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RESOLUCIÓN 5926 DE 2014

(diciembre 23)

Diario Oficial No. 49.374 de 23 de diciembre de 2014

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 138 de la Resolución 5592 de 2015>

Por la cual se ajusta el Anexo número 01 de la Resolución número 5521 de 2013.

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas por el artículo 154 de la Ley 100 de 1993, los numerales 32 y 33 del artículo 2o del Decreto-ley 4107 de 2011, modificado por el artículo 2o del Decreto número 2562 de 2012 y el artículo 25 de la Ley 1438 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo establecido en los numerales 32 y 33 del artículo 2o del Decreto-ley 4107 de 2011, modificado por el artículo 2o del Decreto número 2562 de 2012, el Ministerio de Salud y Protección Social es la entidad competente para definir y modificar el Plan Obligatorio de Salud (POS), que garantizará la atención en salud de los afiliados de los Regímenes Contributivo y Subsidiado;

Que en desarrollo de las anteriores disposiciones normativas este Ministerio expidió la Resolución número 5521 de 2013 que definió, aclaró y actualizó el Plan Obligatorio de Salud (POS), de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, que contiene tres (3) anexos que hacen parte integral del mismo, cuya aplicación es de carácter obligatorio, así: Anexo número 1 “Listado de Medicamentos del Plan Obligatorio de Salud”; Anexo 2 número “Listado de Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud”, el cual se encuentra descrito en las categorías de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud (CUPS); Anexo número 3 “Listado de Laboratorio Clínico del Plan Obligatorio de Salud”, expresado en términos de Subcategorías de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud (CUPS);

Que se han detectado imprecisiones en algunos ítems del listado general de medicamentos POS 2014 contenidos en el del Anexo número 1 antes referido, en cuanto al código ATC, principio activo, concentración, forma farmacéutica y aclaración, haciendo necesario su ajuste, sin que ello conlleve a la modificación de las coberturas, los usos terapéuticos ni las indicaciones previstas en el Plan Obligatorio de Salud (POS);

Que una vez analizado las precisiones objeto de la presente resolución, en el marco de lo dispuesto en el parágrafo 3o del artículo 7o de la Ley 1122 de 2007, se evidenció un impacto neutro en la viabilidad financiera sobre la Unidad de Pago por Capitación (UPC), por lo cual no afecta el equilibrio financiero del SGSSS y por ende, no hay lugar a realizar proyecciones de sostenibilidad de mediano ni largo plazo, como tampoco a estudiar la compatibilidad con el Marco Fiscal de Mediano Plazo;

Que la Comisión Asesora de Beneficios, Costos, Tarifas y Condiciones de Operación del Aseguramiento en Salud en Sesión Ordinaria número 13 del 18 de diciembre de 2014, en ejercicio de sus funciones, formuló recomendaciones al Ministerio de Salud y Protección Social, que sirvieron de base para la expedición de la presente resolución;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 138 de la Resolución 5592 de 2015> Sustituir el Anexo número 01 “Listado General de Medicamentos POS 2014” de que trata la Resolución número 5521 de 2013, por el Anexo número 01 “Listado General de Medicamentos POS 2014” que forma parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIAS Y DEROGATORIAS. <Resolución derogada por el artículo 138 de la Resolución 5592 de 2015> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica la Resolución número 5521 de 2013 y surte efectos desde el 1o de enero de 2015.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 2014.

El Ministro de Salud y Protección Social,

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.

<TABLAS NO INCLUIDAS. VER ORIGINALES EN DIARIO OFICIAL No. 49.374 de 23 de diciembre de 2014, PUBLICADO EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

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