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RESOLUCIÓN 212 DE 2012

(octubre 8)

Diario Oficial No. 48.578 de 9 de octubre de 2012

COMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD

Por la cual se modifica la Resolución número 180 de 2012 que implementa el procedimiento y algunas actividades de socialización y Participación Ciudadana para la actualización del POS en las vigencias 2012 y 2013 y otras decisiones regulatorias que deban surtir el proceso de participación ciudadana.

EL COMISIONADO EXPERTO VOCERO,

en ejercicio de las competencias que le confiere el artículo 13, numeral 7 del Acuerdo número 001 de 2009 de la CRES “Reglamento de la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación en Salud”, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 180 de agosto 29 de 2012, adicionada por la Resolución número 197 de septiembre 20 de 2012, se implementó el procedimiento y algunas actividades de socialización y Participación Ciudadana para la actualización del POS en las vigencias 2012 y 2013 y otras decisiones regulatorias que deban surtir el proceso de participación ciudadana, indicando las ciudades donde se adelantarían las actividades relacionadas con el mencionado proceso.

Que vencido el plazo de inscripciones para la selección de los representantes de las Asociaciones de Pacientes, Asociaciones de Usuarios, Veedurías Ciudadanas, COPACOS y otras organizaciones y personas representativas de los pacientes, de los regímenes contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud que se integrarían a las actividades de socialización y Participación Ciudadana para la actualización del POS en las vigencias 2012 y 2013 y otras decisiones regulatorias que deban surtir el proceso de participación ciudadana, no hubo pluralidad suficiente de organizaciones de usuarios de salud con interés para asistir en las actividades a programarse en las ciudades de Cúcuta y Pasto.

Que la inversión pública que requiere cada evento de participación ciudadana debe guardar correspondencia con los resultados de la convocatoria.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modifícase el artículo 9o de la Resolución número 180 de 2012, el cual quedará así: “Artículo 9o. El proceso de Participación Ciudadana se adelantará en las ciudades de Barranquilla, Bogotá, Bucaramanga, Cali, Medellín, Pereira y Valledupar, con un cupo máximo de 25 participantes por ciudad, pudiéndose modificar las ciudades de acuerdo con el interés de los convocados.

“Parágrafo. En el evento de inscribirse más de 25 Asociaciones de Usuarios, Asociaciones de Pacientes y/o Veedurías Ciudadanas por ciudad, se elegirán los representantes de las distintas organizaciones, en forma proporcional al número de inscritos en cada una de ellas”.

ARTÍCULO 2o. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 10 de la Resolución número 180 de 2012, los cambios relativos a número de participantes y a las ciudades en donde se realizarán las reuniones y demás actividades, podrán ser modificados a través de comunicación de la UAE CRES publicada en el sitio web oficial www.cres.gov.co.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Dada en Bogotá, D. C., a los 8 días del mes de octubre de 2012.

Publíquese y cúmplase.

El Comisionado Experto Vocero,

RAMIRO VERGARA TÁMARA.

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