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RESOLUCIÓN 783 DE 2012

(abril 12)

Diario Oficial No. 48.403 de 16 de abril de 2012

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 273 de 2019>

Por la cual se efectúan unas modificaciones y se corrigen unos yerros al Anexo Técnico de la Resolución 00004725 de 2011.

LA MINISTRA DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales y las conferidas por el artículo 4o del Decreto 2699 de 2007, modificado por el artículo 1o del Decreto 3511 de 2009,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 00004725 de 2011 se define la periodicidad, la forma y el contenido de la información que deben reportar las Entidades Promotoras de Salud y las demás Entidades Obligadas a Compensar a la Cuenta de Alto Costo, relacionada con la Infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).

Que se hace necesario modificar el Anexo Técnico de la precitada resolución, a fin de adicionar variables y suprimir otras, así como corregir algunos yerros, en aras de facilitar el análisis de la información allí contenida.

En mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 273 de 2019> Modifíquese el Anexo Técnico de la Resolución 4725 de 2011, en el sentido de adicionar los siguientes números de variables:

NNombre de VariableCampoValores Permitidos
8Tipo de identificación del pacienteAlfanumérico (string), valores posibles: TI, CC, CE, PA, RC, UN, MS, AS, RNV)Tipo de identificación del afiliado:

TI: Tarjeta de identidad

CC: Cédula de ciudadanía

CE: Cédula extranjería

PA: Pasaporte

RC: Registro civil

UN: Número único de identificación personal.

MS: Menor sin identificación (sólo para el régimen subsidiado.

AS: Adulto sin identificación (solo para el régimen subsidiado).

RNV: Recién nacido no registrado (número del certificado de Recién Nacido Vivo)
27.1Estadio clínico al momento del diagnóstico (niñas y niños menores de 13 años)Numérico (int), sistema MMWR 1994, 43 (NORR 12), valores posibles (1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11, 12,13,14)1:estadio N1

2: estadio N2

3: estadio N3

4: estadio A1

5: estadio A2

6: estadio A3

7: estadio B1

8: estadio B2

9. estadio B3

10. estadio C1

11. estadio C2

12. estadio C3

13: no aplica porque no tiene VIH

14: no aplica por ser adolescente o adulto.
NNombre de VariableCampoValores Permitidos
81.1Número de condones suministrados en los últimos 3 meses.Numérico (int) {0, 1, 2, 3, 4, 9}0: No suministro de condones

1: Menos de 10

2: 10 a 20 condones

3: Más de 20 condones.

4: Información no disponible en la historia clínica

9: No aplica

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 273 de 2019> Modifíquese el Anexo Técnico de la Resolución 4725 de 2011, en el sentido de adicionar los valores permitidos a la Variable 74, la cual quedará así:

NNombre de VariableCampoValores Permitidos
74Discapacidad funcionalNumérico (int), valores posibles {0, 1, 2, 3}0: Sin discapacidad

1: Con discapacidad como secuela de complicación del VIH

2: Con discapacidad no relacionada con el VIH

3: No aplica

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 273 de 2019> Modifíquese el Anexo Técnico de la Resolución 4725 de 2011, en el sentido de suprimir los valores permitidos “0” de la Variable 11, la cual quedará así:

NNombre de VariableCampoValores Permitidos
11SexoAlfanumérico (string), valores posibles: (F,M)Sexo del paciente:

F: Si el paciente es del sexo femenino.

M: Si el paciente es del sexo masculino.

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 273 de 2019> Modifíquese el Anexo Técnico de la Resolución 4725 de 2011, en el sentido de modificar los Nombres de las Variables 27, 44.15, 44.16, 91.15 y 91.16 y ajustar la clasificación de los campos y valores permitidos, las cuales quedarán así:

NNombre de VariableCampoValores Permitidos
27Estadio clínico al momento del diagnóstico (Adolescentes de 13 años en adelante y adultos)Numérico (int), sistema CDC 1993, valores posibles (1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11)1: estadio A1

2: estadio A2

3: estadio A3

4: estadio B1

5: estadio B2

6. estadio B3

7. estadio C1

8. estadio C2

9. estadio C3

10: No aplica porque no tiene VIH

11: No aplica por ser niño o niña
  
  
  
  
44.15Al inicio de la TAR
recibió TENOFOVIR
Numérico (int) {0,1,9}0: No
1: Sí
9: No aplica
44.16Al inicio de la TAR
recibió EMTRICITABINA
Numérico (int){0,1,9}0: No
1: Sí
9: No aplica
91.15Actualmente recibe TENOFOVIRNumérico (int){0,1,9}0: No
1: Sí
9: No aplica
91.16Actualmente recibe EMTRICITABINANumérico (int){0,1,9}0: No
1: Sí
9: No aplica

ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 273 de 2019> Modifíquese el Anexo Técnico de la Resolución 4725 de 2011, en el sentido de modificar el Nombre de la Variable 82 y suprimir el valor permitido “5”, la cual quedará así:

NNombre de VariableCampoValores Permitidos
82Método de planificación familiar (diferente al condón como método de planificación)Numérico (int) {0,1,2,3,4,9}0: No planifica

1: Método de esterilización definitiva

2: Dispositivo Intrauterino.

3: Métodos hormonales.

4: Otros métodos

9: No aplica

ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 273 de 2019> Modifíquese el Anexo Técnico de la Resolución 4725 de 2011, en el sentido de corregir el número, campo y valor permitido de la variable 92.1 y el valor permitido de las variables 30, 49, 96, 97, 98 y 99, modificándose respecto de esta última adicionalmente el nombre, variables que quedarán así:

NNombre de VariableCampoValores Permitidos
30Fecha inicio de TARFecha (string) AAAA-MMFecha en que se inició la TAR en el formato AAAA-MM (si no conoce el mes exacto de la confirmación, registre el año correcto y como mes; registre 99).

0000-00: no aplica porque no tiene VIH (gestantes o pacientes con tuberculosis estudiados y descartados), pacientes aun en estudio, o no recibe TAR.

9999-00: Paciente que recibió TAR por alguna indicación como embarazo, profilaxis postexposicional pero en el momento del reporte no está recibiendo TAR.
NNombre de VariableCampoValores Permitidos
49Fecha del primer cambio de cualquier medicamento del esquema inicial de TARFecha (string) AAAA-MMFecha en la que se le cambió el primer medicamento del esquema inicial de TAR, por cualquier motivo, en el formato

AAAA-MM (si no conoce el mes y sí el año poner mes 99).

0000-00: Todavía continúa con el esquema inicial, sin ningún cambio en los medicamentos.

7777-77: no sabe porque el esquema no fue cambiado en la EPS que reporta.

8888-88: no se tiene porque aunque el inicio de TAR se hizo en la EPS que reporta se hizo antes del año 2000.

9999-99: no aplica.
92Profilaxis ARV para el recién nacido expuesto al VIH (hijo de madre con infección por VIH).Numérico (int) valores posibles {0,1,2}0: No

1: Si recibió profilaxis

2. No aplica
96

.
Resultado de Serología para Sífilis en primer trimestre de gestación.Numérico (string)1: Cumple criterios para recibir tratamiento.

2: No cumple criterios para recibir tratamiento.

3: Gestante a la que no se le realizó serología de primer trimestre o no se conoce el resultado.

9: No aplica
97Resultado de Serología para Sífilis en segundo trimestre de gestaciónNumérico (string)1: Cumple criterios para recibir tratamiento.

2: No cumple criterios para recibir tratamiento.

3: Gestante a la que no se le realizó serología de segundo trimestre o no se conoce el resultado.

9: No aplica
98Resultado de Serología para Sífilis en tercer trimestre de
Gestación
Numérico (string)1: Cumple criterios para recibir tratamiento.

2: No cumple criterios para recibir tratamiento.

3: Gestante a la que no se le realizó serología de tercer trimestre o no se conoce el resultado.

9: No aplica
99Resultado de Serología al momento del parto o aborto.Numérico (string)1: Cumple criterios para recibir tratamiento.

2: No cumple criterios para recibir tratamiento.

3: Gestante a la que no se le realizó serología al momento del parto o aborto o no se conoce su resultado.

9: No aplica.

ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 273 de 2019> Modifíquese el Anexo Técnico de la Resolución 4725 de 2011, en el sentido de corregir los yerros que se detallan a continuación:

1. Eliminar de los valores permitidos de la Variable 21 “Fecha de la Prueba Presuntiva (Elisa) para infección por VIH”, la palabra “confirmación” y reemplazarla por la palabra “prueba, la cual quedará así:

NNombre de VariableCampoValores Permitidos
21Fecha de la prueba presuntiva (Elisa) para infección por VIHFecha (string) AAAA-MMFormato AAAA-MM. Fecha en que se le realizó la primera prueba presuntiva que llevó a que se le realizara la prueba confirmatoria al paciente con VIH o fecha en que se realizó la prueba al paciente con tuberculosis o a la gestante, (si no conoce el mes exacto de la prueba, registre el año correcto y como mes; registre 99).
 0000-00: si es un menor de un año aún en estudio

1111-11: Si la EPS no sabe porque la prueba presuntiva se hizo en una EPS diferente a la que reporta o antes del año 2000.

2222-22 Rechazo a la prueba presuntiva

9999-99: No aplica porque no se le ha realizado la prueba presuntiva.

2. Eliminar del Nombre de la Variable 57 “Quien hace la atención clínica y formulación para la infección por el VIH al paciente actualmente”, la expresión “para la” y reemplazarla por “de la”, la cual quedará así:

NNombre de VariableCampoValores Permitidos
57Quien hace la atención clínica y formulación de la infección por el VIH al paciente actualmenteNumérico (int), valores posibles {1, 2, 3, 4, 5, 6, 9}1: Médico general encargado de acuerdo a la guía de VIH

2: Infectólogo

3: Internista

4: Pediatra

5: Médico general de consulta externa

6: Otro

9: No aplica

3. Corregir la denominación de la variable 53.5 “coccidioidomicosisextrapulmonar”, por la de coccidioidomicosis extrapulmonar, la cual quedará así:

NNombre de VariableCampoValores Permitidos
53.5Tiene o ha tenido coccidioidomicosis extrapulmonar.Numérico ( int)

Valores Posibles (0,1)
0: No

1: Sí

ARTÍCULO 8o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 273 de 2019> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Anexo Técnico de la Resolución 4725 de 2011.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 12 de abril de 2012.

La Ministra de Salud y Protección Social,

BEATRIZ LONDOÑO SOTO

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