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CIRCULAR 14 DE 2021

(febrero 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DEL TRABAJO

PARA:Empleadores públicos y privados, contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, trabajadores dependientes e independientes, organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, agremiaciones o asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral, Empresas de Servicios Temporales y Trabajadores en misión, estudiantes afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales, Administradoras de Riesgos Laborales; Policía Nacional en lo que corresponde a su personal no uniformado y al personal civil de las Fuerzas Militares; quienes deben implementar los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST en el marco del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales
DE: Viceministra de Relaciones Laborales e Inspección
ASUNTO:Información sobre el registro de las autoevaluaciones y los planes de mejoramiento del SG-SST

El Ministerio del Trabajo informa a todos los interesados, que la normatividad vigente NO establece un plazo máximo de tiempo para realizar el registro de las autoevaluaciones y los respectivos planes de mejoramiento de los estándares mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.

Por lo anterior se reitera que de conformidad al Parágrafo 2 del Artículo 28 de la Resolución 312 de 2019 los responsables pueden continuar registrando de manera paulatina y progresiva la información de los años 2019 y 2020 en los formatos establecidos correspondientes a la autoevaluación y los planes de mejora el enlace: www.fondoriesqoslaborales.qov.co, botón “autoevaluación y plan de mejoramiento”.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

LIGIA STELLA CHAVES ORTIZ

Viceministra de Relaciones Laborales e Insprección

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