
02.0.2.ELEVACIÓN DE FRAGMENTOS DE FRACTURA DE CRÁNEO (ESQUIRLECTOMÍA)
02.0.4.INJERTOS ÓSEOS EN CRÁNEO
02.0.5.INSERCIÓN O SUSTITUCIÓN DE PLACA CRANEAL (METÁLICA, ACRÍLICA)
02.0.6.OTRAS OSTEOPLASTIAS CRANEALES
02.0.7.EXTRACCIÓN DE PLACA CRANEAL
02.1.1.SUTURA DE DURAMADRE CEREBRAL
02.1.2.OTRAS REPARACIONES DE MENINGES CEREBRALES
CÓDIGODESCRIPCIÓN
02.2.1.VENTRICULOSTOMÍAS INTERNA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (02.2.1.), salvo la Subcategoría:

02.2.1.02 Craneotomía con fenestración endoscópica

02.2.2.VENTRICULOSTOMÍAS EXTERNAS
02.2.3.COLOCACIÓN DE CATÉTER VENTRÍCULO PERITONEAL, SIN VÁLVULA
02.3.2.DERIVACIONES VENTRICULARES A APARATO CIRCULATORIO
02.3.4.DERIVACIONES VENTRICULARES A CAVIDAD Y ÓRGANOS ABDOMINALES
02.3.5.DERIVACIONES VENTRICULARES AL APARATO URINARIO
02.4.1.IRRIGACIÓN DE DERIVACIÓN VENTRICULAR
02.4.2.SUSTITUCIÓN O REEMPLAZO DE DERIVACIÓN VENTRICULAR
02.4.3.EXTRACCIÓN DE DERIVACIÓN
02.5.0.IMPLANTE DE CATÉTER (INTRAVENTRICULAR, INTRACÍSTICO) CON RESERVORIO SUBCUTÁNEO
02.8.1.LISIS DE ADHERENCIAS CORTICALES
02.8.2.IMPLANTACIÓN DE DISPOSITIVOS DE MONITOREO PARA PRESIÓN INTRACRANEANA
02.8.3.IMPLANTACIÓN DE NEUROESTIMULADORES INTRACRANEALES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (02.8.3.), salvo la Subcategoría:

02.8.3.05 Inserción de rejilla subdural

02.8.4.COLOCACIÓN DE TRACTOR CEFÁLICO DE (HALO CHALECO)
02.8.6.INJERTOS INTRACEREBRALES
03.0.1.EXTRACCIÓN DE CUERPOS EXTRAÑOS EN CANAL RAQUÍDEO
03.0.2.EXPLORACIONES Y DESCOMPRESIONES DE CANAL RAQUÍDEO Y RAÍCES ESPINALES
03.0.3.EXPLORACIÓN Y DESCOMPRESIÓN DE RAÍZ DE NERVIO ESPINAL
03.0.4.DRENAJES DE COLECCIÓN ESPINAL EPIDURAL
03.1.1.RIZOTOMÍA DE NERVIO ESPINAL
03.2.1.CORDOTOMÍA PERCUTÁNEA
03.2.2.CORDOTOMÍA ABIERTA
03.2.3.TRACTOTOMÍAS DE MÉDULA ESPINAL
03.2.4.MIELOTOMÍAS
03.3.1.PUNCIÓN LUMBAR
03.3.2.BIOPSIAS DE MÉDULA ESPINAL O MENINGES ESPINALES
03.4.1.RESECCIONES DE TUMORES DEL FORÁMEN MAGNO
03.4.2.RESECCIONES DE TUMORES EXTRADURALES
03.4.3.RESECCIONES DE TUMORES INTRADURALES EXTRAMEDULARES
03.4.4.RESECCIONES DE TUMORES INTRADURALES INTRAMEDULARES
03.5.1.CORRECCIONES DE MALFORMACIONES DE MÉDULA ESPINAL
03.5.2.CORRECCIONES DE ANOMALÍAS DE MÉDULA ESPINAL EN UNIÓN CRANEOCERVICAL
03.5.4.REPARACIONES DE MENINGES ESPINALES
03.5.5.REPARACIÓN DE FÍSTULA ESPINAL DE LCR
03.6.1.LISIS O RESECCIÓN DE ADHERENCIAS EXTRADURALES
03.7.1.DERIVACIÓN SIRINGO PERITONEAL ESPINAL
03.7.2.DERIVACIÓN SIRINGO SUBDURAL ESPINAL
03.7.3.DERIVACIÓN LUMBAR INTERNA
03.7.4.DERIVACIÓN LUMBAR EXTERNA
03.7.5.DERIVACIÓN SIRINGO PLEURAL ESPINAL
03.8.1.INYECCIONES NEUROLÍTICAS SUBARACNOIDEAS
03.8.2.NEUROLISIS DE RAÍCES ESPINALES
03.9.0.INSERCIÓN DE CATÉTER EN CANAL ESPINAL PARA INFUSIÓN DE SUSTANCIAS
03.9.1.INYECCIÓN DE ANESTÉSICO EN EL CANAL ESPINAL
03.9.3.IMPLANTACIÓN DE NEUROESTIMULADORES ESPINALES
03.9.4.RETIRO NEUROESTIMULADOR ESPINAL
03.9.5.PARCHE HEMÁTICO EPIDURAL EN CANAL ESPINAL
03.9.6.REPROGRAMACIÓN DE ESTIMULADORES ELÉCTRICOS NO CARDÍACOS
03.9.7.REVISIÓN DE DERIVACIÓN ESPINAL
03.9.8.RETIRO DE DERIVACIÓN ESPINAL
04.0.1.ESCISIONES DE NEUROMAS ACÚSTICOS
04.0.2.SECCIÓN DE NERVIO TRIGÉMINO
04.0.5.GANGLIONECTOMÍA DE GASER
04.0.7.ESCISIÓN O RESECCIÓN DE NERVIOS CRANEALES O PERIFÉRICOS
04.1.1.BIOPSIAS (PERCUTÁNEA) (AGUJA) DE NERVIOS O GANGLIOS CRANEALES O PERIFÉRICOS
04.1.2.BIOPSIA ABIERTA DE NERVIO O GANGLIO CRANEAL O PERIFÉRICO
04.2.1.RIZOTOMÍAS DE NERVIOS CRANEALES
04.2.2.NEUROLISIS DE NERVIOS CRANEALES
04.2.3.NEUROLISIS DE NERVIOS PERIFÉRICOS
04.3.0.ANASTOMOSIS DE NERVIOS CRANEALES
04.3.1.NEURORRAFIAS EN NERVIOS PERIFÉRICOS
04.4.1.DESCOMPRESIONES DE RAÍZ DE NERVIO TRIGÉMINO
04.4.2.DESCOMPRESIONES DE OTROS NERVIOS CRANEALES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (04.4.2.), salvo la Subcategoría:

04.4.2.01 Descompresión intracanalicular de nervio óptico, por craneotomía

04.4.3.LIBERACIÓN DE TÚNEL CARPIANO
04.4.4.LIBERACIÓN DE TÚNEL TARSAL
04.4.5.DESCOMPRESIONES DE NERVIOS PERIFÉRICOS
CÓDIGODESCRIPCIÓN
04.5.1.INJERTOS DE NERVIOS CRANEALES O PERIFÉRICOS
04.6.1.TRANSPOSICIÓN DE NERVIOS PERIFÉRICOS
04.7.1.REPARACIÓN DE NERVIO FACIAL

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (04.7.1.), salvo las Subcategorías:

04.7.1.04 Reanimación facial con colgajo muscular pediculado

04.7.1.05 Reanimación facial con colgajo muscular con técnica microvascular

04.7.1.06 Reanimación facial con técnica de suspensión vía abierta

04.7.1.07 Reanimación facial con técnica de suspensión vía endoscópica

04.8.1.INYECCIÓN DE ANESTESIA DENTRO DE NERVIOS CRANEALES CON FINES ANALGÉSICOS
04.8.2.INYECCIÓN DE ANESTESIA DENTRO DE NERVIOS PERIFÉRICOS CON FINES ANALGÉSICOS
04.8.3.INYECCIÓN DE ANESTESIA EN NERVIO DE FACETA ARTICULAR VERTEBRAL CON FINES ANALGÉSICOS
05.1.1.BIOPSIA DE NERVIO O GANGLIO SIMPÁTICO
05.2.1.GANGLIONECTOMÍAS
05.2.2.SIMPATECTOMÍA CERVICAL
05.2.3.SIMPATECTOMÍA LUMBAR
05.2.4.SIMPATECTOMÍAS PRESACRAS
05.2.5.SIMPATECTOMÍA PERIARTERIAL
05.2.6.OTRAS SIMPATECTOMÍAS O GANGLIECTOMÍAS
05.3.1.INYECCIÓN DE ANESTÉSICOS EN NERVIOS SIMPÁTICOS
05.3.2.INYECCIÓN DE AGENTE NEUROLÍTICO EN NERVIO SIMPÁTICO
05.3.3.LISIS DE GANGLIOS [GANGLIOLISIS]
05.4.1.NEURORRAFIAS DE NERVIOS O GANGLIOS SIMPÁTICOS
05.4.2.RECONSTRUCCIONES EN PLEJOS
05.5.1.EXPLORACIÓN DE PLEJO O TRONCO
05.5.2.DESCOMPRESIÓN DE PLEJO O TRONCO
06.0.1.ASPIRACIÓN DEL ÁREA TIROIDEA
06.0.2.REAPERTURA DE HERIDA DE ÁREA TIROIDEA
06.0.9.OTRA INCISIÓN DEL ÁREA TIROIDEA
06.1.1.BIOPSIA (PERCUTÁNEA) (AGUJA) DE GLÁNDULA TIROIDES
06.1.2.BIOPSIA ABIERTA DE GLÁNDULA TIROIDES
06.1.3.BIOPSIA DE GLÁNDULA PARATIROIDES
06.2.2.ESCISIÓN UNILATERAL DE LÓBULO TIROIDEO
06.3.1.ESCISIÓN DE LESIÓN DE TIROIDES
06.3.9.OTRA TIROIDECTOMÍA PARCIAL
06.4.1.ESCISIÓN TOTAL DE TIROIDES
06.5.1.TIROIDECTOMÍA RETROESTERNAL PARCIAL
06.5.2.TIROIDECTOMÍA RETROESTERNAL TOTAL
06.6.1.ESCISIÓN DE TIROIDES LINGUAL
06.7.0.RESECCIÓN DE CONDUCTO TIROGLOSO
06.7.1.RESECCIÓN DE QUISTE TIROGLOSO
06.7.2.RESECCIÓN DE FÍSTULA TIROGLOSA
06.8.1.PARATIROIDECTOMÍA TOTAL
06.8.9.OTRA PARATIROIDECTOMÍA
06.9.1.REEXPLORACIÓN DE CUELLO Y MEDIASTINO
07.0.0.EXPLORACIÓN DE ÁREA SUPRARENAL, NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
07.1.1.BIOPSIA (PERCUTÁNEA) (AGUJA) DE GLÁNDULA SUPRARRENAL
07.1.2.BIOPSIA ABIERTA DE GLÁNDULA SUPRARRENAL
07.1.3.BIOPSIA DE HIPÓFISIS, VÍA TRANSFRONTAL
07.1.4.BIOPSIA DE HIPÓFISIS, VÍA TRANSESFENOIDAL
07.1.6.BIOPSIA DE TIMO
07.1.7.BIOPSIA DE GLÁNDULA PINEAL
07.2.1.ESCISIONES DE LESIONES EN GLÁNDULAS SUPRARRENALES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (07.2.1.), salvo la Subcategoría:

07.2.1.20 Suprarrenalectomía por laparoscopia

07.2.2.SUPRARRENALECTOMÍA [ADRENALECTOMÍA] UNILATERAL
07.2.3.SUPRARRENALECTOMÍA [ADRENALECTOMÍA] PARCIAL
07.4.1.INCISIÓN DE GLÁNDULA SUPRARRENAL
07.5.3.ESCISIÓN PARCIAL DE GLÁNDULA PINEAL
07.5.4.ESCISIÓN TOTAL DE GLÁNDULA PINEAL [PINEALECTOMÍA]
07.6.1.ESCISIÓN PARCIAL DE HIPÓFISIS, VÍA TRANSFRONTAL
07.6.2.ESCISIÓN PARCIAL DE HIPÓFISIS VÍA TRANSESFENOIDAL
07.6.4.ESCISIÓN TOTAL DE HIPÓFISIS, VÍA TRANSFRONTAL
07.6.5.ESCISIÓN TOTAL DE HIPÓFISIS, VÍA TRANSESFENOIDAL
07.8.1.ESCISIÓN PARCIAL DE TIMO
07.8.2.ESCISIÓN TOTAL DE TIMO
08.0.1.DRENAJE DE COLECCIÓN POR BLEFAROTOMÍA
08.1.1.BIOPSIA DE PÁRPADO
08.2.0.ESCISIÓN O ABLACIÓN DE LESIÓN O TEJIDO DE PÁRPADO
08.2.1.RESECCIÓN DE CHALAZIÓN
08.2.3.ESCISIÓN DE LESIONES MAYORES DE ESPESOR PARCIAL EN PÁRPADOS
08.2.4.ESCISIÓN DE LESIONES MAYORES DE ESPESOR COMPLETO EN PÁRPADOS
08.2.5.ABLACIÓN DE LESIONES EN PÁRPADOS
08.2.6.PLASTIAS EN TARSO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
08.3.1.CORRECCIÓN DE PTOSIS PALPEBRAL, POR SUSPENSIÓN FRONTAL CON SUTURA
08.3.2.CORRECCIÓN DE PTOSIS PALPEBRAL, POR SUSPENSIÓN FRONTAL CON FASCIA LATA
08.3.3.CORRECCIÓN DE PTOSIS PALPEBRAL, POR RESECCIÓN EXTERNA DEL ELEVADOR
08.3.4.CORRECCIÓN DE PTOSIS PALPEBRAL, POR RESECCIÓN DEL ELEVADOR VÍA CONJUNTIVAL
08.4.1.CORRECCIÓN DE ENTROPIÓN, POR TÉCNICA DE SUTURA
08.4.2.CORRECCIÓN DE ENTROPIÓN, CON INJERTO
08.4.3.CORRECCIÓN DE ECTROPIÓN, CON INJERTO
08.4.4.CORRECCIÓN DE ECTROPIÓN, POR TÉCNICA DE SUTURA
08.5.1.CANTOTOMÍA
08.5.2.CANTORRAFIA
08.5.3.CANTOPLASTIA
08.6.1.RECONSTRUCCIÓN DE PÁRPADOS CON COLGAJOS O INJERTOS DE PIEL
08.6.2.RECONSTRUCCIÓN DE PÁRPADO CON COLGAJO O INJERTO DE MEMBRANA MUCOSA
08.6.3.RECONSTRUCCIÓN DE PÁRPADO CON INJERTO DE FOLÍCULO PILOSO
08.6.4.RECONSTRUCCIÓN DE PÁRPADO CON COLGAJO TARSOCONJUNTIVAL
08.7.1.RECONSTRUCCIÓN DE PLIEGUES POR ACORTAMIENTO DE TENDÓN CANTAL MEDIAL (TELECANTO)
08.7.3.RECONSTRUCCIÓN DE PLIEGUES EN CORRECCIÓN DE BLEFAROFIMOSIS
08.7.4.RECONSTRUCCIÓN DE PLIEGUES EN EPICANTO
08.8.1.REPARACIÓN LINEAL DE LACERACIÓN DE PÁRPADO O CEJA
08.8.2.REPARACIÓN DE LACERACIÓN INVOLUCRANDO BORDE PALPEBRAL DE ESPESOR PARCIAL
08.8.4.REPARACIÓN DE LACERACIÓN INVOLUCRANDO BORDE PALPEBRAL DE ESPESOR COMPLETO
08.9.1.ABLACIÓN DE PESTAÑAS (SUPERIOR O INFERIOR)
09.0.1.DRENAJE EN GLÁNDULA LAGRIMAL
09.1.1.BIOPSIA DE GLÁNDULA LAGRIMAL
09.1.2.BIOPSIA DE SACO O CONDUCTO LAGRIMAL
09.2.1.DACRIOADENECTOMÍA PARCIAL
09.2.2.DACRIOADENECTOMÍA TOTAL
09.4.1.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO DE SACO LAGRIMAL
09.4.2.SONDEO Y LAVADO DE VÍAS LAGRIMALES
09.4.4.INTUBACIÓN DE VÍAS LAGRIMALES
09.5.3.DRENAJE DE SACO LAGRIMAL
09.6.1.DACRIOCISTECTOMÍA (SACO LAGRIMAL)
09.7.1.PLASTIA DE CANALÍCULOS LAGRIMALES
09.7.2.PLASTIA DE PUNTO LAGRIMAL [CIRUGÍA DE WEBER]
09.7.3.PLASTIA DE PUNTO LAGRIMAL MODIFICADA (CON SUTURAS)
09.8.1.DACRIOCISTORRINOSTOMÍAS
09.8.2.CONJUNTIVODACRIOCISTORRINOSTOMÍAS
09.8.3.CONJUNTIVODACRIOCISTORRINOSTOMÍAS CON INTUBACIÓN
09.9.1.OBLITERACIÓN DE PUNTO LAGRIMAL
10.0.1.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INCRUSTADO EN CONJUNTIVA, POR INCISIÓN
10.2.1.BIOPSIA DE CONJUNTIVA
10.3.1.ESCISIÓN DE LESIONES O TEJIDOS EN CONJUNTIVA
10.3.2.ABLACIÓN DE LESIONES EN CONJUNTIVAS
10.4.1.REPARACIÓN DE SIMBLÉFARON CON INJERTO LIBRE DE CONJUNTIVA
10.4.4.REPARACIÓN DE SIMBLÉFARON CON INJERTO DE MUCOSA
10.5.1.DIVISIÓN DE SIMBLÉFARON
10.6.1.SUTURA DE LA CONJUNTIVA
10.7.1.INYECCIÓN SUBCONJUNTIVAL
11.0.0.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INCRUSTADO EN CÓRNEA
11.1.1.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO PROFUNDO EN CÓRNEA, POR INCISIÓN
11.1.2.DRENAJE DE COLECCIÓN EN CÓRNEA
11.2.1.FROTIS DE CÓRNEA
11.2.2.BIOPSIA DE CÓRNEA
11.4.1.RESECCIÓN SIMPLE DE TUMOR DE CÓRNEA
11.4.2.CAUTERIZACIÓN DE CÓRNEA (TERMO, QUIMIO O CRIOAPLICACIÓN)
11.5.1.SUTURAS DE LACERACIONES EN CÓRNEAS
11.5.2.REPARACIÓN DE DESHISCENCIA DE HERIDA POS OPERATORIA CORNEAL
11.5.3.REPARACIÓN DE LACERACIONES O HERIDAS EN CÓRNEAS
11.5.8.RETIRO DE SUTURA EN CÓRNEA
11.6.1.QUERATOPLASTIA LAMELAR O SUPERFICIAL
11.6.2.QUERATOPLASTIA PENETRANTE
11.6.3.QUERATOPLASTIA PENETRANTE, COMBINADA CON CIRUGÍA DE CATARATA, ANTIGLAUCOMATOSA O LENTE INTRAOCULAR (CIRUGÍA TRIPLE)
11.6.4.ESCLEROQUERATOPLASTIA
11.7.3.IMPLANTE DE PRÓTESIS CORNEANA [QUERATOPRÓTESIS]
11.7.5.QUERATOTOMÍA FOTORREFRACTIVA CON LÁSER MÁS QUERATOMILEUSIS [LASIK]
CÓDIGODESCRIPCIÓN
11.7.6.QUERATECTOMÍA
11.7.7.QUERATECTOMÍA CON EXCIMER LÁSER (FOTORREFRACTIVA O FOTOTERAPÉUTICA) PTK
11.7.8.TERMOQUERATOPLASTIA
11.8.1.QUERATOPIGMENTACIÓN [TATUAJE DE LA CÓRNEA]
12.0.0.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INTRAOCULAR DEL SEGMENTO ANTERIOR DE OJO
12.1.1.IRIDOTOMÍA CON TRANSFIXIÓN
12.1.2.IRIDOTOMÍA CON LÁSER
12.1.3.ESCISIÓN DE IRIS PROLAPSADO [REDUCCIÓN DE HERNIA DE IRIS]
12.1.4.IRIDECTOMÍA (BASAL, PERIFÉRICA Y TOTAL)
12.2.1.ASPIRACIÓN DIAGNÓSTICA DE CÁMARA ANTERIOR DEL OJO
12.2.2.BIOPSIA DE IRIS
12.2.3.BIOPSIA DE ESCLERÓTICA
12.2.4.BIOPSIA DE CUERPO CILIAR
12.3.0.IRIDOPLASTIAS
12.3.1.LISIS DE SINEQUIAS ANTERIORES
12.3.3.LISIS DE SINEQUIAS POSTERIORES
12.3.4.REPARACIÓN DE IRIDODIÁLISIS
12.3.5.COREOPLASTIA (PUPILOPLASTIA)
12.3.7.OTRAS IRIDOPLASTIAS
12.4.1.ABLACIÓN DE LESIONES EN IRIS
12.4.2.ESCISIÓN DE LESIÓN EN IRIS
12.4.3.ABLACIÓN DE LESIONES EN CUERPO CILIAR
12.4.4.ESCISIÓN DE LESIONES EN CUERPO CILIAR
12.5.1.GONIOTOMÍA
12.5.4.TRABECULOTOMÍA
12.5.5.CICLODIÁLISIS
12.6.4.TRABECULECTOMÍA (CIRUGÍA FILTRANTE)
12.6.6.REVISIÓN POSTOPERATORIA DE PROCEDIMIENTOS DE FISTULIZACIÓN ESCLERAL
12.6.7.INSERCIÓN DE IMPLANTES PARA GLAUCOMA
12.7.5.TRABECULOPLASTIAS
12.8.1.SUTURA DE LACERACIÓN DE ESCLERA
12.8.2.REPARACIÓN DE FÍSTULA ESCLERAL
12.8.4.ESCISIÓN O ABLACIÓN DE LESIONES EN ESCLERA
12.8.8.PLASTIAS EN ESCLERA [ESCLEROPLASTIA]
12.9.1.EVACUACIÓN TERAPÉUTICA DE CÁMARA ANTERIOR DEL OJO
13.1.1.EXTRACCIÓN INTRACÁPSULAR DE CRISTALINO NO CLASIFICADO BAJO OTRO CONCEPTO
13.2.1.EXTRACCIÓN EXTRACÁPSULAR DE CRISTALINO POR TÉCNICA CONVENCIONAL
13.2.2.EXTRACCIÓN EXTRACÁPSULAR DE CRISTALINO POR ASPIRACIÓN
13.2.3.EXTRACCIÓN EXTRACÁPSULAR DE CRISTALINO POR FACOEMULSIFICACIÓN
13.2.4.EXTRACCIÓN EXTRACÁPSULAR DE CRISTALINO EN PRESENCIA DE AMPOLLA FILTRANTE PREVIA
13.6.4.DISECCIÓN DE MEMBRANA SECUNDARIA
13.6.5.ESCISIÓN DE MEMBRANA SECUNDARIA
13.6.6.FRAGMENTACIÓN MECÁNICA DE MEMBRANA SECUNDARIA
13.7.1.INSERCIÓN DE CRISTALINO INTRAOCULAR PROTÉSICO AL TIEMPO DE EXTRACCIÓN DE CATARATA, UNA SOLA FASE
13.7.2.INSERCIÓN SECUNDARIA DE LENTE INTRAOCULAR
13.8.1.EXTRACCIÓN DE CRISTALINO PROTÉSICO (PSEUDOCRISTALINO)
14.2.0.ABLACIÓN DE LESIONES CORIORETINALES
14.3.4.REPARACIÓN DE LESIÓN RETINAL POR RETINOPEXIA
14.3.5.REPARACIÓN DE LESIÓN RETINAL POR INDENTACIÓN ESCLERAL CON IMPLANTACIÓN
14.7.1.VITRECTOMÍAS VÍA ANTERIOR
14.7.4.VITRECTOMÍAS VÍA POSTERIOR
14.7.5.OTROS PROCEDIMIENTOS EN VÍTREO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (14.7.5.), salvo la Subcategoría:

14.7.5.02 Implante intravítreo

15.0.1.BIOPSIA DE MÚSCULO O TENDÓN EXTRAOCULAR
15.2.1.PROCEDIMIENTO DE ALARGAMIENTO EN UN MÚSCULO EXTRAOCULAR
15.2.2.PROCEDIMIENTO DE ACORTAMIENTO EN UN MÚSCULO EXTRAOCULAR
15.4.1.REINSERCIONES O RETROINSERCIONES DE MÚSCULOS EXTRAOCULARES
15.5.1.TRANSPOSICIÓN DE MÚSCULOS EXTRAOCULARES
16.0.1.ORBITOTOMÍA CON COLGAJO ÓSEO
16.0.2.ORBITOTOMÍA CON INSERCIÓN DE IMPLANTE ORBITAL
16.1.1.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO DE ÓRBITA
16.2.2.ASPIRACIÓN DIAGNÓSTICA DE ÓRBITA
16.2.3.BIOPSIA DE ÓRBITA Y GLOBO
16.3.1.EVISCERACIÓN DEL GLOBO OCULAR CON IMPLANTE
16.4.1.ENUCLEACIÓN CON O SIN IMPLANTE PROTÉSICO
16.4.2.ENUCLEACIÓN CON INJERTO DERMOGRASO
16.5.1.EXENTERACIÓN DE ÓRBITA CON ESCISIÓN DE ESTRUCTURAS ADYACENTES
CÓDIGODESCRIPCIÓN
16.5.2.EXENTERACIÓN DE ÓRBITA CON EXTRACCIÓN TERAPÉUTICA DE HUESO ORBITAL
16.6.3.REVISIÓN Y REINSERCIÓN DE IMPLANTE ORBITARIO
16.8.1.REPARACIÓN DE HERIDA DE ÓRBITA
16.8.3.RECONSTRUCCIÓN DE ÓRBITAS
16.8.4.DESCOMPRESIONES DE ÓRBITAS
16.9.2.ESCISIÓN DE LESIONES EN ÓRBITAS
18.0.1.DRENAJE DE COLECCIÓN DE PABELLÓN AURÍCULAR
18.0.2.DRENAJE DE COLECCIÓN DE CONDUCTO AUDITIVO EXTERNO
18.0.3.EXTRACCIÓN DE CERUMEN O CUERPO EXTRAÑO DE CONDUCTO AUDITIVO EXTERNO
18.1.1.BIOPSIAS EN OÍDO EXTERNO
18.2.1.RESECCIÓN DE FÍSTULA PREAURÍCULAR
18.2.2.RESECCIÓN DE APÉNDICE PREAURÍCULAR
18.2.3.RESECCIÓN DE QUISTE DE PABELLÓN AURÍCULAR
18.2.4.ABLACIÓN DE LESIÓN EN OÍDO EXTERNO
18.2.5.INJERTO CONDRAL DE PABELLÓN AURÍCULAR
18.3.1.ESCISIÓN RADICAL DE LESIÓN DE OÍDO EXTERNO
18.4.1.SUTURA DE LACERACIÓN DE PABELLÓN AURÍCULAR
18.5.1.PLASTIA EN OREJA [OTOPLASTIA]

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (18.5.1.), salvo la Subcategoría:

18.5.1.02 Otoplastia con reducción de tamaño

18.6.2.MEATOPLASTIA DE CONDUCTO AUDITIVO EXTERNO
18.7.1.RECONSTRUCCIÓN EN PABELLÓN AURÍCULAR
18.7.2.REPOSICION DE AURÍCULA (PABELLÓN AURÍCULAR) AMPUTADA
19.0.1.ESTAPEDIOLISIS
19.1.1.ESTAPEDECTOMÍA O ESTAPEDOTOMÍA CON COLOCACIÓN DE PRÓTESIS
19.2.1.REVISIÓN DE ESTAPEDECTOMÍA O ESTAPEDOTOMÍA
19.4.1.TIMPANOPLASTIAS O MIRINGOPLASTIAS
19.9.1.REPARACIÓN DE FÍSTULA PERILINFÁTICA DE OÍDO MEDIO
19.9.3.MASTOIDOPLASTIA
20.0.1.TIMPANOTOMÍA CON INSERCIÓN DE TUBO
20.2.1.INCISIÓN DE MASTOIDES
20.2.3.INCISIÓN DE OÍDO MEDIO
20.2.4.ASPIRACIÓN DE OÍDO MEDIO O CAVIDAD MASTOIDEA
20.4.1.MASTOIDECTOMÍA SIMPLE
20.4.2.MASTOIDECTOMÍA RADICAL
20.5.1.ESCISIÓN DE LESIÓN DE OÍDO MEDIO
20.7.3.DESCOMPRESIÓN DE LABERINTO
20.7.5.LABERINTECTOMÍA
20.9.1.REVISIÓN DE MASTOIDECTOMÍAS O MASTOIDOPLASTIAS
20.9.6.INSERCIÓN O SUSTITUCIÓN DE DISPOSITIVOS AUDITIVOS IMPLANTABLES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (20.9.6.), salvo las Subcategorías:

20.9.6.04 Implantación o sustitución de dispositivo osteointegrado

20.9.6.05 Implantación o sustitución de dispositivo de oído medio

21.0.0.CONTROL DE EPISTAXIS, NO CLASIFICADO BAJO OTRO CONCEPTO
21.0.1.CONTROL DE EPISTAXIS, POR TAPONAMIENTO NASAL ANTERIOR
21.0.2.CONTROL DE EPISTAXIS, POR TAPONAMIENTO NASAL POSTERIOR Y ANTERIOR
21.0.4.CONTROL DE EPISTAXIS, POR LIGADURA DE ARTERIAS ETMOIDALES
21.0.5.CONTROL DE EPISTAXIS, POR LIGADURA DE ARTERIA MAXILAR INTERNA
21.0.6.CONTROL DE EPISTAXIS, POR LIGADURA DE ARTERIA CARÓTIDA EXTERNA
21.0.8.CONTROL DE EPISTAXIS, POR LIGADURA DE ARTERIA ESFENOPALATINA
21.0.9.CONTROL DE EPISTAXIS POR DERMOPLASTIA
21.1.1.CONDROTOMÍA NASAL
21.1.2.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO DE NARIZ CON INCISIÓN
21.1.3.INCISIÓN EN PIEL DE NARIZ
21.2.1.BIOPSIA ABIERTA DE NARIZ
21.2.2.BIOPSIA ENDOSCÓPICA INTRANASAL
21.3.0.ESCISIÓN LOCAL O ABLACIÓN DE LESIÓN DE LA PIRÁMIDE NASAL, NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
21.3.1.RESECCIÓN LOCAL O ABLACIÓN DE LESIÓN INTRANASAL
21.3.2.ESCISIÓN LOCAL O ABLACIÓN DE OTRA LESIÓN DE NARIZ
21.4.1.RINECTOMÍA
21.5.1.RESECCIÓN DE LESIÓN EN CAVUM
21.6.1.TURBINECTOMÍA POR DIATERMIA, CRIO O ELECTROCOAGULACIÓN
21.6.3.TURBINECTOMÍA POR LÁSER
21.7.1.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA NASAL
21.7.2.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA NASAL
21.8.1.SUTURA DE LACERACIÓN EN NARIZ
21.8.2.CIERRE DE FÍSTULA NASAL
21.8.3.RECONSTRUCCIÓN NASAL TOTAL
21.8.4.REVISIÓN DE RINOPLASTIA (RINOPLASTIA SECUNDARIA)
21.8.6.PLASTIA DE NARIZ [RINOPLASTIA] LIMITADA
21.8.7.TURBINOPLASTIAS
21.8.8.OTRA SEPTOPLASTIA
21.8.9.OTRAS REPARACIONES EN LA NARIZ
CÓDIGODESCRIPCIÓN

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (21.8.9.), salvo las Subcategorías:

21.8.9.10 Rinoplastia estética total (tejido óseo, cartílago, piel y tejido celular subcutáneo)

21.8.9.11 Rinoplastia estética parcial (por áreas: base, dorso o punta nasal, ángulos nasofrontal o nasolabial)

21.8.9.12 Rinoplastia estética vía abierta

21.8.9.13 Rinoplastia estética vía cerrada

22.0.1.PUNCIÓN DE SENO MAXILAR
22.1.1.BIOPSIA CERRADA (ENDOSCÓPICA) (PUNCIÓN CON AGUJA) DE PARED SENO PARANASAL
22.1.4.ENDOSCOPIA DIAGNÓSTICA EN SENOS PARANASALES
22.2.1.ANTROSTOMIA MAXILAR INTRANASAL
22.3.1.ANTROTOMIA MAXILAR RADICAL
22.3.9.OTRA ANTROTOMÍA MAXILAR EXTERNA
22.4.1.SINUSOTOMÍAS FRONTALES
22.4.2.SINUSECTOMÍAS FRONTALES (ESCISIÓN DE LESIÓN DEL SENO FRONTAL)
22.5.3.INCISIÓN DE MÚLTIPLES SENOS PARANASALES
22.6.0.SINUSECTOMIA, NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
22.6.1.ESCISIÓN DE LESIÓN DE SENO MAXILAR CON ABORDAJE CADWELL-LUC
22.6.2.ESCISIÓN DE LESIÓN DE SENO MAXILAR CON OTRO ABORDAJE
22.6.3.ESCISIÓN DE CÉLULAS ETMOIDALES O RESECCIÓN HUESO ETMOIDES [ETMOIDECTOMÍA]
22.6.4.ESFENOIDECTOMÍA
22.7.1.CIERRE DE FÍSTULA EN SENO MAXILAR
23.0.1.EXODONCIAS DE DIENTES PERMANENTES
23.0.2.EXODONCIAS DE DIENTES TEMPORALES
23.1.1.EXODONCIA QUIRÚRGICA UNIRRADICULAR
23.1.2.EXODONCIA QUIRÚRGICA MULTIRRADICULAR
23.1.3.EXODONCIAS DE DIENTES INCLUIDOS
23.1.4.EXODONCIAS MÚLTIPLES CON ALVEOLOPLASTIA
23.1.5.COLGAJO DESPLAZADO PARA ABORDAJE DE DIENTE RETENIDO (VENTANA QUIRÚRGICA)
23.2.1.OBTURACIONES DENTALES
23.2.2.OBTURACION TEMPORAL POR DIENTE
23.2.3.COLOCACIÓN DE PIN MILIMÉTRICO
23.2.4.RECONSTRUCCIONES DENTALES
23.4.4.INSERCIÓN, ADAPTACIÓN Y CONTROL PRÓTESIS MUCOSOPORTADA TOTAL
23.5.1.REIMPLANTE DE DIENTE
23.7.1.PULPOTOMÍAS
23.7.2.APEXIFICACIÓN
23.7.3.TERAPIAS DE CONDUCTOS RADICULARES
23.7.5.PROCEDIMIENTOS CORRECTIVOS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (23.7.5.), salvo la Subcategoría:

23.7.5.01 Procedimiento correctivo en resorción radicular (interna y externa)

23.7.6.FISTULIZACIÓNES ENDODÓNTICAS
23.7.7.RADECTOMIAS (AMPUTACIÓN RADICULAR)
23.7.8.HEMISECCIÓN DEL DIENTE
23.7.9.OTROS PROCEDIMIENTOS DENTALES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (23.7.9.), salvo la Subcategoría:

23.7.9.01 Blanqueamiento de diente (intrínseco) por causas endodónticas

24.0.3.ALISADO RADICULAR, CAMPO CERRADO
24.0.4.DRENAJE DE COLECCIÓN PERIODONTAL
24.1.1.BIOPSIAS EN ENCÍAS
24.1.2.BIOPSIA DE PARED ALVEOLAR
24.2.2.OTRAS REPARACIONES O PLASTIAS PERIODONTALES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (24.2.2.), salvo las Subcategorías:

24.2.2.01 Curetaje a campo abierto

24.2.2.04 Aumento de reborde parcialmente edentulo (sin material)

24.2.2.05 Aumento de reborde parcialmente edentulo (con material)

24.3.1.ESCISIÓN DE LESIÓN DE ENCÍA
24.3.2.SUTURA DE LACERACIÓN EN ENCÍA
24.3.3.ENUCLEACIÓN DE QUISTES EPIDERMOIDES
24.3.5.OPERCULECTOMÍAS
24.4.1.ESCISIÓN DE LESIÓN ODONTOGENICA
24.5.2.ALVEOLECTOMÍA
24.7.4.FERULIZACIONES
24.8.4.REPARACIÓN DE APARATOLOGÍA FIJA O REMOVIBLE
24.9.1.CONTROL DE HEMORRAGIA DE ORIGEN DENTAL POS QUIRÚRGICA
25.0.1.BIOPSIA CERRADA (PUNCIÓN) (ASPIRACIÓN CON AGUJA FINA) DE LENGUA
25.0.2.BIOPSIA ABIERTA EN LENGUA
25.1.0.RESECCIÓN DE LESIÓN SUPERFICIAL EN LA LENGUA
25.1.1.RESECCIÓN DE LESIÓN PROFUNDA EN LA LENGUA
25.2.0.RESECCIÓN DE LENGUA EN CUÑA
25.2.5.GLOSECTOMÍA PARCIAL O HEMIGLOSECTOMÍA
25.3.0.GLOSECTOMÍA TOTAL SIN RESECCIÓN MANDIBULAR Y RECONSTRUCCIÓN CON COLGAJO PEDICULADO
25.3.1.GLOSECTOMÍA TOTAL SIN RESECCIÓN MANDIBULAR Y RECONSTRUCCIÓN CON COLGAJO LIBRE
CÓDIGODESCRIPCIÓN
25.3.2.GLOSECTOMÍA TOTAL CON RESECCIÓN MANDIBULAR Y RECONSTRUCCIÓN CON COLGAJO LIBRE O PEDICULADO Y PLACA
25.4.0.GLOSECTOMÍA RADICAL NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
25.5.1.SUTURA DE LACERACIÓN DE LENGUA (GLOSORRAFIA)
25.5.9.OTRAS REPARACIONES Y PROCEDIMIENTOS PLÁSTICOS EN LENGUA
25.6.1.FRENILLECTOMÍA LINGUAL
25.6.3.OTRA GLOSOTOMÍA
26.0.1.SIALOLITOTOMÍA
26.0.2.EXPLORACIÓN DE GLÁNDULA SALIVAL
26.0.3.DRENAJE DE GLÁNDULA SALIVAL
26.1.1.BIOPSIA CERRADA (PUNCIÓN) (ASPIRACIÓN CON AGUJA FINA) DE GLÁNDULA O CONDUCTO SALIVAL
26.1.2.BIOPSIA ABIERTA DE GLÁNDULAS O CONDUCTOS SALIVALES
26.2.1.MARSUPIALIZACIÓN DE QUISTE DE GLÁNDULA SALIVAL
26.2.9.OTRA ESCISIÓN DE LESIÓN DE GLÁNDULA SALIVAL
26.3.0.SIALOADENECTOMÍA, NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
26.3.1.SIALOADENECTOMÍAS PARCIALES
26.3.2.SIALOADENECTOMÍAS TOTALES
26.4.1.SUTURA DE LACERACIÓN DE GLÁNDULA SALIVAL
26.4.2.CIERRE DE FÍSTULA SALIVAL
26.4.9.OTRA REPARACIÓN PLÁSTICA DE GLÁNDULA O CONDUCTO SALIVAL
26.9.1.EXPLORACIÓN DE CONDUCTO SALIVAL
26.9.3.DILATACIÓN DE CONDUCTO SALIVAL
27.0.1.INCISIONES Y DRENAJES EN CAVIDAD BUCAL
27.1.1.DRENAJE DE COLECCIÓN DE PALADAR
27.2.1.BIOPSIA DE PALADAR BLANDO
27.2.3.BIOPSIA EN LABIO
27.2.4.BIOPSIA DE BOCA, ESTRUCTURA NO ESPECÍFICADA
27.3.1.ESCISIÓN LOCAL DE LESIÓN EN PALADAR ÓSEO
27.3.2.ESCISIÓN AMPLIA DE LESIÓN EN PALADAR ÓSEO
27.4.1.FRENILLECTOMIA LABIAL
27.4.2.ESCISIÓN DE LESIÓN DE LABIO
27.4.3.ESCISIÓN DE LESIÓN EN MUCOSA ORAL
27.4.4.RESECCIÓN DE FOSETAS LABIALES
27.4.9.OTRA ESCISIÓN DE BOCA
27.5.1.SUTURA DE LACERACIÓN EN LABIO
27.5.2.SUTURA DE LACERACIÓN EN OTRA PARTE DE LA BOCA
27.5.3.CIERRE DE FÍSTULA DE BOCA
27.5.4.REPARACIÓN EN LABIO FISURADO (QUEILOPLASTIA)
27.5.5.INJERTO DE PIEL DE GROSOR TOTAL APLICADO AL LABIO Y CAVIDAD BUCAL
27.5.6.OTRO INJERTO DE PIEL APLICADO AL LABIO Y CAVIDAD BUCAL
27.5.7.UNIÓN DE PEDICULO O DE COLGAJO AL LABIO Y CAVIDAD BUCAL
27.5.8.PROFUNDIZACIÓN EN PISO DE BOCA
27.5.9.PROFUNDIZACIÓN EN SURCO VESTIBULAR
27.6.1.SUTURA DE LACERACIÓN EN PALADAR
27.6.2.CORRECCIÓN DE PALADAR FISURADO (ESTAFILORRAFIA)
27.6.3.REVISIÓN DE REPARACIÓN DE PALADAR FISURADO
27.7.1.INCISIÓN DE ÚVULA
27.7.2.ESCISIÓN DE ÚVULA
27.7.3.REPARACIÓN DE ÚVULA
27.8.2.INCISIÓN DE CAVIDAD BUCAL, ESTRUCTURA NO ESPECÍFICADA
27.8.3.OTRAS PLASTIAS EN CAVIDAD BUCAL
27.8.4.CORRECCIÓN DE MACRO O MICROSTOMA
28.0.1.DRENAJE TRANSCERVICAL EN AMÍGDALA Y ESTRUCTURAS PERIAMÍGDALARES
28.0.2.DRENAJE TRANSORAL EN AMÍGDALA Y ESTRUCTURAS PERIAMÍGDALARES
28.2.1.AMIGDALECTOMÍA
28.3.1.ADENOAMIGDALECTOMÍA
28.4.1.RESECCIÓN DE RESTOS ADENOAMIGDALINOS
28.5.1.RESECCIÓN DE AMÍGDALA LINGUAL, BANDAS FARÍNGEAS LATERALES Y MEMBRANA CONGÉNITA
28.6.1.ADENOIDECTOMÍA
28.7.1.REVISIÓN Y CONTROL POR HEMORRAGIA POS ADENOAMIGDALECTOMÍA
28.9.1.BIOPSIA DE AMÍGDALA O ADENOIDE
29.0.2.FARINGOSTOMÍA
29.0.3.EXTRACCIÓN DE CUERPOS EXTRAÑOS ENCLAVADOS EN FARINGE
29.0.4.DRENAJE DE COLECCIÓN FARÍNGEA
29.1.1.FARINGOSCOPIA
29.1.2.BIOPSIAS EN FARINGE
29.3.1.MIOTOMÍA CRICOFARÍNGEA
29.3.2.DIVERCULECTOMÍA FARÍNGEA
29.3.3.RESECCIÓN PARCIAL DE FARINGE [FARINGECTOMÍA]
29.3.4.FARINGECTOMÍA TOTAL
29.4.1.CORRECCIÓN DE ATRESIA NASOFARÍNGEA
29.4.2.CORRECCIÓN DE ESTENOSIS NASOFARÍNGEA
CÓDIGODESCRIPCIÓN
29.5.1.SUTURA DE LACERACIÓN EN FARINGE
29.5.2.CIERRE DE LESIONES DE HENDIDURA BRANQUIAL
29.5.3.CIERRE DE OTRA FÍSTULA FARÍNGEA
29.5.4.LISIS DE ADHERENCIAS FARÍNGEAS
29.5.6.OTRAS PLASTIAS EN FARINGE
29.6.1.DILATACIÓN DE FARINGE
29.6.2.DILATACIÓN DE NASOFARINGE
29.6.3.RESECCIÓN DE LESIÓN DE OROFARINGE
30.0.1.MARSUPIALIZACIÓN DE QUISTE LARÍNGEO
30.0.2.RESECCIÓN DE LESIÓN EN LARÍNGE
30.0.4.RESECCIÓN O LISIS DE ADHERENCIAS EN LARÍNGE
30.1.1.LARÍNGECTOMÍA PARCIAL O HEMILARÍNGECTOMÍA
30.1.2.EPIGLOTIDECTOMÍA
30.1.3.RESECCIÓN DE ARITENOIDES [ARITENOIDECTOMÍA]

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (30.1.3.), salvo la Subcategoría:

30.1.3.02 Aritenoidectomía endoscópica con láser

30.1.4.CORDECTOMÍA VOCAL
30.3.1.EXTIRPACIÓN DE LARÍNGE Y FARINGE [LARINGOFARINGECTOMÍA]
30.3.2.LARÍNGECTOMÍA TOTAL [DISECCIÓN EN BLOQUE DE LARÍNGE]
30.4.1.LARINGOFARINGOESOFAGUECTOMÍA
31.0.1.INYECCIÓN EN PLIEGUE VOCAL
31.1.1.CRICOTIROTOMÍA
31.1.2.TRAQUEOTOMÍA TEMPORAL
31.1.3.TRAQUEOSTOMÍA
31.3.1.EXTRACCIÓN QUIRÚRGICA DE CUERPO EXTRAÑO DE TRÁQUEA O LARÍNGE
31.3.2.EXTRACCIÓN ENDOSCÓPICA DE CUERPO EXTRAÑO DE TRÁQUEA O LARÍNGE
31.4.2.EXPLORACIÓN ENDOSCÓPICA DE LARÍNGE [LARINGOSCOPIA]

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (31.4.2.), salvo las subcategorías:

31.4.2.04 Estroboscopia laríngea

31.4.2.05 Video estroboscopia laríngea

31.4.3.BIOPSIA CERRADA DE LARÍNGE [ENDOSCÓPICA]
31.4.4.BIOPSIA CERRADA DE TRÁQUEA [ENDOSCÓPICA]
31.4.5.BIOPSIA ABIERTA DE LARÍNGE O TRÁQUEA
31.5.0.RESECCIÓN ABIERTA DE LESIÓN DE TRÁQUEA
31.5.1.RESECCIÓN ENDOSCÓPICA DE LESIONES EN TRÁQUEA
31.6.1.SUTURA DE LACERACIÓN DE LARÍNGE
31.6.2.CIERRE DE FÍSTULA DE LARÍNGE
31.6.4.REPARACIÓN DE FRACTURA O LUXACIÓN LARÍNGEA
31.6.5.RECONSTRUCCIÓN LARÍNGEA Y PEXIAS LARÍNGEAS (LARINGOPLASTIA)
31.7.1.SUTURA DE LACERACIÓN DE TRÁQUEA
31.7.2.CIERRE DE FÍSTULA EXTERNA EN TRÁQUEA
31.7.3.CIERRE DE FÍSTULAS TRAQUEOESOFÁGICAS
31.7.4.REVISIÓN DE TRAQUEOSTOMÍA
31.7.5.RECONSTRUCCIÓN TRAQUEAL Y CONSTRUCCIÓN DE LARINGE ARTIFICIAL
31.9.1.DILATACIÓN DE LA LARÍNGE
31.9.2.DILATACIÓN DE TRÁQUEA
31.9.3.INSERCIÓN DE MOLDE (PRÓTESIS, STENT) LARÍNGEO
31.9.4.EXTRACCIÓN DE MOLDE (PRÓTESIS O STENT) LARÍNGEO
32.0.0.RESECCIÓN O ABLACIÓN DE LESIÓN O TEJIDO EN BRONQUIO CON BRONCOPLASTIA
32.0.2.RESECCIÓN O ABLACIÓN ENDOSCÓPICA DE LESIÓN O TEJIDO BRONQUIAL
32.2.1.RESECCIÓN O PLICATURA DE BULAS
32.2.2.REDUCCIÓN QUIRÚRGICA DE VOLUMEN PULMONAR
32.2.8.ESCISIÓN O ABLACIÓN ENDOSCÓPICA DE LESIÓN O TEJIDO PULMONAR
32.3.1.LOBECTOMÍA SEGMENTARIA (LOBECTOMÍA PARCIAL O RESECCIÓN EN CUÑA)
32.4.2.LOBECTOMÍA TOTAL PULMONAR
32.5.1.NEUMONECTOMÍA SIMPLE
32.5.2.NEUMONECTOMÍA RADICAL
32.5.3.NEUMONECTOMÍA CON DECORTICACIÓN CONCOMITANTE [PLEURONEUMONECTOMÍA]
32.6.1.DISECCIÓN EN BLOQUE DE ESTRUCTURAS TORÁCICAS
33.0.1.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO EN BRONQUIO O PULMÓN
33.2.0.BRONCOSCOPIAS FIBRO-ÓPTICAS CON PUNCIÓN (ASPIRACIÓN) TRANSTRAQUEAL O TRANSBRONQUIAL
33.2.1.BRONCOSCOPIA A TRAVÉS DE ESTOMA ARTIFICIAL
33.2.2.FIBROBRONCOSCOPIA
33.2.3.BRONCOSCOPIA RÍGIDA
33.2.4.BIOPSIA CERRADA [ENDOSCÓPICA] BRONQUIAL
33.2.5.BIOPSIA ABIERTA DE BRONQUIO
33.2.6.BIOPSIA (PERCUTÁNEA) CERRADA (AGUJA) DE PULMÓN
33.2.7.BIOPSIA CERRADA [ENDOSCÓPICA] DE PULMÓN
33.2.8.BIOPSIA ABIERTA DE PULMÓN
33.4.1.SUTURA DE LACERACIÓN BRONQUIAL
33.4.2.CIERRE DE FÍSTULA BRONQUIAL
CÓDIGODESCRIPCIÓN
33.4.3.CIERRE DE LACERACIÓN DE PULMÓN
33.4.4.RECONSTRUCCIÓN DE BRONQUIO [BRONCOPLASTIA]
33.9.4.EXTRACCIÓN ENDOSCÓPICA DE CUERPO EXTRAÑO DE BRONQUIO O PULMÓN
34.0.1.INCISIÓN DE PARED TORÁCICA
34.0.2.TORACOTOMÍA EXPLORATORIA
34.0.3.TORACOSTOMÍA ABIERTA CON RESECCIÓN COSTAL
34.0.4.TORACOSTOMÍA PARA DRENAJE CERRADO [TUBO DE TÓRAX]
34.1.1.EXPLORACIÓN Y DRENAJE EN MEDIASTINO
34.2.0.TORACENTESIS DIAGNÓSTICA
34.2.1.TORACOSCOPIA TRANSPLEURAL
34.2.2.MEDIASTINOSCOPIA
34.2.3.BIOPSIA DE PARED TORÁCICA
34.2.4.BIOPSIA PLEURAL
34.2.5.BIOPSIA PERCUTÁNEA (AGUJA) DE ÓRGANO O TEJIDO DE MEDIASTINO
34.2.6.BIOPSIA ABIERTA DE ÓRGANO O TEJIDO DE MEDIASTINO
34.2.7.BIOPSIA DE DIAFRAGMA
34.3.2.RESECCIÓN DE QUISTE O TUMOR BENIGNO EN MEDIASTINO
34.3.3.RESECCIÓN DE TUMOR MALIGNO EN MEDIASTINO
34.3.4.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO DE MEDIASTINO
34.4.1.ESCISIÓN O ABLACIÓN DE LESIÓN DE PARED TORÁCICA NO CLASIFICADO BAJO OTRO CONCEPTO
34.4.3.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO EN PARED TORÁCICA
34.5.1.PLEURECTOMÍA PARIETAL
34.5.3.DECORTICACIÓN PULMONAR
34.6.1.PLEUROESCLEROSIS
34.7.0.RECONSTRUCCIÓN DE LA PARED TORÁCICA [TORACOPLASTIA]
34.7.1.SUTURA DE LACERACIÓN DE PARED TORÁCICA
34.7.2.CIERRE DE TORACOSTOMÍA ABIERTA
34.7.3.TORACOPLASTIA CON CIERRE DE FÍSTULA BRONCOPLEURAL
34.7.4.CERCLAJE ESTERNAL
34.7.5.REPARACIÓN DE DEFORMIDAD DE PECTUS
34.7.6.TORACOPLASTIA EXTRAPLEURAL
34.7.8.RECONSTRUCCIÓN EN ESTERNÓN
34.8.1.ESCISIÓN DE LESIÓN O TEJIDO DE DIAFRAGMA
34.8.2.SUTURA DE LACERACIÓN DIAFRAGMÁTICA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (34.8.2.), salvo la subcategoría:

34.8.2.03 Sutura de laceración diafragmática vía abdominal por laparoscopia

34.8.3.CIERRE DE FÍSTULA DE DIAFRAGMA
34.8.6.PLICATURA DE DIAFRAGMA POR EVENTRACIÓN
34.9.2.INYECCIÓN EN CAVIDAD TORÁCICA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (34.9.2.), salvo la subcategoría:

34.9.2.10 Pleurodesis por toracoscopia

34.9.4.CONTROL DE HEMORRAGIA DESPUÉS DE INTERVENCIONES INTRATORÁCICAS
35.1.1.VALVULOPLASTIA AÓRTICA
35.1.2.VALVULOPLASTIA MITRAL
35.1.3.VALVULOPLASTIA PULMONAR
35.1.4.VALVULOPLASTIA TRICUSPÍDEA
35.1.5.PERFORACIÓN DE VÁLVULA PULMONAR
35.1.6.PROCEDIMIENTOS EN MÚSCULO PAPILAR
35.1.7.PROCEDIMIENTOS EN CUERDAS TENDINOSAS
35.1.8.ANULOPLASTIA
35.2.0.REEMPLAZO DE LA VÁLVULA PULMONAR
35.2.1.REEMPLAZO DE LA VÁLVULA AÓRTICA
35.2.2.REEMPLAZO DE LA VÁLVULA MITRAL
35.2.3.REEMPLAZO DE LA VÁLVULA TRICUSPÍDEA
35.2.4.OTROS REEMPLAZOS VALVULARES
35.2.5.REINTERVENCIÓN DE DISPOSITIVO O VÁLVULA
35.2.8.EXCLUSIONES DE VÁLVULAS CARDÍACAS
35.2.9.ESCISIÓN DE LAS VÁLVULAS CARDÍACAS
35.3.0.CORRECCIÓN DE PARAFUGAS
35.3.5.PROCEDIMIENTOS EN TRABÉCULAS DEL CORAZÓN

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (35.3.5.), salvo la subcategoría:

35.3.5.01 Escisión de trabéculas carnosas del corazón

35.3.9.PROCEDIMIENTOS EN OTRAS ESTRUCTURAS ADYACENTES A LAS VÁLVULAS CARDÍACAS
35.4.1.ATRIOSEPTOSTOMÍA (CREACIÓN O AMPLIACIÓN DE DEFECTO DE TABIQUE INTERAURÍCULAR)
35.4.2.ATRIOSEPTOSTOMÍA CON BALÓN
35.4.3.VENTRICULOSEPTOSTOMÍA
35.5.1.REPARACIÓN DEFECTO DE TABIQUE INTERAURÍCULAR [CIA]
35.5.2.REPARACIÓN DEFECTO DE TABIQUE INTERVENTRICULAR [CIV]
35.6.1.REPARACIÓN DE DEFECTO DE TABIQUE INTERAURÍCULAR CON INJERTO DE TEJIDO
35.6.2.REPARACIÓN DEFECTO DE TABIQUE INTERVENTRICULAR CON INJERTO DE TEJIDO
35.8.0.REPARACIÓN DE CANAL ATRIO-VENTRICULAR
CÓDIGODESCRIPCIÓN
35.8.1.REPARACIÓN DE LA TETRALOGÍA DE FALLOT
35.8.2.REPARACIÓN COMPLETA DRENAJE VENOSO PULMONAR ANÓMALO
35.8.3.REPARACIÓN TOTAL DE TRONCO ARTERIOSO
35.8.4.REPARACIÓN DOBLE SALIDA DEL VENTRÍCULO IZQUIERDO
35.8.5.REPARACIÓN DOBLE TRACTO DE SALIDA DEL VENTRÍCULO DERECHO
35.8.6.REPARACIÓN DE HIPOPLASIA DE VENTRÍCULO IZQUIERDO
35.8.7.REPARACIÓN COARTACIÓN AÓRTICA
35.8.8.CORRECCIÓN TOTAL TRANSPOSICIÓN DE GRANDES VASOS
35.8.9.REPARACIÓN DE DUCTUS ARTERIOSO
35.9.2.CREACIÓN DE CONDUCTO ENTRE EL VENTRÍCULO DERECHO Y LA ARTERIA PULMONAR
35.9.3.CREACIÓN DE CONDUCTO ENTRE EL VENTRÍCULO IZQUIERDO Y LA AORTA
35.9.4.DERIVACIONES SISTÉMICO-PULMONAR (EXCLUSIÓN FUNCIONAL DEL VENTRÍCULO PULMONAR)
35.9.5.REVISIÓN DE PROCEDIMIENTO CORRECTIVO EN EL CORAZÓN
35.9.7.CERCLAJE DE ARTERIA PULMONAR
35.9.8.REPARACIÓN O RECONSTRUCCIÓN DE ARTERIA PULMONAR O RAMAS
36.0.1.ANGIOPLASTIA CORONARIA PERCUTÁNEA (ENDOVASCULAR) SIN USO DE SUSTANCIA TERAPÉUTICA
36.0.2.ANGIOPLASTIA CORONARIA PERCUTÁNEA (ENDOVASCULAR) CON USO DE SUSTANCIA TERAPÉUTICA
36.0.3.ANGIOPLASTIA DE ARTERIA CORONARIA CON TÓRAX ABIERTO
36.0.4.INFUSIÓN ARTERIAL INTRACORONARIA DE TROMBOLÍTICOS [TROMBOLISIS INTRACORONARIA]
36.0.5.ANGIOPLASTIA CORONARIA VÍA PERCUTÁNEA (ENDOVASCULAR) (ATERECTOMÍA CORONARIA) REALIZADA DURANTE LA MISMA INTERVENCIÓN
36.0.6.INSERCIÓN O IMPLANTE DE PRÓTESIS INTRACORONARIA (STENT)
36.1.6.ANASTOMOSIS CORONARIA DE ARTERIA DESCENDENTE ANTERIOR
36.1.8.ANASTOMOSIS CORONARIA DE ARTERIA CIRCUNFLEJA
36.1.9.ANASTOMOSIS DE ARTERIA CORONARIA DERECHA
36.3.2.REINTERVENCIÓN DE REVASCULARIZACIÓN CARDÍACA (DERIVACIÓN O PUENTES CORONARIOS)
36.9.1.REPARACIÓN DE ANEURISMA DE VASO CORONARIO
36.9.2.REPARACIÓN DE FÍSTULA CORONARIA
36.9.3.OTRA REPARACION DE FISTULA A CAVIDAD CARDÍACA
36.9.4.OTRA REPARACION DE FISTULA EXTRA CARDÍACA
36.9.5.CORRECCIÓN DE ORIGEN ANÓMALO DE CORONARIA IZQUIERDA
37.0.1.PUNCIÓN O ASPIRACIÓN EN PERICARDIO [PERICARDIOCENTESIS]
37.1.2.EXTIRPACIÓN DE PERICARDIO [PERICARDIOTOMÍA]
37.2.1.CATETERISMO O ESTUDIO ELECTROFISIOLÓGICO CARDÍACO DEL LADO DERECHO DEL CORAZÓN
37.2.2.CATETERISMO O ESTUDIO ELECTROFISIOLÓGICO CARDÍACO DEL LADO IZQUIERDO DEL CORAZON
37.2.3.CATETERISMO O ESTUDIO ELECTROFISIOLÓGICO CARDÍACO COMBINADO DERECHO E IZQUIERDO DEL CORAZON
37.2.4.CATETERISMO O ESTUDIO ELECTROFISIOLÓGICO CARDÍACO CON PUNCIÓN TRANSEPTAL EN CORAZON
37.2.5.ESTIMULACIÓN ELECTROFISIOLOGICA CARDÍACA Y ESTUDIOS DE REGISTRO
37.2.6.BIOPSIA DE PERICARDIO
37.2.7.BIOPSIA DE CORAZÓN
37.2.8.MAPEO ELÉCTRICO Y ANATÓMICO DEL CORAZÓN Y ESTRUCTURAS VASCULARES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (37.2.8.), salvo la subcategoría:

37.2.8.02 Mapeo electroanatómico tridimensional

37.3.1.INCISIÓN DE PERICARDIO [PERICARDIECTOMÍA]
37.3.2.ESCISIÓN DE ANEURISMA DE CORAZÓN
37.3.3.ESCISIÓN DE LESIÓN O TEJIDO DEL CORAZÓN
37.3.4.ABLACIÓN DE LESIÓN O TEJIDO CARDÍACO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (37.3.4.), salvo las subcategorías:

37.3.4.10 Aislamiento eléctrico de venas pulmonares vía abierta

37.3.4.11 Aislamiento eléctrico de venas pulmonares mínimamente invasiva

37.3.4.12 Aislamiento eléctrico de venas pulmonares vía percutánea (endovascular)

37.3.4.13 Modulación de sustrato arrítmico (auricular o ventricular) endocárdica

37.3.4.14 Modulación de sustrato arrítmico (auricular o ventricular) pericárdica

37.3.6.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INTRACARDÍACO
37.3.7.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INTRAPERICÁRDICO
37.4.1.CARDIORRAFIA
37.4.2.REPARACIÓN DE CORAZÓN POR RUPTURA POSTINFARTO
37.4.3.PERICARDIORRAFIA
37.5.1.TRASPLANTE CARDÍACO
37.5.2.OBTENCIÓN DEL CORAZÓN (DONANTE)
37.6.1.IMPLANTACIÓN DE BALÓN CONTRAPULSACIÓN
37.6.4.EXTRACCIÓN O RETIRO DE SISTEMA DE ASISTENCIA CARDÍACA
37.8.0.INSERCIÓN [IMPLANTACIÓN] DE MONITORES DE EVENTOS
37.8.1.INSERCIÓN [IMPLANTACIÓN] DE MARCAPASO TEMPORAL (TRANSITORIO)
37.8.2.INSERCIÓN [IMPLANTACIÓN] DE MARCAPASOS UNICAMERALES
37.8.3.INSERCIÓN [IMPLANTACION] DE MARCAPASOS BICAMERALES
CÓDIGODESCRIPCIÓN
37.8.5.SUSTITUCIÓN, REVISIÓN (PROGRAMACIÓN) DE DISPOSITIVOS DE ESTIMULACIÓN CARDÍACA
37.8.6.INSERCIÓN [IMPLANTACIÓN] DE CARDIOVERSOR (DESFIBRILADOR)

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (37.8.6.), salvo las subcategorías:

37.8.6.05 Inserción [Implantación] de Cardioversor (Desfibrilador) con Resincronizador (Cardioresincronizador) Vía Abierta

37.8.6.06 Inserción [Implantación] de Cardioversor (Desfibrilador) con Resincronizador (Cardioresincronizador) Vía Percutánea (Endovascular)

37.8.7.INSERCIÓN O SUSTITUCIÓN DE ELECTRODO EPICÁRDICO
37.8.9.EXPLANTE O ELIMINACION DE DISPOSITIVO DE ESTIMULACIÓN CARDÍACA O EXTRACCIÓN INSTRUMENTADA DE ELECTRODOS
37.9.0.CIERRE U OCLUSIÓN DE AURICULILLA
37.9.1.MASAJE CARDÍACO A TÓRAX ABIERTO
37.9.2.INYECCIÓN DE SUSTANCIA TERAPÉUTICA EN CORAZÓN
37.9.3.DILATACIÓN DE TRACTO DE SALIDA VENTRICULAR DERECHO
38.0.1.TROMBOEMBOLECTOMÍA EN VASOS INTRACRANEALES
38.0.2.TROMBOEMBOLECTOMÍA DE VASOS EN CABEZA Y CUELLO
38.0.3.TROMBOEMBOLECTOMÍA DE VASOS EN MIEMBROS SUPERIORES
38.0.5.TROMBOEMBOLECTOMÍA EN VASOS ESPINALES
38.0.6.TROMBOEMBOLECTOMÍA EN ARTERIAS ABDOMINALES
38.0.7.TROMBOEMBOLECTOMÍA EN VENAS ABDOMINALES
38.0.8.TROMBOEMBOLECTOMÍA DE ARTERIAS EN MIEMBROS INFERIORES
38.0.9.TROMBOEMBOLECTOMÍA DE VENAS EN MIEMBROS INFERIORES
38.1.1.ENDARTERECTOMIA EN VASOS INTRACRANEALES
38.1.2.ENDARTERECTOMIA DE VASOS EN CABEZA Y CUELLO
38.1.3.ENDARTERECTOMIA DE VASOS EN MIEMBROS SUPERIORES
38.1.4.ENDARTERECTOMIA DE AORTA
38.1.5.ENDARTERECTOMIA EN VASOS TORÁCICOS
38.1.6.ENDARTERECTOMIA EN ARTERIAS ABDOMINALES
38.1.8.ENDARTERECTOMIA DE ARTERIAS EN MIEMBROS INFERIORES
38.2.1.BIOPSIA DE VASO SANGUÍNEO
38.2.3.PRUEBAS FUNCIONALES EN VASOS SANGUÍNEOS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (38.2.3.), salvo la subcategoría:

38.2.3.02 Prueba funcional en vasos espinales

38.3.1.RESECCIÓN CON ANASTOMOSIS EN VASOS INTRACRANEALES
38.3.2.RESECCIÓN CON ANASTOMOSIS DE VASOS EN CABEZA Y CUELLO
38.3.3.RESECCIÓN CON ANASTOMOSIS DE VASOS EN MIEMBROS SUPERIORES
38.3.4.RESECCIÓN CON ANASTOMOSIS EN AORTA
38.3.5.RESECCIÓN CON ANASTOMOSIS EN VASOS ESPINALES
38.3.6.RESECCIÓN CON ANASTOMOSIS EN ARTERIAS ABDOMINALES
38.3.7.RESECCIÓN CON ANASTOMOSIS EN VENAS ABDOMINALES
38.3.8.RESECCIÓN CON ANASTOMOSIS DE ARTERIAS EN MIEMBROS INFERIORES
38.3.9.RESECCIÓN CON ANASTOMOSIS DE VENAS EN MIEMBROS INFERIORES
38.4.2.RESECCIÓN CON SUSTITUCIÓN DE VASOS EN CABEZA Y CUELLO
38.4.3.RESECCIÓN CON SUSTITUCIÓN DE VASOS EN MIEMBROS SUPERIORES
38.4.4.RESECCIÓN CON SUSTITUCIÓN DE AORTA ABDOMINAL
38.4.5.RESECCIÓN CON SUSTITUCIÓN DE VASOS TORÁCICOS
38.4.6.RESECCIÓN CON SUSTITUCIÓN DE ARTERIAS ABDOMINALES
38.4.7.RESECCIÓN CON SUSTITUCIÓN DE VENAS ABDOMINALES
38.4.8.RESECCIÓN CON SUSTITUCIÓN DE ARTERIAS EN MIEMBROS INFERIORES
38.4.9.RESECCIÓN CON SUSTITUCIÓN DE VENAS EN MIEMBROS INFERIORES
38.5.1.OCLUSIÓN, PINZAMIENTO O LIGADURA DE VASOS INTRACRANEALES
38.5.2.OCLUSIÓN, PINZAMIENTO O LIGADURA DE VASOS EN CABEZA Y CUELLO
38.5.3.OCLUSIÓN, PINZAMIENTO O LIGADURA DE VASOS EN MIEMBROS SUPERIORES
38.5.4.OCLUSIÓN, PINZAMIENTO O LIGADURA DE VASOS ESPINALES
38.5.5.OCLUSIÓN, PINZAMIENTO O LIGADURA DE VASOS TORÁCICOS
38.5.6.OCLUSIÓN, PINZAMIENTO O LIGADURA DE ARTERIAS ABDOMINALES
38.5.7.OCLUSIÓN, PINZAMIENTO O LIGADURA DE VENAS INTRAABDOMINALES
38.5.8.OCLUSIÓN, PINZAMIENTO O LIGADURA DE ARTERIAS EN MIEMBROS INFERIORES
38.5.9.OCLUSIÓN, PINZAMIENTO O LIGADURAS DE VENAS EN MIEMBROS INFERIORES
38.6.1.TOMA DE INJERTO ARTERIAL
38.6.2.TOMA DE INJERTO VENOSO
38.6.3.ESCLEROSIS DE LESIÓN EN VASOS SANGUÍNEOS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (38.6.3.), salvo la subcategoría:

38.6.3.01 Esclerosis de lesión en vasos sanguíneos, vía percutánea

38.6.4.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INTRAVASCULAR (ARTERIAL) (VENOSO)
38.7.3.INSERCIÓN DE IMPLANTE O FILTRO EN VENA CAVA
38.8.7.LIGADURA Y ESCISIÓN DE VENAS VARICOSAS ABDOMINALES
38.8.9.LIGADURA Y ESCISIÓN DE VENAS VARICOSAS EN MIEMBROS INFERIORES
38.9.0.IMPLANTACIÓN DE CATÉTER ARTERIAL
38.9.1.IMPLANTACIÓN DE CATÉTER VENOSO
38.9.2.CATETERISMO DE VENA UMBILICAL
38.9.3.CATETERISMO O CANALIZACIÓN DE VENA
38.9.4.DISECCIÓN VENOSA
CÓDIGODESCRIPCIÓN
38.9.5.CATETERIZACIÓN VENOSA PARA DIÁLISIS RENAL
38.9.9.OTRA PUNCIÓN DE VENA
39.0.1.ANASTOMOSIS (INJERTO) AORTA ASCENDENTE-ARTERIA PULMONAR
39.0.2.ANASTOMOSIS (INJERTO) SUBCLAVIA-PULMONAR
39.1.2.DERIVACIÓN VENOSA EN CUELLO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (39.1.2.), salvo la subcategoría:

39.1.2.01 Derivación yugulo-cava

39.1.7.DERIVACIÓN VENOSA INTRAABDOMINAL

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (39.1.7.), salvo la subcategoría:

39.1.7.04 Derivación Porto-Sistémica Transyugular Intrahepática

39.2.2.DERIVACIÓN AORTA-SUBCLAVIA-CAROTÍDEA
39.2.4.DERIVACIÓN AORTA-RENAL
39.2.5.DERIVACIÓN AORTA-ILÍACA-FEMORAL
39.2.6.OTRAS DERIVACIONES VASCULARES INTRABDOMINALES O EXTRA-ANATÓMICAS
39.2.7.ARTERIOVENOSTOMÍA PARA DIÁLISIS RENAL
39.2.8.DERIVACIÓN O PUENTES EN VASOS PERIFÉRICOS
39.3.2.SUTURA DE VASOS EN CABEZA Y CUELLO
39.3.3.SUTURA DE VASOS EN MIEMBROS SUPERIORES
39.3.6.SUTURA DE ARTERIAS ABDOMINALES
39.3.7.SUTURA DE VENAS ABDOMINALES
39.3.8.SUTURA DE ARTERIAS EN MIEMBROS INFERIORES
39.3.9.SUTURA DE VENAS EN MIEMBROS INFERIORES
39.4.1.CONTROL DE HEMORRAGIA DESPUÉS DE CIRUGÍA VASCULAR
39.4.2.REVISIÓN DE DERIVACIÓN (FÍSTULA) ARTERIOVENOSA PARA DIÁLISIS RENAL
39.4.3.EXTRACCIÓN DE DERIVACIÓN ARTERIOVENOSA PARA DIÁLISIS RENAL
39.5.0.ANGIOPLASTIA O ATERECTOMÍA EN VASOS NO CORONARIOS CON PRÓTESIS (STENT) O INJERTO (S) PROTÉSICO (S)
39.5.1.OTROS PROCEDIMIENTOS EN VASOS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (39.5.1.), salvo la subcategoría:

39.5.1.01 Denervación De Arterias Renales Vía Percutánea (Endovascular)

39.5.2.OTRA REPARACIÓN DE ANEURISMA
39.5.3.CIERRE DE FÍSTULAS VASCULARES
39.5.4.OPERACIÓN DE RE-ENTRADA (AORTA)
39.5.6.REPARACIÓN DE VASO SANGUÍNEO CON INJERTO DE PARCHE DE TEJIDO
39.5.7.REPARACIÓN DE VASO SANGUÍNEO CON INJERTO DE PARCHE SINTETICO
39.5.8.REPARACIÓN DE VASO SANGUÍNEO CON INJERTO DE PARCHE NO ESPECIFICADO
39.6.1.CIRCULACIÓN EXTRACORPÓREA AUXILIAR PARA CIRUGÍA CARDÍACA ABIERTA
39.6.2.HIPOTERMIA (SISTÉMICA) ACCESORIA DE CIRUGÍA CARDÍACA ABIERTA
39.7.2.EXPLORACIÓN DE VASOS EN CABEZA Y CUELLO
39.7.3.EXPLORACIÓN DE VASOS EN MIEMBROS SUPERIORES
39.7.4.EXPLORACIÓN DE AORTA ABDOMINAL
39.7.5.EXPLORACIÓN DE VASOS TORÁCICOS
39.7.6.EXPLORACIÓN EN ARTERIAS ABDOMINALES
39.7.7.EXPLORACIÓN DE VENAS ABDOMINALES
39.7.8.EXPLORACIÓN DE ARTERIAS EN MIEMBROS INFERIORES
39.7.9.EXPLORACIÓN DE VENAS EN MIEMBROS INFERIORES
39.8.0.RESECCIÓN DE LESIÓN EN CUERPO CAROTÍDEO
39.8.1.IMPLANTACIÓN EN CUERPO CAROTÍDEO DE MARCAPASOS O ESTIMULADOR ELECTRÓNICO
39.9.0.COLOCACIÓN DE OTROS DISPOSITIVOS ENDOVASCULARES
39.9.1.LIBERACIÓN DE VASO SANGUÍNEO (ADHERENCIAS DE HAZ VASCULAR)
39.9.2.INYECCIÓN DE AGENTE ESCLEROSANTE EN VENA (ESCLEROTERAPIA)
39.9.4.SUSTITUCIÓN O REVISIÓN DE CÁNULA VASO A VASO
39.9.5.HEMODIÁLISIS
39.9.6.PERFUSIÓN DE CUERPO ENTERO (SISTÉMICA)
39.9.7.PERFUSIÓN LOCAL (REGIONAL)
39.9.8.TERAPIAS DIALÍTICAS CONTINUAS
39.9.9.OTROS PROCEDIMIENTOS SOBRE VASOS
40.1.1.BIOPSIA DE ESTRUCTURA LINFÁTICA
40.2.1.ESCISIÓN DE GANGLIO LINFÁTICO CERVICAL PROFUNDO
40.2.2.ESCISIÓN DE GANGLIO LINFÁTICO MAMARIO
40.2.3.ESCISIÓN DE GANGLIO LINFÁTICO AXILAR
40.2.4.ESCISIÓN DE GANGLIO LINFÁTICO INGUINAL
40.2.5.ESCISIÓN DE HIGROMA QUÍSTICO DE CUELLO
40.2.6.ESCISIÓN DE LINFANGIOMA DE CUELLO
40.3.0.ESCISIÓN DE GANGLIO LINFÁTICO REGIONAL EXTENDIDA AL ÁREA DE DRENAJE LINFÁTICO, INCLUSO PIEL Y TEJIDO CELULAR SUBCUTÁNEO
40.4.1.VACIAMIENTO LINFÁTICO RADICAL DE CUELLO, UNILATERAL
40.4.2.VACIAMIENTO LINFÁTICO RADICAL DE CUELLO, BILATERAL
40.4.3.VACIAMIENTO LINFÁTICO RADICAL MODIFICADO DE CUELLO
40.4.4.VACIAMIENTO RADICAL SUPRAHIOIDEO DE CUELLO
40.5.1.VACIAMIENTO RADICAL LINFÁTICO AXILAR
40.5.3.VACIAMIENTO RADICAL LINFÁTICO INGUINO ILIACO
40.5.4.VACIAMIENTO RADICAL LINFÁTICO ABDOMINO INGUINAL
CÓDIGODESCRIPCIÓN

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (40.5.4.), salvo la subcategoría:

40.5.4.10 Linfadenectomía Pélvica por Laparoscopia

40.5.5.ESCISIÓN RADICAL DE GANGLIOS LINFÁTICOS RETROPERITONEALES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (40.5.5.), salvo la subcategoría:

40.5.5.10 Linfadenectomía Retroperitoneal por Laparoscopia

40.6.3.CIERRE DE FÍSTULA DEL CONDUCTO TORÁCICO
40.6.4.LIGADURA DEL CONDUCTO TORÁCICO
40.6.5.DERIVACIÓN LINFOVENOSA
40.6.6.LIGADURA (OBLITERACIÓN) EN EL ÁREA ILÍACA
40.7.1.ANASTOMOSIS DE VASOS LINFÁTICOS
40.7.2.LINFANGIORRAFIA
40.7.3.LINFANGIOPLASTIA
40.7.4.TRASPLANTE DE LINFÁTICOS AUTOGENOS
41.0.1.TRASPLANTE AUTÓLOGO DE MÉDULA ÓSEA
41.0.2.TRASPLANTE ALOGÉNICO DE MÉDULA ÓSEA CON PURIFICACIÓN
41.0.3.TRASPLANTE ALOGÉNICO DE MÉDULA ÓSEA SIN PURIFICACIÓN
41.0.4.TRASPLANTE AUTÓLOGO DE CÉLULAS MADRES HEMATOPOYÉTICAS
41.3.1.BIOPSIA DE MÉDULA ÓSEA
41.3.2.BIOPSIAS DE BAZO
41.4.2.ESCISIÓN DE LESIÓN O TEJIDO DE BAZO
41.4.3.ESPLENECTOMÍA PARCIAL
41.4.4.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO DEL BAZO
41.4.5.ESCISIÓN DE BAZO ACCESORIO
41.5.1.ESPLENECTOMÍA TOTAL

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (41.5.1.), salvo la subcategoría:

41.5.1.10 Esplenectomía Total por Laparoscopia

41.6.1.ESPLENORRAFIA
41.9.1.ASPIRACIÓN DE MÉDULA ÓSEA DE DONANTE
41.9.2.INYECCIÓN DE MÉDULA ÓSEA
42.0.1.DRENAJE DE COLECCIÓN DE ESÓFAGO POR ESOFAGOTOMÍA
42.1.1.ESOFAGOSTOMÍA CON MIOTOMÍA CERVICAL
42.2.1.ESOFAGOSCOPIA OPERATORIA POR INCISIÓN
42.2.2.ESOFAGOSCOPIA A TRAVÉS DE ESTOMA ARTIFICIAL
42.2.3.ESOFAGOSCOPIA VÍA ORAL EXPLORATORIA O DIAGNÓSTICA
42.2.4.BIOPSIA DE ESÓFAGO CERRADA (ENDOSCÓPICA)
42.2.5.BIOPSIA ABIERTA DE ESÓFAGO
42.3.1.DIVERTICULECTOMÍA DE ESÓFAGO
42.3.2.RESECCIÓN DE OTRA LESIÓN DE ESÓFAGO
42.3.3.ESCISIÓN ENDOSCÓPICA DE LESIÓN O TEJIDO DE ESÓFAGO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (42.3.3.), salvo la subcategoría:

42.3.3.03 Diverticulectomía Endoscópica de Esófago

42.4.1.ESOFAGECTOMÍA PARCIAL
42.4.2.ESOFAGECTOMÍA TOTAL
42.5.0.ANASTOMOSIS DE ESÓFAGO VÍA INTRATORÁCICA O CERVICAL
42.5.1.ESOFAGOESOFAGOSTOMÍA VÍA INTRATORÁCICA O CERVICAL
42.5.2.ESOFAGOGASTROSTOMÍA VÍA INTRATORÁCICA O CERVICAL
42.5.3.ANASTOMOSIS ESOFÁGICA VÍA INTRATORÁCICA O CERVICAL CON INTERPOSICIÓN DEL INTESTINO DELGADO
42.5.5.ANASTOMOSIS ESOFÁGICA VÍA INTRATORÁCICA O CERVICAL CON INTERPOSICIÓN DE COLON
42.5.6.ESOFAGOPLASTIA CON ASCENSO DE ESTÓMAGO
42.6.1.RECONSTRUCCIÓN ESOFÁGICA ANTE-ESTERNAL
42.7.1.ESOFAGOTOMÍA CERVICAL CON MIOTOMÍA
42.7.2.ESOFAGOTOMÍA TRANSTORÁCICA CON MIOTOMÍA
42.7.3.ESOFAGOTOMÍA CON MIOTOMÍA EN ESPIRAL
42.7.4.ESOFAGOCARDIO MIOTOMÍA ABDOMINAL O TORÁCICA [HELLER]
42.8.1.INSERCIÓN DE TUBO O PRÓTESIS (STENT) PERMANENTE EN ESÓFAGO
42.8.2.SUTURA POR LACERACIÓN DE ESÓFAGO
42.8.3.CIERRE DE ESOFAGOSTOMÍA
42.8.5.REPARACIÓN DE ESTENOSIS ESOFÁGICA
42.8.7.REPARACIÓN DE ATRESIA ESOFÁGICA
42.9.1.LIGADURA DE VÁRICES ESOFÁGICAS
42.9.2.DILATACIÓN DE ESÓFAGO
42.9.3.INSERCIÓN ENDOSCÓPICA DE PRÓTESIS (STENT) ESOFÁGICAS
42.9.4.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO O LESIÓN LOCALIZADA EN ESÓFAGO CON REPARO PRIMARIO
43.0.1.GASTROTOMÍA
43.1.1.GASTROSTOMÍA PERCUTÁNEA (ENDOSCÓPICA)
43.1.2.GASTROSTOMÍA POR LAPAROTOMÍA
43.3.1.PÍLOROMIOTOMÍA NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
43.4.0.ESCISIÓN ENDOSCÓPICA DE PÓLIPOS GÁSTRICOS
43.4.1.ABORDAJE ENDOSCÓPICO DE VÁRICES GÁSTRICAS
43.4.2.EXTRACCIÓN ENDOSCÓPICA DE TUMOR SUBMUCOSO GÁSTRICO
43.4.5.MUCOSECTOMIA ENDOSCÓPICA GÁSTRICA
43.6.1.GASTRODUODENOSTOMÍA
43.7.1.GASTROYEYUNOSTOMÍA
43.8.1.GASTRECTOMÍA SUBTOTAL RADICAL
CÓDIGODESCRIPCIÓN
43.8.2.GASTRECTOMÍA PARCIAL, CON RECONSTRUCCIÓN CON O SIN VAGOTOMÍA
43.8.3.GASTROENTEROANASTOMOSIS DERIVATIVA (DUODENO O YEYUNO) CON EXCLUSIÓN PILÓRICA
43.9.1.GASTRECTOMIA TOTAL CON INTERPOSICIÓN INTESTINAL
43.9.2.DERIVACIÓN GASTROINTESTINAL EN Y DE ROUX
43.9.3.ESOFAGOGASTRECTOMIA
44.0.1.VAGOTOMÍA TRONCAL Y PILOROPLASTIA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (44.0.1.), salvo la subcategoría:

44.0.1.10 Vagotomía Troncal (Seriotomía Anterior) por Laparoscopia

44.0.2.VAGOTOMÍA SELECTIVA O SUPRASELECTIVA
44.1.1.GASTROSCOPIA TRANSABDOMINAL
44.1.2.GASTROSCOPIA A TRAVÉS DE ESTOMA ARTIFICIAL
44.1.3.ESOFAGOGASTROSCOPIA
44.1.4.BIOPSIA CERRADA [ENDOSCÓPICA] DE ESTÓMAGO
44.1.5.BIOPSIA ABIERTA DEL ESTÓMAGO
44.2.0.PILOROPLASTIA-PILORECTOMÍA ANTERIOR
44.2.1.DILATACIÓN DE PÍLORO MEDIANTE INCISIÓN
44.2.2.DILATACIÓN ENDOSCÓPICA DE PÍLORO
44.3.1.DERIVACIÓN GÁSTRICA PROXIMAL
44.4.0.SUTURA DE ÚLCERA PERFORADA CON VAGOTOMÍA Y EPIPLOPLASTIA
44.4.1.SUTURA DE ÚLCERA GÁSTRICA
44.4.2.SUTURA DE ÚLCERA DUODENAL
44.4.3.CONTROL DE HEMORRAGIA GÁSTRICA O DUODENAL (ENDOSCÓPICA)

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (44.4.3.), salvo la subcategoría:

44.4.3.01 Control Endoscópico de Hemorragia Gástrica o Duodenal Mediante Láser

44.5.1.REANASTOMOSIS DEL ESTÓMAGO POR DESHISCENCIA DE LA SUTURA
44.6.1.SUTURA DE DESGARRO O HERIDA DE ESTÓMAGO [GASTRORRAFIA]
44.6.2.CIERRE DE GASTROSTOMÍA
44.6.3.CIERRE DE OTRA FÍSTULA GÁSTRICA
44.6.4.GASTROPEXIA
44.6.5.ESOFAGOGASTROPLASTIA
44.6.6.OTROS PROCEDIMIENTOS PARA CREACIÓN DE COMPETENCIA ESFINTERIANA ESOFÁGICO-GÁSTRICA
44.9.1.LIGADURA DE VÁRICES GÁSTRICAS
44.9.2.MANIPULACIÓN INTRAOPERATORIA DE ESTÓMAGO (REDUCCIÓN DE VÓLVULO)
44.9.5.BAIPÁS O DERIVACIÓN O PUENTE DUODENAL PARA REFLUJO DUODENOGÁSTRICO
45.0.0.ENTEROTOMÍA
45.0.6.DRENAJE DE COLECCIÓN DE DIVERTÍCULO
45.1.1.ENDOSCOPIA TRANSABDOMINAL DE INTESTINO DELGADO
45.1.2.ENDOSCOPIA DE INTESTINO DELGADO A TRAVÉS DE ESTOMA ARTIFICIAL
45.1.3.OTRAS ENDOSCOPIAS DE INTESTINO DELGADO
45.1.4.BIOPSIA CERRADA (ENDOSCÓPICA) DE INTESTINO DELGADO
45.1.5.BIOPSIA ABIERTA DE INTESTINO DELGADO
45.1.6.ESOFAGOGASTRODUODENOSCOPIA [EGD] CON BIOPSIA CERRADA
45.2.1.ENDOSCOPIA TRANSABDOMINAL DE INTESTINO GRUESO
45.2.2.ENDOSCOPIA DE INTESTINO GRUESO A TRAVÉS DE ESTOMA ARTIFICIAL
45.2.3.COLONOSCOPIA
45.2.4.SIGMOIDOSCOPIA
45.2.5.BIOPSIA CERRADA (ENDOSCÓPICA) DEL INTESTINO GRUESO
45.2.6.BIOPSIA ABIERTA DE INTESTINO GRUESO
45.2.7.BIOPSIA INTESTINAL
45.3.0.ESCISIÓN O ABLACIÓN ENDOSCÓPICA DE LESIÓN DE DUODENO
45.3.1.OTRA ELIMINACIÓN O ESCISIÓN DE LESIÓN DE DUODENO
45.3.3.ESCISIÓN LOCAL DE LESIÓN O TEJIDO DE INTESTINO DELGADO SALVO DUODENO
45.4.1.RESECCIÓN DE LESIÓN O TEJIDO DE INTESTINO GRUESO
45.4.2.RESECCIÓN ENDOSCÓPICA DE LESIÓN DE INTESTINO GRUESO
45.6.1.RESECCIÓN SEGMENTARIA MÚLTIPLE DE INTESTINO DELGADO
45.6.2.OTRA RESECCIÓN PARCIAL DE INTESTINO DELGADO
45.6.3.RESECCIÓN TOTAL DE INTESTINO DELGADO
45.6.4.RESECCIÓN INTESTINAL CONDUCTO ONFALOMESENTÉRICO
45.7.0.COLECTOMÍA PARCIAL CON COLOSTOMÍA Y CIERRE DE SEGMENTO DISTAL [HARTMAN]
45.7.1.RESECCIÓN SEGMENTARIA MÚLTIPLE DE INTESTINO GRUESO
45.7.2.CECECTOMÍA
45.7.3.HEMICOLECTOMÍA DERECHA
45.7.4.RESECCIÓN DE COLON TRANSVERSO
45.7.5.HEMICOLECTOMÍA IZQUIERDA
45.7.6.SIGMOIDECTOMÍA
45.7.9.OTRA RESECCIÓN PARCIAL DE INTESTINO GRUESO
45.8.0.COLECTOMÍA TOTAL CON RESECCIÓN DE ILEOTERMINAL
45.8.1.COLECTOMÍA TOTAL CON ILEOSTOMÍA Y PROTECTOMÍA
45.8.2.COLECTOMÍA TOTAL MÁS RESERVORIO
45.8.3.COLECTOMÍA TOTAL CON ANASTOMOSIS PÉLVICA
45.9.1.ANASTOMOSIS DE INTESTINO DELGADO A INTESTINO DELGADO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
45.9.2.ANASTOMOSIS DE INTESTINO DELGADO AL MUÑÓN RECTAL
45.9.3.ANASTOMOSIS DE INTESTINO DELGADO A INTESTINO GRUESO
45.9.4.ANASTOMOSIS DE INTESTINO GRUESO A INTESTINO GRUESO
45.9.5.ANASTOMOSIS AL ANO
46.0.1.EXTERIORIZACIÓN DE INTESTINO DELGADO
46.0.2.RESECCIÓN DE SEGMENTO EXTERIORIZADO DE INTESTINO DELGADO
46.0.3.EXTERIORIZACIÓN DE INTESTINO GRUESO
46.0.4.RESECCIÓN DE SEGMENTO EXTERIORIZADO DE INTESTINO GRUESO
46.1.0.COLOSTOMÍA NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
46.1.1.COLOSTOMÍA TEMPORAL
46.1.2.COLOSTOMÍA PERMANENTE
46.2.2.ILEOSTOMÍA CONTINENTE
46.2.4.APERTURA RETARDADA DE ILEOSTOMÍA
46.3.1.APERTURA RETARDADA DE OTRA ENTEROSTOMÍA
46.3.2.YEYUNOSTOMÍA PERCUTÁNEA (ENDOSCÓPICA)
46.4.0.REVISIÓN DE ESTOMA INTESTINAL NO ESPECÍFICADA DE OTRA MANERA
46.5.1.CIERRE DE ESTOMA DE INTESTINO DELGADO
46.5.2.CIERRE DE ESTOMA DE INTESTINO GRUESO
46.6.3.FIJACIÓN DE INTESTINO GRUESO A PARED ABDOMINAL
46.7.1.SUTURA DE HERIDA DE DUODENO
46.7.2.CIERRE DE FÍSTULA DE DUODENO
46.7.3.SUTURA DE HERIDA DE INTESTINO DELGADO, SALVO DUODENO
46.7.4.CIERRE DE FÍSTULA DE INTESTINO DELGADO, SALVO DUODENO
46.7.5.SUTURA DE HERIDA DE INTESTINO GRUESO
46.7.6.CIERRE DE FÍSTULA DE INTESTINO GRUESO
46.7.7.CIERRE DE FÍSTULA ENTEROCUTÁNEA
46.7.8.CORRECCIÓN DE ATRESIA DE INTESTINO
46.7.9.OTRA REPARACIÓN O PLASTIA DE INTESTINO
46.8.0.MANIPULACIÓN INTRABDOMINAL DE INTESTINO
46.8.1.DESPLAZAMIENTO DE CONTENIDO INTESTINAL

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (46.8.1.), salvo la subcategoría:

46.8.1.01 Desplazamiento de Contenido Intestinal por Laparotomía

46.8.5.DILATACIÓN DEL INTESTINO
46.8.6.LIBERACIÓN DE ADHERENCIAS O BRIDAS EN INTESTINO
46.9.4.REINTERVENCIÓN DE ANASTOMOSIS INTESTINAL
46.9.5.PERFUSIÓN LOCAL DE INTESTINO DELGADO
46.9.6.PERFUSIÓN LOCAL DE INTESTINO GRUESO
46.9.7.EXTRACCIÓN ENDOSCÓPICA DE CUERPO EXTRAÑO EN INTESTINOS
47.1.1.APENDICECTOMÍA
47.1.2.APENDICECTOMÍA POR PERFORACIÓN, CON DRENAJE DE ABCESO, LIBERACIÓN DE PLASTRÓN O DRENAJE DE PERITONITIS LOCALIZADA
47.1.3.APENDICECTOMÍA CON DRENAJE DE PERITONITIS GENERALIZADA
48.0.1.PROCTOTOMÍA, VÍA ABDOMINAL O PERINEAL
48.2.1.PROCTOSIGMOIDOSCOPIA TRANSABDOMINAL
48.2.2.PROCTOSIGMOIDOSCOPIA A TRAVÉS DE ESTOMA ARTIFICIAL
48.2.3.PROCTOSIGMOIDOSCOPIA
48.2.4.BIOPSIA CERRADA (ENDOSCÓPICA) DE RECTO O SIGMOIDE
48.2.5.BIOPSIA ABIERTA DE RECTO O SIGMOIDE
48.2.6.BIOPSIA DE TEJIDO PERIRRECTAL
48.2.7.MANOMETRIA RECTAL
48.3.1.ABLACIÓN DE LESIÓN O TEJIDO RECTAL
48.3.2.ESCISIÓN DE LA MUCOSA RECTAL
48.3.3.ELIMINACIÓN DE LESIÓN O TEJIDO RECTAL POR LÁSER
48.3.6.POLIPECTOMÍA ENDOSCÓPICA DE RECTO
48.3.8.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO EN RECTO
48.5.1.PROTECTOMÍA PARCIAL, VÍA TRANS-SACRA [KRASKE]
48.5.2.PROTECTOMÍA COMPLETA
48.5.3.PROTECTOMÍA CON COLOSTOMÍA
48.5.4.PROCTECTOMÍA CON DESCENSO ABDOMINO-PERINEAL
48.6.1.RESECCIÓN DE RECTO Y SIGMOIDE [RECTOSIGMOIDECTOMIA] TRANS-SACRA O TRANS-COCCIGEA
48.6.2.RESECCIÓN ANTERIOR DE RECTO CON COLOSTOMÍA SIMULTÁNEA
48.6.4.RESECCIÓN POSTERIOR DE RECTO
48.6.5.RESECCIÓN DE MUÑÓN RECTAL POST-DUHAMEL
48.6.7.RESECCIÓN DE TUMOR RECTAL, VÍA TRANS-ANAL
48.6.8.RESECCIÓN RECTO CON RECONSTRUCCIÓN
48.7.1.SUTURA DE LACERACIÓN DE RECTO [PROCTORRAFIA]
48.7.2.CIERRE DE PROCTOSTOMÍA
48.7.3.FISTULECTOMÍA RECTAL CON COLOSTOMÍA
48.7.4.RECTORECTOSTOMÍA
48.7.5.PROCTOPEXIA ABDOMINAL
48.7.6.OTRA PROCTOPEXIA
48.7.7.DESCENSO RECTAL
48.7.9.OTRA REPARACIÓN DE RECTO
48.8.1.INCISIÓN DE TEJIDO PERIRRECTAL
48.9.1.INCISIÓN DE ESTENOSIS RECTAL
48.9.2.MIOMECTOMÍA ANO-RECTAL
CÓDIGODESCRIPCIÓN
48.9.3.REPARACIÓN DE FÍSTULA PERIRRECTAL
48.9.4.DILATACIÓN INSTRUMENTAL ENDOSCÓPICA DE RECTO
49.0.1.DRENAJE DE COLECCIÓN ISQUIORRECTAL
49.0.2.DRENAJE DE COLECCIÓN PERIANAL
49.0.4.ESCISIÓN DE TEJIDO PERIANAL
49.0.7.RESECCIÓN DE FISURA ANAL [FISURECTOMÍA]
49.1.1.FISTULOTOMÍA ANAL
49.1.2.FISTULECTOMÍA ANAL O PERIANAL
49.2.1.ANOSCOPIA
49.2.2.BIOPSIA DE TEJIDO PERIANAL
49.2.3.BIOPSIA DE ANO
49.3.1.ABLACIÓN DE LESIÓN O TEJIDO DE ANO
49.3.3.RESECCIÓN DE LESIÓN DE ANO POR LÁSER
49.3.4.RESECCIÓN DE LESIÓN DE ANO POR ENDOSCOPIA
49.4.2.INYECCIÓN (ESCLEROSIS) EN HEMORROIDES
49.4.3.CAUTERIZACIÓN DE HEMORROIDES
49.4.4.ABLACIÓN DE HEMORROIDES POR CRIOTERAPIA
49.4.5.LIGADURA DE HEMORROIDES
49.4.6.ESCISIÓN DE HEMORROIDES
49.4.7.EVACUACIÓN DE HEMORROIDES TROMBOSADAS
49.5.1.ESFINTEROTOMÍA ANAL LATERAL
49.5.2.ESFINTEROTOMÍA ANAL POSTERIOR
49.5.3.ESFINTEROTOMÍA ANAL CON COLOSTOMÍA
49.7.1.SUTURA DE LESIONES EN ANO
49.7.2.IMPLANTACIÓN DE UN ANILLO [CERCLAJE] EN LA CIRCUNFERENCIA ANAL
49.7.3.CIERRE DE FÍSTULA ANAL
49.7.4.TRANSPOSICIÓN MUSCULAR RECTO INTERNO
49.7.5.PLASTIA DE ANO
49.9.1.INCISIÓN DE TABIQUE ANAL
49.9.4.REDUCCIÓN DE PROLAPSO ANAL
49.9.5.CONTROL DE HEMORRAGIA (POSOPERATORIA) DE ANO
49.9.6.RETIRO DE MATERIAL DE CERCLAJE
50.0.1.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INTRAHEPÁTICO POR INCISIÓN
50.1.0.BIOPSIA DE HÍGADO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (50.1.0.), salvo la subcategoría:

50.1.0.04 Biopsia por Vía Endovascular (Transyugular) de Hígado

50.2.1.DRENAJE O MARSUPIALIZACIÓN DE LESIÓN DE HÍGADO
50.2.2.HEPATECTOMÍA PARCIAL (SUB-LOBAR)
50.2.4.OTRA ESCISIÓN O RESECCIÓN DE LESIÓN DE HÍGADO
50.3.1.EXTIRPACIÓN DEL LÓBULO HEPÁTICO
50.4.0.HEPATECTOMÍA TOTAL (OBTENCIÓN DE ORGANO) SIN CIRUGÍA DE BANCO
50.4.1.HEPATECTOMÍA TOTAL (OBTENCIÓN DE ORGANO) CON CIRUGÍA DE BANCO
50.5.1.TRASPLANTE AUXILIAR (HETEROTÓPICO) DE HÍGADO SIN CIRUGÍA DE BANCO
50.5.2.TRASPLANTE AUXILIAR HETEROTÓPICO HEPÁTICO CON CIRUGÍA DE BANCO
50.5.3.TRASPLANTE ORTOTÓPICO DE HÍGADO SIN CIRUGÍA DE BANCO
50.5.4.TRASPLANTE ORTOTÓPICO HEPÁTICO CON CIRUGÍA DE BANCO
50.5.9.OTRO TRASPLANTE DE HÍGADO
50.6.1.SUTURA DE LESIÓN HEPÁTICA
50.9.1.ASPIRACIÓN PERCUTÁNEA DE HÍGADO
50.9.3.PERFUSIÓN LOCALIZADA DE HÍGADO
50.9.4.INYECCIÓN DE SUSTANCIA TERAPÉUTICA EN HÍGADO
51.0.0.COLECISTOTOMÍA Y COLECISTOSTOMÍA CON EXTRACCIÓN DE CÁLCULOS
51.0.1.HEPÁTICOTOMÍA O HEPÁTICOSTOMÍA CON DRENAJE O EXTRACCIÓN DE CÁLCULOS
51.0.3.DRENAJE BILIAR PERCUTÁNEO (ENDOSCÓPICO) Y COLOCACIÓN DE PRÓTESIS
51.0.4.COLECISTOSTOMÍA PERCUTÁNEA
51.0.5.DRENAJE DE QUISTE DEL COLÉDOCO
51.1.0.COLANGIO-PANCREATOGRAFÍA RETRÓGRADA ENDOSCÓPICA [CPRE]
51.1.1.COLANGIOGRAFIA RETRÓGRADA ENDOSCOPIA [CRE]
51.1.2.BIOPSIA (PERCUTÁNEA) (AGUJA) DE VESÍCULA BILIAR O VÍAS BILIARES
51.1.3.BIOPSIA ABIERTA DE VESÍCULA BILIAR O VÍAS BILIARES
51.1.4.OTRA BIOPSIA CERRADA (ENDOSCÓPICA) DE TRACTO BILIAR O ESFÍNTER DE ODDI
51.2.1.COLECISTECTOMÍA
51.2.2.FULGURACIÓN DE LESIONES POR COLANGIOPANCREATOGRAFÍA ENDOSCÓPICA RETRÓGRADA
51.2.3.LITROTIPSIA MECÁNICA BILIAR POR COLANGIOPANCREATOGRAFÍA RETRÓGRADA ENDOSCÓPICA
51.2.5.RESECCIÓN DE QUISTES DEL COLÉDOCO
51.2.6.RESECCIÓN DE TUMOR MALIGNO DE VÍAS BILIARES BILIOENTÉRICAS PROXIMALES
51.3.0.ANASTOMOSIS DE VESÍCULA BILIAR O VÍA BILIAR CON PANCREATOGRAFÍA RETRÓGRADA ENDOSCÓPICA [ERP]
CÓDIGODESCRIPCIÓN
51.3.1.ANASTOMOSIS DE VESÍCULA BILIAR A CONDUCTOS HEPÁTICOS
51.3.2.ANASTOMOSIS DE VESÍCULA BILIAR A INTESTINO
51.3.3.ANASTOMOSIS DE VESÍCULA BILIAR A PÁNCREAS
51.3.4.ANASTOMOSIS DE VESÍCULA BILIAR A ESTÓMAGO
51.3.6.COLEDOCODUODENOSTOMÍA
51.3.7.ANASTOMOSIS DE CONDUCTO HEPÁTICO A TUBO DIGESTIVO
51.4.1.EXPLORACIÓN DEL CONDUCTO BILIAR PRINCIPAL PARA EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO
51.4.2.EXPLORACIÓN DEL CONDUCTO BILIAR PRINCIPAL PARA ALIVIO DE OTRA OBSTRUCCIÓN
51.4.3.RE EXPLORACIÓN DE VÍAS BILIARES
51.4.4.INSERCIÓN DE TUBO COLEDOCOHEPÁTICO
51.4.5.EXPLORACIÓN HEPATOBILIAR COMUN
51.6.2.ESCISIÓN DE LA AMPOLLA HEPATOPANCREÁTICA [DE VATER] (AMPULECTOMÍA), CON REIMPLANTACIÓN DE COLÉDOCO
51.6.4.ESCISIÓN ENDOSCÓPICA DE LESIÓN EN LAS VÍAS BILIARES
51.7.1.SUTURA SIMPLE DE COLÉDOCO
51.7.2.COLEDOCOPLASTIA
51.7.3.RECONSTRUCCIÓN DE VÍAS BILIARES
51.8.1.DILATACIÓN DEL ESFÍNTER DE ODDI
51.8.3.ESFINTEROPLASTIA
51.8.4.DILATACIÓN ENDOSCÓPICA DE AMPOLLA Y CONDUCTO BILIAR
51.8.5.ESFINTERECTOMÍA Y PAPILOTOMÍA ENDOSCÓPICA
51.8.6.INSERCIÓN ENDOSCÓPICA DE TUBO DE DRENAJE NASOBILIAR
51.8.7.INSERCIÓN ENDOSCÓPICA DE TUBO TUTOR (PRÓTESIS, STENT) EN CONDUCTO BILIAR
51.8.8.EXTRACCIÓN ENDOSCÓPICA DE CÁLCULOS DE LA VÍA BILIAR
51.9.1.REPARACIÓN DE LESIÓN DE VESÍCULA BILIAR
51.9.2.CIERRE DE COLECISTOSTOMÍA
51.9.4.REVISIÓN DE ANASTOMOSIS DE LAS VÍAS BILIARES
51.9.5.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO PROTÉSICO DE VÍA BILIAR
51.9.6.EXTRACCIÓN PERCUTÁNEA DE CÁLCULOS EN VÍAS BILIARES
51.9.7.INSERCIÓN DE CATÉTER BILIAR
52.0.1.DRENAJE DE COLECCIÓN DE PÁNCREAS
52.0.2.MARSUPIALIZACIÓN DE QUISTE DEL PÁNCREAS
52.1.1.BIOPSIA POR (ASPIRACIÓN) (AGUJA) CERRADA DE PÁNCREAS
52.1.2.BIOPSIA ABIERTA DE PÁNCREAS
52.1.3.PANCREATOGRAFÍA RETRÓGRADA ENDOSCÓPICA [ERP]
52.1.4.BIOPSIA CERRADA (ENDOSCÓPICA) DE DUCTO PANCREÁTICO
52.2.1.RESECCIÓN ENDOSCÓPICA DE LESIÓN O TEJIDO DE PÁNCREAS
52.2.2.RESECCIÓN DE LESIÓN O TEJIDO DE PÁNCREAS
52.3.1.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO DE PÁNCREAS
52.3.2.EXTRACCIÓN ENDOSCÓPICA DE CUERPO EXTRAÑO DE PÁNCREAS
52.4.1.DRENAJE ENDOSCÓPICO DE SEUDOQUISTE PANCREÁTICO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (52.4.1.), salvo la subcategoría:

52.4.1.02 Drenaje Transampular Endoscópico de Seudoquiste Pancreático

52.4.2.DRENAJE PERCUTÁNEO DE SEUDOQUISTE PANCREÁTICO
52.4.4.DRENAJE INTERNO DE QUISTE PANCREÁTICO POR CISTOGASTROSTOMÍA ABIERTA
52.5.1.PANCREATECTOMÍA PROXIMAL
52.5.2.RESECCIÓN DE PÁNCREAS [PANCREATECTOMÍA] DISTAL
52.5.3.PANCREATECTOMÍA SUBTOTAL [OPERACIÓN DE CHILD]
52.6.1.PANCREATECTOMÍA TOTAL POR NECIDIOBLASTOSIS
52.7.1.PANCREATICODUODENECTOMÍA TOTAL
52.7.2.PANCREATICODUODENECTOMÍA PROXIMAL
52.9.3.INSERCIÓN ENDOSCÓPICA DE TUBO TUTOR (PRÓTESIS, STENT) EN EL CONDUCTO PANCREÁTICO
52.9.4.EXTRACCIÓN ENDOSCÓPICA DE CÁLCULOS DEL CONDUCTO PANCREÁTICO
52.9.5.REPARACIÓN DE PÁNCREAS
52.9.6.ANASTOMOSIS DEL PÁNCREAS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (52.9.6.), salvo la subcategoría:

52.9.6.03 Anastomosis del Páncreas por Laparoscopia

52.9.8.DILATACIÓN ENDOSCÓPICA DE DUCTO PANCREÁTICO
53.0.1.HERNIORRAFIA INGUINAL DIRECTA
53.0.2.HERNIORRAFIA INGUINAL INDIRECTA
53.0.3.HERNIORRAFIA INGUINAL ENCARCELADA
53.0.4.HERNIORRAFIA INGUINAL REPRODUCIDA
53.0.5.HERNIORRAFIA INGUINAL CON INJERTO O PRÓTESIS
53.0.9.HERNIORRAFIA INGUINAL NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
53.1.1.REPARACIÓN BILATERAL DE HERNIA INGUINAL DIRECTA
53.1.2.REPARACIÓN BILATERAL DE HERNIA INGUINAL INDIRECTA
53.1.3.REPARACIÓN BILATERAL DE HERNIA INGUINAL CON UNA PRÓTESIS
53.1.4.REPARACIÓN BILATERAL DE HERNIA INGUINAL CON DOS PRÓTESIS
53.2.1.HERNIORRAFIA FEMORAL O CRURAL ENCARCELADA
53.2.2.HERNIORRAFIA FEMORAL O CRURAL POR DESLIZAMIENTO
53.3.0.HERNIORRAFIA BILATERAL FEMORAL O CRURAL REPRODUCIDA
53.3.1.REPARACIÓN BILATERAL DE HERNIA CRURAL CON INJERTO O PRÓTESIS
CÓDIGODESCRIPCIÓN
53.4.0.HERNIORRAFIA UMBILICAL
53.4.1.HERNIORRAFIA UMBILICAL REPRODUCIDA
53.4.2.HERNIORRAFIA UMBILICAL CON PRÓTESIS
53.5.1.REPARACIÓN DE HERNIA INCISIONAL (EVENTRACIÓN)
53.5.2.REPARACIÓN DE HERNIA EPIGÁSTRICA
53.6.0.HERNIORRAFIA LUMBAR
53.6.1.HERNIORRAFIA OBTURADORA
53.6.2.HERNIORRAFIA ISQUIÁTICA
53.6.3.HERNIORRAFIA ISQUIORRECTAL
53.7.0.REPARACIÓN DE HERNIA DIAFRAGMÁTICA VÍA ABDOMINAL
53.7.1.REPARACIÓN DE HERNIA DIAFRAGMÁTICA VÍA TORÁCICA
53.7.2.REPARACIÓN DE HERNIA DIAFRAGMÁTICA VÍA TORACOABDOMINAL
54.0.0.DRENAJE DE COLECCIÓN EN PARED ABDOMINAL
54.1.0.LAPAROTOMÍA DE PRECISIÓN
54.1.2.LAPAROTOMÍA EXPLORATORIA
54.1.3.DRENAJE DE COLECCIÓN INTRAPERITONEAL
54.1.4.LAVADO PERITONEAL TERAPÉUTICO
54.1.5.PROCEDIMIENTOS EN LA REGIÓN RETROPERITONEAL
54.1.6.RESECCIÓN DE LESIÓN BENIGNA O MALIGNA EN EPIPLON O EN MESENTERIO
54.1.8.OTROS PROCEDIMIENTOS EN PERITONEO
54.2.1.LAPAROSCOPIA
54.2.2.BIOPSIA ABIERTA DE PARED ABDOMINAL U OMBLIGO
54.2.3.BIOPSIA DE PERITONEO
54.2.4.BIOPSIA CERRADA (PERCUTÁNEA) CON (AGUJA) DE MASA INTRAABDOMINAL
54.2.5.LAVADO PERITONEAL DIAGNÓSTICO
54.2.7.PARACENTESIS ABDOMINAL DIAGNÓSTICA
54.3.1.ESCISIÓN DE TUMOR BENIGNO EN LA PARED ABDOMINAL
54.3.2.RESECCIÓN DE TUMOR MALIGNO DE LA PARED ABDOMINAL
54.3.3.ESCISIÓN DE LESIÓN AMPLIA EN LA PARED ABDOMINAL
54.4.1.EXTIRPACIÓN DE EPIPLON MAYOR [OMENTECTOMÍA]
54.4.2.ONFALECTOMÍA
54.5.0.LISIS DE ADHERENCIAS PERITONEALES POR LAPAROTOMÍA
54.5.1.LISIS DE ADHERENCIAS PERITONEALES POR LAPAROSCOPIA
54.6.1.NUEVO CIERRE DE DISRUPCION POSTOPERATORIA DE PARED ABDOMINAL (EVISCERACIÓN)
54.6.2.CIERRE RETARDADO DE HERIDA ABDOMINAL EN FASE DE GRANULACION
54.7.1.CORRECCIÓN TOTAL DE EVISCERACIÓN PRENATAL (GASTROSQUISIS)
54.7.2.CORRECCIÓN DE ONFALOCELE
54.7.3.CIERRE DE PIEL CON INCISIONES DE RELAJACION EN ONFALOCELE O GASTROSQUISIS
54.7.4.REPARACIÓN DE EVENTRACIÓN [EVENTRORRAFIA]
54.7.5.PLASTIA DE PARED ABDOMINAL
54.7.6.RESECCIÓN DE QUISTE VITELINO O SENO UMBILICAL
54.9.0.INSERCIÓN Y RETIRO DE CATÉTER PERITONEAL
54.9.1.PARACENTESIS TERAPÉUTICA
54.9.2.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO DE LA CAVIDAD PERITONEAL
54.9.3.CREACIÓN DE FÍSTULA CUTÁNEOPERITONEAL
54.9.5.INCISIÓN DE PERITONEO
54.9.7.INYECCIÓN DE SUSTANCIA TERAPÉUTICA DE ACCIÓN LOCAL EN CAVIDAD PERITONEAL
54.9.8.DIÁLISIS PERITONEAL
55.0.1.NEFROTOMÍA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (55.0.1.), salvo la subcategoría:

55.0.1.22 Nefrolitotomía o Extracción de Cálculo o Cuerpo Extraño por Laparoscopia con Mano Asistida o Ayuda Manual

55.0.2.NEFROSTOMÍA
55.0.3.NEFROSTOMÍA PERCUTÁNEA
55.0.4.NEFROSTOMÍA PERCUTÁNEA CON FRAGMENTACIÓN
55.1.1.PIELOTOMÍA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (55.1.1.), salvo la subcategoría:

55.1.1.50 Extracción de Cuerpo Extraño y Cálculo por Pielotomía Laparoscopica

55.1.2.PIELOSTOMÍA
55.2.1.NEFROSCOPIA
55.2.2.PIELOSCOPIA
55.2.3.BIOPSIA CERRADA (PERCUTÁNEA) (AGUJA) (LAPAROSCÓPICA) DE RIÑÓN
55.2.4.BIOPSIA ABIERTA DE RIÑÓN
55.2.5.BIOPSIA TEJIDOS PERIRENALES
55.3.1.ESCISIÓN LOCAL O ABLACIÓN DE LESIÓN RENAL
55.4.1.HEMINEFRECTOMÍA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (55.4.1.), salvo la subcategoría:

55.4.1.11 Heminefrectomía por laparoscopia

55.4.2.RESECCIÓN DE POLO RENAL
55.4.4.RESECCIÓN EN CUÑA DE RIÑÓN
55.5.1.NEFROURETERECTOMÍA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (55.5.1.), salvo la subcategoría:

55.5.1.11 Nefroureterectomía con Segmento Vesical por Laparoscopia

CÓDIGODESCRIPCIÓN
55.5.2.NEFRECTOMÍA DE RIÑÓN RESIDUAL O ÚNICO
55.5.3.REMOCIÓN DE RIÑÓN TRANSPLANTADO O RECHAZADO
55.5.6.NEFRECTOMÍA SIMPLE (UNILATERAL TOTAL)
55.5.7.NEFRECTOMÍA RADICAL

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (55.5.7.), salvo las subcategorías:

55.5.7.22 Nefrectomía radical por laparoscopia con mano asistida o ayuda manual

55.5.7.23 Nefrectomía de donante vivo por laparoscopia

55.6.1.AUTOTRASPLANTE DE RIÑÓN

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (55.6.1.), salvo la subcategoría:

55.6.1.21 Autotrasplante renal por laparoscopia

55.6.2.TRASPLANTE DE RIÑON DE DONANTE
55.7.0.NEFROPEXIA, FIJACIÓN O SUSPENSIÓN DE RIÑON ECTÓPICO (FLOTANTE)

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (55.7.0.), salvo la subcategoría:

55.7.0.21 Nefropexia Por Laparoscopia

55.8.1.NEFRORRAFIA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (55.8.1.), salvo la subcategoría:

55.8.1.21 Nefrorrafia por laparoscopia

55.8.2.CIERRE DE FÍSTULA NEFROCUTÁNEA
55.8.3.CIERRE DE OTRA FÍSTULA DE RIÑÓN Y PELVIS RENAL
55.8.5.SINFISIOTOMÍA DE RIÑÓN EN HERRADURA
55.8.6.ANASTOMOSIS DE RIÑÓN

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (55.8.6.), salvo la subcategoría:

55.8.6.50 Anastomosis uretero calicial o nefrocalicostomia por laparoscopia

55.8.7.CORRECCIÓN DE UNIÓN URETEROPÉLVICA (PIELOPLASTIA) (REANASTOMOSIS URETEROPÉLVICA)
55.8.8.LIBERACIÓN DE ADHERENCIAS PIÉLICAS
55.9.1.COLOCACIÓN DE DISPOSITIVO EN RIÑÓN
55.9.2.ASPIRACIÓN PERCUTÁNEA DE RIÑÓN Y PELVIS RENAL
55.9.3.REEMPLAZO DE CATÉTER DE NEFROSTOMÍA
55.9.4.REEMPLAZO DE CATÉTER DE PIELOSTOMÍA
55.9.5.PERFUSIÓN LOCAL DE RIÑÓN
55.9.6.OTRAS INYECCIÓNES DE SUSTANCIA TERAPÉUTICA EN RIÑÓN
56.0.1.REMOCIÓN TRANSURETRAL (ENDOSCÓPICA) DE CÁLCULO, COÁGULO O CUERPO EXTRAÑO EN URÉTER O PELVIS RENAL
56.0.2.REMOCIÓN (LAPAROSCÓPICA) DE CÁLCULO, COÁGULO O CUERPO EXTRAÑO
56.1.1.MEATOTOMÍA URETERAL
56.2.1.EXPLORACIÓN DE URÉTER
56.2.2.URETEROLITOTOMÍA
56.3.1.URETEROSCOPIA O URETERORRENOSCOPIA
56.3.3.BIOPSIA CERRADA ENDOSCÓPICA O LAPAROSCÓPICA DE URÉTER
56.3.4.BIOPSIA ABIERTA DE URÉTER
56.3.5.ENDOSCOPIA DE CONDUCTO DE DERIVACIÓN URINARIA
56.4.1.URETERECTOMÍA PARCIAL

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (56.4.1.), salvo las subcategorías:

56.4.1.11 Ureterectomía parcial por laparoscopia

56.4.1.40 Acortamiento o remodelación de uréter con reimplantación ureterovesical por laparoscopia

56.4.2.URETERECTOMÍA TOTAL

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (56.4.2.), salvo la subcategoría

56.4.2.11 Ureterectomía total o residual por laparoscopia

56.5.1.FORMACIÓN DE CONDUCTO ILEAL SIN TUNELIZACIÓN DE URÉTER
56.5.2.FORMACIÓN DE CONDUCTO COLÓNICO CON TUNELIZACIÓN DE URÉTER
56.5.4.OTRO REEMPLAZO DE URÉTER POR INTESTINO
56.5.6.URETEROENTEROSTOMÍAS CUTÁNEAS
56.5.7.OTRAS DERIVACIONES URINARIAS
56.5.9.REVISIÓN DE ANASTOMOSIS URETERO INTESTINAL
56.6.0.URETEROSTOMÍA CUTANEA
56.6.2.REVISIÓN DE URETEROSTOMÍA CUTÁNEA
56.7.4.URETERONEOCISTOSTOMÍA
56.7.5.TRANSURETERO-URETEROSTOMÍA
56.8.2.SUTURA DE LACERACIÓN DE URÉTER O URETERORRAFIA
56.8.3.CIERRE DE URETEROSTOMÍA (FÍSTULA URETEROCUTÁNEA)
56.8.4.CIERRE DE OTRAS FÍSTULAS DE URÉTER
56.8.7.URETEROPLASTIA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (56.8.7.), salvo la subcategoría:

56.8.7.02 Ureteroplastia o anastomosis termino-terminal de uréter por laparoscopia

56.8.9.OTRAS REPARACIONES DE URÉTER
56.9.0.DILATACIÓN URETERAL
57.0.1.DRENAJE DE VEJIGA SIN INCISIÓN
57.0.2.REMOCIÓN TRANSURETRAL (ENDOSCÓPICA) DE CÁLCULO, CUERPO EXTRAÑO O COÁGULO DE VEJIGA
57.0.5.HEMOSTASIA VESICAL TRANSURETRAL
57.1.1.CISTOTOMÍA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (57.1.1.), salvo la subcategoría:

57.1.1.20 Cistotomía por laparoscopia

57.1.2.CISTOSTOMÍA
57.2.1.VESICOSTOMÍA NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
57.2.2.REVISIÓN O SUTURA DE VESICOSTOMÍA
57.3.1.CISTOSCOPIA A TRAVÉS DE ESTOMA ARTIFICIAL O CISTOSTOMÍA
CÓDIGODESCRIPCIÓN
57.3.2.OTRA CISTOSCOPIA
57.3.3.BIOPSIA CERRADA [TRANSURETRAL] DE VEJIGA
57.3.4.BIOPSIA ABIERTA DE VEJIGA
57.3.5.BIOPSIA DE TEJIDO PERIVESICAL
57.4.1.ABLACIÓN TRANSURETRAL DE ADHERENCIAS INTRALUMINALES VESICALES
57.4.2.OTRA ESCISIÓN O ABLACIÓN TRANSURETRAL DE TEJIDO O LESIÓN VESICAL
57.5.1.RESECCIÓN DE URACO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (57.5.1.), salvo la subcategoría:

57.5.1.11 Resección de Uraco por laparoscopia

57.5.2.ESCISIÓN O ABLACIÓN ABIERTA DE OTRA LESIÓN O TEJIDO VESICAL
57.6.0.CISTECTOMÍA PARCIAL NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
57.7.0.CISTECTOMÍA TOTAL
57.7.1.CISTECTOMÍA RADICAL
57.8.1.SUTURA DE LACERACIÓN VESICAL [CISTORRAFIA]

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (57.8.1.), salvo la subcategoría:

57.8.1.11 Sutura de vejiga por laparoscopia

57.8.2.CIERRE DE CISTOSTOMÍA O VESICOSTOMÍA
57.8.3.REPARACIÓN DE FÍSTULA VESICO-INTESTINAL
57.8.4.REPARACIÓN DE OTRA FÍSTULA DE VEJIGA
57.8.5.CISTOURETROPLASTIA O PLASTIA DE CUELLO VESICAL
57.8.6.REPARACIÓN DE EXTROFIA VESICAL
57.8.7.RECONSTRUCCIÓN DE VEJIGA
57.8.8.OTRA ANASTOMOSIS DE VEJIGA
57.8.9.OTRA REPARACIÓN EN VEJIGA
57.9.1.ESFINTEROTOMÍA VESICAL
57.9.2.DILATACIÓN DE CUELLO VESICAL
57.9.3.CONTROL DE HEMORRAGIA (POSTQUIRÚRGICA) DE VEJIGA
57.9.4.INSERCIÓN DE CATÉTER URINARIO (VESICAL)
57.9.5.REEMPLAZO DE CATÉTER URINARIO (VESICAL)
57.9.9.OTROS PROCEDIMIENTOS EN VEJIGA NO CLASIFICADOS BAJO OTRO CONCEPTO
58.0.0.URETROTOMÍA
58.0.1.URETROSTOMÍAS
58.1.0.MEATOTOMÍA URETRAL
58.2.1.URETROSCOPIA PERINEAL
58.2.3.BIOPSIA DE URETRA
58.2.4.BIOPSIA DE TEJIDO PERIURETRAL
58.3.1.ESCISIÓN O ABLACIÓN ENDOSCÓPICA DE LESIÓN O TEJIDO URETRAL
58.3.2.ESCISIÓN O ABLACIÓN ABIERTA DE LESIÓN O TEJIDO URETRAL
58.4.1.URETRORRAFIA
58.4.2.CIERRE DE URETROSTOMÍA
58.4.3.CIERRE DE OTRA FÍSTULA DE URETRA
58.4.4.REANASTOMOSIS DE URETRA
58.4.5.REPARACIÓN DE EPISPADIAS O HIPOSPADIAS
58.4.6.OTRA RECONSTRUCCIÓN EN URETRA
58.4.7.MEATOPLASTIA URETRAL
58.4.9.OTRA CORRECCIÓN EN URETRA
58.5.0.URETROLISIS
58.6.1.DILATACIÓN DE URETRA POR URETROTOMÍA
58.6.2.DILATACIÓN DE UNIÓN URETROVESICAL
58.6.3.DILATACIÓN DE URETRA POR SONDEO
58.7.0.EXTRACCIÓN ENDOSCÓPICA DE CÁLCULOS EN URETRA
58.9.1.INCISIÓN DE TEJIDO PERIURETRAL
58.9.2.ESCISIÓN DE TEJIDO PERIURETRAL
59.0.1.EXPLORACIÓN RETROPERITONEAL
59.0.2.URETEROLISIS CON LIBERACIÓN O REPOSICIONAMIENTO DE URÉTER
59.0.3.OTRAS LISIS DE ADHERENCIAS PERIRRENALES O PERIURETERALES
59.0.4.OTRA INCISIÓN DE TEJIDO PERIRENAL O PERIURETERAL
59.0.5.DRENAJE PERCUTÁNEO EN ÁREA PERIRRENAL
59.1.1.LIBERACIÓN O LISIS DE ADHERENCIAS PERIVESICALES
59.1.9.OTRA INCISIÓN DE TEJIDO PERIVESICAL
59.3.1.PLICATURA DE UNIÓN URETROVESICAL
59.5.1.SUSPENSIÓN URETRAL RETROPÚBICA
59.6.1.SUSPENSIÓN PARAURETRAL O PERIURETRAL
59.7.1.PROCEDIMIENTOS PARA SUSPENSIÓN URETROVESICAL
59.7.9.OTRAS URETROPEXIAS
59.8.0.CATETERISMO URETERAL NO CLASIFICADO BAJO OTRO CONCEPTO
59.9.1.ESCISIÓN DE TEJIDO PERIRRENAL O PERIVESICAL
59.9.3.REEMPLAZO DE TUBO DE URETEROSTOMÍA
59.9.4.REEMPLAZO DE TUBO DE CISTOSTOMÍA
59.9.5.FRAGMENTACIÓN INTRACORPÓREA DE CÁLCULOS URINARIOS
60.0.1.DRENAJE DE COLECCIÓN PROSTÁTICA
60.0.2.PROSTATOLITOTOMÍA
60.1.1.BIOPSIA CERRADA (PERCUTÁNEA) (AGUJA) DE PRÓSTATA
60.1.2.BIOPSIA DE PRÓSTATA VÍA ABIERTA
CÓDIGODESCRIPCIÓN
60.1.3.BIOPSIA CERRADA (PERCUTÁNEA) (AGUJA) DE VESÍCULAS SEMINALES POR LAPAROSCOPIA
60.1.4.BIOPSIA ABIERTA DE VESÍCULAS SEMINALES
60.1.5.BIOPSIA DE TEJIDO PERIPROSTÁTICO
60.2.1.PROSTATECTOMÍA TRANSURETRAL CON ULTRASONIDO GUIADO POR LÁSER INDUCIDO
60.2.9.OTRA PROSTATECTOMÍA TRANSURETRAL
60.3.1.PROSTATECTOMÍA TRANSVESICAL
60.4.0.ADENOMECTOMIA RETROPÚBICA NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (60.4.0.), salvo la subcategoría:

60.4.0.11 Adenomectomía retropúbica por laparoscopia

60.4.1.PROSTATECTOMÍA TRANSVESICOCAPSULAR
60.5.1.PROSTATECTOMÍA RADICAL [PROSTATOVESICULECTOMÍA]
60.6.2.PROSTATECTOMÍA PERINEAL
60.7.1.ASPIRACIÓN (PERCUTÁNEA) CON (AGUJA) DE VESÍCULAS SEMINALES
60.7.2.VESICULOTOMÍA SEMINAL

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (60.7.2.), salvo las subcategorías:

60.7.2.11 Vesiculotomía seminal unilateral por laparoscopia

60.7.2.12 Vesiculotomía seminal bilateral por laparoscopia

60.7.3.ESCISIÓN DE VESÍCULAS SEMINALES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (60.7.3.), salvo las subcategorías:

60.7.3.11 Vesiculectomía o espermatocistectomía unilateral por laparoscopia

60.7.3.12 Vesiculectomía o espermatocistectomía bilateral por laparoscopia

60.8.1.INCISIÓN DE TEJIDO PERIPROSTÁTICO
60.8.2.ESCISIÓN DE TEJIDO PERIPROSTÁTICO
60.9.1.ASPIRACIÓN PERCUTÁNEA DE PRÓSTATA
60.9.3.REPARACIÓN O PLASTIA EN PRÓSTATA
60.9.4.CONTROL DE HEMORRAGIA (POSQUIRÚRGICA) DE PRÓSTATA
60.9.5.DILATACIÓN TRANSURETRAL CON BALÓN DE URETRA PROSTÁTICA
61.0.1.INCISIÓN DE ESCROTO Y TÚNICA VAGINALIS NO CLASIFICADO BAJO OTRO CONCEPTO
61.1.1.BIOPSIA DE ESCROTO Y TÚNICA VAGINALIS
61.2.1.ESCISIÓN DE HIDROCELE DE (TÚNICA VAGINALIS)
61.3.1.ESCISIÓN O ABLACIÓN DE LESIÓN EN ESCROTO
61.3.4.ESCROTECTOMÍA
61.4.1.SUTURA DE LACERACIÓN DE ESCROTO Y TÚNICA VAGINALIS
61.4.2.FISTULECTOMÍA DEL ESCROTO
61.4.9.OTRAS CORRECCIONES EN ESCROTO Y TÚNICA VAGINALIS
61.9.1.ASPIRACIÓN PERCUTÁNEA DE TÚNICA VAGINAL
61.9.2.ESCISIÓN O ABLACIÓN DE LESIÓN DE TÚNICA VAGINALIS DISTINTAS A HIDROCELE
62.0.1.DRENAJE POR INCISIÓN EN TESTÍCULO
62.1.1.BIOPSIA CERRADA (PERCUTÁNEA) (AGUJA) DE TESTÍCULO
62.1.2.BIOPSIA ABIERTA DE TESTÍCULO
62.1.9.OTROS PROCEDIMIENTOS DIAGNÓSTICOS SOBRE TESTÍCULO
62.2.1.RESECCIÓN DE LESIÓN TESTICULAR
62.3.0.ORQUIECTOMÍA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (62.3.0.), salvo las subcategorías:

62.3.0.11 Orquiectomía de un testículo intraabdominal unilateral por laparoscopia

62.3.0.12 Orquiectomía de un testículo intraabdominal bilateral por laparoscopia

62.5.1.ORQUIDOPEXIAS SIMPLES
62.5.2.OTRAS ORQUIDOPEXIAS
62.6.1.ORQUIDORRAFIA O SUTURA DE TESTÍCULO
62.7.1.IMPLANTE DE PRÓTESIS TESTICULAR NO CLASIFICADO BAJO OTRO CONCEPTO
62.9.1.ASPIRACIÓN DE TESTÍCULO
62.9.3.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO DEL TESTÍCULO
63.0.1.BIOPSIA DE EPIDÍDIMO
63.0.2.BIOPSIA DE CORDÓN ESPERMÁTICO
63.0.3.BIOPSIA DE CONDUCTO DEFERENTE
63.1.0.LIGADURA DE VENA ESPERMÁTICA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (63.1.0.), salvo la subcategoría:

63.1.0.02 Ligadura alta de vena espermática, por laparoscopia

63.1.2.OCLUSIÓN O CLIPAJE DE ARTERIA ESPERMÁTICA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (63.1.2.), salvo la subcategoría:

63.1.2.02 Clipaje de arteria espermática por laparoscopia

63.1.3.HIDROCELECTOMÍA DE CORDÓN ESPERMÁTICO
63.2.1.ESPERMATOCELECTOMÍA O RESECCIÓN QUISTE DEL EPIDÍDIMO
63.3.2.RESECCIÓN DE HEMATOCELE DE CORDÓN ESPERMÁTICO
63.4.0.EPIDIDIMECTOMÍA SIN ORQUIDECTOMIA
63.5.1.SUTURA DE LACERACIÓN EN CORDÓN ESPERMÁTICO Y EPIDÍDIMO
63.5.2.REDUCCIÓN DE TORSIÓN TESTICULAR O CORDÓN ESPERMÁTICO
63.6.1.VASOSTOMÍA
63.7.1.LIGADURA O SECCIÓN DE CONDUCTO DEFERENTE
63.7.2.LIGADURA DE CORDÓN ESPERMÁTICO
63.7.3.VASECTOMÍA
63.8.1.SUTURA DE LACERACIÓN DE CONDUCTO DEFERENTE Y EPIDÍDIMO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
63.8.2.RECONSTRUCCIÓN DEL CONDUCTO DEFERENTE SECCIONADO (VASO-VASOSTOMÍA)
63.8.3.EPIDÍDIMOVASOSTOMÍA
63.9.1.ASPIRACIÓN DE ESPERMATOCELE
63.9.2.INCISIÓN DEL EPIDÍDIMO [EPIDIDIMOTOMÍA] Y DRENAJE
63.9.3.INCISIÓN Y DRENAJE DE CORDÓN ESPERMÁTICO
63.9.6.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO DE CORDÓN ESPERMÁTICO Y EPIDÍDIMO
64.0.0.CIRCUNCISIÓN NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
64.1.1.BIOPSIA DE PENE
64.1.2.ENDOSCOPIA DE URETRA PENEANA
64.2.1.FULGURACIÓN RESECCIÓN DE LESIÓN EN PENE
64.3.1.AMPUTACIÓN PARCIAL DEL PENE [PENECTOMÍA PARCIAL]
64.3.2.AMPUTACIÓN TOTAL DEL PENE [PENECTOMÍA TOTAL]
64.4.1.SUTURA DE LACERACIÓN O HERIDA EN PENE
64.4.2.LIBERACIÓN DE CORDEE
64.4.3.CONSTRUCCIÓN DE PENE
64.4.4.RECONSTRUCCIÓN PENEANA
64.4.5.REIMPLANTE DE PENE
64.4.9.OTRAS CORRECCIONES Y PLASTIAS EN PENE
64.5.1.PROCEDIMIENTOS DE TRANSFORMACIÓN SEXUAL NO CLASIFICADOS BAJO OTRO CONCEPTO
64.9.1.CORTE DORSAL O LATERAL EN PREPUCIO
64.9.3.SECCIÓN O CORTE DE ADHERENCIAS PENEANAS
64.9.8.OTROS PROCEDIMIENTOS EN PENE

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (64.9.8.), salvo la subcategoría:

64.9.8.04 Corrección de angulación peneana

65.1.2.BIOPSIA EN OVARIO
65.2.1.CISTECTOMÍA O RESECCIÓN DE QUISTE EN OVARIO
65.2.2.RESECCIÓN CUNEIFORME EN OVARIO
65.2.3.RESECCIÓN DE TUMOR EN OVARIO
65.2.4.PUNCIÓN Y DRENAJE DE LESIÓN EN OVARIO
65.2.7.FULGURACIÓN EN OVARIO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (65.2.7.), salvo la subcategoría:

65.2.7.02 Fulguración en ovario por laparoscopia

65.2.8.RESECCIÓN LOCAL O PARCIAL O ABLACIÓN DE LESIÓN DE TEJIDO PARAOVÁRICO
65.2.9.OTRA ESCISIÓN LOCAL O PARCIAL O ABLACIÓN DE LESIÓN OVÁRICA O DE TEJIDO OVÁRICO O PARAOVÁRICO
65.3.1.OOFORECTOMÍA UNILATERAL
65.5.1.OOFORECTOMÍA BILATERAL EN UN MISMO ACTO OPERATORIO
65.5.2.ESCISIÓN DE OVARIO REMANENTE
65.7.0.OFOROPLASTIA
65.7.1.SUTURA SIMPLE DE OVARIO
65.7.8.OOFOROPEXIA
65.9.1.ASPIRACIÓN DE OVARIO
65.9.3.ESCISIÓN DE EMBARAZO ECTÓPICO OVÁRICO SIN OOFORECTOMÍA
65.9.5.LIBERACIÓN DE TORSIÓN DE OVARIO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (65.9.5.), salvo la subcategoría:

65.9.5.20 Liberación de torsión de ovario por laparoscopia

66.0.1.SALPINGOSTOMÍA Y DRENAJE TROMPA DE FALOPIO
66.0.2.SALPINGOSTOMÍA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (66.0.2.), salvo la subcategoría:

66.0.2.02 Salpingostomía por laparoscopia

66.1.1.BIOPSIA DE TROMPAS DE FALOPIO
66.2.1.ABLACIÓN U OCLUSIÓN ENDOSCÓPICA DE TROMPA DE FALOPIO ÚNICA
66.2.2.ABLACIÓN U OCLUSIÓN ENDOSCÓPICA BILATERAL DE TROMPA DE FALOPIO
66.3.1.SECCIÓN O LIGADURA DE TROMPAS DE FALOPIO POR MINILAPAROTOMÍA
66.3.9.OTRAS OCLUSIONES O ABLACIÓNES BILATERALES DE TROMPAS DE FALOPIO
66.4.0.SALPINGECTOMÍA UNILATERAL TOTAL
66.5.0.SALPINGECTOMÍA BILATERAL TOTAL
66.5.3.ESCISIÓN DE TROMPA DE FALOPIO ÚNICA
66.6.1.ESCISIÓN O ABLACIÓN DE LESIÓN EN TROMPA DE FALOPIO
66.6.2.RESECCIÓN DE LESIÓN EN MESOSALPINX
66.7.1.SALPINGORRAFIA O SUTURA SIMPLE DE TROMPA DE FALOPIO
66.7.2.SALPINGOOFOROTOMÍA
66.7.3.SALPINGO-SALPINGOSTOMÍA (SALPINGONEOSTOMÍA) (RECONSTRUCCIÓN TUBÁRICA)

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (66.7.3.), salvo la subcategoría:

66.7.3.02 Salpingo-salpingostomía por laparoscopia

66.7.4.SALPINGOHISTEROTOMÍA (SALPINGO-UTEROSTOMÍA) (REIMPLANTACIÓN TUBÁRICA)
66.7.6.LIBERACIÓN O LISIS DE ADHERENCIAS DE TROMPAS DE FALOPIO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (66.7.6.), salvo la subcategoría:

66.7.6.10 Salpingolisis de adherencias (leves, moderadas o severas) por laparoscopia

66.7.9.SALPINGOPLASTIA (FIMBRIOPLASTIA)
66.9.1.SALPINGO-OOFORECTOMÍA UNILATERAL
CÓDIGODESCRIPCIÓN
66.9.2.SALPINGO-OOFORECTOMÍA BILATERAL
66.9.3.ASPIRACIÓN DE TROMPA DE FALOPIO
66.9.4.PLASTIAS O REPARACIONES EN OVARIO Y TROMPAS DE FALOPIO
66.9.9.LIBERACIÓN O LISIS DE ADHERENCIAS DE OVARIO Y TROMPAS DE FALOPIO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (66.9.9.), salvo la subcategoría:

66.9.9.02 Liberación o lisis de adherencias (leves, moderadas o severas) de ovario y trompas de falopio por laparoscopia

67.0.1.DILATACIÓN Y CURETAJE DE MUÑÓN CERVICAL
67.1.2.BIOPSIA DE CUELLO UTERINO
67.2.0.CONIZACIÓN
67.3.1.RESECCIÓN DE LESIÓN EN CUELLO UTERINO
67.3.2.ESCISIÓN O ABLACIÓN DE LESIÓN O TEJIDO DE CUELLO UTERINO [CÉRVIX] POR CAUTERIZACIÓN

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (67.3.2.), salvo la subcategoría:

67.3.2.20 Vaporización con láser de lesiones de cuello uterino [cérvix]

67.3.3.ESCISIÓN O ABLACIÓN DE LESIÓN O TEJIDO DE CUELLO UTERINO [CÉRVIX] POR CRIOTERAPIA
67.3.4.ESCISIÓN O ABLACIÓN DE LESIÓN O TEJIDO DE CUELLO UTERINO [CÉRVIX] POR RADIOFRECUENCIA
67.4.0.AMPUTACIÓN DEL CUELLO UTERINO
67.4.1.ESCISIÓN DE MUÑÓN CERVICAL VÍA VAGINAL O ABDOMINAL
67.4.2.ESCISIÓN DE MUÑÓN CERVICAL CON REPARACIÓN DEL PISO PÉLVICO
67.4.3.ESCISIÓN DE MUÑÓN CERVICAL CON COLPORRAFIA ANTERIOR Y POSTERIOR
67.4.4.ESCISIÓN DE MUÑÓN CERVICAL CON CORRECCIÓN DE ENTEROCELE
67.4.5.TRAQUELECTOMÍA RADICAL
67.5.1.CERCLAJE DE ISTMO UTERINO
67.6.1.SUTURA DE LACERACIÓN O DESGARRO DE CUELLO UTERINO [CÉRVIX]
67.6.2.CORRECCIÓN DE FÍSTULA EN CUELLO UTERINO [CÉRVIX]
67.6.9.OTRAS CORRECCIONES O PLASTIAS DE CUELLO UTERINO [CÉRVIX]
68.0.1.HISTEROTOMÍA
68.1.2.HISTEROSCOPIA
68.1.3.BIOPSIA ABIERTA DE ÚTERO
68.1.4.BIOPSIA ABIERTA DE LIGAMENTOS DE ÚTERO
68.1.5.BIOPSIA CERRADA (ENDOSCÓPICA) DE LIGAMENTOS DE ÚTERO
68.1.6.BIOPSIA CERRADA DE ÚTERO
68.2.1.SECCIÓN DE SINEQUIAS ENDOMETRIALES
68.2.2.INCISIÓN O ESCISIÓN DE TABIQUE CONGÉNITO UTERINO
68.2.3.RESECCIÓN DE PÓLIPO ENDOMETRIAL
68.2.4.MIOMECTOMÍA UTERINA
68.2.5.ABLACIÓN ENDOMETRIAL O ENDOMETRECTOMÍA
68.3.1.HISTERECTOMÍA SUBTOTAL O SUPRACERVICAL
68.4.0.HISTERECTOMÍA TOTAL ABDOMINAL
68.4.1.HISTERECTOMÍA TOTAL ABDOMINAL AMPLIADA
68.5.1.HISTERECTOMÍA VAGINAL NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
68.6.0.HISTERECTOMÍA RADICAL
68.6.1.HISTERECTOMÍA RADICAL MODIFICADA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (68.6.1.), salvo la subcategoría:

68.6.1.10 Histerectomía radical modificada por laparoscopia

68.7.0.HISTERECTOMÍA RADICAL VAGINAL NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
68.8.1.EXENTERACIÓN O EVISCERACIÓN PÉLVICA TOTAL
68.8.2.EXENTERACIÓN PÉLVICA ANTERIOR
68.8.3.EXENTERACIÓN PÉLVICA POSTERIOR
69.0.1.LEGRADO UTERINO GINECOLÓGICO
69.1.1.RESECCIÓN O ABLACIÓN DE LESIÓN O TEJIDO EN ESTRUCTURAS DE SOPORTE
69.1.2.RESECCIÓN O ABLACIÓN ENDOSCÓPICA DE LESIÓN O TEJIDO EN ESTRUCTURAS DE SOPORTE

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (69.1.2.), salvo la subcategoría:

69.1.2.30 Sección de ligamento útero sacro por laparoscopia

69.1.3.SECCIÓN O LIBERACIÓN DE ADHERENCIAS UTERINAS A PARED ABDOMINAL
69.1.9.OTRA ESCISIÓN Y ABLACIÓN DE LESIÓN EN TEJIDO DE ÚTERO Y ESTRUCTURAS DE SOPORTE

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (69.1.9.), salvo la subcategoría:

69.1.9.02 Drenaje de colección de ligamento ancho vía endoscópica

69.2.1.PROCEDIMIENTOS DE INTERPOSICIÓN
69.2.2.OTRAS SUSPENSIONES UTERINAS
69.4.1.SUTURA DE DESGARRO Y LACERACIÓN DE ÚTERO
69.4.2.CIERRE DE FÍSTULA DE ÚTERO
69.4.3.REPARACIÓN DE ÚTERO BICORNE
69.4.9.OTRAS PLASTIAS DE ÚTERO
69.5.1.EVACUACIÓN POR ASPIRACIÓN DEL ÚTERO PARA TERMINACIÓN DEL EMBARAZO
69.7.1.INSERCIÓN DE DISPOSITIVO INTRAUTERINO ANTICONCEPTIVO [DIU]
69.8.1.EXTRACCIÓN ENDOSCÓPICA DE CUERPO EXTRAÑO INTRAUTERINO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
69.9.1.INSERCIÓN DE DISPOSITIVO TERAPÉUTICO NO ANTICONCEPTIVO EN ÚTERO
69.9.6.RETIRO DE MATERIAL DE CERCLAJE DE CUELLO UTERINO
69.9.7.RETIRO DE OTRO CUERPO EXTRAÑO PENETRANTE DE CUELLO UTERINO
70.0.1.COLPOCENTESIS O CULDOCENTESIS
70.1.2.CULDOTOMÍA O COLPOTOMÍA
70.1.3.LIBERACIÓN-LISIS DE ADHERENCIAS INTRALUMINALES EN VAGINA
70.1.4.OTRAS VAGINOTOMÍAS
70.2.1.VAGINOSCOPIA
70.2.2.COLPOSCOPIA
70.2.3.BIOPSIA DE FONDO DE SACO
70.2.4.BIOPSIA DE VAGINA
70.3.1.HIMENECTOMÍA
70.3.2.ESCISIÓN O ABLACIÓN DE LESIÓN O TEJIDO EN FONDO DE SACO
70.3.3.ESCISIÓN O ABLACIÓN DE TEJIDO EN VAGINA
70.4.1.VAGINECTOMÍA O COLPECTOMÍA TOTAL
70.5.1.CORRECCIÓN DE CISTOCELE
70.5.2.CORRECCIÓN DE RECTOCELE
70.5.3.CORRECCIÓN SIMULTÁNEA DE CISTORECTOCELE
70.6.0.RECONSTRUCCIÓN DE VAGINA
70.6.1.CONSTRUCCIÓN DE VAGINA (NEOVAGINA) POR ATRESIA O VAGINOPLASTIA
70.7.1.SUTURA DE LACERACIÓN Y DESGARRO DE VAGINA
70.7.2.CORRECCIÓN DE FÍSTULA COLOVAGINAL (CECOVAGINAL)
70.7.3.CORRECCIÓN DE FÍSTULA RECTO-VAGINAL
70.7.4.CORRECCIÓN DE OTRAS FÍSTULAS VAGINOINTESTINALES
70.7.5.CORRECCIÓN DE OTRAS FÍSTULAS VAGINALES
70.7.7.SUSPENSIÓN Y FIJACIÓN DE CÚPULA VAGINAL (COLPOPEXIA)
70.7.9.OTRAS CORRECCIONES DE VAGINA
70.8.1.OBLITERACIÓN Y ESCISIÓN LOCAL DE VAGINA (COLPOCLEISIS)
70.9.1.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO EN VAGINA CON INCISIÓN
70.9.2.OTROS PROCEDIMIENTOS EN FONDO DE SACO
71.0.1.LISIS DE ADHERENCIAS EN VULVA
71.0.9.OTRAS INCISIONES EN VULVA Y PERINÉ

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (71.0.9.), salvo la subcategoría:

71.0.9.20 Ampliación del introito

71.1.1.BIOPSIA EN VULVA
71.1.3.BIOPSIA DE PERINÉ
71.2.1.ASPIRACIÓN CON AGUJA DE LAS GLÁNDULAS DE BARTHOLIN (QUISTE)
71.2.2.INCISIÓN DE LA GLÁNDULA DE BARTHOLIN
71.2.3.MARSUPIALIZACIÓN EN LA GLÁNDULA DE BARTHOLIN (QUISTE) O DE SKENE
71.2.4.ESCISIÓN U OTRA ABLACIÓN EN LA GLÁNDULA DE BARTHOLIN
71.3.1.RESECCIÓN DE GLÁNDULA DE SKENE
71.3.4.RESECCIÓN DE ENDOMETRIOMA PERINEAL
71.3.5.RESECCIÓN GRANULOMA VULVO-PERINEAL
71.4.1.AMPUTACIÓN TOTAL DE CLÍTORIS [CLITORIDECTOMÍA]
71.4.2.ESCISIÓN PARCIAL DE CLÍTORIS [CLITORIDOTOMÍA]
71.5.1.VULVECTOMÍA RADICAL
71.5.2.VULVECTOMÍA TOTAL O COMPLETA
71.6.1.VULVECTOMÍA UNILATERAL SIMPLE (HEMIVULVECTOMIA)
71.6.2.VULVECTOMÍA BILATERAL SIMPLE
71.7.1.SUTURA DE LACERACIÓN O DESGARRO DE VULVA O PERINÉ
71.7.2.CORRECCIÓN DE FÍSTULA DE VULVA O PERINÉ
71.7.3.DRENAJE DE COLECCIÓN VULVOPERINEAL
71.7.9.OTRAS CORRECCIONES Y PLASTIAS EN VULVA Y PERINÉ

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (71.7.9.), salvo la subcategoría:

71.7.9.01 Plastia de labios menores

71.8.1.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO DE VULVA O PERINÉ CON INCISIÓN
72.1.0.PARTO INSTRUMENTADO CON FÓRCEPS O ESPÁTULAS DE VELASCO
72.5.1.EXTRACCIÓN (TOTAL O PARCIAL) INSTRUMENTADA EN PODÁLICA
73.2.2.PARTO INTERVENIDO CON MANIOBRA DE VERSIÓN FETAL INTERNA Y COMBINADA
73.5.3.ASISTENCIA DEL PARTO NORMAL CON EPISIORRAFIA O PERINEORRAFIA
73.5.9.OTRAS ASISTENCIAS MANUALES DEL PARTO
74.0.1.CESÁREA SEGMENTARIA TRANSPERITONEAL
74.0.2.CESÁREA CORPORAL
74.0.3.CESÁREA EXTRAPERITONEAL
74.3.1.REMOCIÓN DE EMBARAZO ECTÓPICO ABDOMINAL
74.3.2.REMOCIÓN DE FETO EN CAVIDAD PERITONEAL SUBSIGUIENTE A RUPTURA UTERINA O TUBÁRICA
75.0.1.LEGRADO UTERINO OBSTÉTRICO POSPARTO O POSABORTO
75.0.2.LEGRADO UTERINO OBSTÉTRICO PARA TERMINACIÓN DEL EMBARAZO
75.1.1.AMNIOCENTESIS DIAGNÓSTICA
75.1.2.AMNIOCENTESIS TERAPÉUTICA (NO DELIBERADAMENTE ABORTIVA)
75.2.1.EXANGUINO-TRANSFUSIÓN EN ÚTERO
75.3.1.AMNIOSCOPIA
75.4.1.REMOCIÓN MANUAL DE PLACENTA RETENIDA O REVISIÓN UTERINA
CÓDIGODESCRIPCIÓN
75.5.1.REPARACIÓN DE DESGARRO OBSTÉTRICO ACTUAL DE CUELLO UTERINO [CÉRVIX]
75.5.2.REPARACIÓN DE DESGARRO OBSTÉTRICO ACTUAL DE CUERPO UTERINO
75.6.1.REPARACIÓN DE LACERACIONES O DESGARROS OBSTÉTRICOS RECIENTES QUE INVOLUCRAN VEJIGA Y URETRA
75.6.2.REPARACIÓN DE LACERACIONES O DESGARROS OBSTÉTRICOS RECIENTES QUE INVOLUCRAN RECTO Y ESFÍNTER ANAL
75.6.9.REPARACIÓN DE OTRAS LACERACIONES OBSTÉTRICAS
75.8.1.TAPONAMIENTO OBSTÉTRICO DE ÚTERO O VAGINA
75.9.1.DRENAJE DE COLECCIÓN OBSTÉTRICA EN PERINÉ POR INCISIÓN
76.0.1.SECUESTRECTOMÍA DE HUESO FACIAL
76.0.9.OTRA INCISIÓN DE HUESO FACIAL
76.1.1.BIOPSIA DE HUESO FACIAL
76.1.2.ARTROCENTESIS DIAGNÓSTICA FACIAL
76.1.3.ARTROSCOPIA DIAGNÓSTICA EN ARTICULACIÓN FACIAL
76.2.1.RESECCIÓN DE LESIONES BENIGNAS EN MAXILARES
76.2.2.RESECCIÓN DE LESIONES MALIGNAS EN MAXILARES
76.3.1.MANDIBULECTOMIA PARCIAL
76.3.9.OSTECTOMÍA, EXERESIS O ESCISIÓN PARCIAL DE OTRO HUESO FACIAL
76.4.1.MANDIBULECTOMÍA TOTAL CON RECONSTRUCCIÓN SIMULTÁNEA
76.4.3.OTRA RECONSTRUCCIÓN DE MANDÍBULA
76.4.4.OSTECTOMIA TOTAL DE OTRO HUESO FACIAL CON RECONSTRUCCIÓN SIMULTÁNEA
76.4.6.OTRA RECONSTRUCCIÓN DE OTRO HUESO FACIAL
76.5.1.MENISCOPEXIA TEMPOROMANDIBULAR
76.5.2.MENISECTOMÍA TEMPOROMANDIBULAR
76.5.3.REEMPLAZO TOTAL DE ARTICULACIÓN TEMPOROMANDIBULAR
76.5.4.REMODELACION DEL CARTÍLAGO ARTICULAR TEMPOROMANDIBULAR
76.6.1.OSTEOPLASTIA CERRADA (OSTEOTOMÍA) DE RAMA MANDIBULAR
76.6.2.OSTEOPLASTIA ABIERTA (OSTEOTOMÍA) DE RAMA MANDIBULAR
76.6.3.OSTEOPLASTIA (OSTEOTOMÍA) DE CUERPO DE MANDÍBULA
76.6.4.OTRA CIRUGÍA ORTOGNÁTICA EN MANDÍBULA
76.6.5.OSTEOPLASTIA (OSTEOTOMÍA) SEGMENTARIA DE MAXILAR
76.6.6.OSTEOPLASTIA TOTAL (OSTEOTOMÍA) DE MAXILAR
76.6.7.GENIOPLASTIA CON FIJACIÓN INTERNA (DISPOSITIVOS DE FIJACIÓN U OSTEOSÍNTESIS)
76.6.9.OTRA REPARACIÓN DE HUESO FACIAL
76.7.2.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA MALAR Y CIGOMÁTICA
76.7.3.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA MAXILAR
76.7.4.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA MAXILAR
76.7.5.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA MANDIBULAR
76.7.6.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA MANDIBULAR

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (76.7.6.), salvo la subcategoría:

76.7.6.05 Reducción de fractura condilar con fijación interna vía endoscópica

76.7.7.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA ALVEOLAR
76.7.8.OTRA REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA FACIAL
76.7.9.OTRA REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA FACIAL
76.8.0.FIJACIÓN INTERMAXILAR [CERCLAJE] INTER O INTRA MAXILAR
76.8.1.INJERTOS ÓSEOS EN HUESO FACIAL
76.8.2.INSERCIÓN DE IMPLANTE SINTÉTICO EN HUESO FACIAL
76.8.3.REDUCCIÓN CERRADA DE LUXACIÓN TEMPOROMANDIBULAR
76.8.4.REDUCCIÓN ABIERTA DE LUXACIÓN TEMPOROMANDIBULAR
76.8.6.INYECCIÓN DE SUSTANCIA TERAPÉUTICA EN ARTICULACIÓN TEMPOROMANDIBULAR
76.8.7.EXTRACCIÓN DE MATERIAL DE FIJACIÓN INTERNA DE HUESO FACIAL
76.8.8.OTROS PROCEDIMIENTOS EN ARTICULACIÓN TEMPOROMANDIBULAR
76.8.9.RETIRO DE DISPOSITIVO EN MANDÍBULA
77.0.1.SECUESTRECTOMÍA, DRENAJE, DESBRIDAMIENTO O CURETAJE DE ESCÁPULA, CLAVÍCULA O TÓRAX (COSTILLAS Y ESTERNÓN)
77.0.2.SECUESTRECTOMÍA, DRENAJE, DESBRIDAMIENTO DE HÚMERO
77.0.3.SECUESTRECTOMÍA, DRENAJE, DESBRIDAMIENTO DE RADIO Y CÚBITO
77.0.4.SECUESTRECTOMÍA, DRENAJE, DESBRIDAMIENTO DE CARPIANOS Y METACARPIANOS
77.0.5.SECUESTRECTOMÍA, DRENAJE, DESBRIDAMIENTO DE FÉMUR
77.0.6.SECUESTRECTOMÍA, DRENAJE, DESBRIDAMIENTO DE RÓTULA
77.0.7.SECUESTRECTOMÍA, DRENAJE, DESBRIDAMIENTO DE TIBIA - PERONÉ
77.0.8.SECUESTRECTOMÍA, DRENAJE, DESBRIDAMIENTO DE TARSIANOS Y METATARSIANOS
77.0.9.SECUESTRECTOMÍA, DRENAJE O DESBRIDAMIENTO DE OTROS HUESOS ESPECIFICADOS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (77.0.9.), salvo la subcategoría:

77.0.9.33 Drenaje por endoscopia en columna vertebral

77.2.1.OSTEOTOMÍA EN ESCÁPULA, CLAVÍCULA Y TÓRAX (COSTILLAS Y ESTERNÓN)
77.2.2.OSTEOTOMÍA EN HÚMERO
77.2.3.OSTEOTOMÍA EN RADIO Y CÚBITO
77.2.4.OSTEOTOMÍA EN CARPIANOS Y METACARPIANOS
77.2.5.OSTEOTOMÍA EN FÉMUR
CÓDIGODESCRIPCIÓN
77.2.6.OSTEOTOMÍA EN RÓTULA
77.2.7.OSTEOTOMÍA EN TIBIA Y PERONÉ
77.2.8.OSTEOTOMÍA EN TARSIANOS Y METATARSIANOS
77.2.9.OSTEOTOMÍA DE OTROS HUESOS ESPECIFICADOS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (77.2.9.), salvo las subcategorías:

77.2.9.30 Osteotomía vertebral vía anterior o posterior

77.2.9.31 Osteotomía vertebral, vía anterior con fijación interna o externa (dispositivos de fijación o instrumentación)

77.3.1.OSTEOARTROTOMÍAS
77.3.2.OSTEOTOMÍAS Y ARTROTOMÍAS
77.4.0.BIOPSIA DE HUESO EN SITIO NO ESPECIFICADO
77.4.9.BIOPSIA DE OTROS HUESOS ESPECIFICADOS
77.5.1.CORRECCIÓN HALLUX VALGUS [JUANECTOMÍA] CON CORRECIÓN DE TEJIDO BLANDO Y OSTEOTOMÍA DEL PRIMER METATARSIANO
77.5.2.CORRECCIÓN HALLUX VALGUS [JUANECTOMÍA] CON CORRECCIÓN DE TEJIDO FLEXIBLE Y ARTRODESIS
77.5.3.OTRAS CORRECCIONES DE HALLUX VALGUS [JUANECTOMÍAS] CON CORRECIÓN DE TEJIDO FLEXIBLE
77.5.6.REPARACIÓN DE DEDO DE PIE EN MARTILLO
77.5.7.REPARACIÓN DE DEDO DE PIE EN GARRA (ALARGAMIENTO DE TENDÓN, CAPSULOTOMÍA, FALANGECTOMIA O FUSIÓN)
77.6.0.ESCISIÓN DE LESIÓN ÓSEA EN SITIO INESPECIFICADO
77.6.1.ESCISIÓN DE LESIÓN ÓSEA EN ESCÁPULA, CLAVÍCULA Y TÓRAX (COSTILLAS Y ESTERNÓN)
77.6.2.ESCISIÓN DE LESIÓN ÓSEA EN HÚMERO
77.6.3.ESCISIÓN DE LESIÓN ÓSEA EN RADIO Y CÚBITO
77.6.4.ESCISIÓN DE LESIÓN ÓSEA EN CARPIANOS Y METACARPIANOS
77.6.5.ESCISIÓN DE LESIÓN ÓSEA EN FÉMUR
77.6.6.ESCISIÓN DE LESIÓN ÓSEA EN RÓTULA
77.6.7.ESCISIÓN DE LESIÓN ÓSEA EN TIBIA Y PERONÉ
77.6.8.ESCISIÓN DE LESIÓN ÓSEA O LESIÓN EN TARSIANOS Y METATARSIANOS
77.6.9.ESCISIÓN DE LESIÓN ÓSEA EN OTROS HUESOS ESPECIFICADOS
77.7.0.TOMA DE INJERTO ÓSEO DE SITIO NO ESPECIFICADO
77.7.1.TOMA DE INJERTO ÓSEO DE ESCÁPULA, CLAVÍCULA O TÓRAX (COSTILLA Y ESTERNÓN)
77.7.3.TOMA DE INJERTO ÓSEO EN RADIO O CÚBITO
77.7.5.TOMA DE INJERTO ÓSEO DE FÉMUR
77.7.7.TOMA DE INJERTO DE TIBIA O PERONÉ
77.7.8.TOMA DE INJERTO ÓSEO DE TARSO O METATARSO
77.7.9.TOMA DE INJERTO ÓSEO DE OTROS HUESOS ESPECIFICADOS
77.8.1.RESECCIÓN PARCIAL DE ESCÁPULA, CLAVÍCULA O TÓRAX (COSTILLAS Y ESTERNÓN)
77.8.2.RESECCIÓN PARCIAL DE HÚMERO
77.8.3.RESECCIÓN PARCIAL DE RADIO Y CÚBITO
77.8.4.RESECCIÓN PARCIAL DE CARPIANOS O METACARPIANOS
77.8.5.RESECCIÓN PARCIAL DE FÉMUR
77.8.6.RESECCIÓN PARCIAL DE RÓTULA O HEMIPATELECTOMÍA
77.8.7.RESECCIÓN PARCIAL DE TIBIA Y PERONÉ
77.8.8.RESECCIÓN PARCIAL DE TARSIANOS Y METATARSIANOS
77.8.9.RESECCIÓN PARCIAL DE OTROS HUESOS ESPECIFICADOS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (77.8.9.), salvo las subcategorías:

77.8.9.32 Resección de apófisis odontoides por abordaje translateral

77.8.9.33 Resección de apófisis odontoides, por craneotomía suboccipital

77.9.1.RESECCIÓN TOTAL DE ESCÁPULA, CLAVÍCULA O TÓRAX (COSTILLAS Y ESTERNÓN)
77.9.2.RESECCIÓN TOTAL DE HÚMERO
77.9.3.RESECCIÓN TOTAL DE RADIO Y CÚBITO
77.9.4.RESECCIÓN TOTAL DE CARPIANOS Y METACARPIANOS
77.9.5.RESECCIÓN TOTAL DE FÉMUR
77.9.6.RESECCIÓN TOTAL DE RÓTULA O PATELECTOMÍA
77.9.7.RESECCIÓN TOTAL DE TIBIA Y PERONÉ
77.9.8.RESECCIÓN TOTAL DE TARSIANOS Y METATARSIANOS
77.9.9.RESECCIÓN TOTAL DE OTROS HUESOS ESPECIFICADOS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (77.9.9.), salvo la subcategoría:

77.9.9.37 Vertebrectomía total torácica o lumbar con reemplazo corporal artificial

78.0.1.INJERTO ÓSEO EN ESCÁPULA, CLAVÍCULA Y TÓRAX (COSTILLAS Y ESTERNÓN)
78.0.2.INJERTOS ÓSEOS EN HÚMERO
78.0.3.INJERTO ÓSEO EN RADIO Y CÚBITO
78.0.4.INJERTO ÓSEO EN CARPIANOS Y METACARPIANOS
78.0.5.INJERTOS ÓSEOS EN FÉMUR
78.0.7.INJERTO ÓSEO EN TIBIA Y PERONÉ
78.0.8.INJERTO ÓSEO EN TARSIANOS Y METATARSIANOS
78.0.9.INJERTO O TRASPLANTE ÓSEO EN OTROS HUESOS ESPECIFICADOS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (78.0.9.), salvo la subcategoría:

78.0.9.40 Reemplazo de cuerpo vertebral

78.1.2.APLICACIÓN DE DISPOSITIVO EXTERNO DE FIJACIÓN DE HÚMERO
78.1.3.APLICACIÓN DE DISPOSITIVO EXTERNO DE FIJACIÓN DE RADIO O CÚBITO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
78.1.4.APLICACIÓN DE DISPOSITIVO EXTERNO DE FIJACIÓN DE CARPIANOS O METACARPIANOS
78.1.5.APLICACIÓN DE DISPOSITIVO EXTERNO DE FIJACIÓN DE FÉMUR
78.1.6.APLICACIÓN DE DISPOSITIVO EXTERNO DE FIJACIÓN EN RODILLA O RÓTULA
78.1.7.APLICACIÓN DE DISPOSITIVO EXTERNO DE FIJACIÓN DE TIBIA O PERONÉ
78.1.8.APLICACIÓN DE DISPOSITIVO EXTERNO DE FIJACIÓN DE TARSIANOS O METATARSIANOS
78.1.9.APLICACIÓN DE DISPOSITIVO EXTERNO DE FIJACIÓN EN OTROS HUESOS ESPECIFICADOS
78.2.1.PROCEDIMIENTO DE ACORTAMIENTO DE HÚMERO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (78.2.1.), salvo la subcategoría:

78.2.1.02 Epifisiodesis percutánea de húmero

78.2.2.PROCEDIMIENTO DE ACORTAMIENTO DE RADIO Y CÚBITO
78.2.3.PROCEDIMIENTO DE ACORTAMIENTO DE CARPIANOS Y METACARPIANOS
78.2.4.PROCEDIMIENTO DE ACORTAMIENTO DE FÉMUR
78.2.5.PROCEDIMIENTO DE ACORTAMIENTO DE TIBIA O PERONÉ
78.2.6.PROCEDIMIENTO DE ACORTAMIENTO DE TARSIANOS O METATARSIANOS
78.2.7.PROCEDIMIENTO DE ACORTAMIENTO DE FALANGES (DE PIE) (DE MANO)
78.3.0.PROCEDIMIENTO DE ALARGAMIENTO DE EXTREMIDADES SITIO NO ESPECIFICADO
78.3.2.PROCEDIMIENTO DE ALARGAMIENTO DE HÚMERO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (78.3.2.), salvo las subcategorías:

78.3.2.03 Alargamiento de húmero por técnica de distracción sin (corticotomía, osteotomía)

78.3.2.04 Alargamiento de húmero por técnica de distracción con (corticotomía, osteotomía)

78.3.3.PROCEDIMIENTO DE ALARGAMIENTO DE RADIO Y CÚBITO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (78.3.3.), salvo las subcategorías:

78.3.3.02 Alargamiento de radio y cúbito por injerto con dispositivos internos de fijación y osteotomía

78.3.3.05 Alargamiento de cúbito o radio progresivo con dispositivo de fijación externa

78.3.3.06 Alargamiento de cúbito y radio progresivo con dispositivo de fijación externa

78.3.3.07 Alargamiento de radio o cúbito por técnica de distracción sin (corticotomía, osteotomía)

78.3.3.08 Alargamiento de radio y cúbito por técnica de distracción con (corticotomía, osteotomía)

78.3.5.PROCEDIMIENTO DE ALARGAMIENTO DE FÉMUR
78.3.7.PROCEDIMIENTO DE ALARGAMIENTO DE TIBIA Y PERONÉ
78.3.8.PROCEDIMIENTO DE ALARGAMIENTO DE TARSIANOS Y METATARSIANOS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (78.3.8.), salvo la subcategoría:

78.3.8.08 Alargamiento de metatarsianos (uno o más) por técnica de distracción con (corticotomía, osteotomía)

78.3.9.PROCEDIMIENTO DE ALARGAMIENTO DE FALANGES (DE MANO) (DE PIE)

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (78.3.9.), salvo las subcategorías:

78.3.9.02 alargamiento de falanges de mano por técnica de distracción sin (corticotomía, osteotomía)

78.3.9.03 alargamiento de falanges de mano por técnica de distracción con (corticotomía, osteotomía)

78.5.1.FIJACIÓN INTERNA SIN REDUCCIÓN DE FRACTURA DE ESCÁPULA, CLAVÍCULA Y TÓRAX (COSTILLAS Y ESTERNÓN)
78.5.2.FIJACIÓN INTERNA SIN REDUCCIÓN DE FRACTURA DE HÚMERO
78.5.3.FIJACIÓN INTERNA SIN REDUCCIÓN DE FRACTURA DE RADIO Y CÚBITO
78.5.4.FIJACIÓN INTERNA SIN REDUCCIÓN DE FRACTURA DE CARPIANOS Y METACARPIANOS
78.5.5.FIJACIÓN INTERNA SIN REDUCCIÓN DE FRACTURA DE FÉMUR
78.5.6.FIJACIÓN INTERNA SIN REDUCCIÓN DE FRACTURA DE RÓTULA
78.5.7.FIJACIÓN INTERNA SIN REDUCCIÓN DE FRACTURA DE TIBIA Y PERONÉ
78.5.8.FIJACIÓN INTERNA SIN REDUCCIÓN DE FRACTURA DE TARSIANOS Y METATARSIANOS
78.6.0.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN HUESO NO ESPECIFICADO
78.6.1.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN ESCÁPULA, CLAVÍCULA O TÓRAX (COSTILLAS Y ESTERNÓN)
78.6.2.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN HÚMERO
78.6.3.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN RADIO O CÚBITO
78.6.4.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN CARPIANOS O METACARPIANOS
78.6.5.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN FÉMUR
78.6.6.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN RÓTULA
78.6.7.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN TIBIA O PERONÉ
78.6.8.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN TARSIANOS O METATARSIANOS
78.6.9.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN OTROS HUESOS ESPECIFICADOS
78.7.1.OSTEOCLASTIA DE ESCÁPULA, CLAVÍCULA O TÓRAX (COSTILLAS Y ESTERNÓN)
78.7.2.OSTEOCLASTIA DE HÚMERO
78.7.3.OSTEOCLASTIA DE RADIO O CÚBITO
78.7.4.OSTEOCLASTIA DE CARPIANOS O METACARPIANOS
78.7.5.OSTEOCLASTIA DE FÉMUR
78.7.7.OSTEOCLASTIA DE TIBIA O PERONÉ
78.7.8.OSTEOCLASTIA DE TARSIANOS O METATARSIANOS
CÓDIGODESCRIPCIÓN
78.7.9.OSTEOCLASTIA DE OTROS HUESOS ESPECIFICADOS
79.0.1.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE ESCÁPULA, CLAVÍCULA O TÓRAX (COSTILLAS Y ESTERNÓN)
79.0.2.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE HÚMERO
79.0.3.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURAS SIN FIJACIÓN INTERNA DE CÚBITO O RADIO
79.0.4.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE CARPIANOS O METACARPIANOS
79.0.5.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE FÉMUR
79.0.6.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE RÓTULA
79.0.7.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE TIBIA O PERONÉ
79.0.8.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE TARSIANOS Y METATARSIANOS
79.0.9.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE OTROS HUESOS ESPECÍFICOS
79.1.1.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA DE ESCÁPULA, CLAVÍCULA O TÓRAX (COSTILLAS Y ESTERNÓN)
79.1.2.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA DE HÚMERO
79.1.3.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA DE RADIO Y CÚBITO
79.1.4.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA DE CARPIANOS Y METACARPIANOS
79.1.5.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA DE FÉMUR
79.1.6.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA DE RÓTULA
79.1.7.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA DE TIBIA Y PERONÉ CON FIJACIÓN INTERNA
79.1.8.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA DE TARSIANOS Y METATARSIANOS
79.1.9.REDUCCIÓN CERRADA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA DE OTROS HUESOS ESPECÍFICOS
79.2.1.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE ESCÁPULA, CLAVÍCULA Y TÓRAX (COSTILLAS Y ESTERNÓN)
79.2.2.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE HÚMERO
79.2.3.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE RADIO O CÚBITO
79.2.4.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE CARPIANOS Y METACARPIANOS
79.2.5.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE FÉMUR
79.2.6.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE RÓTULA
79.2.7.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE TIBIA O PERONÉ
79.2.8.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE TARSIANOS O METATARSIANOS
79.2.9.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA SIN FIJACIÓN INTERNA DE OTROS HUESOS ESPECÍFICOS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (79.2.9.), salvo la subcategoría:

79.2.9.42 Reducción abierta de fractura sin fijación de sacro vía posterior

79.3.1.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA DE ESCÁPULA, CLAVÍCULA O TÓRAX (COSTILLAS Y ESTERNÓN)
79.3.2.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA EN HÚMERO
79.3.3.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA EN RADIO O CÚBITO
79.3.4.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA EN CARPIANOS Y METACARPIANOS
79.3.5.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA EN FÉMUR
79.3.6.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA EN RÓTULA
79.3.7.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA EN TIBIA Y PERONÉ
79.3.8.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA EN TARSIANOS Y METATARSIANOS
79.3.9.REDUCCIÓN ABIERTA DE FRACTURA CON FIJACIÓN INTERNA DE OTROS HUESOS ESPECIFICADOS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (79.3.9.), salvo la subcategoría:

79.3.9.60 Reducción abierta de fractura de columna vertebral (torácica, lumbar o sacra) con instrumentación por endoscopia

79.4.1.REDUCCIÓN CERRADA DE EPÍFISIS SEPARADA EN HÚMERO
79.4.2.REDUCCIÓN CERRADA DE EPÍFISIS SEPARADA EN RADIO O CÚBITO
79.4.5.REDUCCIÓN CERRADA DE EPÍFISIS SEPARADA EN FÉMUR
79.4.6.REDUCCIÓN CERRADA DE EPÍFISIS SEPARADA EN TIBIA O PERONÉ
79.5.1.REDUCCIÓN ABIERTA CON O SIN FIJACIÓN INTERNA DE EPÍFISIS SEPARADA EN HÚMERO
79.5.2.REDUCCIÓN ABIERTA CON O SIN FIJACIÓN INTERNA DE EPÍFISIS SEPARADA EN RADIO O CÚBITO
79.5.5.REDUCCIÓN ABIERTA CON O SIN FIJACIÓN INTERNA DE EPÍFISIS SEPARADA EN FÉMUR
79.5.6.REDUCCIÓN ABIERTA CON O SIN FIJACIÓN INTERNA DE EPÍFISIS SEPARADA EN TIBIA O PERONÉ
79.6.1.LAVADO Y DESBRIDAMIENTO DE FRACTURA ABIERTA DE HÚMERO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
79.6.2.LAVADO Y DESBRIDAMIENTO DE FRACTURA ABIERTA DE RADIO O CÚBITO
79.6.3.LAVADO Y DESBRIDAMIENTO DE FRACTURA ABIERTA DE CARPIANOS Y METACARPIANOS
79.6.4.LAVADO Y DESBRIDAMIENTO DE FRACTURA ABIERTA DE FALANGES EN MANO
79.6.5.LAVADO Y DESBRIDAMIENTO DE FRACTURA ABIERTA DE FÉMUR
79.6.6.LAVADO Y DESBRIDAMIENTO DE FRACTURA ABIERTA DE TIBIA Y PERONÉ
79.6.7.LAVADO Y DESBRIDAMIENTO DE FRACTURA ABIERTA DE TARSIANOS Y METATARSIANOS
79.6.8.LAVADO Y DESBRIDAMIENTO DE FRACTURA ABIERTA DE DEDOS DE PIE
79.6.9.LAVADO Y DESBRIDAMIENTO DE FRACTURA ABIERTA DE OTROS HUESOS ESPECIFICADOS
79.7.1.REDUCCIÓN CERRADA DE LUXACIÓN EN HOMBRO
79.7.2.REDUCCIÓN CERRADA DE LUXACIÓN EN CODO
79.7.3.REDUCCIÓN CERRADA DE LUXACIÓN EN MUÑECA
79.7.4.REDUCCIÓN CERRADA DE LUXACIÓN EN MANO Y DEDOS
79.7.5.REDUCCIÓN CERRADA DE DISPLASIA O DE LUXACIÓN DE CADERA
79.7.6.REDUCCIÓN CERRADA DE LUXACIÓN EN RODILLA
79.7.7.REDUCCIÓN CERRADA DE LUXACIÓN EN TOBILLO
79.7.8.REDUCCIÓN CERRADA DE LUXACIÓN EN PIE Y DEDOS
79.7.9.REDUCCIÓN CERRADA DE LUXACIÓN EN OTROS HUESOS ESPECIFICADOS
79.8.1.REDUCCIÓN ABIERTA DE LUXACIÓN DE HOMBRO
79.8.2.REDUCCIÓN ABIERTA DE LUXACIÓN DE CODO
79.8.3.REDUCCIÓN ABIERTA DE LUXACIÓN DE MUÑECA
79.8.4.REDUCCIÓN ABIERTA DE LUXACIÓN DE MANO Y DEDOS
79.8.5.REDUCCIÓN ABIERTA DE LUXACIÓN DE CADERA
79.8.6.REDUCCIÓN ABIERTA DE LUXACIÓN DE RODILLA
79.8.7.REDUCCIÓN ABIERTA DE LUXACIÓN EN TOBILLO
79.8.8.REDUCCIÓN ABIERTA DE LUXACIÓN DE PIE Y DEDOS
79.8.9.REDUCCIÓN ABIERTA DE LUXACIÓN DE OTROS SITIOS ESPECIFICADOS
79.9.1.REDUCCIÓN DE FRACTURAS INTRAARTICULARES Y LUXOFRACTURAS EN HOMBRO
79.9.2.REDUCCIÓN DE FRACTURAS INTRAARTICULARES Y LUXOFRACTURAS EN CODO
79.9.3.REDUCCIÓN DE FRACTURAS INTRAARTICULARES Y LUXOFRACTURAS EN MUÑECA
79.9.4.REDUCCIÓN DE FRACTURAS INTRAARTICULARES Y LUXOFRACTURAS EN MANOS Y DEDOS
79.9.5.REDUCCIÓN DE FRACTURAS INTRAARTICULARES Y LUXOFRACTURAS EN CADERA
79.9.6.REDUCCIÓN DE FRACTURAS INTRAARTICULARES Y LUXOFRACTURAS EN RODILLA
79.9.7.REDUCCIÓN DE FRACTURAS INTRAARTICULARES Y LUXOFRACTURAS EN TOBILLO
79.9.8.REDUCCIÓN DE FRACTURAS INTRAARTICULARES Y LUXOFRACTURAS EN PIE Y DEDOS DE PIE
80.0.1.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN HOMBRO POR ARTROTOMÍA
80.0.2.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN CODO POR ARTROTOMÍA
80.0.3.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN MUÑECA POR ARTROTOMÍA
80.0.4.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN MANO Y DEDO POR ARTROTOMÍA
80.0.5.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN CADERA POR ARTROTOMÍA
80.0.6.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN RODILLA POR ARTROTOMÍA
80.0.7.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN TOBILLO POR ARTROTOMÍA
80.0.8.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO IMPLANTADO O CUERPO EXTRAÑO EN PIE Y ARTEJOS POR ARTROTOMÍA
80.1.1.OTRA ARTROTOMÍA DE HOMBRO
80.1.2.OTRA ARTROTOMÍA DE CODO
80.1.3.OTRA ARTROTOMÍA DE MUÑECA
80.1.4.OTRA ARTROTOMÍA DE MANO Y DEDO
80.1.5.OTRA ARTROTOMÍA DE PELVIS
80.1.6.OTRA ARTROTOMÍA DE RODILLA
80.1.7.OTRA ARTROTOMÍA DE TOBILLO
80.1.8.OTRA ARTROTOMÍA EN PIE Y ARTEJOS
80.2.1.ARTROSCOPIA DE HOMBRO
80.2.2.ARTROSCOPIA DE CODO
80.2.3.ARTROSCOPIA DE MUÑECA
80.2.4.ARTROSCOPIA DE MANO Y DEDO
80.2.5.ARTROSCOPIA DE PELVIS
80.2.6.ARTROSCOPIA DE RODILLA
80.2.7.ARTROSCOPIA DE TOBILLO
80.2.8.ARTROSCOPIA EN PIE Y ARTEJOS
80.3.1.BIOPSIA ARTICULAR DE HOMBRO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
80.3.2.BIOPSIA ARTICULAR DE CODO
80.3.3.BIOPSIA ARTICULAR DE MUÑECA
80.3.4.BIOPSIA ABIERTA ARTICULAR EN MANO Y DEDO
80.3.5.BIOPSIA ARTICULAR DE CADERA
80.3.6.BIOPSIA ARTICULAR DE RODILLA
80.3.7.BIOPSIA ARTICULAR DE TOBILLO
80.3.8.BIOPSIA ARTICULAR EN PIE Y ARTEJOS
80.4.0.DIVISIÓN DE CÁPSULA, LIGAMENTO O CARTÍLAGO ARTICULAR NO CLASIFICADO BAJO OTRO CONCEPTO
80.4.1.DIVISIÓN DE CÁPSULA, LIGAMENTO O CARTÍLAGO ARTICULAR DE HOMBRO
80.4.2.DIVISIÓN DE CÁPSULA, LIGAMENTO O CARTÍLAGO ARTICULAR DE CODO
80.4.3.DIVISIÓN DE CÁPSULA, LIGAMENTO O CARTÍLAGO ARTICULAR DE MUÑECA Y MANO
80.4.4.DIVISIÓN DE CÁPSULA, LIGAMENTO O CARTÍLAGO ARTICULAR DE MANO Y DEDO
80.4.5.DIVISIÓN DE CÁPSULA, LIGAMENTO O CARTÍLAGO ARTICULAR DE CADERA
80.4.6.DIVISIÓN DE CÁPSULA, LIGAMENTO O CARTÍLAGO ARTICULAR DE RODILLA
80.4.7.DIVISIÓN DE CÁPSULA, LIGAMENTO O CARTÍLAGO ARTICULAR DE TOBILLO
80.4.8.DIVISIÓN DE CÁPSULA, LIGAMENTO O CARTÍLAGO ARTICULAR DE PIE Y ARTEJOS
80.5.1.DISCECTOMÍA O ESCISIÓN QUIRÚRGICA DE DISCO INTERVERTEBRAL
80.5.2.QUIMIONUCLEOLISIS O DISCÓLISIS INTERVERTEBRAL
80.5.9.OTRA ABLACIÓN DE DISCO INTERVERTEBRAL
80.6.1.ESCISIÓN DE MENISCOS DE RODILLA
80.7.0.SINOVECTOMÍA DE SITIO INESPECIFICADO
80.7.1.SINOVECTOMÍA DE HOMBRO
80.7.2.SINOVECTOMÍA DE CODO
80.7.3.SINOVECTOMÍA DE MUÑECA
80.7.4.SINOVECTOMÍA DE MANO Y DEDO
80.7.5.SINOVECTOMÍA DE CADERA
80.7.6.SINOVECTOMÍA DE RODILLA
80.7.7.SINOVECTOMÍA DE TOBILLO
80.7.8.SINOVECTOMÍA DE PIE Y ARTEJOS
80.8.0.DESBRIDAMIENTO, LAVADO Y LIMPIEZA DE ARTICULACIÓN
80.8.1.OTRA ESCISIÓN LOCAL O ABLACIÓN DE LESIÓN ARTICULAR DE HOMBRO
80.8.2.OTRA ESCISIÓN DE LESIÓN ARTICULAR DE CODO
80.8.3.OTRA ESCISIÓN DE LESIÓN ARTICULAR DE MUÑECA
80.8.4.OTRA ESCISIÓN DE LESIÓN ARTICULAR DE MANO Y DEDO
80.8.5.OTRA ESCISIÓN DE LESIÓN ARTICULAR DE CADERA
80.8.6.OTRA ESCISIÓN DE LESIÓN ARTICULAR DE RODILLA
80.8.7.OTRA ESCISIÓN DE LESIÓN ARTICULAR DE TOBILLO
80.8.8.OTRA ESCISIÓN DE LESIÓN ARTICULAR DE PIE Y ARTEJOS
81.0.1.ARTRODESIS O FUSIÓN ESPINAL ATLAS-AXIS
81.0.2.OTRA ARTRODESIS O FUSIÓN ESPINAL CERVICAL, TÉCNICA ANTERIOR
81.0.3.OTRA ARTRODESIS O FUSIÓN ESPINAL CERVICAL, TÉCNICA POSTERIOR
81.0.4.ARTRODESIS O FUSIÓN TORÁCICA Y TORACOLUMBAR, TÉCNICA ANTERIOR
81.0.5.ARTRODESIS O FUSIÓN TORÁCICA Y TORACOLUMBAR, TÉCNICA POSTERIOR
81.0.6.ARTRODESIS O FUSIÓN ESPINAL LUMBAR Y LUMBOSACRA, TÉCNICA ANTERIOR
81.0.7.ARTRODESIS O FUSIÓN ESPINAL LUMBAR Y LUMBOSACRA, TÉCNICA LATERAL-TRANSVERSA
81.0.8.ARTRODESIS O FUSIÓN ESPINAL LUMBAR Y LUMBOSACRA, TÉCNICA POSTERIOR
81.0.9.REFUSIÓN DE COLUMNA VERTEBRAL
81.1.1.ARTRODESIS DE TOBILLO
81.1.2.ARTRODESIS TRIPLE
81.1.3.ARTRODESIS SUBASTRAGALINA O SUBTALAR
81.1.4.ARTRODESIS MEDIOTARSAL
81.1.5.ARTRODESIS TARSOMETATARSAL
81.1.6.ARTRODESIS METATARSOFALANGICA
81.1.7.OTRA ARTRODESIS DE PIE
81.2.0.ARTRODESIS DE ARTICULACIÓN
81.2.1.ARTRODESIS DE CADERA
81.2.2.ARTRODESIS DE RODILLA
81.2.3.ARTRODESIS DE HOMBRO
81.2.4.ARTRODESIS EN CODO
81.2.5.ARTRODESIS CARPORADIAL
81.2.6.ARTRODESIS CARPOMETACARPIANA
81.2.7.ARTRODESIS METACARPO-FALÁNGICA
81.2.8.ARTRODESIS INTERFALANGEAL EN MANO
81.2.9.ARTRODESIS DE OTRA ARTICULACIÓN ESPECÍFICADA
81.3.1.ARTROPLASTIA DE PIE Y ARTEJOS NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
81.3.2.OTRA ARTROPLASTIA DE PIE Y ARTEJOS
81.4.1.ARTROPLASTIA DE CADERA
81.4.2.ARTROPLASTIAS O REPARACIONES EN RODILLA
81.4.4.ESTABILIZACIÓN PATELAR
81.4.5.OTRA REPARACIÓN DE LIGAMENTOS CRUZADOS
81.4.6.OTRA REPARACIÓN DE LIGAMENTOS COLATERALES
81.4.7.OTRA REPARACIÓN DE RODILLA
81.4.9.OTRA REPARACIÓN DE TOBILLO
81.5.1.REEMPLAZO TOTAL DE CADERA
81.5.2.REEMPLAZO PARCIAL DE CADERA
81.5.3.REVISIÓN DE REEMPLAZO DE CADERA
81.5.4.REEMPLAZO DE RODILLA
81.5.5.REVISIÓN DE REEMPLAZO DE RODILLA
81.5.6.REEMPLAZO PROTÉSICO TOTAL DE TOBILLO
81.5.7.REEMPLAZO ARTICULAR DE PIE Y ARTEJOS
81.5.8.REVISIÓN DE REEMPLAZO ARTICULAR TOBILLO
81.7.2.ARTROPLASTIA DE MANO Y DEDOS SIN PRÓTESIS SINTÉTICA O IMPLANTE
81.7.9.OTRA REPARACIÓN DE MANO, MUÑECA Y DEDOS
81.8.0.REEMPLAZO TOTAL DE HOMBRO
81.8.1.REEMPLAZO PROTÉSICO PARCIAL DE HOMBRO
81.8.2.REPARACIÓN DE LUXACIÓN RECURRENTE DE HOMBRO
81.8.3.OTRA REPARACIÓN DE HOMBRO
81.8.4.REEMPLAZO TOTAL PROTÉSICO DE CODO
81.8.5.REEMPLAZO PARCIAL PROTÉSICO DE CODO
81.8.6.OTRAS REPARACIONES DEL CODO
81.9.1.ARTROCENTESIS
81.9.2.INYECCIÓN DE SUSTANCIA TERAPÉUTICA DENTRO DE ARTICULACIÓN O LIGAMENTO
81.9.3.SUTURA DE CÁPSULA O LIGAMENTO O CARTÍLAGO DE EXTREMIDAD SUPERIOR
81.9.4.SUTURA DE CÁPSULA O LIGAMENTO DE TOBILLO Y PIE
81.9.5.OTRA SUTURA DE CÁPSULA O LIGAMENTO DE EXTREMIDAD INFERIOR
81.9.6.ARTRODIASTASIS
81.9.7.REVISIÓN DE REEMPLAZO ARTICULAR DE EXTREMIDAD SUPERIOR
81.9.8.OTROS PROCEDIMIENTOS DIAGNÓSTICOS EN ARTICULACIONES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (81.9.8.), salvo la subcategoría:

81.9.8.10 Endoscopia diagnóstica de columna vertebral

82.0.1.INCISIÓN DE VAINA DE TENDÓN DE MANO
82.0.2.MIOTOMÍA DE MANO
82.0.3.BURSOTOMÍA DE MANO
82.0.4.INCISIÓN Y DRENAJE DE ESPACIO PALMAR O TENAR
82.1.1.TENOTOMÍA DE MANO
82.1.2.FASCIOTOMÍA DE MANO
82.1.9.OTRA DIVISIÓN O INCISIÓN DE TEJIDO BLANDO DE MANO
82.2.1.ESCISIÓN DE LESIÓN DE ENVOLTURA O VAINA DE TENDÓN DE MANO
82.2.2.ESCISIÓN DE LESIÓN DE MÚSCULO DE MANO
82.3.1.BURSECTOMÍA DE MANO
82.3.2.ESCISIÓN DE TENDÓN DE MANO PARA INJERTO (DIFERENTE REGIÓN OPERATORIA)
82.3.3.OTRA TENDONECTOMÍA DE MANO
82.3.4.ESCISIÓN DE MÚSCULO O FASCIA DE MANO PARA INJERTO
82.3.5.OTRA FASCIECTOMÍA DE MANO
82.3.6.OTRA MIECTOMÍA DE MANO
82.4.1.SUTURA DE ENVOLTURA O VAINA DE TENDÓN DE MANO
82.4.2.SUTURA DE TENDÓN FLEXOR DE DEDOS EN MANO
82.4.3.SUTURA DE OTRO TENDÓN DE DEDOS EN MANO
82.4.6.SUTURA DE MÚSCULO O FASCIA DE MANO
82.5.1.AVANZAMIENTO DE TENDÓN DE MANO
82.5.2.RETROCESO DE TENDÓN DE MANO
82.5.3.REFIJACIÓN O REINSERCIÓN DE TENDÓN DE MANO
82.5.4.REFIJACIÓN DE MÚSCULO DE MANO
82.5.5.ALARGAMIENTO DE TENDÓN EN MANO
82.6.1.PROCEDIMIENTOS DE PULGARIZACIÓN O POLICITACIÓN CON SUMINISTRO NEUROVASCULAR
82.6.9.OTRA RECONSTRUCCIÓN DEL PULGAR
82.7.1.RECONSTRUCCIÓN DE POLEA DE TENDÓN
82.7.2.PROCEDIMIENTOS PLÁSTICOS EN MANO CON INJERTO DE MÚSCULO O FASCIA
82.7.9.PROCEDIMIENTOS PLÁSTICOS EN MANO CON OTRO INJERTO O IMPLANTE
82.8.1.TRANSFERENCIA DE DEDO, EXCEPTO PULGAR
82.8.2.REPARACIÓN DE DEFORMIDADES CONGÉNITAS DE LA MANO
82.8.3.REPARACIÓN DE MACRODACTILIA, CAMPTODACTILIA, SINDACTILIA, CLINODACTILIA
82.8.4.REPARACIÓN DE DEDOS DE MANO
82.8.5.OTRAS TENODESIS DE MANO
82.8.6.OTRAS TENOPLASTIAS DE MANO
82.8.9.OTROS PROCEDIMIENTOS PLÁSTICOS EN MANO
82.9.1.LISIS DE ADHERENCIAS DE MANO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
82.9.2.ASPIRACIÓN DE BURSA DE MANO
82.9.4.INYECCIÓN DE SUSTANCIA TERAPÉUTICA DENTRO DE BURSA DE MANO
82.9.5.INYECCIÓN DE SUSTANCIA TERAPÉUTICA DENTRO DE TENDÓN DE MANO
82.9.9.OTROS PROCEDIMIENTOS EN MÚSCULO, TENDÓN Y FASCIA EN MANO
83.0.1.INCISIÓN DE ENVOLTURA DE TENDÓN
83.0.2.MIOTOMÍA
83.0.3.BURSOTOMÍA
83.1.1.TENOTOMÍAS EN PIE Y TOBILLO
83.1.2.TENOTOMÍA EN CADERA
83.1.3.OTRAS TENOTOMÍAS
83.1.4.FASCIOTOMÍA
83.1.9.OTRA INCISIÓN DE TEJIDO BLANDO
83.2.1.BIOPSIA DE TEJIDO BLANDO (MÚSCULO, TENDÓN, FASCIA Y BURSA INCLUYENDO MANO)
83.3.0.RESECCIÓN DE TUMOR DE MÚSCULO, TENDÓN, FASCIA Y BOLSA SINOVIAL
83.3.1.ESCISIÓN DE LESIÓN DE ENVOLTURA DE TENDÓN
83.3.2.ESCISIÓN DE LESIÓN DE MÚSCULO
83.3.9.ESCISIÓN DE LESIÓN DE OTRO TEJIDO BLANDO
83.4.1.ESCISIÓN DE TENDÓN PARA INJERTO (DIFERENTE REGIÓN OPERATORIA)
83.4.2.OTRA TENDONECTOMÍA
83.4.3.ESCISIÓN DE MÚSCULO O FASCIA PARA INJERTO
83.4.5.OTRA MIECTOMÍA
83.4.6.RESECCIÓN DE BOLSA TENDINOSA, FASCIA, MÚSCULO O TENDÓN; EXCEPTO MANO Y PIE
83.4.9.OTRA ESCISIÓN DE TEJIDO BLANDO NO ARTICULAR
83.5.1.BURSECTOMÍA ABIERTA
83.5.5.BURSECTOMÍA POR ARTROSCOPIA
83.6.0.SUTURA DE MÚSCULO, TENDÓN Y FASCIA
83.6.1.SUTURA DE ENVOLTURA DE TENDÓN
83.6.2.SUTURA DIFERIDA DE TENDÓN
83.6.3.REPARACIÓN DEL MANGUITO ROTADOR
83.6.4.OTRA SUTURA DE TENDÓN
83.6.5.OTRA SUTURA DE MÚSCULO O FASCIA
83.7.1.AVANZAMIENTO DE TENDÓN
83.7.2.RETROCESO DE TENDÓN
83.7.3.REFIJACIÓN DE TENDÓN
83.7.4.REFIJACIÓN DE MÚSCULO
83.7.5.TRANSFERENCIA O TRASPLANTE DE TENDÓN
83.7.6.TRANSPOSICIÓN MIOTENDINOSA
83.7.7.TRANSFERENCIA O TRASPLANTE DE MÚSCULO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (83.7.7.), salvo la subcategoría:

83.7.7.01 Trasplante de músculo

83.7.9.OTRA TRANSPOSICIÓN DE MÚSCULO
83.8.2.INJERTO DE MÚSCULO O FASCIA
83.8.3.RECONSTRUCCIÓN DE POLEA DE TENDÓN
83.8.4.LIBERACIÓN DE PIE TALO
83.8.5.OTRO CAMBIO DE LONGITUD EN MÚSCULO O TENDÓN
83.8.6.CUADRICEPSPLASTIA
83.8.7.OTROS PROCEDIMIENTOS PLÁSTICOS EN MÚSCULO
83.8.8.OTROS PROCEDIMIENTOS PLÁSTICOS EN TENDÓN

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (83.8.8.), salvo la subcategoría:

83.8.8.20 Fijación de tendón

83.8.9.OTROS PROCEDIMIENTOS PLÁSTICOS EN FASCIA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (83.8.9.), salvo la subcategoría:

83.8.9.10 Alargamiento de fascia

83.9.1.LISIS DE ADHERENCIAS DE MÚSCULOS, TENDÓN, FASCIA Y BURSA
83.9.4.ASPIRACIÓN DE BURSA
83.9.5.ASPIRACIÓN DE OTRO TEJIDO BLANDO
83.9.6.INYECCIÓN O INFILTRACIÓN DE SUSTANCIA TERAPÉUTICA DENTRO DE BURSA
83.9.7.INYECCIÓN O INFILTRACIÓN DE SUSTANCIA TERAPÉUTICA DENTRO DE TENDÓN
83.9.9.OTROS PROCEDIMIENTOS EN MÚSCULOS, TENDÓN, FASCIA Y BURSA
84.0.0.AMPUTACIÓN DE MIEMBRO SUPERIOR NO CLASIFICADO BAJO OTRO CONCEPTO
84.0.1.AMPUTACIÓN Y DESARTICULACIÓN DE DEDOS DE LA MANO
84.0.2.AMPUTACIÓN Y DESARTICULACIÓN DE PULGAR
84.0.3.AMPUTACIÓN A TRAVÉS DE HUESOS DEL CARPO (MANO)
84.0.4.DESARTICULACIÓN DE MUÑECA
84.0.5.AMPUTACIÓN A TRAVÉS DE ANTEBRAZO
84.0.6.DESARTICULACIÓN DE CODO
84.0.7.AMPUTACIÓN A TRAVÉS DE HÚMERO
84.0.8.DESARTICULACIÓN DE HOMBRO
84.0.9.AMPUTACIÓN INTERTORACO ESCAPULAR
84.1.0.AMPUTACIÓN DE MIEMBRO INFERIOR NO CLASIFICADA BAJO OTRO CONCEPTO
84.1.1.AMPUTACIÓN O DESARTICULACIÓN DE ARTEJOS
CÓDIGODESCRIPCIÓN
84.1.2.AMPUTACIÓN O DESARTICULACIÓN DE PIE
84.1.3.DESARTICULACIÓN DE TOBILLO
84.1.4.AMPUTACIÓN DE TOBILLO A TRAVÉS DEL MALÉOLO DE TIBIA Y PERONÉ
84.1.5.OTRA AMPUTACIÓN POR DEBAJO DE LA RODILLA
84.1.6.DESARTICULACIÓN DE RODILLA
84.1.7.AMPUTACIÓN POR ENCIMA DE RODILLA
84.1.8.DESARTICULACIÓN DE CADERA
84.2.1.REIMPLANTE DE PULGAR
84.2.2.REIMPLANTE DE DEDOS EN MANO
84.2.3.REIMPLANTE DE ANTEBRAZO, MUÑECA O MANO
84.2.4.REIMPLANTE DE MIEMBRO SUPERIOR A NIVEL DEL BRAZO
84.2.5.REIMPLANTE DE ARTEJOS
84.2.6.REIMPLANTE DE PIE
84.2.7.REIMPLANTE DE PIERNA O TOBILLO
84.2.8.REIMPLANTE DE MUSLO
84.3.1.REMODELACIÓN [RECONSTRUCCIÓN] (REVISIÓN) DEL MUÑÓN DE AMPUTACIÓN DE HOMBRO
84.3.2.REMODELACIÓN [RECONSTRUCCIÓN] (REVISIÓN) DEL MUÑÓN DE AMPUTACIÓN DE ANTEBRAZO
84.3.3.REMODELACIÓN [RECONSTRUCCIÓN] (REVISIÓN) DEL MUÑÓN DE AMPUTACIÓN DE BRAZO
84.3.4.REMODELACIÓN [RECONSTRUCCIÓN] (REVISIÓN) DEL MUÑÓN DE AMPUTACIÓN DE MANO
84.3.5.REMODELACIÓN [RECONSTRUCCIÓN] (REVISIÓN) DEL MUÑÓN DE AMPUTACIÓN DE DEDOS DE MANO
84.3.6.REMODELACIÓN [RECONSTRUCCIÓN] (REVISIÓN) DEL MUÑÓN DE AMPUTACIÓN DE MUSLO
84.3.7.REMODELACIÓN [RECONSTRUCCIÓN] (REVISIÓN) DEL MUÑÓN DE AMPUTACIÓN DE LA PIERNA
84.3.8.REMODELACIÓN [RECONSTRUCCIÓN] (REVISIÓN) DEL MUÑÓN DE AMPUTACIÓN DEL PIE O ARTEJOS
84.3.9.REMODELACIÓN [RECONSTRUCCIÓN] (REVISIÓN) DEL MUÑÓN DE AMPUTACIÓN DE CADERA
84.4.1.IMPLANTACIÓN DE PRÓTESIS DE BRAZO Y HOMBRO
84.4.3.IMPLANTACIÓN DE PRÓTESIS POR ENCIMA DE RODILLA
84.4.4.IMPLANTACIÓN DE PRÓTESIS POR DEBAJO DE RODILLA
84.4.5.IMPLANTACIÓN DE PRÓTESIS DE PIERNA
84.9.0.CORRECCIÓN DE MALFORMACIÓN CONGÉNITA DE PIE
84.9.1.AMPUTACIONES
84.9.4.CORRECCIÓN DE SINOSTOSIS RADIOCUBITAL
84.9.5.PROCEDIMIENTOS MÚLTIPLES EN MIEMBROS INFERIORES
85.0.1.DRENAJE EN MAMA POR MASTOTOMÍA O MAMOTOMÍA
85.0.2.EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO DE MAMA
85.1.1.BIOPSIA CERRADA (PERCUTÁNEA) (AGUJA) DE MAMA
85.1.2.BIOPSIA ABIERTA DE MAMA
85.1.3.LOCALIZACIÓN DE LESIÓN NO PALPABLE DE MAMA
85.2.0.ESCISIÓN O ABLACIÓN DE TEJIDO DE MAMA
85.2.1.ESCISIÓN LOCAL DE LESIÓN DE MAMA
85.2.2.RESECCIÓN DE CUADRANTE DE MAMA
85.2.3.MASTECTOMÍA SUBTOTAL
85.2.4.ESCISIÓN DE TEJIDO MAMARIO ECTÓPICO
85.2.5.ESCISIÓN DE PEZÓN
85.3.1.REDUCCIÓN DE MAMA [MAMOPLASTIA DE REDUCCIÓN]
85.3.4.PLASTIA ONCOLÓGICA DE MAMA [MAMOPLASTIA ONCOLÓGICA]
85.4.0.MASTECTOMÍA SUBCUTÁNEA
85.4.1.MASTECTOMÍA SIMPLE UNILATERAL
85.4.2.MASTECTOMÍA SIMPLE BILATERAL
85.4.3.MASTECTOMÍA SIMPLE AMPLIADA UNILATERAL
85.4.4.MASTECTOMÍA SIMPLE AMPLIADA BILATERAL
85.4.5.MASTECTOMÍA RADICAL UNILATERAL
85.4.6.MASTECTOMÍA RADICAL BILATERAL
85.4.7.MASTECTOMÍA RADICAL AMPLIADA UNILATERAL
85.4.8.MASTECTOMÍA RADICAL AMPLIADA BILATERAL
85.7.2.RECONSTRUCCIÓN DE MAMA CON TEJIDO AUTÓLOGO
85.8.1.SUTURA DE HERIDA DE LA MAMA
85.8.2.INJERTO DE GROSOR PARCIAL EN LA PIEL DE LA MAMA
85.8.3.INJERTO DE GROSOR TOTAL EN LA PIEL DE LA MAMA
85.8.4.COLGAJO EN LA MAMA
85.8.7.PLASTIA O RECONSTRUCCIÓN DE PEZÓN
86.0.1.BIOPSIA DE PIEL Y TEJIDO CELULAR SUBCUTÁNEO
86.0.2.PRUEBAS DE SENSIBILIZACIÓN EN PIEL
86.1.1.DRENAJE DE PIEL O TEJIDO CELULAR SUBCUTÁNEO
86.1.2.INCISIÓN CON EXTRACCIÓN DE CUERPO EXTRAÑO DE PIEL O TEJIDO CELULAR SUBCUTÁNEO
86.1.4.INYECCIÓN , INFILTRACIÓN DE MATERIAL DE RELLENO O TATUAJE DE LESIÓN O DEFECTO DE PIEL

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (86.1.4.), salvo la subcategoría:

86.1.4.10 Tatuaje intradérmico o inyección de pigmentos opacos insolubles

CÓDIGODESCRIPCIÓN
86.1.8.INSERCIÓN DE DISPOSITIVO TERAPÉUTICO EN PIEL O TEJIDO CELULAR SUBCUTÁNEO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (86.1.8.), salvo la subcategoría:

86.1.8.04 Inserción de estimulador eléctrico transcutáneo (para control de dolor)

86.1.9.REVISIÓN O REPROGRAMACIÓN DE DISPOSITIVOS DE INFUSIÓN
86.2.1.ESCISIÓN DE QUISTE O SENO PILONIDAL
86.2.2.DESBRIDAMIENTO ESCISIONAL POR LESIÓN SUPERFICIAL
86.2.3.DESBRIDAMIENTO ESCISIONAL POR LESIÓN DE TEJIDOS PROFUNDOS
86.2.5.ABRASIÓN DÉRMICA
86.2.6.OTROS DESBRIDAMIENTOS
86.2.7.EXTRACCIÓN DE UÑA, LECHO O PLIEGUE
86.2.8.DESBRIDAMIENTO NO ESCISIONAL DE TEJIDO DESVITALIZADO
86.2.9.FISTULECTOMÍA DE PIEL Y TEJIDO CELULAR SUBCUTÁNEO
86.3.1.ABLACIÓN DE LESIONES CUTÁNEAS POR CAUTERIZACIÓN, FULGURACIÓN O CRIOTERAPIA
86.3.5.ESCISIÓN DE LESIONES CUTÁNEAS POR RADIOFRECUENCIA
86.3.6.OTRA ESCISIÓN O ABLACIÓN LOCAL DE LESIONES CUTÁNEAS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (86.3.6.), salvo las subcategorías:

86.3.6.01 Apertura o resección de quistes o pústulas (cirugía para acné)

86.3.6.03 Ablación de telangiectasias por escleroterapia

86.4.1.RESECCIÓN DE TUMOR BENIGNO O MALIGNO DE PIEL O TEJIDO CELULAR SUBCUTÁNEO ÁREA GENERAL
86.4.2.RESECCIÓN DE TUMOR BENIGNO O MALIGNO DE PIEL O TEJIDO CELULAR SUBCUTÁNEO
86.4.3.CIRUGÍA MICROGRÁFICA [DE MOHS] POR CORTE
86.5.1.SUTURA DE HERIDA EN ÁREA GENERAL
86.5.2.SUTURA DE HERIDA EN ÁREA ESPECIAL (CARA, CUERO CABELLUDO, CUELLO, MANOS, PIES PLIEGUES DE FLEXIÓN, GENITALES)
86.6.1.INJERTO DE PIEL PARCIAL
86.6.2.INJERTO DE PIEL TOTAL LIBRE
86.6.3.INJERTO CONDROCUTÁNEO
86.6.4.INJERTO EN REGIÓN PILOSA (CEJA, BARBA O CUERO CABELLUDO)

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (86.6.4.), salvo las subcategorías:

86.6.4.02 Microinjerto de cuero cabelludo

86.6.6.HOMOINJERTO O AUTOINJERTO DE PIEL
86.6.7.INJERTO GRASO [LIPOINJERTO]
86.7.0.COLGAJO LOCAL
86.7.1.COLGAJOS COMPUESTOS
86.7.2.COLGAJO LOCAL DE PIEL COMPUESTO DE VECINDAD (MUSCULARES, FASCIOCUTÁNEOS, MÚSCULO-CUTÁNEOS, OSTEOMÚSCULO-CUTÁNEOS)
86.7.3.DIFERIMIENTO DE CUALQUIER COLGAJO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (86.7.3.), salvo la subcategoría:

86.7.3.02 Colgajo compuesto prefabricado

86.7.5.REVISIÓN DE INJERTO O COLGAJO
86.8.1.CORRECCIÓN QUIRÚRGICA DE CICATRICES
86.8.3.PLASTIAS DE REDUCCIÓN DE TAMAÑO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (86.8.3.), salvo las subcategorías:

86.8.3.08 Reducción de tejido adiposo en área submandibular, por liposucción

86.8.3.09 Reducción de tejido adiposo en área submandibular, por lipectomía

86.8.3.14 Paniculectomía de tórax

86.8.3.15 Paniculectomía de abdomen

86.8.3.16 Paniculectomía de muslos, pelvis, glúteos o brazos

86.8.4.PLASTIA EN Z O W EN ÁREA GENERAL
86.8.5.PLASTIA EN Z O W EN ÁREA ESPECIAL (CARA, CUELLO, ZONAS DE FLEXIÓN, MANOS, PIES Y GENITALES)
86.9.1.RESECCIÓN DE GLÁNDULAS SUDORÍPARAS
86.9.2.MANEJO QUIRÚRGICO DE LINFEDEMA
86.9.4.RETIRO DE SUTURA EN PIEL O TEJIDO CELULAR SUBCUTÁNEO
86.9.5.CURACIÓN DE LESIONES EN PIEL O TEJIDO CELULAR SUBCUTÁNEO
86.9.6.INSERCIÓN DE EXPANSOR TISULAR
86.9.7.RETIRO DE EXPANSOR TISULAR
87.0.0.RADIOLOGÍA GENERAL DE CRÁNEO
87.0.1.RADIOLOGÍA GENERAL DE CARA O HUESOS FACIALES Y TEJIDOS DENTARIOS
87.0.3.TOMOGRAFÍA LINEAL Y POLITOMOGRAFÍA DE CABEZA Y CUELLO
87.0.4.RADIOGRAFÍAS INTRAORALES
87.0.6.RADIOLOGÍA GENERAL DE CUELLO
87.1.0.RADIOLOGÍA GENERAL DE COLUMNA VERTEBRAL
87.1.1.RADIOLOGÍA GENERAL DE TÓRAX
87.1.2.RADIOLOGÍA GENERAL DE CORAZÓN Y GRANDES VASOS
87.1.3.RADIOLOGÍA GENERAL DE MEDIASTINO Y ÓRGANOS RELACIONADOS
87.1.4.TOMOGRAFÍA LINEAL Y POLITOMOGRAFÍA EN COLUMNA VERTEBRAL, TÓRAX Y ÓRGANOS O ESTRUCTURAS CONEXAS
87.2.0.RADIOLOGÍA GENERAL DE ABDOMEN
87.2.1.RADIOLOGÍA GENERAL DE VÍA DIGESTIVA
87.2.2.RADIOLOGÍA GENERAL DE VASOS INTRABDOMINALES
87.2.5.RADIOLOGÍA GENERAL DE VÍAS BILIARES
87.3.0.RADIOLOGÍA GENERAL DE EXTREMIDADES
87.3.1.RADIOLOGÍA GENERAL DE EXTREMIDADES SUPERIORES
CÓDIGODESCRIPCIÓN
87.3.2.RADIOLOGÍA GENERAL DE ARTICULACIONES EN MIEMBRO SUPERIOR
87.3.3.RADIOLOGÍA GENERAL DE EXTREMIDADES INFERIORES
87.3.4.RADIOLOGÍA GENERAL DE ARTICULACIONES DE MIEMBRO INFERIOR
87.3.5.FLÚOROSCOPIA COMO GUÍA
87.3.7.TOMOGRAFÍA LINEAL Y POLITOMOGRAFÍA EN EXTREMIDADES
87.4.1.ARTERIOGRAFÍAS DE VASOS DE LA CABEZA, CARA Y CUELLO
87.4.2.RADIOGRAFÍAS DE CONTRASTE EN CEREBRO Y CRÁNEO
87.4.3.FLEBOGRAFÍA DE VASOS DE CABEZA Y CUELLO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (87.4.3.), salvo las subcategorías:

87.4.3.11 Flebografía epidural

87.4.3.12 Flebografía orbitaria

87.4.3.13 Flebografía yugular con catéter

87.4.5.ARTROGRAFÍA EN CABEZA, CARA Y CUELLO
87.4.6.DACRIOCISTOGRAFÍA
87.4.7.SIALOGRAFÍA
87.4.8.RADIOLOGÍA ESPECIAL EN CUELLO, FARINGE, LARINGE
87.4.9.OTROS ESTUDIOS DE RADIOLOGÍA ESPECIAL E INTERVENCIONISTA DE CABEZA, CARA Y CUELLO
87.5.1.ARTERIOGRAFÍA DE VASOS ESPINALES
87.5.2.FLEBOGRAFÍA DE VASOS ESPINALES
87.5.4.DISCOGRAFÍA
87.5.5.MIELOGRAFÍAS
87.5.6.ARTROGRAFÍAS EN COLUMNA
87.6.1.ARTERIOGRAFÍAS EN VASOS DEL TÓRAX
87.6.2.ANGIOCARDIOGRAFÍAS
87.6.3.FLEBOGRAFÍAS DE VASOS DEL TÓRAX
87.6.4.LINFANGIOGRAFÍA INTRATORÁCICA
87.6.5.FISTULOGRAFÍA DE PARED TORÁCICA
87.6.6.BRONCOGRAFÍA DE CONTRASTE
87.6.8.MAMOGRAFÍA
87.6.9.GALACTOGRAFÍA DE CONTRASTE
87.7.1.ARTERIOGRAFÍAS DE VASOS ABDOMINALES Y PÉLVICOS
87.7.2.FLEBOGRAFÍAS DE VASOS ABDOMINALES Y PÉLVICOS
87.7.3.LINFANGIOGRAFÍAS DE VASOS ABDOMINALES Y PÉLVICOS
87.7.4.FISTULOGRAFÍA DE PARED ABDOMINAL
87.7.6.RADIOLOGÍA ESPECIAL E INTERVENCIONISTA EN VÍAS BILIARES
87.7.8.RADIOLOGÍA ESPECIAL E INTERVENCIONISTA DE SISTEMA URINARIO
87.7.9.RADIOLOGÍA ESPECIAL E INTERVENCIONISTA DE SISTEMA GENITAL

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (87.7.9.), salvo las subcategorías:

87.7.9.51 Vesiculografía

87.7.9.71 Epididimografía de contraste

87.7.9.81 Deferentografía o vasografía

87.8.1.ARTERIOGRAFÍA EN VASOS DE EXTREMIDADES SUPERIORES
87.8.2.ARTERIOGRAFÍA EN VASOS DE EXTREMIDADES INFERIORES
87.8.3.FLEBOGRAFÍA EN VASOS DE EXTREMIDADES SUPERIORES
87.8.4.FLEBOGRAFÍA EN VASOS DE EXTREMIDADES INFERIORES
87.8.5.LINFANGIOGRAFÍA DE EXTREMIDADES SUPERIORES
87.8.6.LINFANGIOGRAFÍA DE EXTREMIDADES INFERIORES
87.8.7.ARTROGRAFÍA O NEUMOARTROGRAFÍA DE EXTREMIDADES SUPERIORES
87.8.8.ARTROGRAFÍA O NEUMOARTROGRAFÍA DE EXTREMIDADES INFERIORES
87.8.9.OTROS PROCEDIMIENTOS DE RADIOLOGÍA ESPECIAL E INTERVENCIONISTA
87.9.1.TOMOGRAFÍA COMPUTADA (TC) DE CABEZA, CARA Y CUELLO
87.9.2.TOMOGRAFÍA COMPUTADA (TC) DE COLUMNA
87.9.3.TOMOGRAFÍA COMPUTADA (TC) DE TÓRAX
87.9.4.TOMOGRAFÍA COMPUTADA (TC) DE ABDOMEN Y PELVIS
87.9.5.TOMOGRAFÍA COMPUTADA (TC) DE EXTREMIDADES
87.9.9.OTROS ESTUDIOS CON TOMOGRAFÍA COMPUTADA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (87.9.9.), salvo la subcategoría:

87.9.9.04 Tomografía de coherencia óptica endovascular (intravascular)

88.1.1.ECOGRAFÍA DE CABEZA, CARA O CUELLO
88.1.2.ECOGRAFÍA DEL TÓRAX Y ÓRGANOS TORÁCICOS
88.1.3.ECOGRAFÍA DE ABDOMEN, PELVIS Y ÓRGANOS O ESTRUCTURAS CONEXAS
88.1.4.ECOGRAFÍA DE PELVIS Y DE GENITALES FEMENINOS
88.1.5.ECOGRAFÍA PÉLVICA Y DE GENITALES MASCULINOS
88.1.6.ECOGRAFÍA DE LAS EXTREMIDADES Y ARTICULACIONES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (88.1.6.), salvo la subcategoría:

88.1.6.03 Ecografía de alta resolución en nervios de extremidades

88.1.7.OTRAS ECOGRAFÍAS
88.2.1.ESTUDIOS VASCULARES NO INVASIVOS DE LA CABEZA, CARA Y CUELLO
88.2.2.ESTUDIOS VASCULARES NO INVASIVOS DEL ABDOMEN Y PELVIS
88.2.3.ESTUDIOS VASCULARES NO INVASIVOS DE EXTREMIDADES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (88.2.3.), salvo la subcategoría:

88.2.3.70 Flebografía de impedancia

88.2.6.ESTUDIOS VASCULARES NO INVASIVOS DE TRASPLANTES (ÓRGANOS TRASPLANTADOS)
88.2.8.OTROS ESTUDIOS VASCULARES NO INVASIVOS NO ESPECIFICADOS EN OTRO CONCEPTO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
88.3.1.RESONANCIA MAGNÉTICA DE CABEZA, CARA Y CUELLO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (88.3.1.), salvo las subcategorías:

88.3.1.04 Resonancia magnética de cerebro funcional

88.3.1.06 Resonancia magnética de cerebro con tractografía

88.3.1.07 Resonancia magnética para evaluación dinámica de líquido cefalorraquídeo

88.3.2.RESONANCIA MAGNÉTICA DE COLUMNA VERTEBRAL Y CANAL ESPINAL
88.3.3.RESONANCIA MAGNÉTICA DE TÓRAX
88.3.4.RESONANCIA MAGNÉTICA DE ABDOMEN Y PELVIS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (88.3.4.), salvo la subcategoría:

88.3.4.35 Resonancia magnética de vía urinaria [urorresonancia]

88.3.5.RESONANCIA MAGNÉTICA DE EXTREMIDADES
88.3.7.RESONANCIA MAGNÉTICA DE MÉDULA ÓSEA
88.3.9.ESTUDIOS DE RESONANCIA MAGNÉTICA NO CLASIFICADOS BAJO OTRO CONCEPTO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (88.3.9.), salvo la subcategoría:

88.3.9.05 Espectroscopia

88.6.0.ESTUDIOS DE DENSIDAD MINERAL ÓSEA
88.7.0.CINERADIOGRAFÍAS
89.0.1.ENTREVISTA, CONSULTA Y EVALUACIÓN (VISITA) DOMICILIARIA O AL SITIO DE TRABAJO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (89.0.1.), salvo las subcategorías:

89.0.1.20 Atención (visita) al sitio de trabajo, por terapia (ocupacional o física)

89.0.1.25 Atención (visita) al sitio de trabajo, por equipo interdisciplinario

89.0.2.CONSULTA DESCRITA COMO GLOBAL O DE PRIMERA VEZ
89.0.3.CONSULTA DE CONTROL O DE SEGUIMIENTO
89.0.4.INTERCONSULTA
89.0.5.JUNTA MÉDICA
89.0.6.CUIDADO (MANEJO) Y ASISTENCIA INTRAHOSPITALARIA
89.0.7.CONSULTA DE URGENCIAS
89.1.0.PRUEBA DEL AMOBARBITAL INTRACAROTÍDEO
89.1.1.TONOMETRÍA
89.1.2.RINOMANOMETRÍA O RINOMETRÍA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (89.1.2.), salvo la subcategoría:

89.1.2.03 Rinometría acústica

89.1.3.PRUEBA DE PROVOCACIÓN NASAL CON ALERGENO
89.1.4.ELECTROENCEFALOGRAMA
89.1.5.OTRAS PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO NEUROLÓGICO NO QUIRÚRGICAS
89.1.7.POLISOMNOGRAMA
89.1.8.OTRAS PRUEBAS FUNCIONALES DEL TRASTORNO DEL SUEÑO
89.1.9.MONITORIZACIÓN ELECTROENCEFALOGRÁFICAS POR VIDEO Y RADIO
89.2.0.URODINAMIA
89.2.2.CISTOMETROGRAMA
89.2.3.ELECTROMIOGRAFÍA ESFÍNTER
89.2.4.UROFLUJOMETRÍA
89.2.5.PERFIL DE PRESIÓN URETRAL
89.2.6.ESFINTEROMANOMETRÍA
89.2.8.CISTOMETRÍA
89.2.9.OTRAS MEDICIONES O EXAMENES DEL APARATO GENITOURINARIO NO OPERATORIAS
89.3.1.EXAMEN Y MEDICIÓN ANATOMICA-FISIOLÓGICA DENTAL

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (89.3.1.), salvo las subcategorías:

89.3.1.02 Fotografía clínica extraoral, intraoral, frontal o lateral

89.3.1.03 Evaluación y medición ortodóntica y ortopédica oral

89.3.1.05 Máscara facial diagnóstica

89.3.1.06 Control de ortodoncia fija, removible o tratamiento ortopédico funcional y mecánico

89.3.3.EXAMEN DIGITAL DE ESTOMA DE ENTEROSTOMÍA
89.3.4.EXAMEN DIGITAL DE RECTO
89.3.6.ELECTROMIOGRAFÍA DE ESFÍNTER ANAL O PLEJO LUMBOSACRO
89.3.7.DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD VITAL

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (89.3.7.), salvo las subcategorías:

89.3.7.01 Volúmenes pulmonares por pletismografia, pre y post broncodilatadores

89.3.7.02 Volúmenes pulmonares por gases (helio otros.), pre y post broncodilatadores

89.3.8.OTRAS MEDICIONES RESPIRATORIAS NO QUIRÚRGICAS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (89.3.8.), salvo las subcategorías:

89.3.8.14 Presión transdiafragmática con balones

89.3.8.15 Prueba de broncoprovocación específica (alergeno) o inespecífica

89.3.8.23 Medición de calorimetría indirecta

89.3.8.24 Prueba de hidrógeno espirado

89.3.9.OTRAS MEDICIONES Y EXÁMENES NO QUIRÚRGICOS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (89.3.9.), salvo las subcategorías:

89.3.9.01 Medición de acidez gástrica en 24 horas [phmetría]

89.3.9.02 Estudio de motilidad esofágica

89.3.9.03 Estudio de motilidad esofágica con perfusión de ácido

89.3.9.11 Monitorización continua de glucosa

89.4.1.PRUEBA ERGOMÉTRICA (DE ESFUERZO) CARDIOVASCULAR
89.4.4.OTRAS PRUEBAS DE ESFUERZO CARDIOVASCULAR
89.4.5.COMPROBACIÓN DE RITMO DE MARCAPASOS ARTIFICIAL
89.5.0.MONITORIZACIÓN CARDÍACA AMBULATORIA
89.5.1.ELECTROCARDIOGRAMA DE RITMO
89.5.2.ELECTROCARDIOGRAMA
CÓDIGODESCRIPCIÓN
89.5.3.VECTOCARDIOGRAMA (CON ECG)
89.5.4.MONITORIZACIÓN ELECTROCARDIOGRÁFICA
89.5.5.FONOCARDIOGRAMA Y PULSOS
89.5.7.APICOGRAMA (CON ELECTRODO DE ECG)
89.5.9.OTRAS MEDICIONES CARDÍACAS Y VASCULARES NO OPERATORIAS

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (89.5.9.), salvo las subcategorías:

89.5.9.02 Medición de saturación venosa cerebral

89.5.9.11 Estudio hemodinámico no invasivo para mediciones volumétricas intratorácicas (cardioimpedancia)

89.5.9.12 Estudio hemodinámico no invasivo para mediciones de presiones centrales

89.6.0.MONITORIZACIÓN DE FRACCIÓN DE EYECCIÓN VENTRÍCULO DERECHO
89.6.1.MONITOREO DE PRESIÓN ARTERIAL SISTÉMICA
89.6.2.MONITORIZACIÓN DE PRESIÓN VENOSA CENTRAL
89.6.3.MONITORIZACIÓN DE PRESIÓN DE ARTERIA PULMONAR
89.6.4.MONITORIZACIÓN DE PRESIÓN CAPILAR DE ARTERIA PULMONAR
89.6.7.MONITORIZACIÓN DE GASTO CARDÍACO POR TÉCNICAS DE CONSUMO DE OXÍGENO
89.7.0.MONITORIA FETAL
89.8.0.PROCEDIMIENTOS (ESTUDIOS) ANATOMOPATOLÓGICOS EN CITOLOGÍA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (89.8.0.), salvo la subcategoría

89.8.0.30 Estudio de biología molecular en citología

89.8.1.PROCEDIMIENTOS (ESTUDIOS) ANATOMOPATOLÓGICOS, EN BIOPSIA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (89.8.1.), salvo las subcategorías:

89.8.1.05 Estudio de biología molecular en biopsia

89.8.1.11 Estudio de citogenética en biopsia

89.8.1.12 Estudio de oncogenes en biopsia

89.8.2.PROCEDIMIENTOS (ESTUDIOS) ANATOMOPATOLÓGICOS EN ESPÉCIMEN

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (89.8.2.), salvo las subcategorías:

89.8.2.05 Estudio de biología molecular en espécimen de reconocimiento

89.8.2.25 Estudio de biología molecular en espécimen con múltiple muestreo

89.8.2.45 Estudio de biología molecular en espécimen con resección de márgenes

89.8.3.PROCEDIMIENTOS (ESTUDIOS) ANATOMOPATOLÓGICOS POST MÓRTEM
89.8.8.OTROS PROCEDIMIENTOS ANATOMOPATOLÓGICOS EN CITOLOGÍA, BIOPSIA, ESPÉCIMEN O POST MÓRTEM
91.1.0.INMUNOHEMATOLOGÍA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (91.1.0.), salvo las subcategorías:

91.1.0.11 Fenotipo eritrocitario extendido por microtécnica cualquier antígeno

91.1.0.27 Adsorción (absorción) autóloga o alogénica por medios físicos

91.1.0.28 Adsorción (absorción) autóloga o alogénica por medios químicos

91.1.0.29 Elución (disociación) autóloga o alogénica por medios físicos

91.1.0.30 Elución (disociación) autóloga o alogénica por medios químicos

91.1.1.SEPARACIÓN DE COMPONENTES
91.1.2.AFÉRESIS DE DONANTE
91.1.3.AFÉRESIS TERAPÉUTICA
91.2.0.APLICACIÓN DE SANGRE O SUS DERIVADOS
92.0.1.GAMAGRAFÍA, ESTUDIOS ISOTÓPICOS FUNCIONALES Y MORFOLÓGICOS DEL SISTEMA NERVIOSO
92.0.2.GAMAGRAFÍA, ESTUDIOS ISOTÓPICOS FUNCIONALES Y MORFOLÓGICOS DEL SISTEMA ENDOCRINO

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (92.0.2.), salvo la subcategoría

92.0.2.14 Gamagrafía con octreotide

92.0.3.GAMAGRAFÍA, ESTUDIOS ISOTÓPICOS FUNCIONALES Y MORFOLÓGICOS DEL SISTEMA RESPIRATORIO
92.0.4.GAMAGRAFÍA, ESTUDIOS ISOTÓPICOS FUNCIONALES Y MORFOLÓGICOS DEL SISTEMA CARDIOVASCULAR

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (92.0.4.), salvo la subcategoría

92.0.4.14 Gamagrafía de viabilidad miocárdica con talio o marcadores de tc.

92.0.5.GAMAGRAFÍA, ESTUDIOS ISOTÓPICOS FUNCIONALES Y MORFOLÓGICOS DEL SISTEMA HEMÁTICO LINFÁTICO
92.0.6.GAMAGRAFÍA, ESTUDIOS ISOTÓPICOS FUNCIONALES Y MORFOLÓGICOS DEL SISTEMA GASTROINTESTINAL
92.0.7.GAMAGRAFÍA, ESTUDIOS ISOTÓPICOS FUNCIONALES Y MORFOLÓGICOS DEL SISTEMA HEPATOBILIAR
92.0.8.GAMAGRAFÍA, ESTUDIOS ISOTÓPICOS FUNCIONALES Y MORFOLÓGICOS DEL SISTEMA GENITOURINARIO
92.0.9.GAMAGRAFÍA, ESTUDIOS ISOTÓPICOS FUNCIONALES Y MORFOLÓGICOS DEL SISTEMA OSTEOARTICULAR
92.1.1.DACRIOCISTOGAMAGRAFÍA [GAMAGRAFÍA DE VÍAS LAGRIMALES]
92.1.2.GAMAGRAFÍA CON GALIO 67
92.1.3.GAMAGRAFÍA DE VIABILIDAD TUMORAL (RASTREO GAMAGRÁFICO)
92.1.6.GAMAGRAFÍA DE ANTICUERPOS MONOCLONALES
92.1.7.GAMAGRAFÍA CON DMSA PENTAVALENTE
92.2.2.TELETERAPIA ORTOVOLTAJE
92.2.3.TELETERAPIA CON RADIOISÓTOPOS
92.2.4.TELETERAPIA CON ACELERADOR LINEAL CON FOTONES
CÓDIGODESCRIPCIÓN

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (92.2.4.), salvo las subcategorías:

92.2.4.44 Teleterapia con acelerador lineal (planeación computarizada tridimensional y simulación virtual) técnica radioterapia de intensidad modulada [IMRT]

92.2.4.45 Teleterapia con acelerador lineal (planeación computarizada tridimensional y simulación virtual) técnica radioterapia guiada por imágenes [IGRT]

92.2.4.46 Teleterapia con acelerador lineal (planeación computarizada tridimensional y simulación virtual) técnica radioterapia - arcoterapia de modulación volumétrica [VMAT]

92.2.4.48 Irradiación cutánea total

La Subcategoría 92.2.4.43 Teleterapia con acelerador lineal (planeación computarizada tridimensional y simulación virtual) técnica conformacional [3D - CRT], está cubierta en Abdomen.

92.2.5.TELETERAPIA CON ELECTRONES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (92.2.5.), salvo la subcategoría:

92.2.5.06 Radioterapia intraoperatoria

92.2.6.BRAQUITERAPIA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (92.2.6.), salvo la subcategoría:

92.2.6.13 Braquiterapia epiescleral de contacto (planeación computarizada tridimensional y simulación virtual) con baja tasa de dosis

92.2.8.TERAPIA CON RADIOISÓTOPOS
92.3.1.RADIOCIRUGÍA DE FUENTE ÚNICA DE FOTONES
92.3.2.RADIOCIRUGÍA DE MÚLTIPLES FUENTES DE FOTONES
93.0.1.EVALUACIÓN FUNCIONAL

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (93.0.1.), salvo la subcategoría:

93.0.1.05 Evaluación del desempeño ocupacional funcional

93.0.2.EVALUACIÓN ORTÉSICA
93.0.3.EVALUACIÓN PROTÉSICA EN EXTREMIDADES
93.0.4.EVALUACIÓN DE FUNCIÓN OSTEOMUSCULAR

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (93.0.4.), salvo la subcategoría:

93.0.4.03 Estudio computarizado de la marcha

93.0.8.ELECTRODIAGNÓSTICO
93.1.0.TERAPIA FÍSICA
93.1.1.EJERCICIO ASISTIDO
93.1.5.MODALIDADES ELÉCTRICAS Y ELECTROMAGNÉTICAS DE TERAPIA
93.1.6.MODALIDADES MECÁNICAS DE TERAPIA
93.1.7.MODALIDADES NEUMÁTICAS DE TERAPIA
93.2.4.DISEÑO, ADECUACIÓN Y ENTRENAMIENTO EN USO TECNOLOGÍA DE REHABILITACIÓN
93.3.3.TERAPIA MODALIDADES HIDRÁULICAS E HÍDRICAS
93.3.5.REHABILITACIÓN PULMONAR
93.3.6.REHABILITACION CARDIOVASCULAR

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (93.3.6.), salvo la subcategoría:

93.3.6.02 Contrapulsación externa mejorada

93.3.7.ENTRENAMIENTO PRE, PERI Y POST PARTO
93.3.9.TERAPIA DE INTEGRACIÓN SENSORIAL
93.4.1.TRACCIÓN ESPINAL CON EMPLEO DE DISPOSITIVO CRANEAL
93.4.2.OTRA TRACCIÓN ESPINAL
93.4.6.TRACCIÓN CUTÁNEA DE MIEMBROS
93.5.0.INMOVILIZACIÓN, PRESIÓN Y CUIDADO DE HERIDA DE LUGAR NO ESPECIFICADO
93.5.1.APLICACIÓN DE VENDAJE ENYESADO
93.5.2.APLICACIÓN O CAMBIO DE SOPORTE CERVICAL
93.5.3.APLICACIÓN O CAMBIO DE OTRA ESCAYOLA
93.5.4.APLICACIÓN DE FÉRULA
93.5.7.APLICACIÓN DE OTRO VENDAJE (NO COMPRESIVO) EN HERIDA
93.5.9.OTRA INMOVILIZACIÓN, PRESIÓN Y CUIDADO DE HERIDA
93.6.1.TRATAMIENTO MANIPULATIVO OSTEOPÁTICO PARA MOVILIZACIÓN GENERAL
93.6.2.TRATAMIENTO MANIPULATIVO OSTEOPÁTICO CON EMPLEO DE FUERZAS DE ALTA VELOCIDAD Y BAJA AMPLITUD (FUERZAS DE EMPUJE)
93.6.3.TRATAMIENTO MANIPULATIVO OSTEOPÁTICO CON EMPLEO DE FUERZAS DE BAJA VELOCIDAD Y ALTA AMPLITUD (FUERZAS DE RESORTE)
93.6.4.TRATAMIENTO MANIPULATIVO OSTEOPÁTICO CON EMPLEO DE FUERZAS ISOTÓNICAS E ISOMÉTRICAS
93.6.5.TRATAMIENTO MANIPULATIVO OSTEOPÁTICO CON EMPLEO DE FUERZAS INDIRECTAS
93.6.6.TRATAMIENTO MANIPULATIVO OSTEOPÁTICO PARA DESPLAZAR LÍQUIDOS DE TEJIDOS
93.6.8.INMOVILIZACIÓN O MANIPULACIÓN ARTICULAR INESPECÍFICA
93.7.0.TERAPIA FONOAUDIOLÓGICA INTEGRAL
93.7.1.TERAPIA FONOAUDIOLÓGICA PARA PROBLEMAS EVOLUTIVOS Y ADQUIRIDOS DEL LENGUAJE
93.7.2.TERAPIA FONOAUDIOLÓGICA PARA DESÓRDENES DEL HABLA, VOZ, FLUIDEZ, ARTICULACIÓN, RESONANCIA
93.7.3.TERAPIA FONOAUDIOLÓGICA PARA DESÓRDENES AUDITIVOS COMUNICATIVOS
93.7.4.TERAPIA FONOAUDIOLÓGICA PARA DESÓRDENES COGNITIVO COMUNICATIVOS
93.7.5.OTRO ENTRENAMIENTO Y TERAPIA DEL HABLA
93.8.3.TERAPIA OCUPACIONAL
93.8.6.REHABILITACIÓN FUNCIONAL DE LA DEFICIENCIA-DISCAPACIDAD (FÍSICA, SENSORIAL O MENTAL)
93.9.0.RESPIRACIÓN DE PRESIÓN POSITIVA CONTINUA [RPPC]
CÓDIGODESCRIPCIÓN
93.9.1.RESPIRACIÓN DE PRESIÓN POSITIVA INTERMITENTE [RPPI]
93.9.3.MÉTODOS DE RESUCITACIÓN NO MECÁNICOS
93.9.4.TERAPIA RESPIRATORIA
93.9.5.OXIGENACIÓN HIPERBÁRICA
94.0.2.ADMINISTRACIÓN [APLICACIÓN] DE PRUEBA DE PERSONALIDAD
94.0.3.ANÁLISIS DE CARÁCTER (CONDUCTA)
94.0.9.DETERMINACIÓN DEL ESTADO MENTAL PSICOLÓGICO
94.1.1.DETERMINACIÓN DEL ESTADO MENTAL PSIQUIÁTRICO
94.1.3.OTRA ENTREVISTA Y EVALUACIÓN PSIQUIÁTRICAS
94.1.4.EVALUACIÓN DE SALUD MENTAL POR EQUIPO INTERDISCIPLINARIO
94.3.1.PSICOTERAPIA INDIVIDUAL
94.3.5.INTERVENCIÓN EN CRISIS
94.4.0.PSICOTERAPIA DE PAREJA
94.4.1.PSICOTERAPIA FAMILIAR
94.4.2.PSICOTERAPIA DE GRUPO
95.0.1.EVALUACIÓN ORTÓPTICA
95.0.2.EVALUACIÓN DE BAJA VISIÓN
95.0.3.EVALUACIÓN O EXAMEN OFTALMOLÓGICO ESPECIAL O EXTENDIDO
95.0.5.ESTUDIO DE CAMPO VISUAL
95.0.6.OTROS PROCEDIMIENTOS NO QUIRÚRGICOS EN OJO
95.1.1.FOTOGRAFÍA DE SEGMENTO ANTERIOR O POSTERIOR DEL OJO
95.1.2.ANGIORETINOFLUORESCEINOGRAFÍA
95.1.3.ESTUDIO DE OJO CON ULTRASONIDO
95.1.5.TOPOGRAFÍA CORNEAL COMPUTARIZADA
95.1.8.OCULOPLETISMOGRAFÍA
95.2.0.BIOMETRÍA OCULAR
95.2.1.ELECTRORRETINOGRAFÍA
95.2.2.ELECTROOCULOGRAMA
95.2.3.POTENCIALES EVOCADOS VISUALES
95.2.4.ELECTRONISTAGMOGRAFÍA [ENG]
95.2.5.PAQUIMETRÍA
95.2.6.TONOGRAFÍA OCULAR, PRUEBAS DE PROVOCACIÓN Y OTRAS PRUEBAS DE GLAUCOMA
95.3.5.TERAPÉUTICA ORTÓPTICA
95.3.8.BETATERAPIA
95.4.1.AUDIOMETRÍA
95.4.3.EVALUACIÓN AUDIOLÓGICA

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (95.4.3.), salvo las subcategorías:

95.4.3.10 Pruebas de contexto cerrado y contexto abierto (discriminación)

95.4.3.11 Pruebas de desórdenes del procesamiento auditivo central

95.4.3.12 Pruebas de simulación y disimulación

95.4.4.PRUEBAS CLÍNICAS DE LA FUNCIÓN VESTIBULAR
95.4.6.OTRAS PRUEBAS AUDITIVAS Y VESTIBULARES

Nota: Están cubiertos todos los procedimientos de la Categoría (95.4.6.), salvo las subcategorías:

95.4.6.01 Emisiones otoacústicas

95.4.6.04 Electroneuronografía [ENOG]

95.4.6.10 Liberación y reposicionamiento canalicular (terapia de rehabilitación vestibular periférica)

95.4.6.20 Prueba de promontorio

95.4.6.23 Potenciales evocados miogénicos vestibulares

95.4.8.ADAPTACIÓN DE PRÓTESIS Y AYUDAS AUDITIVAS
95.4.9.OTROS PROCEDIMIENTOS NO QUIRÚRGICOS RELACIONADOS CON EL OÍDO
96.0.1.INSERCIÓN DE VÍA AÉREA NASOFARÍNGEA
96.0.2.INSERCIÓN DE VÍA AÉREA OROFARÍNGEA
96.0.3.INSERCIÓN DE VÍA AÉREA OBTURADA ESOFÁGICA
96.0.4.INSERCIÓN DE TUBO ENDOTRAQUEAL
96.0.5.OTRA INTUBACIÓN DE TRACTO RESPIRATORIO
96.0.6.INSERCIÓN DE TUBO O SONDA (TAPONAMIENTO ESOFÁGICO)
96.0.7.INSERCIÓN DE OTRO TUBO O SONDA NASO-GÁSTRICA (INTUBACIÓN PARA DECOMPRESIÓN)
96.0.9.INSERCIÓN O SUSTITUCIÓN DE TUBO O SONDA RECTAL
96.1.4.TAPONAMIENTO VAGINAL
96.1.6.INSERCIÓN DE CATÉTER (SONDA) EN TRACTO URINARIO
96.2.1.DILATACIÓN DEL RECTO
96.2.2.DILATACIÓN DEL ESFÍNTER ANAL
96.2.3.DILATACIÓN INSTRUMENTAL O MANUAL DE LA VAGINA
96.2.4.DILATACIÓN Y MANIPULACIÓN DE ESTOMA DE ENTEROSTOMÍA
96.2.6.REDUCCIÓN MANUAL DE PROLAPSO RECTAL
96.2.7.REDUCCIÓN MANUAL DE HERNIA
96.3.1.LAVADO GÁSTRICO PARA HIPOTERMIA O CONGELACIÓN GÁSTRICA
96.3.3.LAVADO GÁSTRICO DE LIMPIEZA
96.3.8.EXTRACCIÓN DIGITAL O MANUAL DE HECES IMPACTADAS
96.3.9.IRRIGACIÓN O ENEMA TRANSANAL
96.4.1.IRRIGACIÓN DE COLECISTOSMÍA Y OTRO TUBO BILIAR
96.4.9.OTRA INSTILACIÓN GENITOURINARIA
96.5.1.IRRIGACIÓN Y LAVADO DEL OJO
96.5.2.LAVADO E IRRIGACIÓN DE OIDOS
96.5.3.IRRIGACIÓN DE CONDUCTOS NASALES Y SENOS PARANASALES
CÓDIGODESCRIPCIÓN
96.5.5.LIMPIEZA Y CUIDADOS DE TRAQUEOSTOMÍA
96.5.9.LAVADO, IRRIGACIÓN Y CUIDADOS DE HERIDA NO QUIRÚRGICOS
96.6.1.INFUSIÓN DE ALIMENTACIÓN ENTERAL
97.0.1.SUSTITUCIÓN DE TUBO (SONDA) NASOGÁSTRICO O DE ESOFAGOSTOMÍA
97.0.2.SUSTITUCIÓN DE TUBO (SONDA) DE GASTROSTOMÍA
97.0.3.SUSTITUCIÓN DE TUBO O DISPOSITIVO DE ENTEROSTOMÍA DEL INTESTINO DELGADO
97.0.4.SUSTITUCIÓN DE TUBO O DISPOSITIVO DE ENTEROSTOMÍA DEL INTESTINO GRUESO
97.0.5.SUSTITUCIÓN DE TUBO O DISPOSITIVO EN VÍAS BILIARES O CONDUCTO PANCREÁTICO
97.1.1.SUSTITUCIÓN DE ESCAYOLA O FÉRULA EN MIEMBRO SUPERIOR
97.1.2.SUSTITUCIÓN DE ESCAYOLA O FÉRULA EN MIEMBRO INFERIOR
97.1.4.SUSTITUCIÓN DE OTRO DISPOSITIVO PARA INMOVILIZACIÓN MUSCULOESQUELÉTICA
97.1.5.SUSTITUCIÓN DE CATÉTER DE HERIDA
97.1.6.SUSTITUCIÓN DE TAPÓN O DRENAJE DE HERIDA
97.2.1.SUSTITUCIÓN DE TAPÓN NASAL
97.2.2.SUSTITUCIÓN DE TAPÓN DENTAL
97.2.3.SUSTITUCIÓN DE TUBO DE TRAQUEOSTOMÍA
97.2.4.SUSTITUCIÓN DE DIAFRAGMA VAGINAL
97.2.6.SUSTITUCIÓN DE OTRO TAPÓN O DRENAJE VAGINAL O VULVAR
97.3.1.EXTRACCIÓN DE PRÓTESIS OCULAR
97.3.2.EXTRACCIÓN DE TAPÓN NASAL
97.3.7.EXTRACCIÓN DE TUBO DE TRAQUEOSTOMÍA
97.3.8.RETIRO DE SUTURAS DE CABEZA Y CUELLO
97.4.1.EXTRACCIÓN DE TUBO DE TORACOTOMÍA O DE DRENAJE DE CAVIDAD PLEURAL
97.4.2.EXTRACCIÓN DE DREN MEDIASTÍNICO
97.4.3.RETIRO DE SUTURAS DE TÓRAX
97.5.1.EXTRACCIÓN DE TUBO DE GASTROSTOMÍA
97.5.2.EXTRACCIÓN DE TUBO DE INTESTINO DELGADO
97.5.3.EXTRACCIÓN DE TUBO DE INTESTINO GRUESO O APÉNDICE
97.5.4.EXTRACCIÓN DE TUBO DE COLECISTOSTOMÍA
97.5.5.EXTRACCIÓN DE TUBO EN T U OTRO TUBO DE VÍA BILIAR O TUBO HEPÁTICO
97.5.6.EXTRACCIÓN DE TUBO O DREN PANCREÁTICO
97.6.1.EXTRACCIÓN DE TUBO DE PIELOSTOMÍA Y NEFROSTOMÍA
97.6.2.EXTRACCIÓN DE TUBO DE URETEROSTOMÍA Y DE CATÉTER URETERAL
97.6.3.EXTRACCIÓN DE TUBO DE CISTOSTOMÍA
97.6.5.EXTRACCIÓN O REEMPLAZO DE SONDA URETRAL
97.7.1.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO ANTICONCEPTIVO INTRAUTERINO (DIU)
97.7.2.EXTRACCIÓN DE TAPÓN INTRAUTERINO
97.7.3.EXTRACCIÓN DE DIAFRAGMA VAGINAL
97.7.5.EXTRACCIÓN DE TAPÓN (MECHA) VAGINAL O VULVAR
97.8.1.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO DE DRENAJE RETROPERITONEAL
97.8.2.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO DE DRENAJE PERITONEAL
97.8.3.EXTRACCIÓN DE SUTURAS DE PARED ABDOMINAL
97.8.8.EXTRACCIÓN DE DISPOSITIVO DE INMOVILIZACIÓN EXTERNO
98.1.1.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO DE CONDUCTO AUDITIVO EXTERNO
98.1.2.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INTRALUMINAL DE LA NARIZ
98.1.3.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INTRALUMINAL DE LA FARINGE
98.1.4.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INTRALUMINAL DE LA LARÍNGE
98.1.5.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INTRALUMINAL DE LA TRÁQUEA Y BRONQUIO
98.1.6.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INTRALUMINAL DEL UTERO
98.1.7.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INTRALUMINAL DE LA VAGINA
98.1.8.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INTRALUMINAL EN ESTOMA ARTIFICIAL
98.1.9.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO INTRALUMINAL DE URETRA
98.2.0.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO NO INTRALUMINAL
98.2.1.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO SUPERFICIAL EN OJO
98.2.2.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO NO INTRALUMINAL EN CUELLO Y CABEZA
98.2.3.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO NO INTRALUMINAL EN VULVA
98.2.4.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO NO INTRALUMINAL EN PENE O ESCROTO
98.2.5.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO NO INTRALUMINAL EN OTRO SITIO SALVO EN VULVA, PENE O ESCROTO
98.2.6.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO EN MANO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
98.2.7.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO EN BRAZO Y ANTEBRAZO
98.2.8.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO EN PIE
98.2.9.EXTRACCIÓN SIN INCISIÓN DE CUERPO EXTRAÑO EN MIEMBRO INFERIOR SALVO PIE
98.5.1.LITOTRIPCIA EXTRACORPÓREA POR ONDAS DE CHOQUE EN RIÑON, URÉTER Y VEJIGA
98.5.2.LITOTRIPCIA EXTRACORPÓREA POR ONDAS DE CHOQUE EN VESÍCULA O CONDUCTO BILIAR
99.0.1.EDUCACIÓN GRUPAL EN SALUD
99.0.2.EDUCACIÓN INDIVIDUAL EN SALUD
99.1.1.INYECCIÓN DE GLOBULINA INMUNE RH
99.1.4.APLICACIÓN DE GAMMA GLOBULINA O DE SUEROS INMUNES
99.1.5.INFUSIÓN PARENTERAL DE SUSTANCIAS NUTRITIVAS CONCENTRADAS
99.1.6.INYECCIÓN DE ANTÍDOTO
99.1.8.INYECCIÓN O INFUSIÓN DE ELECTROLITOS
99.2.1.ADMINISTRACIÓN O INFUSIÓN DE ANTIBIÓTICO
99.2.2.INYECCIÓN O INFUSIÓN DE SUSTANCIA HORMONAL
99.2.3.INYECCIÓN O INFILTRACIÓN DE ESTEROIDE
99.2.5.INYECCIÓN O INFUSIÓN DE RÉGIMEN DE QUIMIOTERAPIA (1)
99.2.8.INYECCIÓN O INFUSIÓN DE MODIFICADORES DE RESPUESTA BIOLÓGICA
99.2.9.INYECCIÓN O INFUSIÓN DE OTRA SUSTANCIA TERAPÉUTICA O PROFILÁCTICA
99.3.1.VACUNACIÓN E INOCULACIÓN PROFILÁCTICA CONTRA CIERTAS ENFERMEDADES BACTERIANAS
99.3.5.VACUNACIÓN E INOCULACIÓN PROFILÁCTICA CONTRA CIERTAS ENFERMEDADES VÍRICAS
99.4.1.ADMINISTRACIÓN DE ANTITOXINA TETÁNICA
99.4.2.ADMINISTRACIÓN DE ANTITOXINA DE BOTULISMO
99.4.3.ADMINISTRACIÓN DE ANTITOXINA DIFTÉRICA
99.5.1.VACUNACIÓN CONTRA MALARIA
99.5.2.OTRAS VACUNACIONES DEL PROGRAMA AMPLIADO DE INMUNIZACIONES
99.6.1.CARDIOVERSIÓN ELÉCTRICA
99.6.3.MASAJE CARDÍACO A TÓRAX CERRADO
99.6.4.ESTIMULACIÓN DE SENO CAROTÍDEO
99.6.9.OTRA CONVERSIÓN DE RITMO CARDÍACO O RESUCITACIÓN CARDIOPULMONAR
99.7.1.APLICACIÓN DE SUSTANCIAS PREVENTIVAS EN DIENTES
99.7.3.DETARTRAJE SUPRAGINGIVAL [CONTROL MECÁNICO DE PLACA]
99.8.0.MONITOREO Y CONTROL DE TEMPERATURA PERIOPERATORIA
99.8.1.MONITOREO Y CONTROL DE HIPOTERMIA
99.8.3.FOTOTERAPIAS
99.8.5.MONITOREO Y CONTROL DE HIPERTERMIA (TERAPIA COMPLEMENTARIA)
99.9.1.ACUPUNTURA Y TERAPIA NEURAL
99.9.2.TERAPIA DE FILTROS
S5.0.0.SERVICIO EN POBLACIÓN INDÍGENA

ANEXO NÚMERO 3.

“LISTADO DE PROCEDIMIENTOS DE LABORATORIO CLÍNICO DEL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD CON CARGO A LA UPC”.

CÓDIGODESCRIPCIÓN

Capítulo 17 LABORATORIO CLÍNICO

90.1.0.ANTIBIOGRAMA Y PRUEBAS DE SENSIBILIDAD
90.1.0.01ANTIBIOGRAMA (DISCO)
90.1.0.02ANTIBIOGRAMA CONCENTRACIÓN MÍNIMA INHIBITORIA METODO AUTOMATIZADO
90.1.0.03ANTIBIOGRAMA CONCENTRACIÓN MÍNIMA INHIBITORIA METODO MANUAL
90.1.0.04HONGOS PRUEBAS DE SENSIBILIDAD
90.1.0.05LEVADURAS PRUEBA DE SENSIBILIDAD POR DILUCIÓN
90.1.0.06LEVADURAS PRUEBA DE SENSIBILIDAD POR E-TEST
90.1.0.07Mycobacterium PRUEBAS DE SENSIBILIDAD
90.1.0.08Neisseria gonorrhoeae PRUEBA DE SENSIBILIDAD
90.1.0.09DETECCIÓN DE CARBAPENEMASAS (EDTA, TEST DE HODGE MODIFICADO, ÁCIDO BORÓNICO)
90.1.1.COLORACIÓN
90.1.1.01BACILOSCOPIA COLORACIÓN ÁCIDO ALCOHOL-RESISTENTE [ZIEHL-NEELSEN]
90.1.1.02COLORACIÓN ÁCIDO ALCOHOL RESISTENTE MODIFICADA Y LECTURA
90.1.1.03COLORACIÓN ALBERT [LOEFFLER] Y LECTURA
90.1.1.04COLORACIÓN AZUL DE METILENO Y LECTURA PARA CUALQUIER MUESTRA
90.1.1.05COLORACIÓN FLÚORESCENTE NARANJA DE ACRIDINA Y LECTURA
90.1.1.06COLORACIÓN GIEMSA Y LECTURA
90.1.1.07COLORACIÓN GRAM Y LECTURA PARA CUALQUIER MUESTRA
90.1.1.08COLORACIÓN ROMANOWSKY Y LECTURA
90.1.1.09COLORACIÓN TINTA CHINA Y LECTURA
90.1.1.10COLORACIÓN TRICROMICA MODIFICADA Y LECTURA
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.1.1.11BACILOSCOPIA COLORACIÓN ÁCIDO ALCOHOL RESISTENTE [ZIELH-NEELSEN] LECTURA SERIADA TRES MUESTRAS
90.1.2.CULTIVOS (AISLAMIENTO Y PRUEBAS DE IDENTIFICACIÓN)
90.1.2.01Actinomyces CULTIVO
90.1.2.02Bordetella pertussis CULTIVO
90.1.2.03Brucella CULTIVO
90.1.2.04Clostridium botulinum CULTIVO
90.1.2.05Clostridium difficile CULTIVO
90.1.2.06COPROCULTIVO
90.1.2.07Corynebacterium difteriae CULTIVO
90.1.2.08Cryptococcus neoformans CULTIVO
90.1.2.09CULTIVO DE LÍQUIDOS CORPORALES (BILIS L.C.R PERITONEAL PLEURAL ASCITICO SINOVIAL OTROS DIFERENTE A ORINA)
90.1.2.10CULTIVO ESPECIAL PARA OTROS MICROORGANISMOS EN CUALQUIER MUESTRA
90.1.2.11CULTIVO PARA HONGOS EN MÉDULA ÓSEA
90.1.2.12CULTIVO PARA HONGOS MICOSIS PROFUNDA
90.1.2.13CULTIVO PARA HONGOS MICOSIS SUPERFICIAL
90.1.2.14CULTIVO PARA MICOBACTERIAS EN MÉDULA ÓSEA
90.1.2.15CULTIVO PARA MICROORGANISMOS AEROBIOS EN MÉDULA ÓSEA
90.1.2.16CULTIVO PARA MICROORGANISMOS ANAEROBIOS EN MÉDULA ÓSEA
90.1.2.17CULTIVO PARA MICROORGANISMOS EN CUALQUIER MUESTRA DIFERENTE A MÉDULA ÓSEA ORINA Y HECES
90.1.2.18CULTIVO PARA MICROORGANISMOS ANAEROBIOS DE CUALQUIER MUESTRA DIFERENTE A MÉDULAÓSEA
90.1.2.20Helicobacter pylori CULTIVO
90.1.2.21HEMOCULTIVO AEROBIO AUTOMATIZADO CADA MUESTRA
90.1.2.22HEMOCULTIVO AEROBIO MANUAL CADA MUESTRA
90.1.2.23HEMOCULTIVO ANAEROBIO AUTOMATIZADO CADA MUESTRA
90.1.2.24HEMOCULTIVO ANAEROBIO MANUAL CADA MUESTRA
90.1.2.25HEMOCULTIVO PARA HONGOS CADA MUESTRA
90.1.2.26HEMOCULTIVO LISIS CENTRIFUGACIÓN
90.1.2.27HEMOCULTIVO CON RESINA CADA MUESTRA
90.1.2.28Legionella CULTIVO
90.1.2.29MICOBACTERIAS NO TUBERCULOSAS CULTIVO
90.1.2.30Mycobacterium tuberculosis CULTIVO
90.1.2.31Mycoplasma CULTIVO
90.1.2.32Neisseria gonorrhoeae CULTIVO
90.1.2.33Neisseria meningitidis CULTIVO
90.1.2.34Nocardia spp CULTIVO HONGOS
90.1.2.35UROCULTIVO (ANTIBIOGRAMA DE DISCO)
90.1.2.36UROCULTIVO (ANTIBIOGRAMA CONCENTRACIÓN MÍNIMA INHIBITORIA AUTOMATIZADO)
90.1.2.37UROCULTIVO (ANTIBIOGRAMA CONCENTRACIÓN MÍNIMA INHIBITORIA MANUAL)
90.1.2.38Yersinia enterocolítica CULTIVO
90.1.2.40IDENTIFICACIÓN DE CULTIVO AISLADO
90.1.3.IDENTIFICACIÓN DE MICROORGANISMOS
90.1.3.01BETA LACTAMASA PRUEBA DE PENICILINASA
90.1.3.03Escherichia coli ENTEROPATOGENA EN MATERIA FECAL POR SEROTIPIFICACIÓN
90.1.3.04EXAMEN DIRECTO FRESCO DE CUALQUIER MUESTRA
90.1.3.05EXAMEN DIRECTO PARA HONGOS (KOH)
90.1.3.06EXAMEN DIRECTO PARA HONGOS CON CALCOFLÚOR
90.1.3.09Leishmania ANTICUERPOS AUTOMATIZADO
90.1.3.10Leishmania TIPIFICACIÓN POR SONDAS DE DNA
90.1.3.11Leptospira SEROTIPIFICACIÓN
90.1.3.12Listeria SEROTIPIFICACIÓN
90.1.3.13Mycobacterium IDENTIFICACIÓN
90.1.3.17Neisseria meningitidis SEROTIPIFICACIÓN POR LÁTEX
90.1.3.19Shiguella SEROTIPIFICACIÓN
90.1.3.20Staphylococcus aureus SEROTIPIFICACIÓN
90.1.3.21Streptococcus BETA HEMOLÍTICO GRUPO A (PRUEBA RÁPIDA O DIRECTA)
90.1.3.22Streptococcus pneumoniae [Pneumococcus] SEROTIPIFICACIÓN
90.1.3.23Mycobacterium leprae PRUEBA DE VIABILIDAD
90.1.3.24Filaria EXAMEN DIRECTO
90.1.3.25EXAMEN DIRECTO DE CUALQUIER MUESTRA
90.1.3.26Leishmania EXAMEN DIRECTO
90.2.0.PRUEBAS DE COAGULACIÓN
90.2.0.02AGREGACIÓN PLAQUETARIA CON RISTOCETINA 2 DILUCIONES [RIPA]
90.2.0.03AGREGACIÓN PLAQUETARIA CURVA
90.2.0.04ANTICOAGULANTE LÚPICO
90.2.0.05PRUEBA CONFIRMATORIA TIEMPO VENENO DE VÍBORA DE RUSSELL
90.2.0.06ANTITROMBINA III CONCENTRACIÓN AUTOMATIZADA
90.2.0.07ANTITROMBINA III FUNCIONAL AUTOMATIZADA
90.2.0.08ANTITROMBINA III CONCENTRACIÓN MANUAL
90.2.0.09ANTITROMBINA III FUNCIONAL MANUAL
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.2.0.10DILUCIÓNES DE TIEMPO DE PROTROMBINA (TP CRUZADO O ANTICOAGULANTE CIRCULANTE)
90.2.0.11DILUCIÓNES DE TIEMPO DE TROMBOPLASTINA PARCIAL (TTP CRUZADO O ANTICOAGULANTE CIRCULANTE)
90.2.0.12FACTOR II DE LA COAGULACIÓN CUANTIFICACIÓN [PROTROMBINA]
90.2.0.14FACTOR IX DE LA COAGULACIÓN [CHRISTMAS O PTC]
90.2.0.15FACTOR III PLAQUETARIO
90.2.0.16FACTOR V DE LA COAGULACIÓN [LÁBIL O PROACELERINA]
90.2.0.17FACTOR VII DE LA COAGULACIÓN [ESTABLE O PROCONVERTINA]
90.2.0.18FACTOR VIII DE LA COAGULACIÓN
90.2.0.19FACTOR VON WILLEBRAND
90.2.0.20FACTOR X [STUART POWER]
90.2.0.21FACTOR XI [PTA]
90.2.0.22FACTOR XII [FACTOR DE HAGEMAN DE CONTACTO]
90.2.0.23FACTOR XIII [FSF FACTOR ESTABILIZANTE DE LA FIBRINA O TIEMPO DE LISIS COÁGULO]
90.2.0.24FIBRINÓGENO
90.2.0.25HEPARINA NO FRACCIÓNADA DOSIFICACIÓN
90.2.0.26HEPARINA DE BAJO PESO MOLECULAR DOSIFICACIÓN [ANTIFACTOR Xa]
90.2.0.29PLASMINÓGENO
90.2.0.31PRODUCTOS DE DEGRADACIÓN DE FIBRINÓGENO
90.2.0.33PROTEÍNA C DE LA COAGULACIÓN ACTIVIDAD
90.2.0.34PROTEÍNA C DE LA COAGULACIÓN
90.2.0.35PROTEÍNA S DE LA COAGULACIÓN ACTIVIDAD
90.2.0.36PROTEÍNA S DE LA COAGULACIÓN ANTÍGENO TOTAL
90.2.0.37PROTEÍNA S DE LA COAGULACIÓN ANTÍGENO LIBRE
90.2.0.39RESISTENCIA A LA PROTEÍNA C ACTIVADA (ASOCIADA A FACTOR V)
90.2.0.41RETRACCIÓN DE COÁGULO
90.2.0.43TIEMPO DE COAGULACIÓN
90.2.0.45TIEMPO DE PROTROMBINA [TP]
90.2.0.46TIEMPO DE SANGRÍA [IVY O DUKE]
90.2.0.47TIEMPO DE SANGRÍA ESTANDARIZADO
90.2.0.48TIEMPO DE TROMBINA
90.2.0.49TIEMPO DE TROMBOPLASTINA PARCIAL [TTP]
90.2.0.53AGREGACIÓN PLAQUETARIA CON RISTOCETINA 3 DILUCIÓNES
90.2.1.PRUEBAS NO RUTINARIAS
90.2.1.01CÉLULAS L.E.
90.2.1.02CUERPOS DE HEINZ PRUEBA DIRECTA
90.2.1.03CUERPOS DE HEINZ PRUEBA INDUCIDA POR FENILHIDRAZINA
90.2.1.04DIMERO D AUTOMATIZADO
90.2.1.05DIMERO D MANUAL
90.2.1.06ERITROPOYETINA
90.2.1.07FRAGILIDAD OSMÓTICA DE ERITROCITOS
90.2.1.08GLUCOSA 6 FOSFATO DESHIDROGENASA CUALITATIVA
90.2.1.09GLUCOSA 6 FOSFATO DESHIDROGENASA CUANTITATIVA
90.2.1.10HEMOGLOBINA A 2
90.2.1.11HEMOGLOBINA FETAL SEMIAUTOMATIZADA
90.2.1.12HEMOGLOBINA FETAL AUTOMATIZADA
90.2.1.13HEMOGLOBINA PLASMÁTICA
90.2.1.14HEMOGLOBINA MATERNA Y FETAL
90.2.1.15HEMÓLISIS ÁCIDA [PRUEBA DE HAM]
90.2.1.16HIERRO MEDULAR
90.2.1.18METAHEMOGLOBINA CUANTITATIVA
90.2.1.20PLASMINÓGENO ACTIVADOR TISULAR
90.2.1.21PRUEBA DE CICLAJE [CÉLULAS FALCIFORMES O DREPANOCITOS]
90.2.2.PRUEBAS RUTINARIAS
90.2.2.04ERITROSEDIMENTACIÓN [VELOCIDAD SEDIMENTACIÓN GLOBULAR - VSG] MANUAL
90.2.2.05ERITROSEDIMENTACIÓN [VELOCIDAD SEDIMENTACIÓN GLOBULAR - VSG] AUTOMATIZADA
90.2.2.06EXTENDIDO DE SANGRE PERIFÉRICA ESTUDIO DE MORFOLOGÍA
90.2.2.07HEMOGRAMA I (HEMOGLOBINA HEMATOCRITO Y LEUCOGRAMA) MANUAL
90.2.2.08HEMOGRAMA II (HEMOGLOBINA HEMATOCRITO RECUENTO DE ERITROCITOS ÍNDICES ERITROCITARIOS LEUCOGRAMA RECUENTO DE PLAQUETAS E ÍNDICES PLAQUETARIOS) SEMIAUTOMATIZADO
90.2.2.09HEMOGRAMA III (HEMOGLOBINA HEMATOCRITO RECUENTO DE ERITROCITOS ÍNDICES ERITROCITARIOS LEUCOGRAMA RECUENTO DE PLAQUETAS ÍNDICES PLAQUETARIOS Y MORFOLOGÍA ELECTRÓNICA) AUTOMATIZADO
90.2.2.10HEMOGRAMA IV (HEMOGLOBINA HEMATOCRITO RECUENTO DE ERITROCITOS ÍNDICES ERITROCITARIOS LEUCOGRAMA RECUENTO DE PLAQUETAS ÍNDICES PLAQUETARIOS Y MORFOLOGÍA ELECTRÓNICA E HISTOGRAMA) AUTOMATIZADO
90.2.2.11HEMATOCRITO
90.2.2.13HEMOGLOBINA
90.2.2.14HEMOPARÁSITOS EXTENDIDO DE GOTA GRUESA
90.2.2.15HEMOPARÁSITOS EXTENDIDO DE SANGRE PERIFÉRICA
90.2.2.16LEUCOGRAMA (RECUENTO TOTAL Y DIFERENCIAL)
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.2.2.17PRUEBA DE TORNIQUETE [FRAGILIDAD CAPILAR]
90.2.2.18RECUENTO DE EOSINÓFILO EN CUALQUIER MUESTRA
90.2.2.19EOSINÓFILOS EN MOCO NASAL
90.2.2.20RECUENTO DE PLAQUETAS AUTOMATIZADO
90.2.2.21RECUENTO DE PLAQUETAS MANUAL
90.2.2.23RECUENTO DE RETICULOCITOS METODO MANUAL
90.2.2.24RECUENTO DE RETICULOCITOS AUTOMATIZADO
90.2.2.25TÍTULO ANTI D
90.3.0.PRUEBAS NO RUTINARIAS
90.3.0.01ALFA 2 MACROGLOBULINA
90.3.0.02ALFA FETOPROTEÍNA [AFP] EN LÍQUIDO AMNIÓTICO
90.3.0.03BICARBONATO
90.3.0.04CÁLCULO BILIAR ANÁLISIS FÍSICO-QUÍMICO CUANTITATIVO
90.3.0.05CÁLCULO RENAL ANÁLISIS FÍSICO-QUÍMICO CUANTITATIVO
90.3.0.07CATECOLAMINAS FRACCIONADAS O DIFERENCIADAS (ADRENALINA [EPINEFRINA] Y NORADRENALINA [NOREPINEFRINA]) EN ORINA DE 24 H
90.3.0.08CATECOLAMINAS FRACCIONADAS O DIFERENCIADAS (ADRENALINA [EPINEFRINA] Y NORADRENALINA [NOREPINEFRINA]) EN PLASMA
90.3.0.09CATECOLAMINAS TOTALES EN ORINA DE 24 H
90.3.0.10CATECOLAMINAS TOTALES EN PLASMA
90.3.0.11DEOXIPIRIDINOLINA
90.3.0.13ESPERMOGRAMA COMPLETO
90.3.0.14ESTERASA PANCREÁTICA ENZIMA ALFA NAFTIL-BUTIRATO
90.3.0.15ESTERASA PANCREÁTICA ENZIMA ALFA NAFTIL-CLORACETATO
90.3.0.16FERRITINA
90.3.0.17FOSFATASA ALCALINA ISOENZIMA
90.3.0.18FOSFATASA ALCALINA TERMOESTABLE
90.3.0.20HAPTOGLOBINA SEMIAUTOMATIZADA
90.3.0.21HAPTOGLOBINA AUTOMATIZADA
90.3.0.22HOMOCISTEÍNA
90.3.0.24LACTÓGENO PLACENTARIO
90.3.0.25METANEFRINAS TOTALES EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.0.26MICROALBUMINURIA AUTOMATIZADA EN ORINA PARCIAL
90.3.0.27MICROALBUMINURIA AUTOMATIZADA EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.0.28MICROALBUMINURIA SEMIAUTOMATIZADA
90.3.0.30MIOGLOBINA CARDÍACA
90.3.0.31MIOGLOBINA EN ORINA O EN SUERO
90.3.0.33OSMOLARIDAD EN ORINA
90.3.0.34OSMOLARIDAD EN SUERO
90.3.0.37PIRIDINOLINA EN ORINA
90.3.0.38PORFIRINAS CUANTITATIVAS EN ORINA 24 HORAS
90.3.0.39PORFIRINAS TOTALES EN SANGRE
90.3.0.40PORFOBILINÓGENO CUALITATIVO EN ORINA PARCIAL
90.3.0.41PORFOBILINÓGENO CUANTITATIVO EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.0.42PROTEÍNA TRANSPORTADORA DE HORMONAS SEXUALES [PTHS]
90.3.0.43PRUEBA DE ALIENTO [13 C UREA] PARA Helicobacter pilory
90.3.0.44SATURACIÓN DE TRANSFERRINA
90.3.0.45TRANSFERRINA SEMIAUTOMATIZADA
90.3.0.46TRANSFERRINA AUTOMATIZADA
90.3.0.47TRIPSINA EN SUERO O EN MATERIA FECAL
90.3.0.51UROPORFIRINAS CUALITATIVAS
90.3.0.56PORFIRINAS CUANTITATIVAS EN ORINA PARCIAL
90.3.0.57PORFIRINAS DIFERENCIADAS EN SANGRE
90.3.0.58METANEFRINAS EN ORINA PARCIAL
90.3.0.59METANEFRINAS FRACCIONADAS EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.0.62MEDICIÓN DE GASES EN SANGRE VENOSA
90.3.0.67METANEFRINAS LIBRES EN PLASMA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.3.0.68METANEFRINAS FRACCIONADAS EN PLASMA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.3.0.69NORMETANEFRINAS EN PLASMA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.3.1.PRUEBAS PARA ÁCIDOS
90.3.1.01ÁCIDOS BILIARES TOTALES
90.3.1.03ÁCIDO 5 HIDROXI INDOLACÉTICO EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.1.04ÁCIDO DELTA AMINOLEVULÍNICO [ALA] EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.1.05ÁCIDO FÓLICO [FOLATOS] EN SUERO
90.3.1.06ÁCIDO FÓLICO EN ERITROCITOS
90.3.1.09ÁCIDO HOMOVALÍNICO EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.1.10ÁCIDO LÁCTICO [L-LACTATO] SEMIAUTOMATIZADO
90.3.1.11ÁCIDO LÁCTICO [L-LACTATO] AUTOMATIZADO
90.3.1.12ÁCIDO PIRÚVICO [PIRUVATO]
90.3.1.13ÁCIDO VANILMANDÉLICO [VMA] EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.1.14ÁCIDOS BILIARES FRACCIONADOS
90.3.2.PRUEBAS PARA AMINOÁCIDOS
90.3.2.02FENILALANINA CUALITATIVA
90.3.3.PRUEBAS PARA CARBOHIDRATOS
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.3.3.01GALACTOSA
90.3.3.02CURVA DE LACTOSA
90.3.4.PRUEBAS PARA ENZIMAS
90.3.4.01ADENOSIN DEAMINASA [ADA]
90.3.4.02ALDOLASA
90.3.4.03ALFA 1 ANTIQUIMIOTRIPSINA SEMIAUTOMATIZADA
90.3.4.04ALFA 1 ANTIQUIMIOTRIPSINA AUTOMATIZADA
90.3.4.05ALFA 1 ANTITRIPSINA SEMIAUTOMATIZADO
90.3.4.06ALFA 1 ANTITRIPSINA AUTOMATIZADA
90.3.4.07ALFA 1 GLICOPROTEÍNA ÁCIDA U OROMUCOIDE
90.3.4.09APOLIPOPROTEÍNAS A1 SEMIAUTOMATIZADA
90.3.4.10APOLIPOPROTEÍNAS B SEMIAUTOMATIZADA
90.3.4.11APOLIPOPROTEÍNAS A1 AUTOMATIZADA
90.3.4.12APOLIPOPROTEÍNAS B AUTOMATIZADA
90.3.4.16CERULOPLASMINA SEMIAUTOMATIZADA
90.3.4.17CERULOPLASMINA AUTOMATIZADA
90.3.4.19COLINESTERASA EN ERITROCITOS [ACETILCOLINESTERASA]
90.3.4.20COLINESTERASA SERICA
90.3.4.21COPROPORFIRINAS EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.4.22COPROPORFIRINAS EN ORINA DE 24 HORAS AUTOMATIZADA
90.3.4.23D- XILOSA PRUEBA DE ABSORCIÓN
90.3.4.24DESHIDROGENASA HIDROXIBUTÍRICA
90.3.4.25FRUCTOSAMINA
90.3.4.26HEMOGLOBINA GLICOSILADA AUTOMATIZADA
90.3.4.27HEMOGLOBINA GLICOSILADA MANUAL O SEMIAUTOMATIZADA
90.3.4.28HEMOSIDERINA EN ORINA
90.3.4.29ISOCITRATO DESHIDROGENASA
90.3.4.30LEUCINA AMINOPEPTIDASA
90.3.4.31LIPOPROTEÍNA A
90.3.4.33PROTOPORFIRINA ZINC ERITROCITARIA
90.3.4.36TROPONINA I CUALITATIVA
90.3.4.37TROPONINA I CUANTITATIVA
90.3.4.38TROPONINA T CUALITATIVA
90.3.4.39TROPONINA T CUANTITATIVA
90.3.5.PRUEBAS PARA LÍQUIDOS
90.3.5.01LÍQUIDO AMNIÓTICO CURVA ESPECTRAL O DE LILEY
90.3.5.02LÍQUIDO AMNIÓTICO ÍNDICE DE MADUREZ FETAL PULMONAR (LECITINA-ESFINGOMIELINA O SULFACTANTE-ALBUMINA FOSFATIDIL GLICEROL RECUENTO DE CÉLULAS LAMELARES O ESPECTROFOTOMETRÍA 650 nm)
90.3.5.03LÍQUIDO PERICÁRDICO (EXAMEN FÍSICO Y CITOQUÍMICO CON DENSIDAD Y PROTEÍNAS)
90.3.5.04LÍQUIDO SINOVIAL (EXAMEN FÍSICO Y CITOQUÍMICO CON RECUENTO Y MORFOLOGÍA DE ERITROCITOS Y LEUCOCITOS GLUCOSA PROTEÍNAS FACTOR R.A. COMPLEMENTO TEST DE MUCINA Y ANÁLISIS CON LUZ POLARIZADA)
90.3.5.05LÍQUIDO SINOVIAL CRISTALES
90.3.5.06OTROS LÍQUIDOS (EXAMEN FÍSICO Y CITOQUÍMICO CON RECUENTO Y MORFOLOGÍA DE ERITROCITOS Y LEUCOCITOS GLUCOSA PROTEÍNAS)
90.3.6.PRUEBAS PARA MINERALES
90.3.6.01ALUMINIO EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.6.02AMONIO
90.3.6.03CALCIO AUTOMATIZADO
90.3.6.04CALCIO IÓNICO
90.3.6.05IONOGRAMA [CLORO SODIO POTASIO Y BICARBONATO O CALCIO]
90.3.6.06ELECTROLITOS EN SUDOR [IONTOFORESIS]
90.3.6.07IONTOFORESIS POST ESTIMULACIÓN CON PILOCARPINA
90.3.6.08ZINC
90.3.6.09ZINC EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.6.10ALUMINIO EN ORINA PARCIAL
90.3.7.PRUEBAS PARA VITAMINAS
90.3.7.01VITAMINA A [RETINOL]
90.3.7.02VITAMINA B1 [TIAMINA]
90.3.7.03VITAMINA B12 [CIANOCOBALAMINA]
90.3.7.04VITAMINA B2 [RIBOFLAVINA]
90.3.7.05VITAMINA B6 [PIRIDOXINA]
90.3.7.06VITAMINA D 25 HIDROXI TOTAL [D2-D3] [CALCIFEROL]
90.3.7.07VITAMINA D 125 DIHIDROXI [D2-D3] [CALCIFIDOL]
90.3.7.08VITAMINA E [TOCOFEROL]
90.3.8.PRUEBAS RUTINARIAS
90.3.8.01ÁCIDO ÚRICO EN SUERO U OTROS FLUIDOS
90.3.8.02ÁCIDO ÚRICO EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.8.03ALBUMINA EN SUERO U OTROS FLUIDOS
90.3.8.04ALBUMINA EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.8.05AMILASA EN SUERO U OTROS FLUIDOS
90.3.8.06AMILASA EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.8.07ASPIRADO GÁSTRICO (EXAMEN FÍSICO Y CITOQUÍMICO CON RECUENTO DE POLIMORFONUCLEARES)
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.3.8.08BALANCE NITROGENADO [ÍNDICE CATABÓLICO]
90.3.8.09BILIRRUBINAS TOTAL Y DIRECTA
90.3.8.10CALCIO SEMIAUTOMATIZADO
90.3.8.11CALCIO AUTOMATIZADO EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.8.12CAPACIDAD DE COMBINACIÓN DEL HIERRO
90.3.8.13CLORO
90.3.8.14CLORO EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.8.15COLESTEROL DE ALTA DENSIDAD
90.3.8.16COLESTEROL DE BAJA DENSIDAD SEMIAUTOMATIZADO
90.3.8.17COLESTEROL DE BAJA DENSIDAD [LDL] AUTOMATIZADO
90.3.8.18COLESTEROL TOTAL
90.3.8.19CREATIN QUINASA (FRACCIÓN MB) SEMIAUTOMATIZADA
90.3.8.20CREATIN QUINASA (FRACCIÓN MB) AUTOMATIZADA
90.3.8.21CREATIN QUINASA TOTAL [CK-CPK]
90.3.8.22CREATINA
90.3.8.23CREATININA DEPURACIÓN
90.3.8.24CREATININA EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.8.26CUERPOS CETÓNICOS O CETONAS EN ORINA
90.3.8.27CUERPOS CETÓNICOS O CETONAS EN SANGRE
90.3.8.28DESHIDROGENASA LÁCTICA
90.3.8.29DESHIDROGENASA LÁCTICA ISOENZIMAS
90.3.8.30FOSFATASA ÁCIDA
90.3.8.31FOSFATASA ÁCIDA FRACCIÓN PROSTÁTICA SEMIAUTOMATIZADA
90.3.8.32FOSFATASA ÁCIDA FRACCIÓN PROSTÁTICA AUTOMATIZADA
90.3.8.33FOSFATASA ALCALINA
90.3.8.34FOSFATASA ALCALINA ESPECÍFICA DE HUESO
90.3.8.35FÓSFORO EN SUERO U OTROS FLUIDOS
90.3.8.36FÓSFORO EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.8.37FRACCIÓN EXCRETADA DE SODIO
90.3.8.38GAMMA GLUTAMIL TRANSFERASA
90.3.8.39GASES ARTERIALES (EN REPOSO O EN EJERCICIO)
90.3.8.40GLUCOSA EN ORINA
90.3.8.41GLUCOSA EN SUERO U OTRO FLUIDO DIFERENTE A ORINA
90.3.8.42GLUCOSA PRE Y POST CARGA DE GLUCOSA
90.3.8.43GLUCOSA PRE Y POST PRANDIAL
90.3.8.44GLUCOSA CURVA DE TOLERANCIA
90.3.8.45GLUCOSA TEST O' SULLIVAN
90.3.8.46HIERRO TOTAL
90.3.8.47LIPASA
90.3.8.48LÍQUIDO AMNIÓTICO (EXAMEN FÍSICO Y CITOQUÍMICO: CÉLULAS ANARANJADAS TEST DE CLEMENS Y CREATININA)
90.3.8.49LÍQUIDO ASCITICO (EXAMEN FÍSICO Y CITOQUÍMICO)
90.3.8.50LÍQUIDO CEFALORRAQUÍDEO (LCR EXAMEN FÍSICO Y CITOQUÍMICO CON GLUCOSA PROTEÍNAS MORFOLOGÍA DE ERITROCITOS Y DIFERENCIAL DE LEUCOCITOS)
90.3.8.51LÍQUIDO PERITONEAL (EXAMEN FÍSICO Y CITOQUÍMICO CON DETECCIÓN DE ERITROCITOS RECUENTO Y MORFOLOGÍA DE LEUCOCITOS GLUCOSA PROTEÍNAS Y AMILASA)
90.3.8.52LÍQUIDO PLEURAL (EXAMEN FÍSICO Y CITOQUÍMICO CON RECUENTO Y MORFOLOGÍA DE LEUCOCITOS GLUCOSA Y DESHIDROGENASA LÁCTICA)
90.3.8.53LÍQUIDO SINOVIAL (EXAMEN FÍSICO Y CITOQUÍMICO CON RECUENTO Y MORFOLOGÍA DE ERITROCITOS Y LEUCOCITOS GLUCOSA PROTEÍNAS Y TEST DE MUCINA)
90.3.8.54MAGNESIO EN SUERO U OTROS FLUIDOS
90.3.8.55MAGNESIO EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.8.56NITRÓGENO UREICO
90.3.8.57NITRÓGENO UREICO EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.8.58OSMOLARIDAD CALCULADA
90.3.8.59POTASIO EN SUERO U OTROS FLUIDOS
90.3.8.60POTASIO EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.8.61PROTEÍNAS DIFERENCIADAS [ALBUMINA-GLOBULINA]
90.3.8.62PROTEÍNAS EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.8.63PROTEÍNAS TOTALES EN SUERO Y OTROS FLUIDOS
90.3.8.64SODIO EN SUERO U OTROS FLUIDOS
90.3.8.65SODIO EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.8.66TRANSAMINASA GLUTÁMICO-PIRÚVICA [ALANINO AMINO TRANSFERASA]
90.3.8.67TRANSAMINASA GLUTÁMICO OXALACÉTICA [ASPARTATO AMINO TRANSFERASA]
90.3.8.68TRIGLICERIDOS
90.3.8.69UREA EN SANGRE U OTROS FLUIDOS
90.3.8.70UREA EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.8.71AMILASA EN ORINA PARCIAL
90.3.8.72SODIO EN ORINA PARCIAL
90.3.8.73CALCIO EN ORINA PARCIAL
90.3.8.74PROTEÍNAS TOTALES EN ORINA PARCIAL
90.3.8.75FÓSFORO EN ORINA PARCIAL
90.3.8.76CREATININA EN ORINA PARCIAL
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.3.8.77ÁCIDO ÚRICO EN ORINA PARCIAL
90.3.8.78POTASIO EN ORINA PARCIAL
90.3.8.79MAGNESIO EN ORINA PARCIAL
90.3.8.80CLORO EN ORINA PARCIAL
90.3.8.81CREATINA EN ORINA DE 24 HORAS
90.3.8.83GLUCOSA SEMIAUTOMATIZADA [GLUCOMETRÍA]
90.3.8.84TEST DE O'SULLIVAN CONFIRMATORIO (CUATRO MUESTRAS)
90.3.8.85PRUEBA DE TOLERANCIA A LA GLUCOSA POR 3 HORAS (6 MUESTRAS: 0 30 60 90 120 Y 180 MINUTOS)
90.3.8.86PRUEBA DE TOLERANCIA A LA GLUCOSA POR 2 HORAS (3 MUESTRAS: 0 60 Y 120 MINUTOS)
90.3.8.87PRUEBA DE TOLERANCIA A LA GLUCOSA POR 2 HORAS (4 MUESTRAS: 0 30 60 Y 120 MINUTOS)
90.3.8.88PRUEBA DE TOLERANCIA A LA GLUCOSA POR 2 HORAS (5 MUESTRAS: 0 30 60 90 Y 120 MINUTOS)
90.3.8.89PRUEBA DE TOLERANCIA A LA GLUCOSA POR 3 HORAS (5 MUESTRAS: 0 30 60 120 Y 180 MINUTOS)
90.3.8.90PRUEBA DE TOLERANCIA A LA GLUCOSA POR 4 HORAS (6 MUESTRAS: 0 30 60 120 180 Y 240 MINUTOS)
90.3.8.91PRUEBA DE TOLERANCIA A LA GLUCOSA POR 4 HORAS (7 MUESTRAS: 0 30 60 90 120 180 Y 240 MINUTOS)
90.3.8.92PRUEBA DE TOLERANCIA A LA GLUCOSA POR 5 HORAS (7 MUESTRAS: 0 30 60 120 180 240 Y 300 MINUTOS)
90.3.8.93PRUEBA DE TOLERANCIA A LA GLUCOSA POR 5 HORAS (8 MUESTRAS: 0 30 60 90 120 180 240 Y 300 MINUTOS)
90.3.8.94PRUEBA DE TOLERANCIA A LA GLUCOSA POR 6 HORAS (8 MUESTRAS: 0 30 60 120 180 240 300 Y 360)
90.3.8.95CREATININA EN SUERO U OTROS FLUIDOS
90.4.0.PRUEBAS PARA FUNCIÓN CARDIOVASCULAR
90.4.0.04RENINA TOTAL
90.4.0.05RENINA ACTIVIDAD PLASMÁTICA
90.4.1.PRUEBAS PARA FUNCIÓN DE HIPÓFISIS
90.4.1.01SOMATOMEDINA C [FACTOR I DE CRECIMIENTO SIMILAR A LA INSULINA O IGF-1]
90.4.1.02HORMONA ANTIDIURÉTICA
90.4.1.03HORMONA ADRENOCORTICOTRÓPICA
90.4.1.04HORMONA DE CRECIMIENTO [SOMATOTRÓPICA]
90.4.1.05HORMONA FOLÍCULO ESTIMULANTE
90.4.1.06HORMONA FOLÍCULO ESTIMULANTE Y HORMONA LUTEINIZANTE PRE Y POST HORMONA LIBERADORA DE GONADOTROPINA CADA MUESTRA
90.4.1.07HORMONA LUTEINIZANTE
90.4.1.08PROLACTINA
90.4.1.09PROLACTINA (MEZCLA DE TRES MUESTRAS)
90.4.2.PRUEBAS PARA FUNCIÓN DE HIPOTÁLAMO E HIPÓFISIS
90.4.2.01HORMONA DE CRECIMIENTO [SOMATOTRÓPICA] PRE Y POST ESTIMULACIÓN CADA MUESTRA
90.4.2.02HORMONA DEL CRECIMIENTO [SOMATOTRÓPICA] PRE Y POST EJERCICIO CADA MUESTRA
90.4.2.03HORMONA FOLÍCULO ESTIMULANTE Y HORMONA LUTEINIZANTE PRE Y POST OTRO ESTÍMULO CADA MUESTRA
90.4.2.04PROLACTINA PRE Y POST ESTIMULACIÓN
90.4.2.05HORMONA DEL CRECIMIENTO [SOMATOTRÓPICA] PRE Y POST ESTÍMULO CLONIDINA CADA MUESTRA
90.4.2.06HORMONA DEL CRECIMIENTO [SOMATOTRÓPICA] PRE Y POST ESTÍMULO GLUCAGÓN CADA MUESTRA
90.4.2.07HORMONA DEL CRECIMIENTO [SOMATOTRÓPICA] PRE Y POST ESTÍMULO GLUCOSA CADA MUESTRA
90.4.2.08HORMONA DEL CRECIMIENTO [SOMATOTRÓPICA] PRE Y POST ESTÍMULO INSULINA CADA MUESTRA
90.4.2.10PROLACTINA PRE Y POST TRH CADA MUESTRA
90.4.3.PRUEBAS PARA FUNCIÓN DE HIPOTÁLAMO, HIPÓFISIS Y SUPRARENAL
90.4.3.01CORTISOL PRE Y POST ESTIMULACIÓN 2 MUESTRAS
90.4.3.02CORTISOL PRE Y POSTSUPRESIÓN CON DEXAMETASONA
90.4.3.03CORTISOL Y GLUCOSA PRE Y POST INSULINA HASTA 4 MUESTRAS
90.4.4.PRUEBAS PARA FUNCIÓN DE HIPOTÁLAMO, HIPÓFISIS, OVARIO O SUPRARENAL
90.4.4.01ESTRADIOL PRE Y POST GONADOTROPINA CORIÓNICA CADA MUESTRA
90.4.4.02HIDROXIPROGESTERONA 17 ALFA PRE Y POST HORMONA ADRENOCORTICOTRÓPICA CADA MUESTRA
90.4.5.PRUEBAS PARA FUNCIÓN OVÁRICA Y SUPRARENAL
90.4.5.01ANDROSTENEDIONA
90.4.5.02ANDROSTERONA EN ORINA
90.4.5.03ESTRADIOL
90.4.5.04ESTRIOL
90.4.5.05ESTRIOL LIBRE
90.4.5.06ESTRÓGENOS (ESTRADIOL 17 BETA)
90.4.5.08GONADOTROPINA CORIÓNICA SUBUNIDAD BETA CUALITATIVA PRUEBA DE EMBARAZO EN ORINA O SUERO
90.4.5.09HIDROXIPROGESTERONA 17 ALFA
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.4.5.10PROGESTERONA
90.4.6.PRUEBAS PARA FUNCIÓN DE TESTÍCULO
90.4.6.01TESTOSTERONA LIBRE
90.4.6.02TESTOSTERONA TOTAL
90.4.7.PRUEBAS PARA FUNCIÓN PANCREÁTICA
90.4.7.02INSULINA PRE Y POST GLUCOSA
90.4.7.03INSULINA CURVA (CINCO MUESTRAS)
90.4.7.04INSULINA (CADA MUESTRA)
90.4.7.05INSULINA LIBRE
90.4.7.06PÉPTIDO C
90.4.7.07PROINSULINA
90.4.7.08SOMATOSTATINA
90.4.7.11INSULINA CURVA DE 2 HORAS (3 MUESTRAS: 0 60 Y 120 MINUTOS)
90.4.7.12INSULINA CURVA DE 2 HORAS (4 MUESTRAS: 0 30 60 Y 120 MINUTOS)
90.4.7.13INSULINA CURVA DE 3 HORAS (6 MUESTRAS: 0 30 60 90 120 Y 180 MINUTOS)
90.4.7.14INSULINA CURVA DE 4 HORAS (6 MUESTRAS: 0 30 60 120 180 Y 240 MINUTOS)
90.4.7.15INSULINA CURVA DE 4 HORAS (7 MUESTRAS: 0 30 60 90 120 180 Y 240 MINUTOS)
90.4.7.16INSULINA CURVA DE 5 HORAS (7 MUESTRAS: 0 30 60 120 180 240 Y 300 MINUTOS)
90.4.7.17INSULINA CURVA DE 5 HORAS (8 MUESTRAS: 0 30 60 90 120 180 240 Y 300 MINUTOS)
90.4.7.18INSULINA CURVA DE 6 HORAS (8 MUESTRAS: 0 30 60 120 180 240 300 Y 360)
90.4.8.PRUEBAS PARA FUNCIÓN SUPRARENAL
90.4.8.01ALDOSTERONA
90.4.8.02ALDOSTERONA EN ORINA
90.4.8.03ANDROSTENEDIOL GLUCURONIDO 3 ALFA
90.4.8.04CETOESTEROIDES 17
90.4.8.05CORTISOL DIFERENTES MUESTRAS
90.4.8.06CORTISOL (DOS MUESTRAS AM-PM)
90.4.8.07CORTISOL LIBRE EN ORINA DE 24 HORAS
90.4.8.08DEHIDROEPINANDROSTERONA
90.4.8.09DEHIDROEPINANDROSTERONA SULFATO [EPINANDROSTERONA - DHEA-SO4] CADA MUESTRA
90.4.8.11HIDROXICORTICOSTEROIDES 17
90.4.8.12CORTISOL AM
90.4.8.13CORTISOL PM
90.4.8.14HIDROXICORTICOESTEROIDES EN ORINA PARCIAL
90.4.9.PRUEBAS PARA FUNCIÓN TIROIDEA O PARATIROIDEA
90.4.9.01GLOBULINA TRANSPORTADORA DE TIROXINA
90.4.9.02HORMONA ESTIMULANTE DEL TIROIDES
90.4.9.03HORMONA ESTIMULANTE DEL TIROIDES NEONATAL
90.4.9.04HORMONA ESTIMULANTE DEL TIROIDES ULTRASENSIBLE
90.4.9.05HORMONA ESTIMULANTE DEL TIROIDES PRE Y POST ESTIMULACIÓN
90.4.9.06HORMONA ESTIMULANTE DEL TIROIDES PRE Y POST ESTIMULACIÓN ULTRASENSIBLE
90.4.9.07HORMONA ESTIMULANTE DEL TIROIDES PRE Y POST HORMONA LIBERADORA DE TIROTROPINA 1 HORA TRES MUESTRAS
90.4.9.08HORMONA ESTIMULANTE DEL TIROIDES PRE Y POST HORMONA LIBERADORA DE TIROTROPINA 2 HORAS CUATRO MUESTRAS
90.4.9.09HORMONA ESTIMULANTE DEL TIROIDES PRE Y POST DOS MUESTRAS ULTRASENSIBLE
90.4.9.10HORMONA ESTIMULANTE DEL TIROIDES PRE Y POST HORMONA LIBERADORA DE TIROTROPINA 1 HORA TRES MUESTRAS ULTRASENSIBLE
90.4.9.11HORMONA PARATIROIDEA C TERMINAL
90.4.9.12HORMONA PARATIROIDEA MOLÉCULA INTACTA
90.4.9.13HORMONA PARATIROIDEA MOLÉCULA MEDIA
90.4.9.14HORMONA PARATIROIDEA N TERMINAL
90.4.9.15HORMONA ESTIMULANTE DEL TIROIDES PRE Y POST HORMONA LIBERADORA DE TIROTROPINA 2 HORAS CUATRO MUESTRAS ULTRASENSIBLE
90.4.9.20TIROGLOBULINA
90.4.9.21TIROXINA LIBRE
90.4.9.22TIROXINA TOTAL
90.4.9.23TRIYODOTIRONINA (CAPTACIÓN)
90.4.9.24TRIYODOTIRONINA LIBRE
90.4.9.25TRIYODOTIRONINA TOTAL
90.4.9.26TIROXINA NORMALIZADA
90.4.9.27TRIYODOTIRONINA REVERSA
90.5.0.MONITOREO ANESTÉSICO
90.5.0.01LIDOCAÍNA [MONOETILGLICINEXILIDIDA-MEGX] EN SUERO SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.5.0.02LIDOCAÍNA [MONOETILGLICINEXILIDIDA-MEGX] EN ORINA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.5.0.03PROCAINAMIDA METABOLITOS N-ACETIL PROCAINAMIDA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.5.1.MONITOREO ANTICOAGULANTES
90.5.1.01CUMARÍNICOS
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.5.1.02WARFARINA CUALITATIVA SEMIAUTOMATIZADA O AUTOMATIZADA
90.5.1.03WARFARINA CUANTITATIVA SEMIAUTOMATIZADA O AUTOMATIZADA
90.5.2.MONITOREO ANTICONVULSIVANTES
90.5.2.01ÁCIDO VALPROICO AUTOMATIZADO
90.5.2.02ÁCIDO VALPROICO LIBRE AUTOMATIZADO
90.5.2.03BARBITÚRICOS CUANTITATIVO SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.5.2.04BARBITÚRICOS SEMICUANTITATIVO MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.5.2.05CARBAMAZEPINA CUANTITATIVA SEMIAUTOMATIZADA
90.5.2.06CARBAMAZEPINA CUANTITATIVA AUTOMATIZADA
90.5.2.08ETOSUXIMIDA CUANTITATIVA AUTOMATIZADA
90.5.2.10FENITOÍNA LIBRE AUTOMATIZADA
90.5.2.13FENITOÍNA TOTAL AUTOMATIZADA
90.5.2.14FENOBARBITAL NIVELES SÉRICOS AUTOMATIZADO
90.5.3.MONITOREO ANTIDEPRESIVOS, ANTIMANIÁTICOS Y NEUROLEPTICOS
90.5.3.01ANFETAMINAS Y METANFETAMINAS CUANTITATIVAS AUTOMATIZADO
90.5.3.02ANFETAMINAS Y METANFETAMINAS SEMICUANTITATIVA MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.5.3.03ANTIDEPRESIVOS TRICÍCLICOS CUANTITATIVO AUTOMATIZADO
90.5.3.04ANTIDEPRESIVOS TRICÍCLICOS SEMICUANTITATIVO MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.5.3.05BENZODIACEPINAS CUANTITATIVAS AUTOMATIZADO
90.5.3.06BENZODIACEPINAS SEMICUANTITATIVO MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.5.3.07CLORPROMAZINA
90.5.3.08FENCICLIDINA
90.5.3.09FENOTIAZINAS AUTOMATIZADO
90.5.3.10FENOTIAZINAS MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.5.3.12LITIO AUTOMATIZADO
90.5.3.13LITIO SEMIAUTOMATIZADO
90.5.4.MONITOREO ANTIMICROBIANOS
90.5.4.01AMIKACINA AUTOMATIZADO
90.5.4.04GENTAMICINA AUTOMATIZADA
90.5.4.06KANAMICINA AUTOMATIZADO
90.5.4.07NETILMICINA AUTOMATIZADO
90.5.4.09TOBRAMICINA AUTOMATIZADO
90.5.4.10VANCOMICINA AUTOMATIZADO
90.5.5.MONITOREO DE CITOSTATICOS
90.5.5.02CICLOSPORINA A O METABOLITOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.5.6.MONITOREO DIGITALICOS, CARDIOVASCULARES Y BRONCODILATADOR
90.5.6.01DIGITOXINA AUTOMATIZADO
90.5.6.02DIGITOXINA SEMIAUTOMATIZADO
90.5.6.03DIGOXINA AUTOMATIZADO
90.5.6.04DIGOXINA SEMIAUTOMATIZADO
90.5.6.06NITROPRUSIATO DE SODIO
90.5.6.07TEOFILINA SEMIAUTOMATIZADO
90.5.6.08TEOFILINA AUTOMATIZADO
90.5.7.NIVELES TOXICOLÓGICOS
90.5.7.01ACETAMINOFEN AUTOMATIZADO
90.5.7.02ACETAMINOFEN SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.03ALCALOIDES AUTOMATIZADO
90.5.7.04ALCALOIDES SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.05ALCOHOL ETÍLICO AUTOMATIZADO
90.5.7.06ALCOHOL ETÍLICO SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.07ALCOHOL METÍLICO [FORMALDEHÍDO] MANUAL
90.5.7.08ALCOHOL METÍLICO [FORMALDEHÍDO] SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.5.7.09ARSÉNICO SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.10ATROPÍNICOS AUTOMATIZADO
90.5.7.11ATROPÍNICOS SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.13BIPIRIDILO AUTOMATIZADO
90.5.7.14CAFEÍNA AUTOMATIZADO
90.5.7.15CAFEÍNA SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.16CANNABINOIDES AUTOMATIZADO
90.5.7.17CANNABINOIDES MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.18CARBAMATOS O METABOLITOS AUTOMATIZADO
90.5.7.19CARBAMATOS O METABOLITOS SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.20CIANUROS SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.21CIANUROS AUTOMATIZADO
90.5.7.22HIDROCARBUROS AUTOMATIZADO
90.5.7.23HIDROCARBUROS SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.24COCAÍNA O METABOLITOS MANUAL
90.5.7.25COCAÍNA O METABOLITOS SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.26COCAÍNA O METABOLITOS AUTOMATIZADO
90.5.7.27DROGAS DE ABUSO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.5.7.28ESTRICNINA SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.29ESTRICNINA AUTOMATIZADO
90.5.7.30MERCURIO SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.31MERCURIO AUTOMATIZADO
90.5.7.32METACUALONA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.5.7.33METACUALONA MANUAL
90.5.7.34METADONA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.5.7.35METADONA MANUAL
90.5.7.36METALES PESADOS CADA UNO SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.37MONÓXIDO DE CARBONO [CARBOXIHEMOGLOBINA] SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.38MONÓXIDO DE CARBONO [CARBOXIHEMOGLOBINA] AUTOMATIZADO
90.5.7.39OPIÁCEOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.5.7.40OPIÁCEOS MANUAL
90.5.7.41ORGANOCLORADOS SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.42ORGANOFOSFORADOS SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.43ORGANOFOSFORADOS MANUAL
90.5.7.44PARANITROFENOL SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.45PIRETRINAS MANUAL
90.5.7.46PIRETRINAS SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.48PIRETROIDES MANUAL
90.5.7.49PRIMIDONA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.5.7.50PRIMIDONA MANUAL
90.5.7.51PROPOXIFENO AUTOMATIZADO
90.5.7.52PROPOXIFENO MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.53QUININA SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.55SALICILATOS AUTOMATIZADO
90.5.7.56SALICILATOS SEMIAUTOMATIZADO
90.5.7.58SOLVENTES O METABOLITOS AUTOMATIZADO
90.5.7.59SUSTANCIAS ALUCINOGENAS
90.5.7.60TALIO SEMIAUTOMATIZADO
90.6.0.DETERMINACIÓN DE ANTICUERPOS BACTERIANOS
90.6.0.01ANTIESTREPTOLISINA AUTOMATIZADO
90.6.0.02ANTIESTREPTOLISINA MANUAL
90.6.0.03Bordetella pertussi ANTICUERPOS Ig A SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.04Bordetella pertussi ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO
90.6.0.06Bordetella pertussi ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO
90.6.0.08Borrelia burgdorferi ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.09Borrelia burgdorferi ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.18Chlamydia trachomatis ANTICUERPOS Ig A SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.19Chlamydia trachomatis ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.20Chlamydia trachomatis ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.21Chlamydia trachomatis ANTICUERPOS TOTALES SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.23Helicobacter pylori ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.24Helicobacter pylori ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.25Helicobacter pylori ANTICUERPOS TOTALES SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.26Legionella spp ANTICUERPOS Ig G SEROTIPOS 1-14 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.27Legionella pneumoniae ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO
90.6.0.28Legionella pneumoniae ANTICUERPOS AUTOMATIZADO
90.6.0.29Leptospira ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.30Leptospira ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.33Mycoplasma pneumoniae ANTICUERPOS Ig A SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.34Mycoplasma pneumoniae ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.35Mycoplasma pneumoniae ANTICUERPOS TOTALES SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.36Mycoplasma pneumoniae ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.39Treponema pallidum ANTICUERPOS (PRUEBA TREPONEMICA) MANUAL O SEMIAUTOMATIZADA O AUTOMATIZADA
90.6.0.40Treponema pallidum ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.41Treponema pallidum ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.0.50Actynomices ANTICUERPOS
90.6.1.DETERMINACIÓN DE ANTICUERPOS CONTRA HONGOS Y PARÁSITOS
90.6.1.02Aspergillus ANTICUERPOS MANUAL
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.6.1.03Blastomyces ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.04Cándida albicans ANTICUERPOS Ig A SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.05Cándida albicans ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.06Cándida albicans ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.07Cisticerco ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.08Cisticerco ANTICUERPOS Ig G CONFIRMATORIO MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.6.1.09Cisticerco ANTICUERPOS TOTALES
90.6.1.11Coccidioides ANTICUERPOS
90.6.1.12Cryptococcus neoformans ANTICUERPOS MANUAL
90.6.1.13Entamoeba histolítica ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.14Entamoeba histolítica ANTICUERPOS MANUAL
90.6.1.18Histoplasma capsulatum ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.19HONGOS ANTICUERPOS TOTALES MANUAL
90.6.1.20HONGOS ANTICUERPOS TOTALES SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.21Leishmania ANTICUERPOS MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.6.1.26Toxoplasma gondii ANTICUERPOS Ig A SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.27Toxoplasma gondii ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.28Toxoplasma gondii ANTICUERPOS Ig G MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.6.1.29Toxoplasma gondii ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.30Toxoplasma gondii ANTICUERPOS Ig M MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.6.1.31Trypanosoma cruzi ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.32Trypanosoma cruzi ANTICUERPOS MANUAL
90.6.1.33Trypanosoma cruzi ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.35Aspergillus ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.36Aspergillus ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.38Saccharomyces cerevisiae ANTICUERPOS Ig A SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.1.39Saccharomyces cerevisiae ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.DETERMINACIÓN DE ANTICUERPOS CONTRA VIRUS
90.6.2.05Citomegalovirus ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.06Citomegalovirus ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.07Dengue ANTICUERPOS Ig G
90.6.2.08Dengue ANTICUERPOS Ig M
90.6.2.09Dengue ANTICUERPOS TOTALES
90.6.2.10Enterovirus ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.11Epstein-Barr ANTICUERPOS Ig A (CÁPSULA EB-VCA-A) SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.12Epstein-Barr ANTICUERPOS Ig G (CÁPSULA EB-VCA-G) SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.13Epstein-Barr ANTICUERPOS Ig G (NUCLEARES EBNA-G) SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.14Epstein-Barr ANTICUERPOS Ig G (TEMPRANOS G) SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.15Epstein-Barr ANTICUERPOS Ig M (CÁPSULA EB-VCA-M) SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.16Epstein-Barr ANTICUERPOS Ig M (NUCLEARES EBNA-M) SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.17Epstein-Barr ANTICUERPOS Ig A (TEMPRANOS A) SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.18Hepatitis A ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.19Hepatitis A ANTICUERPOS TOTALES SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.20Hepatitis B ANTICUERPOS CENTRAL Ig M [ANTI-CORE HBC-M] SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.21Hepatitis B ANTICUERPOS CENTRAL TOTALES [ANTI-CORE HBc] SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.22Hepatitis B ANTICUERPOS E [ANTI-HBe] SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.23Hepatitis B ANTICUERPOS S [ANTI-HBs] SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.24Hepatitis B ANTICUERPOS DNA POLIMERASA AUTOMATIZADA
90.6.2.25Hepatitis C ANTICUERPO SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.26Hepatitis delta ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.27Hepatitis delta ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.28Herpes I ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.6.2.29Herpes I ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.30Herpes II ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.31Herpes II ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.32HTLV-I Y II ANTICUERPOS TOTALES SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.33HTLV-I Y II ANTICUERPOS TOTALES CONFIRMATORIO SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.41Rubeola ANTICUERPOS Ig G AUTOMATIZADO
90.6.2.42Rubeola ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO
90.6.2.43Rubeola ANTICUERPOS Ig M AUTOMATIZADO
90.6.2.44Rubeola ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO
90.6.2.45Sarampión ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.46Sarampión ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.47Varicela zoster ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.48Varicela zoster ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.2.49Virus de Inmunodeficiencia Humana 1 Y 2 ANTICUERPOS
90.6.2.50Virus de Inmunodeficiencia Humana PRUEBA CONFIRMATORIA
90.6.2.53Virus Sincitial Respiratorio ANTICUERPOS Ig G
90.6.2.60Citomegalovirus ANTICUERPOS Ig G MANUAL
90.6.2.61Citomegalovirus ANTICUERPOS Ig M MANUAL
90.6.2.62Hepatitis B ANTICUERPOS S [ANTI-HBs] MANUAL
90.6.2.63Hepatitis C ANTICUERPOS MANUAL
90.6.2.64Rubeola ANTICUERPOS MANUAL
90.6.2.65Sarampión ANTICUERPOS MANUAL
90.6.3.DETERMINACIÓN DE ANTÍGENOS MICROBIOLÓGICOS
90.6.3.01Adenovirus ANTÍGENO
90.6.3.02ANTÍGENO P 24 Virus de Inmunodeficiencia Humana 1
90.6.3.03ANTÍGENOS BACTERIANOS MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.6.3.04ANTÍGENOS FEBRILES MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.6.3.06Bordetella pertussi ANTÍGENO SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.3.07Chlamydia trachomatis ANTÍGENO SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.3.08Chlamydia trachomatis ANTÍGENO MANUAL
90.6.3.14Cryptococcus neoformans ANTÍGENO
90.6.3.15Entamoeba histolítica ANTÍGENO SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.3.16Giardia lamblia MANUAL
90.6.3.17Hepatitis B ANTÍGENO DE SUPERFICIE [Ag HBs]
90.6.3.18Hepatitis B ANTÍGENO e [Ag HBe] SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.3.19Hepatitis delta ANTÍGENO [Ag HVD] SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.3.20Herpes simplex ANTÍGENO SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.3.21Influenza ANTÍGENO
90.6.3.22Legionella spp ANTÍGENO
90.6.3.23Neisseria gonorrhoeae ANTÍGENO
90.6.3.24Parainfluenza TIPO 1 3 ANTÍGENO
90.6.3.26Rotavirus ANTÍGENOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.3.27Rotavirus ANTÍGENOS MANUAL
90.6.3.28Salmonella spp IDENTIFICACIÓN MANUAL
90.6.3.29Virus Sincitial Respiratorio ANTÍGENO
90.6.4.DETERMINACIÓN DE ANTICUERPOS ESPECÍFICOS
90.6.4.01ACETILCOLINA RECEPTORES ANTICUERPOS BLOQUEADORES AUTOMATIZADO
90.6.4.06ANTICUERPOS NUCLEARES EXTRACTABLES TOTALES [ENA] SS-A [Ro] SS-B [La] RNP y Sm SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.07CARDIOLIPINA ANTICUERPOS Ig A SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.08CARDIOLIPINA ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.09CARDIOLIPINA ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.11CÉLULAS PARIETALES ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.13CENTROMERO ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.14CITOPLASMA DE NEUTRÓFILOS ANTICUERPOS TOTALES [C-ANCA O P-ANCA] MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.6.4.15CITOPLASMA DE NEUTRÓFILOS ANTICUERPOS TOTALES [C ANCA O P ANCA] AUTOMATIZADO
90.6.4.17DNA n ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.18DNA n ANTICUERPOS MANUAL
90.6.4.19ESPERMATOZOIDES ANTICUERPOS AUTOMATIZADO
90.6.4.20ESPERMATOZOIDES ANTICUERPOS MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.6.4.22FOSFOLÍPIDOS ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.23FOSFOLÍPIDOS ANTICUERPOS Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.24HISTONA ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.27ISOAGLUTININAS
90.6.4.28ISOLEUCOAGLUTININAS
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.6.4.29Jo1 ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.30SSB [La] ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.31MEMBRANA BASAL DEL GLOMERULO ANTICUERPOS Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.32MITOCONDRIA ANTICUERPOS AUTOMATIZADO
90.6.4.33MITOCONDRIA ANTICUERPOS MANUAL
90.6.4.34MITOCONDRIA ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO
90.6.4.36MÚSCULO LISO ANTICUERPOS AUTOMATIZADO
90.6.4.37MÚSCULO LISO ANTICUERPOS MANUAL
90.6.4.38MÚSCULO LISO ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO
90.6.4.40ANTICUERPOS ANTINUCLEARES AUTOMATIZADO
90.6.4.41ANTICUERPOS ANTINUCLEARES MANUAL
90.6.4.42ANTICUERPOS ANTINUCLEARES SEMIAUTOMATIZADO
90.6.4.43PLAQUETARIOS ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO
90.6.4.44PLAQUETARIOS ANTICUERPOS AUTOMATIZADO
90.6.4.45PLAQUETAS ANTICUERPOS CIRCULANTES Ig G Ig M e Ig A SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.46PLAQUETAS ANTÍGENOS ASOCIADOS A ANTICUERPOS Ig G Ig M e Ig A SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.47PM/SCL ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.48PM1 ANTICUERPOS ASOCIADOS A POLIMIOSITIS AUTOMATIZADO
90.6.4.49PM2 ANTICUERPOS AUTOMATIZADO
90.6.4.53RNP ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.54SSA [Ro] ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.55SCL-70 ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.56Sm ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.57TIROIDEOS COLOIDALES ANTICUERPOS
90.6.4.58TIROIDEOS MICROSOMALES ANTICUERPOS (TIROIDEOS PEROXIDASA ANTICUERPOS) AUTOMATIZADO
90.6.4.59TIROIDEOS MICROSOMALES ANTICUERPOS (TIROIDEOS PEROXIDASA ANTICUERPOS) MANUAL
90.6.4.60TIROIDEOS MICROSOMALES ANTICUERPOS (TIROIDEOS PEROXIDASA ANTICUERPOS) SEMIAUTOMATIZADO
90.6.4.62TIROIDEOS PEROXIDASA ANTICUERPOS
90.6.4.63TIROIDEOS TIROGLOBULÍNICOS ANTICUERPOS AUTOMATIZADO
90.6.4.64TIROIDEOS TIROGLOBULÍNICOS ANTICUERPOS MANUAL
90.6.4.65TIROIDEOS TIROGLOBULÍNICOS ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO
90.6.4.68ACETILCOLINA RECEPTORES ANTICUERPOS FIJADORES SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.69ACETILCOLINA RECEPTORES ANTICUERPOS MODULADORES SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.70ANTICUERPOS ACUAPORINA 4 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.80BETA 2 GLICOPROTEÍNA I Ig A SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.81BETA 2 GLICOPROTEÍNA I Ig G SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.82BETA 2 GLICOPROTEÍNA I Ig M SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.85MIELOPEROXIDASA ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.4.86PROTEINASA 3 ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.5.PRUEBAS DE HISTOCOMPATIBILIDAD
90.6.5.01HISTOCOMPATIBILIDAD ANTÍGENO A B C CLASE I
90.6.5.02HISTOCOMPATIBILIDAD ANTÍGENO A B C DR DQ CLASE I Y II
90.6.5.03HISTOCOMPATIBILIDAD ANTÍGENO B CLASE I CADA UNO
90.6.5.04HISTOCOMPATIBILIDAD ANTÍGENO DR SEMIAUTOMATIZADO
90.6.5.06HISTOCOMPATIBILIDAD ANTÍGENO DR DQ CLASE II SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.5.07ANTÍGENO LEUCOCITARIO HUMANO B27 SEMIAUTOMATIZADO
90.6.5.08ANTÍGENO LEUCOCITARIO HUMANO B27 AUTOMATIZADO
90.6.5.09HLA CITOTÓXICOS ANTICUERPOS SEMIAUTOMATIZADO
90.6.5.10HLA CITOTÓXICOS ANTICUERPOS AUTOMATIZADO
90.6.5.12ANTÍGENO LEUCOCITARIO HUMANO A SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.5.13ANTÍGENO LEUCOCITARIO HUMANO DR ALTA RESOLUCIÓN AUTOMATIZADO
90.6.5.14ANTÍGENO LEUCOCITARIO HUMANO DQ SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.6.MARCADORES TUMORALES
90.6.6.01ÁCIDO SIÁLICO SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.6.02ALFA FETOPROTEÍNA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.6.03ANTÍGENO CARCINOEMBRIONARIO SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.6.04ANTÍGENO DE CÁNCER DE MAMA [CA 15-3] SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.6.05ANTÍGENO DE CÁNCER DE OVARIO [CA 125] SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.6.06ANTÍGENO DE CÁNCER DE TUBO DIGESTIVO [CA 19-9] SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.6.10ANTÍGENO ESPECÍFICO DE PRÓSTATA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.6.6.11ANTÍGENO ESPECÍFICO DE PRÓSTATA FRACCIÓN LIBRE SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.6.12ANTÍGENO ESPECÍFICO DE PRÓSTATA VELOCIDAD DE CAMBIO 2 MUESTRAS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.6.13ANTÍGENO POLIPÉPTIDO DE TEJIDO O ANTÍGENO DE PROLIFERACION CELULAR AUTOMATIZADO
90.6.6.14ANTÍGENO POLIPÉPTIDO DE TEJIDO O ANTÍGENO DE PROLIFERACION CELULAR SEMIAUTOMATIZADO
90.6.6.18ANTÍGENO TUMORAL DE VEJIGA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.6.20BETA 2 MICROGLOBULINA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.6.21CALCITONINA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.6.22ENOLASA NEURONAL ESPECÍFICA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.6.24GASTRINA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.6.25GONADOTROPINA CORIÓNICA SUBUNIDAD BETA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.DETERMINACIÓN DE POBLACIONES CELULARES
90.6.7.01CULTIVO MIXTO DE LINFOCITOS
90.6.7.02LEUCOCITOS CD14 MONOCITOS GRANULOCITOS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.06LEUCOCITOS CD34 CÉLULAS PROGENITORAS SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.09LEUCOCITOS CD45 LEUCOCITOS TOTALES POR INMUNOHISTOQUÍMICA
90.6.7.11LINFOCITOS B (CD19 Y CD20) SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.12LINFOCITOS T CD3 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.13LINFOCITOS T CD3 POR INMUNOFLUORESCENCIA
90.6.7.14LINFOCITOS T CD4 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.15LINFOCITOS T CD4 POR INMUNOFLUORESCENCIA
90.6.7.16LINFOCITOS CD5 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.17LINFOCITOS CD5 POR INMUNOFLUORESCENCIA
90.6.7.19LINFOCITOS CD7 LINFOCITOS T Y NK POR INMUNOHISTOQUÍMICA
90.6.7.20LINFOCITOS T CD8 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.21LINFOCITOS T CD8 POR INMUNOFLUORESCENCIA
90.6.7.22LINFOCITOS CD10 LINFOCITOS PRE-B [CALLA] SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.23LINFOCITOS CD10 LINFOCITOS PRE-B [CALLA] POR INMUNOHISTOQUÍMICA
90.6.7.24LINFOCITOS CD11 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.25LINFOCITOS CD11 POR INMUNOHISTOQUÍMICA
90.6.7.26LINFOCITOS CD13 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.28LINFOCITOS CD15 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.29LINFOCITOS CD15 POR INMUNOHISTOQUÍMICA
90.6.7.30LINFOCITOS CD16 LINFOCITOS NK SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.31LINFOCITOS CD16 LINFOCITOS NK POR INMUNOHISTOQUÍMICA
90.6.7.32LINFOCITOS CD22 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.36LINFOCITOS CD38 LINFOCITOS T ACTIVADOS Y B LINFOCITOS NK SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.38LINFOCITOS CD56 LINFOCITOS NK SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.40LINFOCITOS CD79a SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.41LINFOCITOS CD79a POR INMUNOHISTOQUÍMICA
90.6.7.43LINFOCITOS CD79b POR INMUNOHISTOQUÍMICA
90.6.7.44LINFOCITOS T CUANTIFICACIÓN CD3 CD4 CD8 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.46MONOCITOS CD45 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.48MONOCITOS CD64 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.49MONOCITOS CD64 POR INMUNOHISTOQUÍMICA
90.6.7.50PLAQUETAS CD41 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.51PLAQUETAS CD41 POR INMUNOHISTOQUÍMICA
90.6.7.52PLAQUETAS CD61 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.7.66MONOCITOS CD14
90.6.8.PRUEBAS ESPECIALES
90.6.8.01BETA 2 GLICOPROTEÍNA I SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.8.02CAMPO OSCURO PARA CUALQUIER MUESTRA
90.6.8.07ELECTROFORESIS DE AMINOÁCIDOS EN ORINA
90.6.8.08ELECTROFORESIS DE HEMOGLOBINA SEMIAUTOMATIZADO
90.6.8.09ELECTROFORESIS DE HEMOGLOBINA AUTOMATIZADO
90.6.8.10ELECTROFORESIS DE LIPOPROTEÍNAS SEMIAUTOMATIZADO Y AUTOMATIZADO
90.6.8.11ELECTROFORESIS DE PROTEÍNAS DE LÍQUIDO CEFALORRAQUÍDEO [DETECCIÓN DE BANDAS OLIGOCLONALES] SEMIAUTOMATIZADO Y AUTOMATIZADO
90.6.8.12ELECTROFORESIS DE PROTEÍNAS SEMIAUTOMATIZADO Y AUTOMATIZADO
90.6.8.14FAGOCITOSIS ESTUDIO
90.6.8.18Hepatitis C PRUEBA CONFIRMATORIA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.6.8.23INHIBIDOR C1 ESTERASA CONCENTRACIÓN O FUNCIONAL SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.8.24INMUNOFIJACIÓN SEMIAUTOMATIZADO
90.6.8.25INMUNOFIJACIÓN AUTOMATIZADA
90.6.8.26INMUNOGLOBULINA A [Ig A] SEMIAUTOMATIZADO
90.6.8.27INMUNOGLOBULINA A [Ig A] AUTOMATIZADO
90.6.8.28INMUNOGLOBULINA G [Ig G] SEMIAUTOMATIZADO
90.6.8.29INMUNOGLOBULINA G [Ig G] AUTOMATIZADO
90.6.8.30INMUNOGLOBULINA G [Ig G] SUBCLASES 1 2 3 4 SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.8.31INMUNOGLOBULINA M [Ig M] SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.8.32INMUNOGLOBULINA M [Ig M] AUTOMATIZADO
90.6.8.33INMUNOGLOBULINA D [Ig D] SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.8.34INMUNOGLOBULINA E [Ig E] ESPECÍFICA (DOSIFICACIÓN CADA ALERGENO) SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.8.35INMUNOGLOBULINA E [Ig E] SEMIAUTOMATIZADO
90.6.8.36INMUNOGLOBULINA E [Ig E] AUTOMATIZADO
90.6.8.37INMUNOGLOBULINAS CADENAS LIVIANAS KAPPA Y LAMBDA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.8.42INMUNOGLOBULINAS CADENAS LIVIANAS LIBRES KAPPA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.8.43INMUNOGLOBULINAS CADENAS LIVIANAS LIBRES LAMBDA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.9.PRUEBAS RUTINARIAS
90.6.9.01AGLUTININAS AL FRÍO
90.6.9.02AGLUTININAS AL CALOR
90.6.9.03ANTICUERPOS HETEROFILOS MANUAL SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.9.04COMPLEMENTO HEMOLÍTICO AL 50% [CH 50] MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.6.9.05COMPLEMENTO SÉRICO C3 SEMIAUTOMATIZADO
90.6.9.06COMPLEMENTO SÉRICO C3 AUTOMATIZADO
90.6.9.07COMPLEMENTO SÉRICO C4 SEMIAUTOMATIZADO
90.6.9.08COMPLEMENTO SÉRICO C4 AUTOMATIZADO
90.6.9.10FACTOR REUMATOIDEO SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.9.11FACTOR REUMATOIDEO MANUAL
90.6.9.12PREALBÚMINA SEMIAUTOMATIZADO O AUTOMATIZADO
90.6.9.13PROTEÍNA C REACTIVA ALTA PRECISIÓN AUTOMATIZADO
90.6.9.14PROTEÍNA C REACTIVA MANUAL O SEMIAUTOMATIZADO
90.6.9.15PRUEBA NO TREPONÉMICA MANUAL
90.7.0.PRUEBAS DE COPROLOGÍA
90.7.0.01AZUCARES REDUCTORES EN HECES
90.7.0.02COPROLÓGICO
90.7.0.03COPROLÓGICO POR CONCENTRACIÓN
90.7.0.04COPROSCÓPICO
90.7.0.05FROTIS RECTAL (IDENTIFICACIÓN DE TROFOZOITOS)
90.7.0.06GRASAS NEUTRAS EN HECES [SUDÁN III]
90.7.0.07OXIUROS IDENTIFICACIÓN PERIANAL [CINTA ADHESIVA O PRUEBA DE GRAHAM]
90.7.0.08SANGRE OCULTA EN MATERIA FECAL [GUAYACO O EQUIVALENTE]
90.7.0.09SANGRE OCULTA EN MATERIA FECAL (DETERMINACIÓN DE HEMOGLOBINA HUMANA ESPECÍFICA)
90.7.0.10UROBILINÓGENO EN MATERIA FECAL CUALITATIVO
90.7.0.11UROBILINÓGENO EN MATERIA FECAL CUANTITATIVO
90.7.0.12SANGRE OCULTA EN MATERIA FECAL [GUAYACO O EQUIVALENTE] SERIADO TRES MUESTRAS
90.7.0.13COPROLÓGICO SERIADO TRES MUESTRAS
90.7.0.14COPROSCÓPICO SERIADO TRES MUESTRAS
90.7.0.15ESTEATOCRITO ÁCIDO
90.7.1.PRUEBAS EN ORINA
90.7.1.01AZUCARES REDUCTORES EN ORINA
90.7.1.02HEMOGLOBINURIA
90.7.1.03PROTEÍNAS DE BENCE JONES MANUAL
90.7.1.04RECUENTO DE ADDIS
90.7.1.05RECUENTO HAMBURGUER
90.7.1.06UROANÁLISIS
90.7.1.07UROBILINÓGENO EN ORINA PARCIAL
90.7.1.08GLÓBULOS ROJOS MORFOLOGÍA EN ORINA
90.7.1.09DENSIDAD URINARIA
90.7.2.OTRAS PRUEBAS
90.7.2.01ESPERMOGRAMA BÁSICO
90.7.2.02MOCO CERVICAL ANÁLISIS
90.7.2.03LÍQUIDO PROSTÁTICO (EXAMEN MICROSCÓPICO)
90.7.2.04PARÁSITOS EN BILIS JUGO DUODENAL EXPECTORACIONES U OTRAS SECRECIONES
90.8.3.PRUEBAS PARA ERRORES METABÓLICOS
90.8.3.09AMINOÁCIDOS CUALITATIVOS
90.8.3.10AMINOÁCIDOS POR CLORURO FÉRRICO
CÓDIGODESCRIPCIÓN
90.8.3.11AMINOÁCIDOS POR DINITROFENILHIDRACINA
90.8.3.12AMINOÁCIDOS POR NITROPRUSIATO
90.8.3.13AMINOÁCIDOS POR NITROSONAFTOL
90.8.3.16FENILALANINA CUANTITATIVA
90.8.3.17TIROSINA TEST CON RAÍZ DE CABELLO
90.8.3.24ARILSULFATASA B ACTIVIDAD
90.8.3.26BETA GALACTOCIDASA ACTIVIDAD
90.8.3.27GALACTOSA 6 SULFATO SULFATASA ACTIVIDAD
90.8.3.28GLICOSAMINOGLICANOS [MUCOPOLISACÁRIDOS] CUALITATIVOS
90.8.3.29ÁCIDOS GRASOS DE CADENA MUY LARGA CUANTITATIVO
90.8.3.30ARILSULFATASA A ACTIVIDAD
90.8.3.31BETA GLUCORONIDASA ACTIVIDAD
90.8.3.32HEXOSAMINIDASA A Y B ACTIVIDAD
90.8.3.33OLIGOSACÁRIDOS CUALITATIVOS
90.8.3.37RELACIÓN LACTATO/PIRUVATO
90.8.3.38AMINOÁCIDOS CUANTITATIVOS
90.8.3.41ÁCIDO SIÁLICO CUANTITATIVO
90.8.3.42GLICOSAMINOGLICANOS [MUCOPOLISACÁRIDOS] CUANTITATIVOS
90.8.3.44IDURONATO 2 SULFATO SULFATASA ACTIVIDAD
90.8.3.46BETA GLUCOCEREBROSIDASA ACTIVIDAD
90.8.4.PRUEBAS PARA GENÉTICA
90.8.4.02BCL-2 TRANSLOCACIÓN (14;18)
90.8.4.03BCR/ABL TRANSLOCACIÓN DE GENES CUALITATIVO
90.8.4.04CARIOTIPO CON BANDEO G
90.8.4.05CARIOTIPO CON BANDEO Q
90.8.4.06CARIOTIPO CON BANDEO C
90.8.4.07CARIOTIPO CON BANDEO RT
90.8.4.08CARIOTIPO DE INTERCAMBIO DE CROMÁTIDES HERMANAS [SCE]
90.8.4.09CARIOTIPO PARA CROMOSOMA X FRÁGIL
90.8.4.10CARIOTIPO PARA CROMOSOMA FILADELFIA
90.8.4.11CARIOTIPO PARA ESTADOS LEUCÉMICOS
90.8.4.12ESTUDIO MOLECULAR DE ENFERMEDADES
90.8.4.13ERBB2 [HER-2/neu] (ONCOGEN) HIBRIDACIÓN “IN SITU” CON FLUORESCENCIA [FISH]
90.8.4.15REORGANIZACIÓN DE GENE BCR/ABL
90.8.4.17BCR/ABL TRANSLOCACIÓN DE GENES CUANTITATIVO
90.8.4.18ESTUDIOS GENÉTICOS DE CROMOSOMAS (ESPECÍFICOS)
90.8.4.19ESTUDIOS GENÉTICOS DE ADN MITOCONDRIAL (ESPECÍFICO)
90.8.4.20ESTUDIOS MOLECULARES DE GENES (ESPECÍFICOS)
90.8.4.21ESTUDIO MOLECULAR DE REARREGLOS (ESPECÍFICOS)
90.8.4.22ESTUDIO MOLECULAR DE EXONES (ESPECÍFICOS)
90.8.4.23ESTUDIO MOLECULAR DE DELECIONES Y DUPLICACIONES (ESPECÍFICAS)
90.8.4.24ESTUDIO MOLECULAR DE MUTACIONES (ESPECÍFICAS)
90.8.4.36DETECCIÓN Virus del Papiloma Humano PRUEBAS DE ADN
90.8.4.39CARIOTIPO CON FRAGILIDAD CROMOSÓMICA
90.8.8.OTRAS PRUEBAS MOLECULARES
90.8.8.01Virus de Inmunodeficiencia Humana DETECCIÓN DEL PROVIRUS REACCIÓN EN CADENA DE LA POLIMERASA
90.8.8.02Virus de Inmunodeficiencia Humana GENOTIPO
90.8.8.05Citomegalovirus CARGA VIRAL
90.8.8.06Hepatitis B CARGA VIRAL
90.8.8.07Hepatitis C CARGA VIRAL
90.8.8.08Herpes simplex CARGA VIRAL
90.8.8.14Citomegalovirus IDENTIFICACIÓN REACCIÓN EN CADENA DE LA POLIMERASA
90.8.8.17Virus de Inmunodeficiencia Humana 1 IDENTIFICACIÓN REACCIÓN EN CADENA DE LA POLIMERASA
90.8.8.24Herpes simplex I y II IDENTIFICACIÓN REACCIÓN EN CADENA DE LA POLIMERASA
90.8.8.25Mycobacterium tuberculosis IDENTIFICACIÓN REACCIÓN EN CADENA DE LA POLIMERASA
90.8.8.26Mycobacterium no tuberculoso IDENTIFICACIÓN REACCIÓN EN CADENA DE LA POLIMERASA
90.8.8.27Mycobacterium leprae IDENTIFICACIÓN REACCIÓN EN CADENA DE LA POLIMERASA
90.8.8.28Leishmania IDENTIFICACIÓN REACCIÓN EN CADENA DE LA POLIMERASA
90.8.8.30FACTOR DE LEIDEN MUTACIÓN
90.8.8.31HISTOCOMPATIBILIDAD ANTÍGENO DR DQ CLASE II REACCIÓN EN CADENA DE LA POLIMERASA-SSP
90.8.8.32Virus de Inmunodeficiencia Humana CARGA VIRAL
90.8.8.46Mycobacterium tuberculosis PRUEBAS DE SENSIBILIDAD POR REACCIÓN EN CADENA DE LA POLIMERASA
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