Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 572 de 2002
Consejo de Estado, Sección Segunda, Expediente 572 de 2002 - ¿Viola la norma demandada el derecho a la igualdad de los Jueces Penales Municipales, Promiscuos del Circuito y Promiscuos Municipales frente a los Jueces Penales del Circuito, al considerar que las labores desempeñadas de estos últimos son de alto riesgo? Este trato diferencial respecto de los Jueces Penales Municipales, obedece al mayor riesgo que comporta el desarrollo de las funciones propias del cargo de Juez Penal del Circuito comparativamente con el que implica el cumplimiento de las atribuidas a los Jueces Penales Municipales