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RESOLUCIÓN 687 DE 2018

(marzo 5)

Diario Oficial No. 50.526 de 05 de marzo de 2018

EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 34 de la Resolución 318 de 2023>

Por la cual se modifica la Resolución 330 de 2017, en relación con los plazos para presentar nominaciones.

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 15 de la Ley 1751 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 330 de 2017 expedida por este Ministerio, se adoptó el procedimiento técnico-científico y participativo mediante el cual se determinan los servicios y tecnologías que no serán financiados con recursos públicos asignados a la salud.

Que en desarrollo de dicho procedimiento, los diferentes actores del Sistema que han participado de manera activa y efectiva en las etapas definidas, solicitaron a este Ministerio el establecimiento de un único momento en el cual se pudieran efectuar las nominaciones de servicios y tecnologías a excluir, con el propósito de garantizar que en el transcurso de cada vigencia se pudieran llevar a cabo los análisis requeridos en cada fase con un único listado de servicios y tecnologías a analizar.

Que conforme con lo expuesto, se hace necesario modificar la Resolución 330 de 2017 en el sentido de señalar el tiempo en que podrán efectuarse las nominaciones de servicios y tecnologías para posible exclusión en cada vigencia.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 34 de la Resolución 318 de 2023> Modifíquese el artículo 10 de la Resolución 330 de 2017, el cual quedará así:

Artículo 10. Término de las nominaciones. Los actores del sistema interesados en presentar nominaciones de servicios o tecnologías para su posible exclusión, podrán presentarlas entre el primer día del mes de marzo y el último día del mes de abril de cada vigencia. Aquellas nominaciones que sean presentadas por fuera de las fechas señaladas serán devueltas”.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica el artículo 10 de la Resolución 330 de 2017.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 5 de marzo de 2018.

El Ministro de Salud y Protección Social,

Alejandro Gaviria Uribe

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