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TÍTULO II.

DE LA QUIEBRA

CAPÍTULO I.

ESTADO DE QUIEBRA

ARTÍCULO 1937. <ESTADO DE QUIEBRA - CONCEPTO>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1938. <INFORME AL JUEZ SOBRE CESACIÓN DE PAGOS>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1939. <ASIMILACIÓN DE QUIEBRA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1940. <DE QUIENES PUEDEN PEDIR LA DECLARACIÓN DE QUIEBRA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1941. <COMPETENCIA PARA CONOCER DE PROCESOS DE QUEIBRA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1942. <REQUISITOS PARA DECLARAR LA QUIEBRA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1943. <DE QUIENES PUEDEN SER DECLARADOS EN QUIEBRA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1944. <ACCIONES DEL SINDICO CONTRA SOCIOS DE LA SOCIEDAD EN QUIEBRA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1945. <EFECTOS DE LA DECLARACIÓN JUDICIAL DE QUIEBRA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1946. <ACTO DE DECLARACIÓN DE QUIEBRA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1947. <NOTIFICACIÓN DE LA PROVIDENCIA QUE DECLARA EL ESTADO DE QUIEBRA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1948. <APERTURA DE PROCESO>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1949. <FIJACIÓN DE FECHA DE CESACIÓN DE PAGOS>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

CAPÍTULO II.

RESTITUCIÓN DEL QUEBRADO

ARTÍCULO 1950. <RESTITUCIÓN DEL ESTADO ANTERIOR A QUIEBRA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1951. <SOLICITUD DE RESTITUCIÓN>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1952. <RETROTRACCIÓN AL ESTADO ANTERIOR A QUIEBRA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

CAPÍTULO III.

SINDICO DE LA QUIEBRA

ARTÍCULO 1953. <DEBERES Y FUNCIONES DEL SINDICO>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1954. <CONTRATACIONES POR PARTE DEL SINDICO>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1955. <DESIGNACIÓN DE LA JUNTA ASESORA QUE REPRESENTE A LOS ACREEDORES>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1956. <REUNION DE LA JUNTA ASESORA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1957. <ACEPTACIÓN DEL SINDICO POR PARTE DEL JUEZ>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1958. <RECUSACIÓN DEL SINDICO>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1959. <RESPONSABILIDAD DEL SINDICO - CAUCIÓN>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1960. <REMOCIÓN DEL SINDICO>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

CAPÍTULO IV.

MASA DE LA QUIEBRA

ARTÍCULO 1961. <ALCANCE DE LA MASA DE LA QUIEBRA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1962. <BIENES QUE NO FORMAN PARTE DE LA MASA DE LA QUIEBRA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1963. <ENTREGA DE LOS BIENES QUE NO FORMAN PARTE DE LA MASA DE LA QUIEBRA>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1964. <NORMAS ESPECIALES RELATIVAS A AERONAVES Y EMBARCACIONES>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1965. <INSUFICIENCIA DE BIENES Y ENTORPECIMIENTO DE PAGOS - OPERACIONES DEL QUEBRADO SOBRE LAS CUALES SE PUEDE IMPETRAR LA REVOCACIÓN>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

ARTÍCULO 1966. <INSUFICIENCIA DE BIENES Y ENTORPECIMIENTO DE PAGOS - OTRAS ACCIONES>. <Artículo derogado por el artículo 242 de la Ley 222 de 1995.>

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