RESOLUCIÓN 4453 DE 2015
(octubre 28)
Diario Oficial No. 49.680 de 29 de octubre de 2015
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se adoptan disposiciones en relación con la compra directa de cartera ordinaria.
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en el artículo 41 del Decreto-ley 4107 de 2011, el parágrafo del artículo 9o de la Ley 1608 de 2013 y en desarrollo del parágrafo 4o del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud, creada mediante el artículo 41 del Decreto-ley 4107, se pueden utilizar para adelantar desde dicha Subcuenta, de manera directa, compra de cartera reconocida de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) con Entidades Promotoras de Salud (EPS) o Cajas de Compensación Familiar (CCF) que administren el Programa de Régimen Subsidiado en Salud, conforme con lo establecido en el artículo 9o de la Ley 1608 de 2013;
Que mediante la Resolución número 3239 de 2013 modificada por las Resoluciones números 5299 de 2013, 889, 3029 y 5376 de 2014, se reglamentó el procedimiento, los criterios, las condiciones y los plazos para la compra directa de cartera a las IPS, con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud del Fosyga, para su posterior pago por parte de las EPS y las CCF que administren el Programa de Régimen Subsidiado en Salud;
Que la disponibilidad de recursos presupuestados en la Subcuenta de Garantías para la Salud del Fosyga, para la operación ordinaria de compra de cartera del mes de octubre de 2015, fue hasta la suma de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000.00) moneda corriente;
Que para la mencionada compra directa de cartera, se recibieron ciento ocho (108) solicitudes por valor de $58.647.125.222, de las cuales, veintisiete (27) solicitudes con IPS Privadas por valor de $26.416.082.488 fueron devueltas dada la limitación de recursos en la Subcuenta de Garantías para la Salud que impiden garantizar el pago de las mismas, en lo que resta de la vigencia fiscal 2015; diez (10) solicitudes con IPS públicas no cumplieron los criterios establecidos en la normatividad, de las cuales seis (6) el incumplimiento fue de la EPS;
Que de setenta y una (71) solicitudes que cumplieron con los parámetros previstos para la operación conforme con el documento elaborado por la Dirección de Financiamiento Sectorial de este Ministerio, se realizó la compra directa de cartera ordinaria del mes de octubre de 2015 por valor de $9.956.418.844 entre cuatro (4) EPS y treinta (30) IPS, autorizándose treinta y dos (32) solicitudes y quedando treinta y nueve (39) aplazadas para la operación de compra de cartera del mes de noviembre de 2015;
Que con el total de las solicitudes que quedan aplazadas para hacer efectivas en el mes de noviembre de 2015, se cubre la totalidad de los recursos disponibles en la Subcuenta de Garantías para la Salud para la operación del mencionado mes;
Que el Comité de Análisis y Seguimiento a los recursos de los Fondos de la Protección Social, en Sesión número 080 de 21 de octubre de 2015, recomendó cerrar la radicación hasta el mes de diciembre de 2015 dado el agotamiento de los recursos para atender las solicitudes de compra de cartera;
Que en el anterior contexto, se hace necesario adoptar medidas y diseñar políticas en pro de la recuperación financiera de las IPS, para así evitar la afectación en la prestación de los servicios en salud a los usuarios y suspender la radicación para la compra de cartera ordinaria en el mes de noviembre de 2015;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Suspender por el mes de noviembre de 2015, la radicación de nuevas solicitudes de compra de cartera ordinaria, con el fin de atender las solicitudes de compra de cartera ordinaria que quedaron aplazadas y que cumplen con los requisitos para acceder a dicha medida.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 28 de octubre de 2015.
El Ministro de Salud y Protección Social,
ALEJANDRO GAVIRIA URIBE.