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RESOLUCION 744 DE 2005

(junio 8)

Diario Oficial No. 45.935 de 10 de junio de 2005

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

Por la cual modifica la Resolución número 0710 de 2005 mediante la cual se determinaron las fechas y lugares para la liquidación y el pago de la cuota del primero y segundo semestre de la tasa vigencia 2005 a cargo de las entidades sometidas a la Inspección, Vigilancia y Control de la Superintendencia Nacional de Salud.

El Secretario General de la Superintendencia Nacional de Salud,

en uso de sus atribuciones delegadas mediante la Resolución 830 de 2004 y en desarrollo de lo previsto en los Decretos 1259 de 1994, 1405 de 1999, 1580 de 2002 y 148 de 2005, en la Ley 715 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 2º de la Resolución 830 de 2004, el Superintendente Nacional de Salud delegó en el Secretario General de la Superintendencia Nacional de Salud «la expedición y firma de los actos administrativos y demás actuaciones administrativas necesarias que se surtan en el proceso de liquidación, recaudo y cobro de la Tasa que deben cancelar las entidades vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud»;

Que mediante Resolución 0710 de 2005 se determinaron las fechas y lugares para la liquidación y el pago de la cuota del primer y segundo semestre de la tasa vigencia 2005 a cargo de las entidades sometidas a la Inspección, Vigilancia y Control de la Superintendencia Nacional de Salud;

Que debido a la demora en el reporte de información para liquidar la tasa por parte de algunas entidades vigiladas que han manifestado diversos inconvenientes para remitirla, se hace necesario modificar la fecha del corte de información para adelantar la mencionada liquidación;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Establecer las siguientes fechas para la liquidación y el pago de la cuota del primero y segundo semestre de la tasa correspondiente a la vigencia del año 2005 a favor de la Superintendencia Nacional de Salud:

Primer semestre de 2005:

- Fecha de corte de información para liquidación:

10 de junio de 2005

- Fecha de liquidación:

  15 de junio de 2005

- Fechas de pago oportuno:

Del 20 de junio al 30 de julio de 2005

Segundo semestre de 2005:

- Fecha de corte de información para liquidación:

10 de junio de 2005

- Fecha de liquidación:

15 de junio de 2005

- Fechas de pago oportuno:

Del 20 de junio al 30 de septiembre de 2005

ARTÍCULO 2º. El valor de la tasa anual establecida, deberá consignarse en la Cuenta Corriente Nacional número 126-036897-57 de Bancolombia S. A. en las fechas establecidas en el artículo 1º de esta resolución, en los formatos que para el efecto suministrará la Superintendencia Nacional de Salud o el precitado banco.

ARTÍCULO 3º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 8 de junio de 2005.

El Secretario General,

Edgar Marroquín Puentes.

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